Muchas gracias por vuestro trabajo de tantos años, y que encontréis jueces no manipulados. Y como el juez que te llamó la atención por no llevar la CORBATA
Empiezo a perder seriamente la esperanza de recuperar aquellas cantidades cobradas indebidamente por mi entidad bancaria. Gracias por vuestro trabajo y esfuerzo!!
Gracias por el trabajo q estan haciendo por nosotros los afectados llevo 10 años de pagar demas 😢hunca creo q vamos a recuperar algo en este mundo ai mas ladrones q hente onrada todo mi respeto hace a usteres
Muchas gracias por compartir la noticia!! Eres un maquina!!! Ojalá este año con esas preguntas que están en la cola del tjue, le de un revés a todo este tema!! Un abrazo!!!
La Comisión de Apertura es legal siempre y cuando la entidad acredite que los servicios prestados en orden a comprobar la solvencia del cliente, la viabilidad de la operación o la posibilidad de que el prestatario esté en un fichero de morosos, se correspondan con lo finalmente cobrado. A ello ha de añadirse que el profesional debió informar con claridad qué tipo de servicios quedaban retribuidos a través de la Comisión de Apertura, y de cual iba a resultar el importe de la misma, a fin de que ese futuro prestatario tuviera la oportunidad de compararla con la de otras entidades y valorar la conveniencia de aceptarla. En suma, la Comisión de Apertura es legal, pero no cualquier comisiones de Apertura es legal, pues su importe se ha de ajustar al precio de esos servicios que la entidad dice haber realizado, pero que ni acredita ni valora. Por otro lado, como la Comisión de Apertura forma parte de la TAE con la que el Banco de España elabora esa media simple que resulta ser el IRPH de cada mes, la nulidad de un elemento de la TAE debería llevar a la nulidad de esta y de todo lo que a partir de ella se pudiera construir, lo que se llama la doctrina del fruto del árbol envenenado, que viene a decir que aquello construido sobre algo nulo resulta igualmente nulo. Así que otra razón para la nulidad del IRPH.
Desesperante . Esta claro cualquiera con esta ampliación de explicaciones lo podría medianamente comprender aún sin ser "perspicaz y avezado" pero es el sistema al servicio del poderoso o lobby de presión .con la iglesia hemos topado .si ganan la mano será por cansinos y farfulleros pero siempre nos quedará el consuelo de llevar la razón .nos ganarán por desgaste
Pero otra vez a ver si admiten otras 15preguntas esto es de locos ..no pueden los jueces que no tienen porque saber de temas financieros contratar un experto y que les haga comprender entender como funciona el irph..si no son capaces de entender como funciona no lo van a condenar nunca les parece todo normal..en fin muchas gracias por su lucha vamos a ganarr¡¡¡👏🏻👏🏻👏🏻🤟🤟🍻🍻
En los tribunales de EU está lleno de Opus,y ya se sabe lo qué hacen los jueces del Opus,al servicio de bancos y en contra de ciudadanos aunque existen normas y leyes que digan lo contrario
Buenos días , usted presento otras cuestiones 11 cuestiones prejudiciales en enero de 2023 ¿Son respuestas concretas ? lo pregunto para que no entremos en este bucle de mas de lo mismo que es lo que usted explica . pero claro esto se resolverá en 2025 al ritmo que va . Muchas gracias por el trabajo que estáis haciendo
Me pasa lo mismo...estoy perdiendo la esperanza 😿 tendríais que ir vosotros a cantarle la gallina a los de arriba. No se os escapa una! Mil gracias por la información
@@pajaroloco7840 La juez de Donostia todavía no ha enviado las preguntas, con lo que no se cuando tendremos respuesta. Seguro que más tarde de lo que nos gustaría, pero no esta en nuestra mano acelerar las cosas.
Pero vuestro bufet no tuvisteis la. Opción de volver a preguntqr esta vez? Porque no hicisteis estas preguntas que decís ahora? Si sigue todo Igual, entiendo que volveremos a ir a Europa nuevamente.....
Nosotros le hemos propuesto a la juez de San Sebastián que pregunte en esta línea y le hemos sugerido 15 preguntas. Ahora estamos a la espera de ver si la juez ha aceptado alguna, pues todavía no ha lanzado al TJUE el Auto definitivo con las preguntas definitivas.
Nosotros no tenemos posibilidad de preguntar, son los jueces nacionales quienes, cuando observan contradicciones entre la jurisprudencia del TJUE en cuanto a como se ha de interpretar una norma comunitaria y la jurisprudencia nacional al respecto, elevan cuestión prejudicial ante el TJUE a fin de que sea este quien resuelva estas dudas. En la práctica, por lo general, lo jueces no se plantan dudas porque al desconocer la jurisprudencia del TJUE y únicamente conocer la del Tribunal Supremo, no se plantean la existencia de contradicción alguna. Somos nosotros quienes, cuando nos dejan hablar, tenemos que intentar explicarle al juez las novedades del TJUE y hacerle ver las contradicciones con lo que hace el Tribunal Supremo para crearle esas dudas que le lleven a elevar la cuestión prejudicial. En el caso de la cuestión de Barcelona, nosotros le profusiones una serie de preguntas al juez, quien incorporó algunas y rechazó otras. Ahora, que ya hemos visto que aquella forma de preguntar no nos permite obtener respuestas concretas que eviten reinterpretaciones del Tribunal Supremo, hemos aprendido que hay que preguntar de otra forma, y cuando la juez de San Sebastián nos ha permitido sugerirle preguntas, le hemos sugerido 15 en estos términos. Ahora estamos a la espera de que dicte el Auto definitivo que remitirá al TJUE y que recogerá las preguntas que haya considerado adecuadas, veremos entonces si ha aceptado alguna de las 15.
Al final ..mas de lo mismo...ya lo has dicho alguna vez Jose Marìa esto va y viene va y viene y por el camino van cayendo soldados. Muchas gracias por todo vuestro esfuerzo . Un saludo. Corruuuuuptos todos que asco.
Muchas gracias por vuestro trabajo de tantos años, y que encontréis jueces no manipulados. Y como el juez que te llamó la atención por no llevar la CORBATA
Empiezo a perder seriamente la esperanza de recuperar aquellas cantidades cobradas indebidamente por mi entidad bancaria. Gracias por vuestro trabajo y esfuerzo!!
Mejor explicado imposible. Gracias por vuestro compromiso.
Que ganas de oír algo totalmente positivo ya casi uno se desanima esto ya es totalmente penoso ....gracias por luchar y por la información....
Yo sigo igual de agradecidos por vuestro compromiso con los afectados. Besos
Gracias por el trabajo q estan haciendo por nosotros los afectados llevo 10 años de pagar demas 😢hunca creo q vamos a recuperar algo en este mundo ai mas ladrones q hente onrada todo mi respeto hace a usteres
Muchas gracias por compartir la noticia!!
Eres un maquina!!! Ojalá este año con esas preguntas que están en la cola del tjue, le de un revés a todo este tema!!
Un abrazo!!!
Muchísimas gracias por vuestro trabajo!
Una valoración sobre la comisión de apertura...
Gracias!
La Comisión de Apertura es legal siempre y cuando la entidad acredite que los servicios prestados en orden a comprobar la solvencia del cliente, la viabilidad de la operación o la posibilidad de que el prestatario esté en un fichero de morosos, se correspondan con lo finalmente cobrado. A ello ha de añadirse que el profesional debió informar con claridad qué tipo de servicios quedaban retribuidos a través de la Comisión de Apertura, y de cual iba a resultar el importe de la misma, a fin de que ese futuro prestatario tuviera la oportunidad de compararla con la de otras entidades y valorar la conveniencia de aceptarla. En suma, la Comisión de Apertura es legal, pero no cualquier comisiones de Apertura es legal, pues su importe se ha de ajustar al precio de esos servicios que la entidad dice haber realizado, pero que ni acredita ni valora. Por otro lado, como la Comisión de Apertura forma parte de la TAE con la que el Banco de España elabora esa media simple que resulta ser el IRPH de cada mes, la nulidad de un elemento de la TAE debería llevar a la nulidad de esta y de todo lo que a partir de ella se pudiera construir, lo que se llama la doctrina del fruto del árbol envenenado, que viene a decir que aquello construido sobre algo nulo resulta igualmente nulo. Así que otra razón para la nulidad del IRPH.
@@josemariaerausquinvazquez6794 Gracias!
Una vez que el TJUE se ha pronunciado esperemos que el TS cambie de criterio.
Desesperante . Esta claro cualquiera con esta ampliación de explicaciones lo podría medianamente comprender aún sin ser "perspicaz y avezado" pero es el sistema al servicio del poderoso o lobby de presión .con la iglesia hemos topado .si ganan la mano será por cansinos y farfulleros pero siempre nos quedará el consuelo de llevar la razón .nos ganarán por desgaste
Y mi pregunta es; para qué sigo pagando la cuotas hipotecarias?
Gx por vuestro trabajo.
Pero otra vez a ver si admiten otras 15preguntas esto es de locos ..no pueden los jueces que no tienen porque saber de temas financieros contratar un experto y que les haga comprender entender como funciona el irph..si no son capaces de entender como funciona no lo van a condenar nunca les parece todo normal..en fin muchas gracias por su lucha vamos a ganarr¡¡¡👏🏻👏🏻👏🏻🤟🤟🍻🍻
Muchas gracias más claro el agua
Muchas gracias por vuestra dedicación algún día tendrán que dar su brazo a torcer por la verdad
En los tribunales de EU está lleno de Opus,y ya se sabe lo qué hacen los jueces del Opus,al servicio de bancos y en contra de ciudadanos aunque existen normas y leyes que digan lo contrario
Buenos días , usted presento otras cuestiones 11 cuestiones prejudiciales en enero de 2023
¿Son respuestas concretas ?
lo pregunto para que no entremos en este bucle de mas de lo mismo que es lo que usted explica . pero claro esto se resolverá en 2025 al ritmo que va .
Muchas gracias por el trabajo que estáis haciendo
Y mientras tanto en la cadena ser venga a emitir anuncios de CaixaBank
Me pasa lo mismo...estoy perdiendo la esperanza 😿 tendríais que ir vosotros a cantarle la gallina a los de arriba. No se os escapa una! Mil gracias por la información
Pero el pronunciamiento del TJUE no era el día 16 de Marzo?
Eso era para la Comisión de Apertura.
Gracias, estoy recopilando la pasta para que llevéis mi caso con UCI. Sinceramente te explicas muy bien y lo comprendo perfectamente. Nos veremos...
No se supone q las últimas cuestiones elevadas se habían preguntado más o menos correctamente?
Pienso que el TJUE tampoco va a fabor de los ciudadanos 😢
Esperemos a la última esperanza 12/12/24
Para cuando ls próximas resoluciones de las otras cuestiones planteadas?
Cómo las previsiones planteadas por vosotros?
El 16 de marzo vista de la siguiente cuestión prejudicial planteada al TJUE
@@pajaroloco7840 La juez de Donostia todavía no ha enviado las preguntas, con lo que no se cuando tendremos respuesta. Seguro que más tarde de lo que nos gustaría, pero no esta en nuestra mano acelerar las cosas.
@@daviles34 Sobre la Comision de Apertura. Ya ha salido la resolución.
Mientras tanto nosotros a pagar y a esperar....
Pero vuestro bufet no tuvisteis la. Opción de volver a preguntqr esta vez? Porque no hicisteis estas preguntas que decís ahora? Si sigue todo Igual, entiendo que volveremos a ir a Europa nuevamente.....
Nosotros le hemos propuesto a la juez de San Sebastián que pregunte en esta línea y le hemos sugerido 15 preguntas. Ahora estamos a la espera de ver si la juez ha aceptado alguna, pues todavía no ha lanzado al TJUE el Auto definitivo con las preguntas definitivas.
Nosotros no tenemos posibilidad de preguntar, son los jueces nacionales quienes, cuando observan contradicciones entre la jurisprudencia del TJUE en cuanto a como se ha de interpretar una norma comunitaria y la jurisprudencia nacional al respecto, elevan cuestión prejudicial ante el TJUE a fin de que sea este quien resuelva estas dudas. En la práctica, por lo general, lo jueces no se plantan dudas porque al desconocer la jurisprudencia del TJUE y únicamente conocer la del Tribunal Supremo, no se plantean la existencia de contradicción alguna. Somos nosotros quienes, cuando nos dejan hablar, tenemos que intentar explicarle al juez las novedades del TJUE y hacerle ver las contradicciones con lo que hace el Tribunal Supremo para crearle esas dudas que le lleven a elevar la cuestión prejudicial. En el caso de la cuestión de Barcelona, nosotros le profusiones una serie de preguntas al juez, quien incorporó algunas y rechazó otras. Ahora, que ya hemos visto que aquella forma de preguntar no nos permite obtener respuestas concretas que eviten reinterpretaciones del Tribunal Supremo, hemos aprendido que hay que preguntar de otra forma, y cuando la juez de San Sebastián nos ha permitido sugerirle preguntas, le hemos sugerido 15 en estos términos. Ahora estamos a la espera de que dicte el Auto definitivo que remitirá al TJUE y que recogerá las preguntas que haya considerado adecuadas, veremos entonces si ha aceptado alguna de las 15.
y entonces, ? no entiendo nada. Las preguntas que se elevaron al TJUE ya estan contestadas ? todas? que horror!!!!!
Ahora se han respondido cuestiones lanzadas desde el Juzgado de Ibiza, hace ya un tiempo. Las de San Sebastián todavía no se han enviado.
@@josemariaerausquinvazquez6794 José María, las preguntas de la magistrada de las Islas Baleares? Pensaba que contestaban el día 16 también
IrphEstafa
Que ha pasado hoy entonces??más de lo mismo que desesperacion...Muchas gracias por seguir luchando ¡¡¡👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻
Al final ..mas de lo mismo...ya lo has dicho alguna vez Jose Marìa esto va y viene va y viene y por el camino van cayendo soldados.
Muchas gracias por todo vuestro esfuerzo . Un saludo. Corruuuuuptos todos que asco.