Hola, y para evitarme todos estos gastos, de registro, notarios, ITP, etc,ect. No me valdría solo firmar el contrato de compra venta y pagar al vendedor y a otra cosa mariposa.
Buenas tardes Antonio, Claro, no es obligatorio la inscripción en el registro de la nueva titularidad a tu favor del inmueble, pero ello genera inseguridad jurídica. El acto de la compraventa será sólo vinculante entre las partes, pero no producirá efectos frente a terceros, ya que la propiedad del bien frente a otras personas la tendrá el titular registral, quien podrá volver a venderlo a un tercero o hipotecarlo en su caso. Podrán inscribirse cargas frente al titular registral, no podrás pedir un préstamo, será más difícil que lo vendas. Creo que es mucho riesgo. Espero haberle podido ayudar con su consulta. Muchas gracias por su interés. Un saludo,
Advertencia de no entregar dinero de Arras en ninguna cuenta del vendedor, siempre hacerlo en notaria o cheque conformado, como me a ocurrido a mi, el vendedor no ha pagado prestamo personal de su hipoteca , se lo a gastado y ahora no tiene para devolverme Arras, y no se puede realizar compraventa, espero ayudar a algien
Hola, y para evitarme todos estos gastos, de registro, notarios, ITP, etc,ect. No me valdría solo firmar el contrato de compra venta y pagar al vendedor y a otra cosa mariposa.
Buenas tardes Antonio,
Claro, no es obligatorio la inscripción en el registro de la nueva titularidad a tu favor del inmueble, pero ello genera inseguridad jurídica. El acto de la compraventa será sólo vinculante entre las partes, pero no producirá efectos frente a terceros, ya que la propiedad del bien frente a otras personas la tendrá el titular registral, quien podrá volver a venderlo a un tercero o hipotecarlo en su caso. Podrán inscribirse cargas frente al titular registral, no podrás pedir un préstamo, será más difícil que lo vendas. Creo que es mucho riesgo.
Espero haberle podido ayudar con su consulta.
Muchas gracias por su interés.
Un saludo,
Como y donde encontrar la valoración que tiene Hacienda
csi.ha.gva.es/kiosko/valor_bien_urbano.principal?el_idioma=CAST
Cada comunidad autónoma lo publica. El anterior link es de el la Comunidad Valenciana
Advertencia de no entregar dinero de Arras en ninguna cuenta del vendedor, siempre hacerlo en notaria o cheque conformado, como me a ocurrido a mi, el vendedor no ha pagado prestamo personal de su hipoteca , se lo a gastado y ahora no tiene para devolverme Arras, y no se puede realizar compraventa, espero ayudar a algien
Por eso hay que examinar antes el estado de cargas.
@@marinymateoabogados si q las examine pero confie en la agencia y en el propietario, lo normal es pagar cargas q eran inferiores a los 18500€ q le di
Pues a demandar y embargar el piso u otros bienes
@@marinymateoabogados No es tan fácil, pues tiene hipoteca ,
Llámenos al 963202876 y pregunte por Abel Marín
🎉