Importante lo que comenta Álvaro en el minuto 7:20. Yo, por ejemplo, no lo sabía. Ingreso no es lo mismo que cobro. Entonces digo yo, ¿no saldría más rentable para los anfitriones de Airbnb pagar el 17% de comisión a la plataforma en vez de que sea el huésped el que paga el 15% el huésped + 3% el anfitrión? De esta manera, si huésped paga 100, yo me puedo deducir 17 en vez de 3. ¿Por qué la mayoría de los anfitriones optamos por la opción del 3%, entonces? Gracias por estas charlas. A muchos nos ayudan a encontrar un poco de luz en medio del túnel.
Interesante reflexión Jesús. Se la paso a Álvaro perro de todas formas te adelanto mi opinión. Todo depende de si re-calculas tarifas o no. Me explico. Utilizaré en el ejemplo los mismos coeficientes que tu para que se vea el caso. Supongamos que seguimos con el ejemplo de los 100 euros Si yo pongo de precio 100 euros y tengo el modelo de Airbnb de comisión compartida: - El huesped pagará 115. - Te ingresarán en el banco 97 pero tu cobro fiscal es de 100 y de ahi te podrás deducir lógicamente esos 3 de comisión de anfitrión de Airbnb que ya no has ingresado. Si te pasas al otro modelo de comisión del 17% y mantienes la tarifa en los 100 euros la cosa sería así. - El huésped pagará 100 - Te ingresarán en el banco 83 pero tu cobro fiscal es de 100 y de ahi te podrás deducir lógicamente esos 17 de comisión que ya no has ingresado En resumen se trata de combinar la rentabilidad fiscal con la económica. En cualquier caso nos interesa maximizar la cantidad que pague el inquilino, sea como sea la forma de liquidar impuestos.
La razón importante por la que un alojamiento turístico decidiera cambiar el contrato en Airbnb sería por una cuestión de mix de distribución. Es decir, si a parte de distribuir por Airbnb, también lo hace por otros canales, para tener un mayor control sobre el PVP, entonces decidirías pasar al contrato comisionable al 14%, de esta manera eliminas lo que Airbnb le cobra al huésped y así poder vender a precios similares a todos los canales. Muchas gracias @JuanJo Bande por estos vídeos y por el debate.
Sexta planta ha dado una razón irrefutable para elegir la opción de comisión entera al anfitrión; para tener control del PVP si trabajas con otras plataformas además de con Airbnb. Yo he hecho un cálculo (comparto la imagen de mi “cuenta de la vieja” en el grupo de Facebook) y creo que sale mejor que sea el anfitrión quien pague el 17%. Voy a intentar argumentarlo sin imágenes: Un huésped tiene un presupuesto de 100 € y elige tu apartamento (las cifras están redondeadas): Opción 1 comisión compartida: 13€ comisión del huésped (15% de 87). 87€ ingreso por alojamiento (2,60€ comisión del 3% anfitrión + 84,40€ cobro). Opción 2 comisión entera al anfitrión: 14,50€ comisión anfitrión (17% de 85,50). 85,50€ ingreso y cobro. En conclusión, tiene que haber algo que se me escapa pero yo veo que: Opción 1: ingresas 87€, cobras 84,40€, deduces 2,60€. Opción 2: ingresas y cobras 85,50€ y deduces 14,50€. Por favor que alguien me diga que esto no es así porque yo soy de los que tengo la opción de comisiones compartidas 🤭
@@jesusbregon5155 Opción 1 [Compartida 15% + 3%]: Cliente paga 100 (PVP 86,95 + 15% AirBNB) -> Ingresas 86,95 -> Deduces 2,61 (86,95@3%) = Cobras 84,34 Opción 2 [Entera anfitrión 17%]: Cliente paga 100 (PVP) - > Ingresas 100 -> Deduces 17 (100,00@17%) -> Cobras 83,00. Entonces, con un pago igual de 100 por parte del cliente, después la deducción de la commission que te cobra AirBNB, vas a cobrar mas o menos lo mismo
Muchas gracias por el comentairio @Sextaplanta. Yo creo que en general se están pasando al sistema de comisión unificada los gestores mas dedicados o los que lo tienen como actividad principal. Veo bastante gente que lo tiene como actividad complementaria que sigue con el modelo de comisión partida.
Muchas gracias Gonzalo. Es un camino complicado el de intentar hacer contenido serio en RUclips, pero a veces tiene recompensas como tu comentario. Muchas gracias
Como siempre, súper bien explicado, analizado y resumido. Personalmente agradezco mucho este tipo de vídeos de los que aprendo tanto. Muchas gracias a los dos.
Francamente interesante lo que dice Álvaro Graciani. Lo que me pregunto es si l@s oyentes que no tengan un mínimo conocimiento técnico podrán entenderlo. Pero francamente interesante y, yo que tengo un “pequeño” conocimiento por mi profesión, estoy aprendiendo mucho. Gracias a ambos!
Desde mi punto de vista, las explicaciones de Álvaro me gustan precisamente por eso, por que creo que son claras y con un lenguaje muy entendible. Información muy valiosa para todos los que estamos, en una medida u otra, en este mundillo.
Fenomenal vídeo. Muchas gracias. Disculpad mi ignorancia, pero al tributar por rendimiento de capital inmobiliario, con Booking tenemos que presentar el modelo 309 trimestralmente; no obstante, con Airbnb, no es necesario presentar nada trimestralmente. En ambos casos, declararemos ingresos y gastos anualmente, eso sí. Corregidme si me equivoco, por favor. ¡Gracias!
En general si. Pero Airbnb tiene dos tipos de estructuras de comisión. www.airbnb.es/help/article/1857/comisiones-de-servicio-de-airbnb Si escoges la comisión partida pensada par no profesionales no tienes que hacer trimestrales, pero si escoges la comision unica, pensada para profesionales puede que si tengas que hacerlas, dependiendo de si te aplican iva o no.
Excelente video Juanjo. En el minuto 12:00 se habla sobre un truco para los residentes no fiscales y no pagar el 24% del bruto si no del neto. Tienes el link de ese vídeo por favor. Muchas gracias
Hola Tavo El video del que hablamos es este ruclips.net/video/y-4mgokAZVA/видео.html Tiene una miniatura orientada al Rent-to-Rento porque también resulta de aplicación. En ese video tienes explicados los tipos de contrato. Eso te permite entender por cuales se tributa por neto y por cuales se tributa por resultado, con la consiguiente problematica para residentes fiscales fuera de españa. Espero q te resulte util el video y si es así te pido q consideres suscribirte al canal Ya sabes q ayuda un montón gracias por pasarte por aqui y seguimos en contacto
Estaba preparando mi vivienda para alquilarla por el Airbnb, pero con 50 mil de bruto anual que tengo por mi trabajo, se me han quitado las ganas de alquilar.
Hola, interesante video, pero me queda una duda por otra casuística: Si alquilas tu propia vivienda en la que vives (Por lo que no es preciso tener licencia turística ya que no la alquilas al completo), suponemos 3 habitaciones , una es tuya, otra es despacho y la 3ª es la que alquilas por Aribnb, por ejemplo. Alquilas esa habitación X días al año, unos gastos totales Y. ¿Hay que declarar esos ingresos?, en caso afirmativo ¿Cómo se calcula el beneficio neto del mismo para imputar a IRPF? ¿Habría algún costo más que el IRPF? Saludos y de ante mano agradezco las molestias ocasionadas!
Pues me apunto la pregunta para trasladarsela a Alvaro o incluso se la puedes comentar en su canal ruclips.net/channel/UC_0Nx6MftkdsBprQW7gvhKQ Pero en mi opinión tendrias declarar ingresos y prorratear gastos por dias + superficie. No se yo si te merecerá la pena la molestia de la contabilidad por la deducción que te puedas aplicar. Dependerá de tu tipo marginal maximo y tu situación personal.
Respecto al comentario de Juanjo como algo negativo la sl a la hora de heredar las propiedades, según hablé con un asesor fiscal es mas beneficioso a los herederos heredar las propiedades a través de una sl ya que no se paga impuesto de sucesiones por esas propiedades.
Yo creo que habría que mirar el caso concreto, quiza lo puedas comentar con @gracianiasesoresyabogados pero yo creo que hay que tener en cuenta varias cosas. Las propiedades no pagan impuestos en el caso de estar a nombre de sociedades pero las acciones de la sociedad si que los pagan. Por otra parte las propiedades cuando entran o salen del patrimonio societario también generan bastantes gastos y otra cosa a tener en cuenta es que una sl genera gastos principalmente en asesor fiscal, hay que presentar cuentas, registrarlas etc etc y esto todos los años que se tenga la propiedad a nombre de la sl. Asi que toca echar cuentas y meter ahi los gastos de gestoria que dependiendo del tamaño del patrimonio pueden ser importantes o todo lo contrario.
Buenas tardes,muy interesante el video,gracias. Tengo una duda, tenemos contratada a una empresa gestora para el alquiler turístico de uno de los inmuebles de mi sociedad,dicha empresa nos emite factura por sus gastos así como se encarga de ingresarnos la liquidación mensual de los ingresos de los huéspedes.¿Por dichos ingresos tenemos que emitir factura con IVA? Gracias y un saludo
El alquiler de vivienda no tiene iva pero los servicios turisticos si. Este es una caso muy concreto creo que es mejor que hagais una consula con Álvaro gracianiasesores.com/consultas/
Hola Juanjo, gracias por este video. Muy útil. Tengo una consulta que nadie me sabe responder, ni siquiera asesores de Airbnb. Gestiono una propiedad a través de Airbnb que está físicamente localizada en Argentina. Los ingresos de esa propiedad los recibo en mi cuenta bancaria en España (BBVA). La propiedad no está a mi nombre, sino de mis padres. Yo no soy titular. Los igresos de Airbnb son de aproximadamente €6.500/año, en montos que rara vez superan los €700-800 por reserva. Hubo gente en Airbnb que me dijo que debo pagar los impuestos en Argentina y otra también dentro de Airbnb que me dijo que debía pagarlo en España, asumo que al momento de hacer la declaración de la renta, o sea ahora en abril. Debo declarar mis ingresos de Airbnb en España? Puedo no declararlos? Tenes alguna idea de qué debería hacer? Nadie me lo sabe decir claramente. Muchas gracias y muy útil el contenido.
Hola. Realmente es un caso complicado que depende más de tu situación personal que de la propia Airbnb. ¿Donde está tu residencia fiscal? Aparecen los datos en el borrador de la renta en España? A nombre de quien? Etc... Creo que lo mejor es que te unas a la zona de miembros del canal de Álvaro. Esta organizando un directo con preguntas y respuestas para miembros en el que creo q puede encajar esta pregunta. El día que se la plantees será bueno que tengas esta información que te comento. Un abrazo y mis mejores deseos
Juanjo gracias por el video. Podríais explicar en el prox café con Álvaro sobre invertir en inmuebles fuera de España para alquiler turístico ( por ejemplo Portugal?)
Hola! Me encantan tus vídeos. Tengo una duda, yo tengo tres apartamentos turísticos y además soy autónoma ya que trabajo en servicios digitales. Quería saber si me sería rentable hacer una SL para mi actividad + los apartamentos turísticos? Un abrazo y gracias de antemano
Pues justo esta semana o la prox voy a sacar un video en el que Fran Martinez y yo hablamos sobre eso. Yo creo que para tres propiedades no esta muy claro que te convenga. Ten en cuenta que los rendimientos inmobiliarios pasarían siempre al propietario de las viviendas, la persona fisica, a no ser que transfieras la propiedad a la SL y eso ya es "harina de otro costal" Hay formulas intermedias pero tambień tienen su complicacion y no son para comentar en publico. En resumen depende mucho de tu situación personal y del tipo marginal de impuestos que estes teniendo en IRPF
depende de la estructura patrimonial. Si no tienes propiedades y gestionas las de otros, yo te diría que asi aproximadamente, hasta 40k euros de facturacion como autonomo y a partir de ahi como sl, pero recuerda que yo soy arquitecto y aquí el experto fiscal es Álvaro, esto es simplemente mi opinión por mi experiencia. Pero las situaciones de cada uno son muy distintas.
@@pilarruiz6011 yo creo que lo mejor es que te pases por facebook.com/groups/AnfitrionesEnPositivo y plantees tu problema ahi. Creo que entre todos podemos aportarte soluciones. Si lo que necesitas es consultoria tb tienes las condiciones en mi web.
Juanjo! Muchisimas gracias por el video, una pregunta.. me podrias facilitar el link del video donde explicais los tipos de contrato para que el propietario solo reciba el neto? Gracias de nuevo!
Es cierto. La AEAT jamás va a devolver más de lo que te han retenido en Renta. Y hay 2 formas de verlo: está muy bien la “alegria” de que te devuelvan en su momento, pero eso quiere decir que Hacienda ha tenido mucho tiempo dinero que te pertenece. Que es tuyo. Particularmente, haciendo una previsión, yo prefiero pagar pues quiere ello decir que mi dinero lo he tenido yo y, en la declaración, tiempo después, devolveré el que no me corresponde. Pero para cantidades muy importantes permite “invertir” con el dinero teniéndolo tú (es tuyo) y no la AEAT que te lo devolverá un año más tarde o mas.
Hola Alvaro, te felicito por el video. Una consulta, si bien soy Argentino tengo ciudadania europea (Italiana) pero mi residencia fiscal está en Argentina. Si invierto en España para alquilar se me aplicaría el IRPF del 19% sobre la renta neta ( como comunitario) o el 24% sobre la renta bruta ( por tener residencia fiscal fuera de la comunidad europea)? Gracias. Slds
Hola Roberto, soy Juanjo. Gracias por el comentario. En tu caso yo creo que se aplica el 24% por la residencia fiscal, pero ya sabes que siendo arquitecto lo mio no son los impuestos. Quiza lo mejor es que hagas una consulta con Alvaro. gracianiasesores.com/
@@JuanJoBande claro no residentes tienes q hacerte residente en Portugal alquilas una casa luz agua telefono y ya esta supuestamente estas ayi por ley tienes q estar un número de días pero ay esta ya cada uno pero Portugal se tributa cero
Pero en el alquiler vacacional sin ofrecen servicios hoteleros no se paga IVA no es así? No entiendo porqué se habla aquí de IVA entonces.. me lo aclarar alguien? 🙏
Hay quien ofrece servicios hoteleros y aplica IVA. En algunos casos puede resultar interesante. Por otra parte las comisiones de las plataformas como cualquier otro producto o servicio que compremos nos viene con IVA.
Entiendo entonces que si gestiono un inmueble con modelo de contrato de arrendamiento tipo rent to rent, el propietario no residente en Europa paga un 24% de impuestos sobre el precio que yo como gestor le pago de alquiler fijo. Y yo, residente en España, tributo un 19% sobre el beneficio que me llevo entre lo que le pago de alquiler al propietario extranjero y lo que yo sacó finalmente de alquilar las habitaciones. Es así?
Creo que la parte del no residente la tienes bien pero la de liquidación de negocio en España creo que no. Para casos particulares es mejor hablarlos en privado con gracianiasesores.com/
BUENAS NOCHES, Quisiera saber si el IVA que se paga con el modelo 309 es sobre el valor q paga el cliente a la plataforma o sobre el valor de la factura que nos realiza Booking a nosotros y la otra pregunta es, lo que debo guardar (el 30% para la declaración ) es sobre el ingreso que me hace Booking o Airbnb en mi banco después de que ellos cobran su comisión ?
Hola Lo del 30% es una recomendación aproximada para hacer una previsión asi que cualquiera de las dos puede estar bien. Sobre el IVA esta habiendo cambios recientemente te recomiendo que te pases por el canal de Álvaro o por su web gracianiasesores.com/
Voy a comprar una oficina como sujeto pasivo y acogerme a la deducción del Iva (no pagaría Iva) la oficina era una antigua residencia de estudiantes en el catastro viene como residencia pero el fondo año cuál ma compro me vende solo con Iva. Podría alquilarlo en airbnb y booking ? O solo puedo alquilarlo como oficina Gracias
Hola Manuel. Para alquilar en Airbnb y booking existen multiples opciones. En principio no veo problema para que alquiles por ambas plataformas siempre que cumplas la normativa de aplicación. Te recomiendo echarle un vistazo a este video sobre la legalidad en esas plataformas. ruclips.net/video/C-NWwMkDL9w/видео.htmlsi=J1XD8_S6U9u6XilA Yo creo que este video te puede ayudar a entender como se organiza el tema de licencias para alquilar en plataformas
Hola Encarna. Creo que tenemos que diferenciar entre las platormas como Airbnb o Booking que generalmente tributan en otro pais fuera de la union europea y las gestoras. Las gestoras suelen ser empresas locales que tributan localmente. Si trabajas con una gestora que no tributa en España creo que le corresponde a la gestora aclararte en que situación te deja eso a ti.
@@JuanJoBande Hay empresas como Novasol que no tributan aquí, ese ese el problema para los propietarios. Yo no tengo casas, sólo trabajé para Gestoras Internacionales y ellas no te dicen nada.
Hola Álvaro, tengo una duda sobre fiscalidad para estos casos. ¿Sería posible que una LLC en Estados Unidos alquilara a una persona física un alquiler anual por la vivienda en España y esta LLC realquilara la vivienda de Airbnb con los beneficios fiscales que eso significaría para la propia LLC?
Te comento lo q yo entiendo, pero ya sabes q soy arquitecto y no fiscalista. Para una consulta profesional fiscal es necesario que hables con Álvaro u otro profesional. Una vez hecho el "disclaimer" te cuento como lo entiendo yo. La tributación en IRPF en España es por las rentas "universales" las que recibe la persona residente fiscal en España independientemente del pais de origen de las rentas. Asi pues el rendimiento inmobiliario dentro y fuera d España esta sujeto a IRPF. Otra cuestión es lo que pueda pasar en el pais de origen diferente d España y si ha de tributar algo en ese pais. Ademas en ese caso sería necesario ver los temas sobre convenios de doble imposición porque es posible que existan obligaciones o ventajas en ese sentido.
Hola voy a empezar en airbnb soy español vivo en Sudamérica y he alquilado un piso en valencia españa me tengo que dar de alta como autonomo no residente en españa o como se llama gracias estoy muy perdido
Si tu eres propietario la tributación no es como autonomo sino por rendimientos del patrimonio. Independientemente de la nacionalidad ¿Tributas como residente en España o como no residente?
Muy buen vídeo y canal. En el caso de no residentes la tributación al 19% es basada en la ciudadanía o en la residencia fiscal? Mi caso es que soy ciudadano español y de Estados Unidos pero resido actualmente en Estados Unidos, según entendi en el vídeo debería tributar un 19% fijo después de gastos. Es correcto? Edit: después de buscar en internet me parece entender que es basado en la residencia fiscal o sea si resido en Estados Unidos debo pagar el 24% sin descontar gastos, cuál sería el tipo de contrato que me beneficiaría para optimizar esta situación?
Gracias por el comentario @alexandersantana9028 Hablando en general yo creo que te convendría una formula tipo alquiler. De forma que tu recibas un dinero limpio y no tengas que soportar gastos que no sean deducibles fiscalmente. Aunque si estamos hablando de cantidades siginificativas o de varias propiedades te recomendaría hacer una consulta privada con Alvaro para diseñar una estrategia especifica para tu caso. Te paso la web de Álvaro gracianiasesores.com/ para que puedas reservar cita.
@@JuanJoBande de momento es una sola propiedad para ir conociendo y viendo como funciona la inversión inmobiliaria, mas adelante si todo marcha bien si necesitaría una consulta, de momento me quedo con que haré un contrato de alquiler para solo reportar los beneficios, ahí estuve por el canal viendo otros vídeos sobre el tema, muchas gracias
@@alexandersantana9028cierto cierto. La incorporación de empresas de Cataluña creo quer será para la próxima fase de primavera. Pero tienes la opción de la gestión online, quizá merezca la pena, el coste suele rondar el 10% y yo creo que merece mucho la pena juanjobande.com/tualquiler-en-linea/
Muchas gracias por el video !! Alguien sabe si para ser residente de la Unión europea, basta con tener el pasaporte, o se refieren a residente fiscal? Me explico, si alguien tiene pasaporte Irlandés, pero vive y trabaja fuera de la unión europea, aún puede tributar el 19%? Graciaaaas
El tema de la residencia fiscal es independiente de la nacionalidad. Yo puedo tener nacionalidad española y residir en Andorra , reino unido, portugal... La fiscalidad está ligada a donde se reside. De todos modos lo mejor es hacer una consulta especifica
Que buenos videos! Una pregunta, nosotros comenzaremos a alquilar una vivienda nueva (rehabilitación ) ahora en diciembre... Las nuevas escrituras y la inscripción en registro la haremos este mes de noviembre, entonces, a la hora de declarar los dias imputables con el Nuevo valor catastral se cuentan como los que no estuvo alquilada desde que la vivienda se registró con las nuevas escrituras? (Que alcanzara a ser un mes de este año... Y los del resto del año con el valor catastral anterior o no?) Gracias
El valor catastral no incide en el rendimiento por alquileres. ¿Te estas refiriendo a imputación de rentas por tiempo no alquilado quiza? No creo que tenga mucha transcendencia porque el valor catastral de una viviend pre-rehabilitacion suele ser muy bajo.
Minimo para los ingresos especificos de Airbnb no existe. Existen circunstancias en las que no se tiene que realizar la declaración pero eso es diferente.
Para mas info sobre la obligatoriedad de presentar renta sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-1-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html
Yo creo que depende de la estructura contable que tenga tu negocio. Entiendo que para poder deducirte la hipoteca de compra el bien inmueble ha de estar adscrito al "negocio". Es un tema que depende de tu situación personal. Quizá puedas comentarlo con gracianiasesores.com/
El concepto es rentas del capital inmobiliario pero eso esta englobado en el IRPF. Todos los ingresos que tenga una persona, sea cual sea su origien, trabajo asalariado, actividad economica, capital mobiliario, capital inmobiliario .... todas ellas han de incluirse en el IRPF
Estaba preparando mi vivienda para alquilarla por el Airbnb, pero con 50 mil de bruto anual que tengo por mi trabajo, se me han quitado las ganas de alquilar.
Importante lo que comenta Álvaro en el minuto 7:20. Yo, por ejemplo, no lo sabía. Ingreso no es lo mismo que cobro. Entonces digo yo, ¿no saldría más rentable para los anfitriones de Airbnb pagar el 17% de comisión a la plataforma en vez de que sea el huésped el que paga el 15% el huésped + 3% el anfitrión?
De esta manera, si huésped paga 100, yo me puedo deducir 17 en vez de 3. ¿Por qué la mayoría de los anfitriones optamos por la opción del 3%, entonces? Gracias por estas charlas. A muchos nos ayudan a encontrar un poco de luz en medio del túnel.
Interesante reflexión Jesús. Se la paso a Álvaro perro de todas formas te adelanto mi opinión.
Todo depende de si re-calculas tarifas o no. Me explico.
Utilizaré en el ejemplo los mismos coeficientes que tu para que se vea el caso.
Supongamos que seguimos con el ejemplo de los 100 euros
Si yo pongo de precio 100 euros y tengo el modelo de Airbnb de comisión compartida:
- El huesped pagará 115.
- Te ingresarán en el banco 97 pero tu cobro fiscal es de 100 y de ahi te podrás deducir lógicamente esos 3 de comisión de anfitrión de Airbnb que ya no has ingresado.
Si te pasas al otro modelo de comisión del 17% y mantienes la tarifa en los 100 euros la cosa sería así.
- El huésped pagará 100
- Te ingresarán en el banco 83 pero tu cobro fiscal es de 100 y de ahi te podrás deducir lógicamente esos 17 de comisión que ya no has ingresado
En resumen se trata de combinar la rentabilidad fiscal con la económica. En cualquier caso nos interesa maximizar la cantidad que pague el inquilino, sea como sea la forma de liquidar impuestos.
La razón importante por la que un alojamiento turístico decidiera cambiar el contrato en Airbnb sería por una cuestión de mix de distribución. Es decir, si a parte de distribuir por Airbnb, también lo hace por otros canales, para tener un mayor control sobre el PVP, entonces decidirías pasar al contrato comisionable al 14%, de esta manera eliminas lo que Airbnb le cobra al huésped y así poder vender a precios similares a todos los canales.
Muchas gracias @JuanJo Bande por estos vídeos y por el debate.
Sexta planta ha dado una razón irrefutable para elegir la opción de comisión entera al anfitrión; para tener control del PVP si trabajas con otras plataformas además de con Airbnb. Yo he hecho un cálculo (comparto la imagen de mi “cuenta de la vieja” en el grupo de Facebook) y creo que sale mejor que sea el anfitrión quien pague el 17%. Voy a intentar argumentarlo sin imágenes:
Un huésped tiene un presupuesto de 100 € y elige tu apartamento (las cifras están redondeadas):
Opción 1 comisión compartida: 13€ comisión del huésped (15% de 87). 87€ ingreso por alojamiento (2,60€ comisión del 3% anfitrión + 84,40€ cobro).
Opción 2 comisión entera al anfitrión: 14,50€ comisión anfitrión (17% de 85,50). 85,50€ ingreso y cobro.
En conclusión, tiene que haber algo que se me escapa pero yo veo que:
Opción 1: ingresas 87€, cobras 84,40€, deduces 2,60€.
Opción 2: ingresas y cobras 85,50€ y deduces 14,50€.
Por favor que alguien me diga que esto no es así porque yo soy de los que tengo la opción de comisiones compartidas 🤭
@@jesusbregon5155 Opción 1 [Compartida 15% + 3%]: Cliente paga 100 (PVP 86,95 + 15% AirBNB) -> Ingresas 86,95 -> Deduces 2,61 (86,95@3%) = Cobras 84,34
Opción 2 [Entera anfitrión 17%]: Cliente paga 100 (PVP) - > Ingresas 100 -> Deduces 17 (100,00@17%) -> Cobras 83,00.
Entonces, con un pago igual de 100 por parte del cliente, después la deducción de la commission que te cobra AirBNB, vas a cobrar mas o menos lo mismo
Muchas gracias por el comentairio @Sextaplanta. Yo creo que en general se están pasando al sistema de comisión unificada los gestores mas dedicados o los que lo tienen como actividad principal. Veo bastante gente que lo tiene como actividad complementaria que sigue con el modelo de comisión partida.
Es lo mas HONESTO y claro que he escuchado en youtube! Gracias!
Muchas gracias Gonzalo.
Es un camino complicado el de intentar hacer contenido serio en RUclips, pero a veces tiene recompensas como tu comentario. Muchas gracias
Imprescindible. De obligado visionado para cualquier anfitrión!
Muchisimas gracias Marc
este contenido es oro!!! enhorabuena Juanjo y Álvaro, porque esto es una masterclass que pocas asesorías proporcionan!!!!
Muchas gracias Luis.
Poco a poco vamos llevando, el sector, este canal y nuestros negocios individuales al "siguiente nivel"
Un abrazo
Alvaro lo explica muy bien, muy clarito. Da gusto.
Gracias Miguel
La verda es que si.
De gusto tratar estas cosas con Álvaro
Interesante video y canal lo vi en un foro y me quedo por aquí 😉
Muchas gracias Alicia
Me alegro que te guste
Bienvenida
Muy interesante como siempre 👏🏼
Muchisimas gracias MariLuz
Excelente, como siempre. Muy claro y concreto para refrescar conceptos tan importantes. Un abrazo y enhorabuena a los dos.
Muchísimas gracias Daniel. Entre todos vamos construyendo un sector clave para el futuro.
Como siempre, súper bien explicado, analizado y resumido. Personalmente agradezco mucho este tipo de vídeos de los que aprendo tanto. Muchas gracias a los dos.
,❤️
Muchas gracias Silvia
Francamente interesante lo que dice Álvaro Graciani.
Lo que me pregunto es si l@s oyentes que no tengan un mínimo conocimiento técnico podrán entenderlo.
Pero francamente interesante y, yo que tengo un “pequeño” conocimiento por mi profesión, estoy aprendiendo mucho.
Gracias a ambos!
Muchas gracias José Luis. Poco a poco vamos aprendiendo cosas entre todos.
@@JuanJoBande no te quepa duda y es que, además, Álvaro Graciani tiene el don de la facilidad de palabra y se expresa muy bien.
Desde mi punto de vista, las explicaciones de Álvaro me gustan precisamente por eso, por que creo que son claras y con un lenguaje muy entendible. Información muy valiosa para todos los que estamos, en una medida u otra, en este mundillo.
Muchas gracias por lo clarito de la explicación. Sois fantásticos.
Muchas gracias Eduardo
Un abrazo
2.030 ahora. Enhorabuena!!!
Gracias Jose Luis y ya poniendo el ojo en los 3 mil, jeje
@@JuanJoBande Y no tardarán en llegar!
fantastica y extraordinaria informacion. muchas gracias por este video
Gracias Diego
Fenomenal vídeo. Muchas gracias. Disculpad mi ignorancia, pero al tributar por rendimiento de capital inmobiliario, con Booking tenemos que presentar el modelo 309 trimestralmente; no obstante, con Airbnb, no es necesario presentar nada trimestralmente. En ambos casos, declararemos ingresos y gastos anualmente, eso sí. Corregidme si me equivoco, por favor. ¡Gracias!
En general si. Pero Airbnb tiene dos tipos de estructuras de comisión.
www.airbnb.es/help/article/1857/comisiones-de-servicio-de-airbnb
Si escoges la comisión partida pensada par no profesionales no tienes que hacer trimestrales, pero si escoges la comision unica, pensada para profesionales puede que si tengas que hacerlas, dependiendo de si te aplican iva o no.
Excelente video Juanjo. En el minuto 12:00 se habla sobre un truco para los residentes no fiscales y no pagar el 24% del bruto si no del neto. Tienes el link de ese vídeo por favor. Muchas gracias
Hola Tavo
El video del que hablamos es este
ruclips.net/video/y-4mgokAZVA/видео.html
Tiene una miniatura orientada al Rent-to-Rento porque también resulta de aplicación.
En ese video tienes explicados los tipos de contrato. Eso te permite entender por cuales se tributa por neto y por cuales se tributa por resultado, con la consiguiente problematica para residentes fiscales fuera de españa.
Espero q te resulte util el video y si es así te pido q consideres suscribirte al canal
Ya sabes q ayuda un montón
gracias por pasarte por aqui y seguimos en contacto
Muy interesante, podrían ampliar la información con el IGIC?
Puedes contactar con gracianiasesores.com/ para resolver todas tus necesidades de asesoría fiscal.
Muchas gracias por la información
Gracias por el comentario francisco
Estaba preparando mi vivienda para alquilarla por el Airbnb, pero con 50 mil de bruto anual que tengo por mi trabajo, se me han quitado las ganas de alquilar.
Me lo guardo,gracias!!!
Muchas gracias @Naalfer
Hola, interesante video, pero me queda una duda por otra casuística:
Si alquilas tu propia vivienda en la que vives (Por lo que no es preciso tener licencia turística ya que no la alquilas al completo), suponemos 3 habitaciones , una es tuya, otra es despacho y la 3ª es la que alquilas por Aribnb, por ejemplo. Alquilas esa habitación X días al año, unos gastos totales Y. ¿Hay que declarar esos ingresos?, en caso afirmativo ¿Cómo se calcula el beneficio neto del mismo para imputar a IRPF? ¿Habría algún costo más que el IRPF? Saludos y de ante mano agradezco las molestias ocasionadas!
Pues me apunto la pregunta para trasladarsela a Alvaro o incluso se la puedes comentar en su canal
ruclips.net/channel/UC_0Nx6MftkdsBprQW7gvhKQ
Pero en mi opinión tendrias declarar ingresos y prorratear gastos por dias + superficie. No se yo si te merecerá la pena la molestia de la contabilidad por la deducción que te puedas aplicar. Dependerá de tu tipo marginal maximo y tu situación personal.
@@JuanJoBande Lo acabo de hacer, muchas gracias y ojalá consiga respuesta, quiero evitar alguna multa a toda costa. Saludos,
@@mariogonz4192 hola Mario, tuviste respuesta? estoy en tu misma situación.
Respecto al comentario de Juanjo como algo negativo la sl a la hora de heredar las propiedades, según hablé con un asesor fiscal es mas beneficioso a los herederos heredar las propiedades a través de una sl ya que no se paga impuesto de sucesiones por esas propiedades.
Yo creo que habría que mirar el caso concreto, quiza lo puedas comentar con @gracianiasesoresyabogados pero yo creo que hay que tener en cuenta varias cosas. Las propiedades no pagan impuestos en el caso de estar a nombre de sociedades pero las acciones de la sociedad si que los pagan. Por otra parte las propiedades cuando entran o salen del patrimonio societario también generan bastantes gastos y otra cosa a tener en cuenta es que una sl genera gastos principalmente en asesor fiscal, hay que presentar cuentas, registrarlas etc etc y esto todos los años que se tenga la propiedad a nombre de la sl. Asi que toca echar cuentas y meter ahi los gastos de gestoria que dependiendo del tamaño del patrimonio pueden ser importantes o todo lo contrario.
Buenas tardes,muy interesante el video,gracias.
Tengo una duda, tenemos contratada a una empresa gestora para el alquiler turístico de uno de los inmuebles de mi sociedad,dicha empresa nos emite factura por sus gastos así como se encarga de ingresarnos la liquidación mensual de los ingresos de los huéspedes.¿Por dichos ingresos tenemos que emitir factura con IVA?
Gracias y un saludo
El alquiler de vivienda no tiene iva pero los servicios turisticos si. Este es una caso muy concreto creo que es mejor que hagais una consula con Álvaro
gracianiasesores.com/consultas/
Muchas gracias y un saludo
Hola Juanjo, gracias por este video. Muy útil. Tengo una consulta que nadie me sabe responder, ni siquiera asesores de Airbnb. Gestiono una propiedad a través de Airbnb que está físicamente localizada en Argentina. Los ingresos de esa propiedad los recibo en mi cuenta bancaria en España (BBVA). La propiedad no está a mi nombre, sino de mis padres. Yo no soy titular. Los igresos de Airbnb son de aproximadamente €6.500/año, en montos que rara vez superan los €700-800 por reserva. Hubo gente en Airbnb que me dijo que debo pagar los impuestos en Argentina y otra también dentro de Airbnb que me dijo que debía pagarlo en España, asumo que al momento de hacer la declaración de la renta, o sea ahora en abril. Debo declarar mis ingresos de Airbnb en España? Puedo no declararlos? Tenes alguna idea de qué debería hacer? Nadie me lo sabe decir claramente. Muchas gracias y muy útil el contenido.
Hola. Realmente es un caso complicado que depende más de tu situación personal que de la propia Airbnb. ¿Donde está tu residencia fiscal? Aparecen los datos en el borrador de la renta en España? A nombre de quien? Etc... Creo que lo mejor es que te unas a la zona de miembros del canal de Álvaro. Esta organizando un directo con preguntas y respuestas para miembros en el que creo q puede encajar esta pregunta. El día que se la plantees será bueno que tengas esta información que te comento. Un abrazo y mis mejores deseos
Juanjo gracias por el video. Podríais explicar en el prox café con Álvaro sobre invertir en inmuebles fuera de España para alquiler turístico ( por ejemplo Portugal?)
Pues es un tema muy interesante. Voy a comentarlo con Álvaro a ver que opina.
Gracias por la idea
@@JuanJoBande a ti siempre 👍
Hola! Me encantan tus vídeos. Tengo una duda, yo tengo tres apartamentos turísticos y además soy autónoma ya que trabajo en servicios digitales. Quería saber si me sería rentable hacer una SL para mi actividad + los apartamentos turísticos? Un abrazo y gracias de antemano
Pues justo esta semana o la prox voy a sacar un video en el que Fran Martinez y yo hablamos sobre eso. Yo creo que para tres propiedades no esta muy claro que te convenga.
Ten en cuenta que los rendimientos inmobiliarios pasarían siempre al propietario de las viviendas, la persona fisica, a no ser que transfieras la propiedad a la SL y eso ya es "harina de otro costal"
Hay formulas intermedias pero tambień tienen su complicacion y no son para comentar en publico.
En resumen depende mucho de tu situación personal y del tipo marginal de impuestos que estes teniendo en IRPF
Interesa mas desarrollar la actividad a efectos de deducción fiscal como particular , autónomo, o sl ? En que modalidad se pueden deducir mas gastos?
depende de la estructura patrimonial. Si no tienes propiedades y gestionas las de otros, yo te diría que asi aproximadamente, hasta 40k euros de facturacion como autonomo y a partir de ahi como sl, pero recuerda que yo soy arquitecto y aquí el experto fiscal es Álvaro, esto es simplemente mi opinión por mi experiencia. Pero las situaciones de cada uno son muy distintas.
Si el Airbnb es sub-alquilado como pago los impuesto como persona física o le afecta al propietario ?
Le afecta y mucho. Necesitas tener autorización de subarriendo.
@@JuanJoBande como hago para pagar todos los impuesto del piso
@@pilarruiz6011 yo creo que lo mejor es que te pases por facebook.com/groups/AnfitrionesEnPositivo
y plantees tu problema ahi. Creo que entre todos podemos aportarte soluciones. Si lo que necesitas es consultoria tb tienes las condiciones en mi web.
Juanjo! Muchisimas gracias por el video, una pregunta.. me podrias facilitar el link del video donde explicais los tipos de contrato para que el propietario solo reciba el neto? Gracias de nuevo!
Hola Pablo
Este es el video de los contratos
ruclips.net/video/y-4mgokAZVA/видео.html
Es cierto. La AEAT jamás va a devolver más de lo que te han retenido en Renta. Y hay 2 formas de verlo: está muy bien la “alegria” de que te devuelvan en su momento, pero eso quiere decir que Hacienda ha tenido mucho tiempo dinero que te pertenece. Que es tuyo.
Particularmente, haciendo una previsión, yo prefiero pagar pues quiere ello decir que mi dinero lo he tenido yo y, en la declaración, tiempo después, devolveré el que no me corresponde. Pero para cantidades muy importantes permite “invertir” con el dinero teniéndolo tú (es tuyo) y no la AEAT que te lo devolverá un año más tarde o mas.
Muy bien razonado y explicado José Luis.
Muchas gracias y un abrazo fuerte
Hola Alvaro, te felicito por el video. Una consulta, si bien soy Argentino tengo ciudadania europea (Italiana) pero mi residencia fiscal está en Argentina. Si invierto en España para alquilar se me aplicaría el IRPF del 19% sobre la renta neta ( como comunitario) o el 24% sobre la renta bruta ( por tener residencia fiscal fuera de la comunidad europea)? Gracias. Slds
Hola Roberto, soy Juanjo. Gracias por el comentario. En tu caso yo creo que se aplica el 24% por la residencia fiscal, pero ya sabes que siendo arquitecto lo mio no son los impuestos. Quiza lo mejor es que hagas una consulta con Alvaro. gracianiasesores.com/
@@JuanJoBande Hola Juanjo, perdoná por el error en tu nombre y gracias por tu rápida respuesta. Slds
Hola Roberto 👋
Nada nada, ningún error, Álvaro y yo colaboramos habitualmente así q es normal
Un saludo
Si monta sociedad en Portugal por ejemplo si interesa
Gracias por el comentario Manuel
Te refieres a los no residentes ?
@@JuanJoBande claro no residentes tienes q hacerte residente en Portugal alquilas una casa luz agua telefono y ya esta supuestamente estas ayi por ley tienes q estar un número de días pero ay esta ya cada uno pero Portugal se tributa cero
Pero en el alquiler vacacional sin ofrecen servicios hoteleros no se paga IVA no es así? No entiendo porqué se habla aquí de IVA entonces.. me lo aclarar alguien? 🙏
Hay quien ofrece servicios hoteleros y aplica IVA. En algunos casos puede resultar interesante.
Por otra parte las comisiones de las plataformas como cualquier otro producto o servicio que compremos nos viene con IVA.
Entiendo entonces que si gestiono un inmueble con modelo de contrato de arrendamiento tipo rent to rent, el propietario no residente en Europa paga un 24% de impuestos sobre el precio que yo como gestor le pago de alquiler fijo. Y yo, residente en España, tributo un 19% sobre el beneficio que me llevo entre lo que le pago de alquiler al propietario extranjero y lo que yo sacó finalmente de alquilar las habitaciones. Es así?
Creo que la parte del no residente la tienes bien pero la de liquidación de negocio en España creo que no. Para casos particulares es mejor hablarlos en privado con gracianiasesores.com/
BUENAS NOCHES, Quisiera saber si el IVA que se paga con el modelo 309 es sobre el valor q paga el cliente a la plataforma o sobre el valor de la factura que nos realiza Booking a nosotros y la otra pregunta es, lo que debo guardar (el 30% para la declaración ) es sobre el ingreso que me hace Booking o Airbnb en mi banco después de que ellos cobran su comisión ?
Hola
Lo del 30% es una recomendación aproximada para hacer una previsión asi que cualquiera de las dos puede estar bien.
Sobre el IVA esta habiendo cambios recientemente te recomiendo que te pases por el canal de Álvaro o por su web gracianiasesores.com/
@@JuanJoBande gracias
Voy a comprar una oficina como sujeto pasivo y acogerme a la deducción del Iva (no pagaría Iva) la oficina era una antigua residencia de estudiantes en el catastro viene como residencia pero el fondo año cuál ma compro me vende solo con Iva.
Podría alquilarlo en airbnb y booking ?
O solo puedo alquilarlo como oficina
Gracias
Hola Manuel. Para alquilar en Airbnb y booking existen multiples opciones. En principio no veo problema para que alquiles por ambas plataformas siempre que cumplas la normativa de aplicación.
Te recomiendo echarle un vistazo a este video sobre la legalidad en esas plataformas.
ruclips.net/video/C-NWwMkDL9w/видео.htmlsi=J1XD8_S6U9u6XilA
Yo creo que este video te puede ayudar a entender como se organiza el tema de licencias para alquilar en plataformas
Y cuando la empresa gesto ra no tributa en España?
Hola Encarna. Creo que tenemos que diferenciar entre las platormas como Airbnb o Booking que generalmente tributan en otro pais fuera de la union europea y las gestoras. Las gestoras suelen ser empresas locales que tributan localmente. Si trabajas con una gestora que no tributa en España creo que le corresponde a la gestora aclararte en que situación te deja eso a ti.
@@JuanJoBande Hay empresas como Novasol que no tributan aquí, ese ese el problema para los propietarios. Yo no tengo casas, sólo trabajé para Gestoras Internacionales y ellas no te dicen nada.
Hola Álvaro, tengo una duda sobre fiscalidad para estos casos. ¿Sería posible que una LLC en Estados Unidos alquilara a una persona física un alquiler anual por la vivienda en España y esta LLC realquilara la vivienda de Airbnb con los beneficios fiscales que eso significaría para la propia LLC?
Hola, yo creo q eso necesita una consulta profesional con Álvaro, te paso link gracianiasesores.com/consultas/
Donde esta el video para saber como pagar por el neto los no residentes
ruclips.net/video/y-4mgokAZVA/видео.htmlsi=pl41R0283v_u0-i1
Hola una pregunta, como se paga impuestos, por tener una propiedad fuera de España.
Te comento lo q yo entiendo, pero ya sabes q soy arquitecto y no fiscalista. Para una consulta profesional fiscal es necesario que hables con Álvaro u otro profesional.
Una vez hecho el "disclaimer" te cuento como lo entiendo yo.
La tributación en IRPF en España es por las rentas "universales" las que recibe la persona residente fiscal en España independientemente del pais de origen de las rentas.
Asi pues el rendimiento inmobiliario dentro y fuera d España esta sujeto a IRPF.
Otra cuestión es lo que pueda pasar en el pais de origen diferente d España y si ha de tributar algo en ese pais. Ademas en ese caso sería necesario ver los temas sobre convenios de doble imposición porque es posible que existan obligaciones o ventajas en ese sentido.
Hay diferencia entre Booking y Airbnb a la hora del IVA/IGIC?
Pues la verdad es hay cambios recientes con este tema. Puedes recurrir al canal de Álvaro Graciani
www.youtube.com/@gracianiasesoresyabogados
Hola voy a empezar en airbnb soy español vivo en Sudamérica y he alquilado un piso en valencia españa me tengo que dar de alta como autonomo no residente en españa o como se llama gracias estoy muy perdido
Si tu eres propietario la tributación no es como autonomo sino por rendimientos del patrimonio.
Independientemente de la nacionalidad ¿Tributas como residente en España o como no residente?
Muy buen vídeo y canal. En el caso de no residentes la tributación al 19% es basada en la ciudadanía o en la residencia fiscal? Mi caso es que soy ciudadano español y de Estados Unidos pero resido actualmente en Estados Unidos, según entendi en el vídeo debería tributar un 19% fijo después de gastos. Es correcto?
Edit: después de buscar en internet me parece entender que es basado en la residencia fiscal o sea si resido en Estados Unidos debo pagar el 24% sin descontar gastos, cuál sería el tipo de contrato que me beneficiaría para optimizar esta situación?
Gracias por el comentario @alexandersantana9028
Hablando en general yo creo que te convendría una formula tipo alquiler. De forma que tu recibas un dinero limpio y no tengas que soportar gastos que no sean deducibles fiscalmente. Aunque si estamos hablando de cantidades siginificativas o de varias propiedades te recomendaría hacer una consulta privada con Alvaro para diseñar una estrategia especifica para tu caso.
Te paso la web de Álvaro gracianiasesores.com/ para que puedas reservar cita.
@@JuanJoBande de momento es una sola propiedad para ir conociendo y viendo como funciona la inversión inmobiliaria, mas adelante si todo marcha bien si necesitaría una consulta, de momento me quedo con que haré un contrato de alquiler para solo reportar los beneficios, ahí estuve por el canal viendo otros vídeos sobre el tema, muchas gracias
@@alexandersantana9028 Estupendo
Si necesitas un gestor de viviendas turisticas de confianza puedes echarle un vistazo a
juanjobande.com/tu-alquiler/
@@JuanJoBande ya estuve mirando en tu website pero no encontre ninguno en Catalunya, seria la zona de Salou
@@alexandersantana9028cierto cierto. La incorporación de empresas de Cataluña creo quer será para la próxima fase de primavera.
Pero tienes la opción de la gestión online, quizá merezca la pena, el coste suele rondar el 10% y yo creo que merece mucho la pena
juanjobande.com/tualquiler-en-linea/
Muchas gracias por el video !!
Alguien sabe si para ser residente de la Unión europea, basta con tener el pasaporte, o se refieren a residente fiscal?
Me explico, si alguien tiene pasaporte Irlandés, pero vive y trabaja fuera de la unión europea, aún puede tributar el 19%?
Graciaaaas
El tema de la residencia fiscal es independiente de la nacionalidad. Yo puedo tener nacionalidad española y residir en Andorra , reino unido, portugal... La fiscalidad está ligada a donde se reside. De todos modos lo mejor es hacer una consulta especifica
Que buenos videos! Una pregunta, nosotros comenzaremos a alquilar una vivienda nueva (rehabilitación ) ahora en diciembre... Las nuevas escrituras y la inscripción en registro la haremos este mes de noviembre, entonces, a la hora de declarar los dias imputables con el Nuevo valor catastral se cuentan como los que no estuvo alquilada desde que la vivienda se registró con las nuevas escrituras? (Que alcanzara a ser un mes de este año... Y los del resto del año con el valor catastral anterior o no?) Gracias
El valor catastral no incide en el rendimiento por alquileres. ¿Te estas refiriendo a imputación de rentas por tiempo no alquilado quiza? No creo que tenga mucha transcendencia porque el valor catastral de una viviend pre-rehabilitacion suele ser muy bajo.
Hola 🙋♀️ Mi pregunta es !ay un mínimo para declarar ?o da igual lo ingresos anuales
Minimo para los ingresos especificos de Airbnb no existe. Existen circunstancias en las que no se tiene que realizar la declaración pero eso es diferente.
Para mas info sobre la obligatoriedad de presentar renta
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-1-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html
¿Se puede computar como gasto deducible la cuota de la hipoteca?
Yo creo que depende de la estructura contable que tenga tu negocio. Entiendo que para poder deducirte la hipoteca de compra el bien inmueble ha de estar adscrito al "negocio". Es un tema que depende de tu situación personal. Quizá puedas comentarlo con
gracianiasesores.com/
@@JuanJoBande OK. Muchas gracias.
Pero el alquiler BnB no tributa por IRPF si no por bienes inmuebles, Puede ser????
El concepto es rentas del capital inmobiliario pero eso esta englobado en el IRPF.
Todos los ingresos que tenga una persona, sea cual sea su origien, trabajo asalariado, actividad economica, capital mobiliario, capital inmobiliario .... todas ellas han de incluirse en el IRPF
Minuto 30
Cierto
Fiscalidad beneficiosa si no tienes otros ingresos...
Ciertamente
Que mierda pagar el impuesto aunque no se alquilado los restos de día es un desastre
🤷♂️al final siempre hay q acabar hablando de impuestos
Yo os lo explicare... entre la agencia, los gastos, y los impuestos... del lo que pague el inquilino a lo que os llegue a vosotros el 50 %
Pues es una aproximación buena y si valoras tu tiempo y dedicación resulta que no siempre resulta interesante hacer alquiler corto.
Deja hablar a Álvaro Juanjo el ya lo está aclarando todo mejor que tú
@gracianiasesoresyabogados
lo cierto es que hay veces que interrumpo demasiado, gracias por el consejo
Demasiada PUBLICIDAD
es lo que tiene RUclips para financiar todo esto le pone publi
si le interesa el video esta a la venta por 20 euros mas iva
Que robo
🤔
@@JuanJoBande q pagas para hacienda
@@JuanJoBande y me prwgunto si los marronestambien los deescuenta hacienda
@@khaterinaperrin668 depende de tus ingresos globales. Los ingresos de alquileres se suman a la base imponible y los tipos son progresivos.
@@JuanJoBande mil gracias es q lei q al final pagas para pagar a los demas y cuadra
Estaba preparando mi vivienda para alquilarla por el Airbnb, pero con 50 mil de bruto anual que tengo por mi trabajo, se me han quitado las ganas de alquilar.
Hay opciones para resolver ese tema.