Recursos ordinarios en el Código General del Proceso

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  • Опубликовано: 2 фев 2025

Комментарии • 21

  • @fabiomejia3508
    @fabiomejia3508 11 месяцев назад +1

    la dra Claudia Patricia es un monstruo en el buen sentido de la palabra en CGP por la claridad, la sapiencia y sobre todo con la humildad que explica enseña un tono de voz muy agradable para escucharla gracias felicitaciones Dios nos la proteja

  • @maribelling
    @maribelling Год назад +1

    Profesora, me encantan sus vídeos. Enseña muy claro y muy bien. Por favor suba más contenido!

  • @felipegiraldo9670
    @felipegiraldo9670 3 года назад +2

    Excelente explicación , detallada, de gran ayuda a los profesionales del derecho , gracias

  • @1970rafalon
    @1970rafalon 2 года назад

    Que buena explicación, muchas gracias Claudia Patricia.

  • @jairohansruizabella3069
    @jairohansruizabella3069 2 года назад

    Dra Claudia buen día, cuando en la motivación del recurso de reposición y subsidiario de apelación, no se sustento completamente el motivo del mismo se puede adicionar en escrito posteriormente ya que el recurso no ha entrado al despacho -?

  • @mariafranco2186
    @mariafranco2186 Год назад

    Muchas gracias, excelente.

  • @plubionino4495
    @plubionino4495 2 года назад

    Muy didáctico, surge una pregunta?. Si el magistrado de la corte declara bien denegado el recurso de queja contra el auto que nego la casación, pero existen precedentes Jurisprudenciales en cuanto al punto de derecho la cuantía que nego la casación, entonces que recurso queda?.

    • @claudiapatriciagrandaibarr7813
      @claudiapatriciagrandaibarr7813  2 года назад

      Un cordial saludo. El Código General del Proceso solo reglamenta 4 actos de impuganación contra providencias judiciales (recursos) denominados ordinarios y, solo dos extraordinarios. Tal vez y, un poco traído de los cabellos por cuanto queda supeditado a las causales del 355 del Código General del Proceso, habría la opción del recurso extraordinario de revisión, insisto, sin dejar de lado que sus causales, al igual que la casación, son taxativas y el objetivo de dicho recurso es distinto al de casación. Los recursos extraordinarios solo tiene cabida en presencia de circunstancias excepcionales y si bien su objetivo es, evidenciar el "contraste" entre la decisión tomada por el Juez de conociminto y el orden jurídico asi como la controversia entre los fundamentos de hecho y la realidad que provocó la decisión impugnada, es menester revisa con detalle si, la situación en concreto que genera la inconformidad con la decisión, se ajusta a una causal puntual de los recursos extraordinarios mencionados. Gracias por exponer su inquietud y, espero haber colmado sus expectativas

  • @haroldcarreno187
    @haroldcarreno187 3 года назад +1

    muy buen video

  • @andresgutierrez1016
    @andresgutierrez1016 Год назад

    Personas que no son parte del proceso pueden colocar un recurso art 319 cgp

  • @haroldcarreno187
    @haroldcarreno187 3 года назад +1

    gracias

    • @claudiapatriciagrandaibarr7813
      @claudiapatriciagrandaibarr7813  2 года назад

      Un gusto contribuir con el proceso de formación y, especialmente, con una pedagogía que mejore la comprensión. Gracias a Usted por escribir el comentario

  • @sindicatosiprecol2661
    @sindicatosiprecol2661 2 месяца назад

    Ese término de EJECUTORIA, NUNCA LO HE PODIDO COMPRENDER y la Dra en su explicación no dice qué son esos números del 1 al 3, se presumen que son días?

  • @elmerodelvideo2742
    @elmerodelvideo2742 3 года назад

    Excelente clase

  • @luiscolina2221
    @luiscolina2221 3 года назад

    BELLA