Gracias a todo lo que aprendí aquí, de forma tan clara, me he decidido a demandar a un sujeto que puso unos postes en mi terreno y quiere adueñarse de 2 o 3 metros por 35 de fondo. El problema en esta zona, Puerto Ángel, Oaxaca, es que a partir de 1985 entraron los "Bienes Comunales", pero nosotros compramos en 1983 y mi título de posesión lo otorga el Juzgado, pero el invasor dice que solo valen los papeles de Bienes Comunales y no me había decidido a demandar por la vía penal. Pero este sujeto invadió también el terreno de los otros vecinos y ellos si lo demandaron y me pidieron ser testigo, así que hable con el abogado y me dijo que lo civil no opera aquí y bueno pues vamos a intentarlo. Me dio mucha confianza todo lo que usted nos compartió, muchas gracias.
¡Maestro! Es usted un chingón. Y van como 20 pàginas que consulto y la verdad mejor las cierro. No tienen su agilidad, sus conocimientos y los ejemplos y respuestas me ayudaron me encantaron , lo escuché de principio afin y lo voy a escuchar y hacer apuntes otras 2 , al menos, portqu son muchas las cosas interesantes y las explica usted de la manera más sencilla. Lo felicito y agradezco su generosidad por compartir sus conocimientos.
GRACIAS LICENCIADO, recién egrese de la licenciatura de derecho, no me quedaba claro este tema y no tenía idea de cómo se realiza este juicio, se que me falta mucho por aprender y trabajo en ello, excelente catedra.
Los felicito, Sr.Martinez,lo veo desde Perú en su video que transmite,es interesante los casos que explica,tengo problema y que pena que no está aquí cerca para poder descargar mi tema.pero igual le agradezco su apoyo a mucha gente.
Lic. Edgar, aprovechando sus enormes conocimientos, le amplio mi consulta, en el anterior comentario tal ves no me expliqué bien, por lo que voy a tratar de explicar correctamente el caso: Tengo en un municipio del estado de Nayarit una pequeña propiedad de 774 ha, son de agostadero, cuento con escritura publica debidamente protocolizada y con certificado de inafectabilidad, el caso es como sigue: Hace unos 26 años un señor ejidatarios vecino de mi propiedad privada, cercó sin mi autorización, ni verbal ni escrita una pequeña superficie (6 ha) dentro de las 774 ha que amparan mi escritura publica, aquí el introducía a pastar temporalmente (4 meses por año) sus pocas cabezas de vacas, luego las sacaba y movía a su terreno ejidal contiguo y así las movía en el año. Entonces fallece, hace unos 6 años y uno o dos de sus hijos hacen lo mismo pero a iniciativa propia de ellos. Ahora como estoy tratando de vender, como pudiera yo demandar de que no me anden introduciendo ganado, por que quien quisiera comprar toda o parte de mi propiedad, me podrá decir que no quiere que nadie se meta a usar agostadero o portero, que quiere seguro libre. La pregunta, como puedo demostrar que no tienen porción continúa, para que rápidamente respeten lo agendo y no metan temporalmente sus vacas mientras aguante la comida del portero. Le informo que por falta de recursos $$ tengo esa parte de mi lindero sin cercó. O sea que pueden decir que como que está libre, aunque ya pasó PROCEDE y están muy bien reconocidos por los vecinos y por las directivas ejidales, actual y anteriores.
Un honor que usted se digne contestar. Apenas voy en la segunda vez que lo escucho, y ahorita, en la tercera, voya hacer mis apuntes y si me gustaría compartirles cua`nto y de que modo me ha ayudado . Otra vez, Muchas gracias.
Muy bueno, trabajé en escribania y siempre dije que se deberia enseñar en el colegio todo lo que Ud. Está diciendo.Las personas ignoran muchas cosas.Concuerdocon Ud. Mis felicitaciones desde Argentina
Y estoy haciendo mis apuntes y me parece que el abogado que esta llevando el caso ignora todo esto porque lo esta encauzando por la vía penal, pero no sabe a ciencia cierta quién es el propietario y que documento lo acredita como tal. Asñ que primero deberá llevar un juicio civil. En fin Muchas gracias, mañana les compartiré cómo ha dado luz a un problema que dura ya 30 añitos.. Que descanse, ¡Maestro! y felicidades por ese gran Don que Dios le dio.
Excelente abogado muy humano me congratulo en saber que existes honras ésta bella y noble profesión saludos, colega comparto tu filosofía sobre compartir los conocimientos jurídicos y al alcance del ciudadano común y corriente
Mis respetos para usted Abogado Edgar Martínez Cruz.. Porque gracias a seres humanos como usted puedo asegurar que he aprendido y entendido muchas cosas que antes yo no entendía, no razonaba y no observaba con tan certero, puntual, claro y directo criterio y analisis como el que usted imprime en sus cátedras, en sus conferencias y cápsulas jurídicas que imparte. Le agradezco por hacer posible el que su servidor haya empezado a entender más a fondo el mundo de lo juridico. Quiero señalar que sigo su canal de RUclips y su página de Facebook, y siempre para su servidor es muy satisfactorio y grato poder conocer temas de lo civil y familiar emanados de su experiencia, humildad como ser humano y de su extraordinaria pedagogía que usted implementa para compartir un poco de todo su acervo jurídico. Le mando un gran saludo y fuerte abrazo, sigo atento a sus transmisiones. Enhorabuena
Muchas gracias por sus palabras, las cuales como le indique en otra ocasión son muy valiosas. Le deseo que siga por este sendero del conocimiento y que mis capsulas le sigan siendo de gran ayuda. Saludos
Bastante bien explicado,soy persona de la 3a edad, pero quisiera saber si es muy caro la asesoría respecto a un desalojo en una vivienda en Coacalco Edo de México, la cual habitamos desde hace 32 años y que adquirimos x medio de Fovissste y Serfín y está a nombre de nosotros originalmente, pero como está muy complicado....x eso es que quisiera saber si me puede orientar,de antemano gracias.
Lic, Edgar es muy honesto en su información que brindó, Si todos los abogados fueran como usted, NO HABRIA TANTO ROBO DE CASAS EN EL EDOMEX, Lic felicidades!!!!
Habla mucho se alaba mucho pero le llegan pidiendo ayuda y les cobra la consulta para terminar diciendo que el caso ya se perdió. Que no tiene caso Se va la gente desolada gasto hasta su oficina casi 300 más lo que pagaron de consulta .
Tienes toda la razón Eugenio el voto debe de ser no por el partido político, debe de ser por el representante de este, por eso debemos de votar por las mejores propuestas y el candidato más preparado intelectualmente y créanme Xóchitl no cumple ni con propuestas no con el intelecto que se requiere para dirigir el país, por eso este 2 de junio voto masivo por Claudia chembaum 🎉
Estimado Maestro. Muchas gracias por compartir su conocimiento. Tengo una duda en relación a este tema ¿También se demanda al RPP la cancelación o modificación del asiento registral o solo el registro del contenido de la sentencia en el que se dejé constancia sobre el reconocimiento del nuevo titular registral?
En este caso se demanda al Registro Público de la Propiedad pero para efecto de que inscriba la sentencia de usucapión. Si el inmueble reporta gravámenes, estos siguen vigentes. El nuevo titular posteriormente tendría que iniciar un nuevo juicio de cancelación de esos gravámenes
Si mi mamá hace 17 años me dio una casa "de palabra" la cual habito desde ese tiempo y no hicimos cambio de propietario y tengo pagando impuestos desde ese tiempo y ahora al fallecer quedó intestada ,la pregunta es :que es mas recomendable?el juicio intestamentario ó la prescripción positiva ya que hay otro hermano con otra propiedad en la misma situacion
Muy interesante lo que expone, le felicito. Tengo una duda, si la casa está intestada y desde que murieron mis padres yo la poseo y pago impuestos hace más de 11 años, puedo interponer un juicio de usucapión aunque haya varias personas con derecho a heredar?
Maestro, si en un juicio se demando de buena fe y no se logró acreditar porque conocía los vicios de su título, debió hacerlo de mala fe, puede posteriormente demandar en juicio de mala fe porque la acción es distinta con la misma causa que fue una venta que realizó de alguien que no era propietario, sin embargo en el primer juicio el vendedor le ratificó la venta en diligencia judicial, no habría problema con acreditar eso, el acto o hecho que da origen a la posesión, la pregunta es, ¿puede demandarse de mala fe pasados 10 años?, gracias por su comentarios.
Estimado Lic. Edgard en el caso: Hay testamento y en el, se deja una propiedad en parte proporcional a dos hermanos. El contexto es: no hay escritura y en el registro público de la propiedad aparece un propietario diferente, para regularizar la titularidad; Se hace un juicio testamentario o un juicio de usucapion?
POR FAVOR TODOS LOS QUE VIVAN EN UNA CASA INTESTADA, O RECIEN MUERA EL DUEÑO LEGAL, INICIEN EL JUICIO DE INTESTADO Y PIDANLE AL JUEZ QUE ORDENE QUE SE INGRESE LA PRELACIÓN DEL INICIO DEL JUICIO EVITENSE ROBOS Y DESPOJOS CON JUICIOS ILEGALES DE USUCAPIÓN EN EL EDOMEX
Buen Día Lic. Martínez, muy buen a exposición. Me gustaría que me pudiera decir una vez que ya se emitieron los edictos tanto del tribunal y en el diario, y se hace el reporte al juez de estos, cuanto tiempo le lleva contestar al juez, la resolución en CDMX? (en este momento). Por su atención, Gracias.
Buenas noches abogado, disculpe la molestia. Un terreno, la mitad hace 20 años se dono mediante convenio en un juzgado pero el donatario no ha arreglado hasta hoy. El donante murió y dejo testamento, dejando a sus otros tres hijos. Se puedee de alguna manera obligar al donatario a arreglar su parte? Porque no paga nada y no quiere arreglar porque no quiere gastar pero los otros ya quieren abrir la sucesión para adjudicarse lo suyo.
muchísimas gracias por la información soy de estado de mexico...hace 6 años a una de mis hermana falleció su esposo y su familia política la corrió de se casa le preste una casa apoyándola hace un mes la pedí ya la casa pues ya arreglaron el asunto de su casa y ahora no se quiere salir el préstamo fue verbal o comodato
Hola buenos días me gusta mucho su explicación ,me podría orientar ,mi papá me dió un terreno tengo mi constancia a mi nombre estoy pagando el usufructo en las oficinas ejidales , pero mi suegro construyó un local en mi terreno y dice que es de él por derecho de antigüedad es verdad que ya le pertenece el terreno donde lo construyó me podría orientar por favor .
Quisiera aserle una pregunta yo compré una posesión ase 8 añio pero en escribano público pero el lo vendió vender yo tengo Derecho Contésteme grasias bonet
Pague todos los pagos desde el simiento y dure más de 10 años y fue continuamente cumplí con todos loas características , y no se dio que hasta ahora no me han notificado , en otro juzgado otro vecino demandó la prescripción y el no cumplía y el juez se lo dio , que pasó y todavía en el otro juzgado todavía no se me notificaba
Buenas, mi nombre es Rafael Vásquez de República Dominicana. Si, yo tengo una posición de más de 50, años ininterrumpido en un terreno de mas o menos 2000, metros cuadrados con una vivienda,y me invaden el terreno restaurante, que sucede si yo lo reclamo
Licenciado Edgar qué tal, disculpe qué pasa cuando el titular registral ya falleció, y los deudos no han iniciado la sucesión legítima, me surge una pregunta ellos dolosamente no la iniciarán para que no se tenga a quien demandar? Por su atención y su tiempo muchas gracias un saludo para usted desde Mazatlán, Sinaloa
La prescripción opera si hay una hipoteca de por medio?? Me vendieron un departamento a través de un contrato de compraventa hace 12 años, estaba hipotecado pero lo desconocía, me entero hace medio año que me iban a lanzar porque les ganaron al juicio a los deudores. No protocolicé ante el notario la escritura por lo que no supe que había un gravamen. Qué puedo hacer. Puedo iniciar juicio por prescripción positiva??
Gracias licenciado por compartir su conocimiento. Un pregunta. Si en el IFREM no aparece persona alguno a cuyo nombre aparezca registrado el inmueble. A quien se demanda? Muchas gracias y en buena hora por el programa.
Gracias por su comentario. Cuando no se encuentre ninguna persona registrada, entonces no sería Usucapión el Juicio, sino se tendría que realizar una inmatriculación, esto es, que por primera vez se tuviera que inscribir el inmueble en el Registro público de la Propiedad
Saludos lic.yo tengo un caso donde tengo la posecio de un terreno por mas de 40 años y hoy resulta que una persona que no tiene la.posecion se acredita como dueño sin baces solidas tengo los pagos prediales al correiente .
Dctr bnas tardes soy de peru lo saludo cordialmente y a la vez le ago una consulta tengo un terrenito agricola de sembrio q linda con lcarretera pista donde tramsitan vehiculos y en parte de mi lindero me an invadido una porcion de terreno en dezcanso yo soy propietaria y mi pregunta es como lo puedo aser dctrmi tengo titulo registrado pago mis impuestos dctr Esgar x favor quisiera saber como lo puedo aser se lo agradesco q dios lo bndiga
Lic, edgar, cuando en el RPP. no tiene registro a quien pertenece el predio, y NO expide el certificado de no propiedad, ¿se trunca elementar la demanda? ¿ que procede? Y los demas requisitos si se reunen, pacifica, tiempo, y testigos.!! Espero su respuesta gracias...!!!!
Abogado muy bien explicado!! Una duda mi mamá le vendieron un departamento en 1980 y dio enganche pero nunca volvio el señor por la segunda parte del pago fuimos al registro de la propiedad y resulta que le pertenece a banobras. Que trámite nos sugiere para conseguir quede a nombre de mi mamá
Hola buenas tardes dinde lo puedo contactar es que yo vivo en agua dulce veracruz quisiera tener una consulta via Telefónica para exponer mi problema a que teléfono le puedo hablar
Lic, edgar, que pasa si elRPP, no expide el certificado, de si o no la inscripcion de ese predio, que se detalla y NO se reune ese requisito ya que ellos no tienen elementos de registro... ¿ que procede? Debe de extender el certificado, de si o no? Y complementar la demanda, y/ o no es necesario???
Buenas tardes Lic., Si una persona se introdujo de manera furtiva en un predio baldío y este con el paso del tiempo le hace mejoras al mismo, detentándose como el dominador del inmueble ante terceros por más de 20 años como dueño, de manera pacifica, continua y publica, ¿cree que le prospere si demanda la prescripción positiva de mala fe basándose en el delito de despojo como hecho generador de la posesión aunque no exista un justo titulo o hecho generador por el cual se le haya transmitido el dominio del mismo? porque tengo entendido que el concepto de dueño no proviene del fuero interno del poseedor, sino que le es aplicable precisamente a quien entró a poseer la cosa mediante un acto o hecho que le permite ostentarse como tal, siempre que sea poseedor originario, inclusive basándose en un delito. Espero y me pueda orientar con su experiencia. gracias!
Hola buenas noches soy del estado de mexico de atizapan de zaragoza nos puso una demanda en varrientos .por despojo ami hija y ami .y aparte el desde enero el ya no da pension alimenticia y hora dise que le pague recta para que me de la pension y me esta disiendo que le firme el contrato de recta. Me puede hasesora porfavor 😕
Hola, que se puede hacer en este caso abogado .. Mi tia le dijo las medias que tenia su terreno a mi papa, el vasado en las medias que le dijo mi tia comenso a trabajar en ese terreno, el es agricultor ha estado trabajando durante mas de 20 añoa ese terreno , y hoy mi tia fue metio maquina pesada y paso atropellar sus platas . Por que dice que asta ai va sus terreno que se equiboco de media... abría alguna manera de poder hacer justicia y cuál seria.?? Acá entra la acción de usucapi?? Me podría informar porfabor .. Y mucha gracias por compartir su conocimiento DIOS lo bendiga en compañía de su familia
Lic quiero saber si una propiedad sigue en ocupación por dos personas pero que ya están en incapacidad de mantener la propiedad la casa pareciera que esta abandonada tal cual deve nucho de impuestos prediales que posibilidad tiene otra persona de tomar la pocicion
Eso depende del valor del inmueble y se tiene que hacer una proyección de gastos, para eso es necesario concertar una cita. Mi número de celular es 04455-3896-2856
Buenas noches abogado una pregunta yo he vivido en este predio desde que naci mi abuelo murio intestado y no estaba registrado en el registro publico de la propiedada pasado el tiempo una tia peleo pero yo tuve dos resoluciones a mi favor en la resolucion del tribunal superior absuelven de los cargos a mi tia que devo hacer
Lic Edgar muy buenas tardes. Disculpe yo tengo un caso relacionado a esta situación, yo tengo todos los pagos del predial y agua, la dueña que rento a mi madre hace aproximadamente 47 años tengo entendido ya falleció, y le dijo a madre (qpd) quedate con ellos (los comprobantes de pago) algún día te pueden servir, hasta donde se ella no se caso ni tuvo hijos, que puedo hacer aqui?
Mejor que una capacitación, Lic. Martinez estoy rentando un departamento donde me entero que el arrendador no es el propietario, ya que falleció intestado y al parecer no tiene herederos, esta persona que era el administrador se hace pasar por el propietario y aparte de que no quiere realizar reparaciones, me sube la renta en tiempos de pandemia, es posible que lo denuncie para que el estado me lo venda?, agradezco su respuesta
Gracias por su comentario. Siento decirle que no es tan fácil, en principio una denuncia no es suficiente para que el Estado se quede con el inmueble porque se tiene que convocar a los herederos, y puede ser que a lo mejor el fallecido en vida haya otorgado un testamento, o si no lo hubo, pueden entrar los hijos, el cónyuge, los padres, los hermanos, los sobrinos y hasta los primos del autor de la sucesión. Así que es imprescindible averiguar antes de proceder porque sino vendría los herederos y podría tramitar un juicio para desalojarlo. Dado que usted no celebró contrato de arrendamiento con el autor de la sucesión y mucho menos con los posibles herederos
Lic.tengo en posecion un terreno a espaldas de mi casa desde hace casi 20 años, pero alguien lo vendió y ahora lo reclaman, no hay escrituras por que era un área de restricción que dejó el fraccionador y el municipio no lo ocupó, puedo hacer un juicio de usucapión?
@@stefanistudios3622 lic mi pareja fayesio ase dose años mi señor me dejó viviendo ahí tengo 25años viviendo ahí la notaría me otorgó mi escritura xx k me dejó beneficiaria he pagado mis servido tengo aal fin problema para poder adkirir mi propiedad Ami nombre tengo todos los papeles en regla me puede orientar
Hola abogado.. Tengo ya mi sucapio o prescripción positiva, pero no mi sentencia por testigos..por los juzgados que estaban inhabilitados por la pandemia... Con este documento de prescripción positiva ya me ampara para cualquier desalojo...?
que de debo hacer en enero del 2024 se cumplin 5 años, mi hermana y esposo me quieren quitar l inmueble, soy invalida desde hace y con ese pretexto me quieren quitar el inmueble y a mi me mandaran a un asilo pero orinalmente antes yo pague por mas de 10 años pero dice que ella pago y yo fui la que realmente pago los servicios, que debo hacer
!Admirable su conocimiento¡ Pero usted habla en el supuesto de tener una escritura pública y que esta inscrito en IFREM, pero que sucede si no existe un antecedente registral de dicho inmueble?
Buenas tardes, gracias por su comentario. En caso de que no hubiera algún a precedente registral, se tendría que hacer una inmatriculación y ese sería otro tipo de procedimiento diferente a la usucapión
@@licedmartinezc entendido querido Licenciado, esperare a que hable acerca de este tipo de juicios! Gracias por su respuesta, creí que no la respondería, saludos.
Buen día, una vez obtenida la sentencia de prescripción positiva, es necesario que se inscriba en el Registro Público de la Propiedad y después protocolizarla ante Notario
Disculpe yo tengo un contrato de compra-venta realizado entre personas sobre un inmueble, pero como dice la hipotecaria desapareció y no he sabido nada sobre eso, podría ejercer ese derecho. Pero a quien se demandaría?? O q tendría q hacer??
@@licedmartinezc Buenos días, necesito de su apoyo, hace como 20 años comparamos un terreno, resulta que vendió el hijo hay papeles notariados. Resulta qué se vendió una casa y un terreno, ahora que lo quise vender, la que era dueña no quiere firmar. También hay esté problema al vender yo que soy dueña del terreno, soy dueña de la casa y el dueño de la casa es dueño del terreno. Cuando el sueño del terreno el que compró, vendió le firme para darle su terreno y el va a firmar para ceder derechos del mío, pero la señora no quiere firmar, espero su respuesta gracias.
Buenas tardes disculpe que pasaría si se realizó un contrato oral de compraventa, en el cual se estableció que el crédito de Infonavit con el que se había comprado el inmueble se acabaría de pagar por el comprador, siendo así que el comprador líquido el adeudo pero el titular registral sigue siendo el vendedor, el comprador lleva viviendo 18 años en el inmueble pero no sé cuenta con escrituras, se debe demandar también al Infonavit
Una respuesta , soy heredera de unas hectáreas y hace 20 años que se metieron a mis terrenos y alguien vendió mis tierras y ahora la gente quiere escrituras, como le hago
Mi papá falleció hace 4 años pero yo vivo en la casa desde hace 15 años porque me la dio pero me la dio de palabra no hizo testamento entonces tengo otros tres hermanos más y nos podemos poner de acuerdo ni ellos ni mi mamá ni nadie entonces quisiera saber si yo como hijo puedo pelear la prescripción positiva en la propiedad de la casa
Y si existe un contrato de promesa de compraventa que solo se celebró entre las partes pero jamas se formalizó como lo exige la legislación correspondiente, también se puede ejercer la usucapión?
Si aparte del contrato se tiene la posesión del inmueble por el tiempo que marca la ley, y esta posesión es pacifica y continúa, claro que se puede hacer la usucapión
@@licedmartinezc el asunto es que quien vende el bien inmueble es una persona que no conocemos, es un asunto de la famosa organización antorcha campesina solo dieron una promesa de compra venta pero nunca se describe si existe escritura, espero pueda apoyarme licenciado.
Licenciado Edgar, excelente explicación, lo felicito. Aún tengo dudas sobre está institución jurídica de la usucapión que tal vez me pueda orientar: 1. ¿Los coherederos de un bien inmueble pueden usucapir aún siendo copropietarios del bien inmueble? 2. Cuando los poseedores de bien inmueble, cumpliendo con los requisitos para usucapir este, no demandaron la usucapión; si reciben una demanda de acción reinvindicatoria sobre el inmueble, ¿Aún se puede demandar la usucapión?. Maestro le agradezco muchísimo el compartirnos sus conocimientos en sus redes sociales. Saludos.
Respuestas: 1. Los herederos no pueden usucapirse entre sí 2. Cuando los poseedores sean demandado en reivindicatoria ahí pueden aprovechar y demandar la usucapión. Saludos
@@licedmartinezc Licenciado, y cuando el contrato de compra-venta se extravió, que se puede hacer? Fue venta de una casa pero xomo le digo wl contrato no se encuentra, ya llevo 30 años viviendo en la casa. Nunca se hizo el cambio de propietario, pero quisiera que si tal vez por medio de wsta manera se pueda escriturar a mi nombre. Soy de Monterrey
Doctor buenos días, le cuento mi caso, para mirar que me oriente que puedo hacer, mi señora se fue de la casa el 17 de septiembre de 2017, y esta viviendo con otra persona, en el momento de irse mi hijo no tenia los 18 años era menor de edad y el se quedo viviendo con migo, yo le he dado el estudio, alimentación y vestuario, la propiedad esta con escritura publica a nombre de los dos 50% cada uno, pero yo he pagado siempre todo, que puedo hacer si ya va ser tres años que se fue ella y mi hijo vive con migo, todavía estoy pagando 4 años al banco la cuota hipotecaria hasta el 2024, como demuestro sana posesión y dueño, así, ella tenga la escritura por el 50% de la propiedad. mil gracias.
AQUI SE APLICA LA FRASE, ENTRE MAS AYUDO A LAS PERSONAS, MAS EXITOSO SOY, GRACIAS ABOGADO POR COMPARTIR SUS CONOCIMIENTOS...
Gracias por sus loables palabras.
Excelente abogado....me quedo muy claro el usucapion referente a mi caso familiar
Gracias por su comentario. Quedo a sus órdenes
Gracias a todo lo que aprendí aquí, de forma tan clara, me he decidido a demandar a un sujeto que puso unos postes en mi terreno y quiere adueñarse de 2 o 3 metros por 35 de fondo. El problema en esta zona, Puerto Ángel, Oaxaca, es que a partir de 1985 entraron los "Bienes Comunales", pero nosotros compramos en 1983 y mi título de posesión lo otorga el Juzgado, pero el invasor dice que solo valen los papeles de Bienes Comunales y no me había decidido a demandar por la vía penal. Pero este sujeto invadió también el terreno de los otros vecinos y ellos si lo demandaron y me pidieron ser testigo, así que hable con el abogado y me dijo que lo civil no opera aquí y bueno pues vamos a intentarlo.
Me dio mucha confianza todo lo que usted nos compartió, muchas gracias.
¡Maestro! Es usted un chingón. Y van como 20 pàginas que consulto y la verdad mejor las cierro. No tienen su agilidad, sus conocimientos y los ejemplos y respuestas me ayudaron me encantaron , lo escuché de principio afin y lo voy a escuchar y hacer apuntes otras 2 , al menos, portqu son muchas las cosas interesantes y las explica usted de la manera más sencilla. Lo felicito y agradezco su generosidad por compartir sus conocimientos.
Gracias por su comentario y me da gusto que le sirva la información.
Maestro muchas felicidades y que Dios me lo bendiga siempre, pocas personas como usted que comparten el conocimiento; desde hoy esta en mis oraciones.
Gracias por sus palabras y bendicones. Le agradezco enormemente
GRACIAS LICENCIADO, recién egrese de la licenciatura de derecho, no me quedaba claro este tema y no tenía idea de cómo se realiza este juicio, se que me falta mucho por aprender y trabajo en ello, excelente catedra.
Gracias por sus palabras y me da gusto que le haya servido mi exposición
Lic muchas gracias por su información se mira que ud es muy onesto
Muchas gracias por la apreciación
Gracias a este video conocí y empecé a seguir a este magnifico maestro.
Gracias Lic. Por su orientación en estos asuntos de prescripción positiva. Saludos
Estoy iniciando como abogado, y con este material se aclaran varias dudas, gracias por su conocimiento
Muchas gracias
Saludos Lic Edgar un gusto escucharlo, gracias por compartir su conocimiento, le felicito.
Gracias por su comentario
Abogado. Le mandó un saludo. Y sigo admirado. Gracias x compartir sus conocimientos. Dios lo bendiga.
Gracias por sus palabras y bendición
GRACIAS x compartír HERMANOS mexicanos. SALUDOS DESDE LIMA PERÚ
Le agradezco infinitamente comparta sus bastos conocimientos y además de una forma muy entendible. Saludos desde Cuernavaca, Morelos.
Muchas gracias por sus palabras
Los felicito, Sr.Martinez,lo veo desde Perú en su video que transmite,es interesante los casos que explica,tengo problema y que pena que no está aquí cerca para poder descargar mi tema.pero igual le agradezco su apoyo a mucha gente.
Lic. Edgar, aprovechando sus enormes conocimientos, le amplio mi consulta, en el anterior comentario tal ves no me expliqué bien, por lo que voy a tratar de explicar correctamente el caso:
Tengo en un municipio del estado de Nayarit una pequeña propiedad de 774 ha, son de agostadero, cuento con escritura publica debidamente protocolizada y con certificado de inafectabilidad, el caso es como sigue:
Hace unos 26 años un señor ejidatarios vecino de mi propiedad privada, cercó sin mi autorización, ni verbal ni escrita una pequeña superficie (6 ha) dentro de las 774 ha que amparan mi escritura publica, aquí el introducía a pastar temporalmente (4 meses por año) sus pocas cabezas de vacas, luego las sacaba y movía a su terreno ejidal contiguo y así las movía en el año.
Entonces fallece, hace unos 6 años y uno o dos de sus hijos hacen lo mismo pero a iniciativa propia de ellos.
Ahora como estoy tratando de vender, como pudiera yo demandar de que no me anden introduciendo ganado, por que quien quisiera comprar toda o parte de mi propiedad, me podrá decir que no quiere que nadie se meta a usar agostadero o portero, que quiere seguro libre.
La pregunta, como puedo demostrar que no tienen porción continúa, para que rápidamente respeten lo agendo y no metan temporalmente sus vacas mientras aguante la comida del portero.
Le informo que por falta de recursos $$ tengo esa parte de mi lindero sin cercó.
O sea que pueden decir que como que está libre, aunque ya pasó PROCEDE y están muy bien reconocidos por los vecinos y por las directivas ejidales, actual y anteriores.
En verdad una explicación real y sencilla en el tema... Más abogados como usted.
Gracias por su comentario
Un honor que usted se digne contestar. Apenas voy en la segunda vez que lo escucho, y ahorita, en la tercera, voya hacer mis apuntes y si me gustaría compartirles cua`nto y de que modo me ha ayudado . Otra vez, Muchas gracias.
Le agradezco de nueva cuenta el comentario, lo importante es compartir el conocimiento con quienes lo requieren. Estoy a sus órdenes
Muy bueno, trabajé en escribania y siempre dije que se deberia enseñar en el colegio todo lo que Ud. Está diciendo.Las personas ignoran muchas cosas.Concuerdocon Ud. Mis felicitaciones desde Argentina
Y estoy haciendo mis apuntes y me parece que el abogado que esta llevando el caso ignora todo esto porque lo esta encauzando por la vía penal, pero no sabe a ciencia cierta quién es el propietario y que documento lo acredita como tal. Asñ que primero deberá llevar un juicio civil. En fin Muchas gracias, mañana les compartiré cómo ha dado luz a un problema que dura ya 30 añitos.. Que descanse, ¡Maestro! y felicidades por ese gran Don que Dios le dio.
Gracias por su comentario
lic. edgar martinez cruz excelente abogado felicitaciones
Gracias por su comentario
Excelente abogado muy humano me congratulo en saber que existes honras ésta bella y noble profesión saludos, colega comparto tu filosofía sobre compartir los conocimientos jurídicos y al alcance del ciudadano común y corriente
Mis respetos para usted Abogado Edgar Martínez Cruz.. Porque gracias a seres humanos como usted puedo asegurar que he aprendido y entendido muchas cosas que antes yo no entendía, no razonaba y no observaba con tan certero, puntual, claro y directo criterio y analisis como el que usted imprime en sus cátedras, en sus conferencias y cápsulas jurídicas que imparte. Le agradezco por hacer posible el que su servidor haya empezado a entender más a fondo el mundo de lo juridico.
Quiero señalar que sigo su canal de RUclips y su página de Facebook, y siempre para su servidor es muy satisfactorio y grato poder conocer temas de lo civil y familiar emanados de su experiencia, humildad como ser humano y de su extraordinaria pedagogía que usted implementa para compartir un poco de todo su acervo jurídico.
Le mando un gran saludo y fuerte abrazo, sigo atento a sus transmisiones. Enhorabuena
Muchas gracias por sus palabras, las cuales como le indique en otra ocasión son muy valiosas. Le deseo que siga por este sendero del conocimiento y que mis capsulas le sigan siendo de gran ayuda. Saludos
Bastante bien explicado,soy persona de la 3a edad, pero quisiera saber si es muy caro la asesoría respecto a un desalojo en una vivienda en Coacalco Edo de México, la cual habitamos desde hace 32 años y que adquirimos x medio de Fovissste y Serfín y está a nombre de nosotros originalmente, pero como está muy complicado....x eso es que quisiera saber si me puede orientar,de antemano gracias.
Para poderle otorgar esa información le recomiendo me mande un mensaje de whatsapp al 5538962856 y así le indico todos los datos necesarios
Lic. Edgar le felicito usted si nos da bien explicacion y se ve su honestidad y no lucra
Gracias y estoy para servirle
Lic, Edgar es muy honesto en su información que brindó, Si todos los abogados fueran como usted, NO HABRIA TANTO ROBO DE CASAS EN EL EDOMEX, Lic felicidades!!!!
Habla mucho se alaba mucho pero le llegan pidiendo ayuda y les cobra la consulta para terminar diciendo que el caso ya se perdió. Que no tiene caso
Se va la gente desolada gasto hasta su oficina casi 300 más lo que pagaron de consulta .
Tienes toda la razón Eugenio el voto debe de ser no por el partido político, debe de ser por el representante de este, por eso debemos de votar por las mejores propuestas y el candidato más preparado intelectualmente y créanme Xóchitl no cumple ni con propuestas no con el intelecto que se requiere para dirigir el país, por eso este 2 de junio voto masivo por Claudia chembaum 🎉
Esto no es política, así que le pido se abstenga de hacer este tipo de pronunciamientos
Estimado Maestro. Muchas gracias por compartir su conocimiento.
Tengo una duda en relación a este tema ¿También se demanda al RPP la cancelación o modificación del asiento registral o solo el registro del contenido de la sentencia en el que se dejé constancia sobre el reconocimiento del nuevo titular registral?
En este caso se demanda al Registro Público de la Propiedad pero para efecto de que inscriba la sentencia de usucapión. Si el inmueble reporta gravámenes, estos siguen vigentes. El nuevo titular posteriormente tendría que iniciar un nuevo juicio de cancelación de esos gravámenes
Lic, Edgar es usted ANGEL DEL DERECHO
Gracias por su comentario a mi persona
La prescripción positiva también aplica para bienes inmuebles comerciales? (Un local comercial)
Así es, también aplica para es tipo de bienes
Si mi mamá hace 17 años me dio una casa "de palabra" la cual habito desde ese tiempo y no hicimos cambio de propietario y tengo pagando impuestos desde ese tiempo y ahora al fallecer quedó intestada ,la pregunta es :que es mas recomendable?el juicio intestamentario ó la prescripción positiva ya que hay otro hermano con otra propiedad en la misma situacion
Gracias abogado por su excelente explicación, saludos
Muy interesante lo que expone, le felicito. Tengo una duda, si la casa está intestada y desde que murieron mis padres yo la poseo y pago impuestos hace más de 11 años, puedo interponer un juicio de usucapión aunque haya varias personas con derecho a heredar?
Maestro, si en un juicio se demando de buena fe y no se logró acreditar porque conocía los vicios de su título, debió hacerlo de mala fe, puede posteriormente demandar en juicio de mala fe porque la acción es distinta con la misma causa que fue una venta que realizó de alguien que no era propietario, sin embargo en el primer juicio el vendedor le ratificó la venta en diligencia judicial, no habría problema con acreditar eso, el acto o hecho que da origen a la posesión, la pregunta es, ¿puede demandarse de mala fe pasados 10 años?, gracias por su comentarios.
wawww me encanto la explicacion del abogado super clarisimo
Gracias
Estimado Lic. Edgard en el caso:
Hay testamento y en el, se deja una propiedad en parte proporcional a dos hermanos. El contexto es: no hay escritura y en el registro público de la propiedad aparece un propietario diferente, para regularizar la titularidad;
Se hace un juicio testamentario o un juicio de usucapion?
Debe hacerse el juicio sucesorio para que se les otorgue a los hermanos los derechos de ese inmueble y después ya iniciarían el juicio de Usucapion
POR FAVOR TODOS LOS QUE VIVAN EN UNA CASA INTESTADA, O RECIEN MUERA EL DUEÑO LEGAL, INICIEN EL JUICIO DE INTESTADO Y PIDANLE AL JUEZ QUE ORDENE QUE SE INGRESE LA PRELACIÓN DEL INICIO DEL JUICIO EVITENSE ROBOS Y DESPOJOS CON JUICIOS ILEGALES DE USUCAPIÓN EN EL EDOMEX
Excelente advertencia. Hay algo que me dice que no todo lo que brilla es oro, y mucha gente ingenua cae en manos de codiciosos con título.
Muchas gracias por la aportación.
Gracias por seguirme
Hola buenas noches licenciado Edgar Martínez Cuánto cobra por una asesoría
Puedo por favor marcarme al 5538962856 y ahí con gusto le digo el costo
Buen Día Lic. Martínez, muy buen a exposición. Me gustaría que me pudiera decir una vez que ya se emitieron los edictos tanto del tribunal y en el diario, y se hace el reporte al juez de estos, cuanto tiempo le lleva contestar al juez, la resolución en CDMX? (en este momento). Por su atención, Gracias.
Buenas noches abogado, disculpe la molestia. Un terreno, la mitad hace 20 años se dono mediante convenio en un juzgado pero el donatario no ha arreglado hasta hoy. El donante murió y dejo testamento, dejando a sus otros tres hijos.
Se puedee de alguna manera obligar al donatario a arreglar su parte? Porque no paga nada y no quiere arreglar porque no quiere gastar pero los otros ya quieren abrir la sucesión para adjudicarse lo suyo.
Claro que si se le puede obligar, para ello se debe ejecutar la sentencia por parte del albacea de la sucesión del donante
muchísimas gracias por la información soy de estado de mexico...hace 6 años a una de mis hermana falleció su esposo y su familia política la corrió de se casa le preste una casa apoyándola hace un mes la pedí ya la casa pues ya arreglaron el asunto de su casa y ahora no se quiere salir el préstamo fue verbal o comodato
Tiene escrituras?
Lic. Edgar mis respetos una excelente asesoría saludos me gustó cómo abordo el tema.
Gracias a usted por suscribirse
Excelente información licenciado
Lic pero si quien me vendió nunca tubo escurtira publica?
¿Se paga algún impuesto por la adquisición de un inmueble de esta manera?
Hola buenos días me gusta mucho su explicación ,me podría orientar ,mi papá me dió un terreno tengo mi constancia a mi nombre estoy pagando el usufructo en las oficinas ejidales , pero mi suegro construyó un local en mi terreno y dice que es de él por derecho de antigüedad es verdad que ya le pertenece el terreno donde lo construyó me podría orientar por favor .
Felicitaciones al ponente y al programa y su personal por esta excelente ilustración jurídica. Sergio Cáceres. Desde Nicaragua.
Buenas noches,el traslado de dominio lo piden también en en procedimiento.
No es necesario
Y después de la resolución del juicio, puedo tramitar mi escritura?
Quisiera aserle una pregunta yo compré una posesión ase 8 añio pero en escribano público pero el lo vendió vender yo tengo Derecho Contésteme grasias bonet
Pague todos los pagos desde el simiento y dure más de 10 años y fue continuamente cumplí con todos loas características , y no se dio que hasta ahora no me han notificado , en otro juzgado otro vecino demandó la prescripción y el no cumplía y el juez se lo dio , que pasó y todavía en el otro juzgado todavía no se me notificaba
Sería cuestión de analizar más a profundidad ese asunto, porque hay que ver que fue lo que acreditó y como usted no lo pudo acreditar
Saludos Abogado Edgar desde Puebla.
Buenas, mi nombre es Rafael Vásquez de República Dominicana.
Si, yo tengo una posición de más de 50, años ininterrumpido en un terreno de mas o menos 2000, metros cuadrados con una vivienda,y me invaden el terreno restaurante, que sucede si yo lo reclamo
Licenciado Edgar qué tal, disculpe qué pasa cuando el titular registral ya falleció, y los deudos no han iniciado la sucesión legítima, me surge una pregunta ellos dolosamente no la iniciarán para que no se tenga a quien demandar? Por su atención y su tiempo muchas gracias un saludo para usted desde Mazatlán, Sinaloa
Necesito más datos para contestar
El Licenciado Edgar Martínez sí es definitivamente uno de los mejores abogados de México, gracias 🫂
Muchas gracias por su comentario, le agradezco mucho su percepción hacia mi persona
La prescripción opera si hay una hipoteca de por medio?? Me vendieron un departamento a través de un contrato de compraventa hace 12 años, estaba hipotecado pero lo desconocía, me entero hace medio año que me iban a lanzar porque les ganaron al juicio a los deudores. No protocolicé ante el notario la escritura por lo que no supe que había un gravamen. Qué puedo hacer. Puedo iniciar juicio por prescripción positiva??
Gracias licenciado por compartir su conocimiento. Un pregunta. Si en el IFREM no aparece persona alguno a cuyo nombre aparezca registrado el inmueble. A quien se demanda? Muchas gracias y en buena hora por el programa.
Gracias por su comentario. Cuando no se encuentre ninguna persona registrada, entonces no sería Usucapión el Juicio, sino se tendría que realizar una inmatriculación, esto es, que por primera vez se tuviera que inscribir el inmueble en el Registro público de la Propiedad
Saludos lic.yo tengo un caso donde tengo la posecio de un terreno por mas de 40 años y hoy resulta que una persona que no tiene la.posecion se acredita como dueño sin baces solidas tengo los pagos prediales al correiente .
@Lic Edgar Martínez tiene algún costo su asesoría?
Hola Lic Edgar, buen día. (minuto 21:15) ¿cómo se demuestra la causa generadora de posesión?
Se demuestra con un acto de dominio, ya sea un contrato escrito o verbal
Y si no esta a nombre del o d las k poseen el inmueble Lic.
Dctr bnas tardes soy de peru lo saludo cordialmente y a la vez le ago una consulta tengo un terrenito agricola de sembrio q linda con lcarretera pista donde tramsitan vehiculos y en parte de mi lindero me an invadido una porcion de terreno en dezcanso yo soy propietaria y mi pregunta es como lo puedo aser dctrmi tengo titulo registrado pago mis impuestos dctr Esgar x favor quisiera saber como lo puedo aser se lo agradesco q dios lo bndiga
Lic, edgar, cuando en el RPP. no tiene registro a quien pertenece el predio, y NO expide el certificado de no propiedad, ¿se trunca elementar la demanda? ¿ que procede? Y los demas requisitos si se reunen, pacifica, tiempo, y testigos.!! Espero su respuesta gracias...!!!!
Abogado muy bien explicado!! Una duda mi mamá le vendieron un departamento en 1980 y dio enganche pero nunca volvio el señor por la segunda parte del pago fuimos al registro de la propiedad y resulta que le pertenece a banobras. Que trámite nos sugiere para conseguir quede a nombre de mi mamá
Hola buenas tardes dinde lo puedo contactar es que yo vivo en agua dulce veracruz quisiera tener una consulta via Telefónica para exponer mi problema a que teléfono le puedo hablar
Mi número de WhatsApp es 5538962856
Y si no está registrado en el ifrem el inmueble ??
Se puede llevar acabó el juicio de usucapion ?
Inmatriculacion administrativa?
Lic, edgar, que pasa si elRPP, no expide el certificado, de si o no la inscripcion de ese predio, que se detalla y NO se reune ese requisito ya que ellos no tienen elementos de registro... ¿ que procede? Debe de extender el certificado, de si o no? Y complementar la demanda, y/ o no es necesario???
Buenas tardes Lic., Si una persona se introdujo de manera furtiva en un predio baldío y este con el paso del tiempo le hace mejoras al mismo, detentándose como el dominador del inmueble ante terceros por más de 20 años como dueño, de manera pacifica, continua y publica, ¿cree que le prospere si demanda la prescripción positiva de mala fe basándose en el delito de despojo como hecho generador de la posesión aunque no exista un justo titulo o hecho generador por el cual se le haya transmitido el dominio del mismo? porque tengo entendido que el concepto de dueño no proviene del fuero interno del poseedor, sino que le es aplicable precisamente a quien entró a poseer la cosa mediante un acto o hecho que le permite ostentarse como tal, siempre que sea poseedor originario, inclusive basándose en un delito. Espero y me pueda orientar con su experiencia. gracias!
Hola buenas noches soy del estado de mexico de atizapan de zaragoza nos puso una demanda en varrientos .por despojo ami hija y ami .y aparte el desde enero el ya no da pension alimenticia y hora dise que le pague recta para que me de la pension y me esta disiendo que le firme el contrato de recta. Me puede hasesora porfavor 😕
Le pido de favor me marque al 5538962856 y así podamos ver su asunto
Lic, Edgar, lo felicito por su metodo de exponer
la ley, como hacer para pagar una asesoria a distancia?
Gracias por su comentario. Mire para contactarme puede marcarme al 5538962856
Excelente explicación abogado Edgar Martín muchas bendiciones por compartir sus conocimientos y experiencia.
Le agradezco sus palabras y su comentario
Hola, que se puede hacer en este caso abogado .. Mi tia le dijo las medias que tenia su terreno a mi papa, el vasado en las medias que le dijo mi tia comenso a trabajar en ese terreno, el es agricultor ha estado trabajando durante mas de 20 añoa ese terreno , y hoy mi tia fue metio maquina pesada y paso atropellar sus platas . Por que dice que asta ai va sus terreno que se equiboco de media... abría alguna manera de poder hacer justicia y cuál seria.?? Acá entra la acción de usucapi?? Me podría informar porfabor .. Y mucha gracias por compartir su conocimiento DIOS lo bendiga en compañía de su familia
Lic. Si se está llevando juicio de usucapión y la persona titular registral vende de nuevo aún sabiendo esta demandada, y estamos en alegatos.
Lic quiero saber si una propiedad sigue en ocupación por dos personas pero que ya están en incapacidad de mantener la propiedad la casa pareciera que esta abandonada tal cual deve nucho de impuestos prediales que posibilidad tiene otra persona de tomar la pocicion
De que puede tomar la posesión, lo puede hacer, pero si quiere regularizar tiene que hacer los pagos de predial y agua de los últimos 5 años
Osea como???... Piensas robar ese inmueble y sacar las 2 personas que viven ahí????....
Cuando hay un contrato existe prescripcion ?
excelente explicacion que costó tendria el jucio de prescripción positiva?
Eso depende del valor del inmueble y se tiene que hacer una proyección de gastos, para eso es necesario concertar una cita. Mi número de celular es 04455-3896-2856
@@licedmartinezc t
Si se tiene la posesión por veintitrés años si se puede preiscribir
@@lic.franciscopedraza4158 si se puede prescribir
@@licedmartinezc el inmueble tiene escritura de corett pero no aparece en el registro público de la propiedad gracias Lic
@@lic.franciscopedraza4158 quedo a seis órdenes
Buenas noches abogado una pregunta yo he vivido en este predio desde que naci mi abuelo murio intestado y no estaba registrado en el registro publico de la propiedada pasado el tiempo una tia peleo pero yo tuve dos resoluciones a mi favor en la resolucion del tribunal superior absuelven de los cargos a mi tia que devo hacer
Lic Edgar muy buenas tardes.
Disculpe yo tengo un caso relacionado a esta situación, yo tengo todos los pagos del predial y agua, la dueña que rento a mi madre hace aproximadamente 47 años tengo entendido ya falleció, y le dijo a madre (qpd) quedate con ellos (los comprobantes de pago) algún día te pueden servir, hasta donde se ella no se caso ni tuvo hijos, que puedo hacer aqui?
Mejor que una capacitación, Lic. Martinez estoy rentando un departamento donde me entero que el arrendador no es el propietario, ya que falleció intestado y al parecer no tiene herederos, esta persona que era el administrador se hace pasar por el propietario y aparte de que no quiere realizar reparaciones, me sube la renta en tiempos de pandemia, es posible que lo denuncie para que el estado me lo venda?, agradezco su respuesta
Gracias por su comentario. Siento decirle que no es tan fácil, en principio una denuncia no es suficiente para que el Estado se quede con el inmueble porque se tiene que convocar a los herederos, y puede ser que a lo mejor el fallecido en vida haya otorgado un testamento, o si no lo hubo, pueden entrar los hijos, el cónyuge, los padres, los hermanos, los sobrinos y hasta los primos del autor de la sucesión. Así que es imprescindible averiguar antes de proceder porque sino vendría los herederos y podría tramitar un juicio para desalojarlo. Dado que usted no celebró contrato de arrendamiento con el autor de la sucesión y mucho menos con los posibles herederos
Licenciado un gusto conocerlo, me gustaría tener una plática con usted, podría proporcionarme su teléfono, gracias
Gracias y le envío mi número de whatsapp para que me envíe un mensaje y así le pueda indicar a qué hora nos podemos contactar 5538962856
Lic.tengo en posecion un terreno a espaldas de mi casa desde hace casi 20 años, pero alguien lo vendió y ahora lo reclaman, no hay escrituras por que era un área de restricción que dejó el fraccionador y el municipio no lo ocupó, puedo hacer un juicio de usucapión?
Buen día, solamente quiero comentarle que si el inmueble es de dominio del Municipio, ese bien no puede prescribirse
Lic, Tiene algún costo la consulta telefónica con usted?
X2
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@@stefanistudios3622 lic mi pareja fayesio ase dose años mi señor me dejó viviendo ahí tengo 25años viviendo ahí la notaría me otorgó mi escritura xx k me dejó beneficiaria he pagado mis servido tengo aal fin problema para poder adkirir mi propiedad Ami nombre tengo todos los papeles en regla me puede orientar
Hola abogado..
Tengo ya mi sucapio o prescripción positiva, pero no mi sentencia por testigos..por los juzgados que estaban inhabilitados por la pandemia...
Con este documento de prescripción positiva ya me ampara para cualquier desalojo...?
Nel, necesitas la resolución para luego inscribirla en el registro público de la propiedad
que de debo hacer en enero del 2024 se cumplin 5 años, mi hermana y esposo me quieren quitar l inmueble, soy invalida desde hace y con ese pretexto me quieren quitar el inmueble y a mi me mandaran a un asilo pero orinalmente antes yo pague por mas de 10 años pero dice que ella pago y yo fui la que realmente pago los servicios, que debo hacer
Le sugiero que acuda ante el DIF de su Estado y comenté su problema, para que la canalicen a la instancia que corresponda
!Admirable su conocimiento¡ Pero usted habla en el supuesto de tener una escritura pública y que esta inscrito en IFREM, pero que sucede si no existe un antecedente registral de dicho inmueble?
Buenas tardes, gracias por su comentario. En caso de que no hubiera algún a precedente registral, se tendría que hacer una inmatriculación y ese sería otro tipo de procedimiento diferente a la usucapión
@@licedmartinezc entendido querido Licenciado, esperare a que hable acerca de este tipo de juicios! Gracias por su respuesta, creí que no la respondería, saludos.
Licenciado, y cuando ya tengo la prescripción positiva, es obligación de sacar mi escritura publica o puedo solo tener la prescripción positiva
Buen día, una vez obtenida la sentencia de prescripción positiva, es necesario que se inscriba en el Registro Público de la Propiedad y después protocolizarla ante Notario
Disculpe yo tengo un contrato de compra-venta realizado entre personas sobre un inmueble, pero como dice la hipotecaria desapareció y no he sabido nada sobre eso, podría ejercer ese derecho. Pero a quien se demandaría?? O q tendría q hacer??
En este caso se tendría que hacer un juicio de prescripción de hipoteca
ESTOS ABOGADOS TE ENSEÑAN A ROBAR! LAS LEYES AL SERVICIO DE GENTE INESCRUPULOSA!
@@MissFlor2020 es una apreciación sin ningún fundamento razonable
@@licedmartinezc Buenos días, necesito de su apoyo, hace como 20 años comparamos un terreno, resulta que vendió el hijo hay papeles notariados. Resulta qué se vendió una casa y un terreno, ahora que lo quise vender, la que era dueña no quiere firmar. También hay esté problema al vender yo que soy dueña del terreno, soy dueña de la casa y el dueño de la casa es dueño del terreno. Cuando el sueño del terreno el que compró, vendió le firme para darle su terreno y el va a firmar para ceder derechos del mío, pero la señora no quiere firmar, espero su respuesta gracias.
@@angelicabuenavista7143 No se le entiende nada. Cuál es la pregunta?
Buenas tardes disculpe que pasaría si se realizó un contrato oral de compraventa, en el cual se estableció que el crédito de Infonavit con el que se había comprado el inmueble se acabaría de pagar por el comprador, siendo así que el comprador líquido el adeudo pero el titular registral sigue siendo el vendedor, el comprador lleva viviendo 18 años en el inmueble pero no sé cuenta con escrituras, se debe demandar también al Infonavit
Buenas tardes, en este caso no se manda llamar al Infonavit porque ya no es parte, solamente se demanda al titular registral
UNA PREGUNTA : ¿ EN LA LEGISĹACIÓN MEXICANA NO HAY PROPIEDAD INMOBILIARIA DEBIDAMENTE REGISTRADA IMPRESCŔIPTIBLE ??
Con esa denominación no tenemos regulado tal tema
Una respuesta , soy heredera de unas hectáreas y hace 20 años que se metieron a mis terrenos y alguien vendió mis tierras y ahora la gente quiere escrituras, como le hago
Hola Lic. Edgar Martínez me encanta. Como se expresa felicidades me gustaría. Platicar personalmente
Mi papá falleció hace 4 años pero yo vivo en la casa desde hace 15 años porque me la dio pero me la dio de palabra no hizo testamento entonces tengo otros tres hermanos más y nos podemos poner de acuerdo ni ellos ni mi mamá ni nadie entonces quisiera saber si yo como hijo puedo pelear la prescripción positiva en la propiedad de la casa
Puedo pelear un caso de prescripción positiva con solo 6 años de posesión. Buenas fe
Prescripción positiva adquisitiva 5 años, Prescripción Negativa 10 años y entonces cuál es el plazo del usucapion en bienes inmuebles?
Usucapión y prescripción positiva son lo mismo. Aunque la denominación correcta es usucapión
@@licedmartinezc ok gracias
Buenas noches en donde se encuentra ubicado o donde puedo hacer una cita para una asesoría
Si necesita una asesoria puede marcarme al 04455-3896-2856
@@licedmartinezc Gracias
Y si existe un contrato de promesa de compraventa que solo se celebró entre las partes pero jamas se formalizó como lo exige la legislación correspondiente, también se puede ejercer la usucapión?
Si aparte del contrato se tiene la posesión del inmueble por el tiempo que marca la ley, y esta posesión es pacifica y continúa, claro que se puede hacer la usucapión
@@licedmartinezc el asunto es que quien vende el bien inmueble es una persona que no conocemos, es un asunto de la famosa organización antorcha campesina solo dieron una promesa de compra venta pero nunca se describe si existe escritura, espero pueda apoyarme licenciado.
@@ivanmora7428 yo solamente le digo que si es un verdadero riesgo comprar así
@@licedmartinezc en efecto lo es, muchas gracias licenciado.
Licenciado Edgar, excelente explicación, lo felicito. Aún tengo dudas sobre está institución jurídica de la usucapión que tal vez me pueda orientar:
1. ¿Los coherederos de un bien inmueble pueden usucapir aún siendo copropietarios del bien inmueble?
2. Cuando los poseedores de bien inmueble, cumpliendo con los requisitos para usucapir este, no demandaron la usucapión; si reciben una demanda de acción reinvindicatoria sobre el inmueble, ¿Aún se puede demandar la usucapión?.
Maestro le agradezco muchísimo el compartirnos sus conocimientos en sus redes sociales. Saludos.
Respuestas:
1. Los herederos no pueden usucapirse entre sí
2. Cuando los poseedores sean demandado en reivindicatoria ahí pueden aprovechar y demandar la usucapión.
Saludos
@@licedmartinezc Muchas gracias por su pronta respuesta, en verdad lo felicito por su labor social de compartir su conocimiento. Saludos.
Chingona explicacion
Gracias
Lic buena tarde.oiga para poder kedarse kn una propiedad. Se tiene k comprobar kn recibos d agua o luz.por cuantos años consecutivos.
No es necesario, lo más importante es tener un contrato que les dé el dominio del inmueble
@@licedmartinezc Licenciado, y cuando el contrato de compra-venta se extravió, que se puede hacer? Fue venta de una casa pero xomo le digo wl contrato no se encuentra, ya llevo 30 años viviendo en la casa. Nunca se hizo el cambio de propietario, pero quisiera que si tal vez por medio de wsta manera se pueda escriturar a mi nombre.
Soy de Monterrey
@@j.ibarra5792 se tendría que acreditar con testigos la existencia del contrato de compraventa
@@licedmartinezc OK gracias, si ve casos de el estado de nuevo león?
Doctor buenos días, le cuento mi caso, para mirar que me oriente que puedo hacer, mi señora se fue de la casa el 17 de septiembre de 2017, y esta viviendo con otra persona, en el momento de irse mi hijo no tenia los 18 años era menor de edad y el se quedo viviendo con migo, yo le he dado el estudio, alimentación y vestuario, la propiedad esta con escritura publica a nombre de los dos 50% cada uno, pero yo he pagado siempre todo, que puedo hacer si ya va ser tres años que se fue ella y mi hijo vive con migo, todavía estoy pagando 4 años al banco la cuota hipotecaria hasta el 2024, como demuestro sana posesión y dueño, así, ella tenga la escritura por el 50% de la propiedad. mil gracias.
Si ella es copropietaria no le puede quitar el 50% pero si le puede demandar que ella pague el 50% de la hipoteca