Размер видео: 1280 X 720853 X 480640 X 360
Показать панель управления
Автовоспроизведение
Автоповтор
Muchas gracias por tu explicación¡¡¡¡
¡Gracias por la explicación!
Hola Belén! Me encantan tus vídeos y creo q eres una gran profesional...tienes vídeos sobre los artículos 36 y siguientes relativos a la competencia??
No, tengo , te avisaré ,si subo. Un saludo
Hola Belén , dices que los expedientes de JV se pueden iniciar de oficio , no entiendo ... ¿ Un juez puede iniciarlo por si mismo , en que casos ? 🤔🤔
Si, por ejemplo , un nombramiento de defensor judicial, dimanante de una, incapacidad, nombramiento de administrador judicial, de tutor, …. Un saludo.
@@belenoposicionesjusticia2528 gracias Belén 😊
Dice " los maestros que se divierten enseñando, consiguen que los alumnos se diviertan aprendiendo" Pues así tal cual 😂😂
9o999999
Muchas gracias por tu explicación¡¡¡¡
¡Gracias por la explicación!
Hola Belén! Me encantan tus vídeos y creo q eres una gran profesional...tienes vídeos sobre los artículos 36 y siguientes relativos a la competencia??
No, tengo , te avisaré ,si subo. Un saludo
Hola Belén , dices que los expedientes de JV se pueden iniciar de oficio , no entiendo ... ¿ Un juez puede iniciarlo por si mismo , en que casos ? 🤔🤔
Si, por ejemplo , un nombramiento de defensor judicial, dimanante de una, incapacidad, nombramiento de administrador judicial, de tutor, …. Un saludo.
@@belenoposicionesjusticia2528 gracias Belén 😊
Dice " los maestros que se divierten enseñando, consiguen que los alumnos se diviertan aprendiendo"
Pues así tal cual 😂😂
9o999999