Delito de rapto

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  • Опубликовано: 2 дек 2024

Комментарии • 21

  • @danielcolignon6526
    @danielcolignon6526 Год назад +1

    Buenísimo muy claro. Gracias

  • @ericaandrade9545
    @ericaandrade9545 4 года назад +1

    excelente y clarisimo! ya me mire mas de diez videos suyos y me aclaran muchas dudas! considereme su fan dr Molina!

  • @AnigailRios
    @AnigailRios Год назад

    Ah algún código que esté relacionado con la Constitución nacional ??

  • @gastonaibar908
    @gastonaibar908 3 года назад

    Tendría competencia federal?

  • @karirivarola2313
    @karirivarola2313 3 года назад

    Buenas tardes profesor, en el rapto impropio por que se atenua la pena cuando hay consentimiento del menor, si para la legislacion ese consentimiento no es valido?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 года назад +1

      Por los mismos motivos que en el delito del art. 120
      En el manual se explica a partir de pág. 326.

  • @mauros.3557
    @mauros.3557 4 года назад

    Doctor, una pregunta en el caso que no se llegue a menoscabar la integridad sexual de la victima, el solo hecho sustraer o rapto, podria encuadrar en el 142 inc 1 ya que objetivamente cumple con el tipo de privación ilegitima. Muchas gracias

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 года назад +1

      Mauro: sí. En caso de no tener la finalidad de menoscabar la integridad sexual, podría ser 142 inc. 1°.
      Pero si tuviere la intención de menoscabar su integridad sexual, sería 130, aunque no llegue a menoscabarla, basta con la sustracción o retención.

  • @rodrigoalfaro3848
    @rodrigoalfaro3848 2 месяца назад

    Hola profesor. El rapto impropio es el del segundo parrafo ¿Y el rapto propio ? Es el del primer parrafo ? Espero su respuesta

  • @laureanahillmann1679
    @laureanahillmann1679 4 года назад

    Disculpe la molestia, en el caso en donde una niña de 14 años sea raptada, y luego la misma sea abusada. El delito se subsume en el primer párrafo del art 130?

  • @Angel-oi1jd
    @Angel-oi1jd 4 года назад

    Disculpe doctor, pero no me quedo claro porque la figura del 2 párrafo es más atenuada que la figura básica.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 года назад +3

      Angel: en la figura del segundo párrafo la pena es menor en relación al primero porque el sujeto pasivo presta su consentimiento. Claro que ese consentimiento no tiene suficiente entidad para quitar la tipicidad, porque es de un menor de 16

    • @Angel-oi1jd
      @Angel-oi1jd 4 года назад

      @@gonzalojaviermolina2503 Muchas gracias por aclararme la duda doctor.

  • @valentinarodriguez4261
    @valentinarodriguez4261 10 месяцев назад

    Buenas tardes Dr. el caso nro 2 de su libro, podria entonces ser un caso de Rapto propio o es solamente una consideracion suya? porque no esta tipificado en el codigo ese tipo de acto.
    Carlos intercepta en la calle a Barbara y la amenaza con un cuchillo para que se quite la ropa y se toque los pechos. El se masturba mirandola.
    Gracias

    • @valentinarodriguez4261
      @valentinarodriguez4261 10 месяцев назад

      La variante tiene las mismas condiciones, pero agrega la intención de Carlos de tocarle los pechos a Barbara. Como quedaria en ambos casos?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  10 месяцев назад

      Valentina: el caso está hecho para pensar en el concepto de abuso sexual
      Si es necesario tocamientos entre autor y victima, entonces esto no puede ser 119 porque no se cumple ese requisito
      La opción es imputar coacción. El caso muestra también las incoherencias de nuestro C.P. porque tendría más pena que el abuso sexual