Sí, es una sentencia de solo una sección de la Audencia, seguramente muy amiga de determinados cargos bancarios, que han preparado esto para poder llevarlo a la prensa y han hecho una mariscada con vino después.
Al final parece que el criterio de europa, se lo pasan por el forro, y no pasa nada? En fin ya no sé ni que pensar. Y cuando hable TS, miedo me dará, como retorcerá la ley para más de lo mismo.
La postura del TS como bien comentas es claramente restrictiva del principio de transferencia y abusividad, en un claro intento de minimizar al máximo los efectos perjudiciales para la banca, sin embargo, también tengo claro que sus argumentos ya no son sostenibles. El IRPH fue comercializado de tal modo que no sólo era no transparente sí no también abusivo. Gracias por el contenido.
Cuál es tu opinión sobre lo que dice @hackbogado "no se trata de si el consumidor es informado, ni de transparencia ni de abusividad. Se trata de cumplimiento, de legalidad. Del art 8 de LCGC, no del 82 de LCU. O lleva un diferencial negativo, y además el que determina el cuadro o la fórmula, o la cláusula es ilegal."
Por qué si el Anexo IX, como dice Orduña, tiene carácter normativo, y no te aplican lo que pone en la norma... además de incumplir otros puntos de la norma, como lo son los 2 años de evolución y el folleto informativo.... pués muy legal no puede ser...
La sentencia es irrefutable pero los tribunales españoles siguen dando la razón a los bancos y validando el IRPH. ¿Qué puede salir mal?. España es un país de pandereta poco serio y corrupto, ahora más que ya lo era. Lo siento pero yo he perdido la esperanza.
Sí, es una sentencia de solo una sección de la Audencia, seguramente muy amiga de determinados cargos bancarios, que han preparado esto para poder llevarlo a la prensa y han hecho una mariscada con vino después.
Al final parece que el criterio de europa, se lo pasan por el forro, y no pasa nada?
En fin ya no sé ni que pensar. Y cuando hable TS, miedo me dará, como retorcerá la ley para más de lo mismo.
La postura del TS como bien comentas es claramente restrictiva del principio de transferencia y abusividad, en un claro intento de minimizar al máximo los efectos perjudiciales para la banca, sin embargo, también tengo claro que sus argumentos ya no son sostenibles. El IRPH fue comercializado de tal modo que no sólo era no transparente sí no también abusivo. Gracias por el contenido.
Se puede reclamar IRPh a una hipoteca a nombre de SL ?
Javier me a gustado mucho tu grabación y explicación en este video👏💪. Gracias 👍.
gracias :)
Cuál es tu opinión sobre lo que dice @hackbogado "no se trata de si el consumidor es informado, ni de transparencia ni de abusividad. Se trata de cumplimiento, de legalidad. Del art 8 de LCGC, no del 82 de LCU.
O lleva un diferencial negativo, y además el que determina el cuadro o la fórmula, o la cláusula es ilegal."
Por qué si el Anexo IX, como dice Orduña, tiene carácter normativo, y no te aplican lo que pone en la norma... además de incumplir otros puntos de la norma, como lo son los 2 años de evolución y el folleto informativo.... pués muy legal no puede ser...
La sentencia es irrefutable pero los tribunales españoles siguen dando la razón a los bancos y validando el IRPH. ¿Qué puede salir mal?. España es un país de pandereta poco serio y corrupto, ahora más que ya lo era. Lo siento pero yo he perdido la esperanza.