🚁❓ NORMATIVA DRONES, ¿Qué CAMBIA en 2024? 🚁❓
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- Опубликовано: 21 окт 2024
- ERRATA: las declaraciones operacionales en escenario nacional se pueden presentar hasta el 31 de diciembre 2023, reglamento UE 2022/425.
Echamos un vistazo a los cambios de la normativa de drones europea y española a partir de 2024.
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Qué drones llevan el marcado de clase: • 🚁🔢 MARCADO de CLASE ¿Q...
Porqué no quitar el marcado de los Mini 4: • 🚫0️⃣ ¡IMPORTANTE! El p...
Categoría específica: • 🚁🏙 CATEGORÍA ESPECÍFIC...
Drones de menos de 250g: • 🚁📃 DRONES de MENOS de ...
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ID remoto: • 🚁#️⃣ IDENTIFICACIÓN RE...
Guía zonificación de AESA: • 🚁📑 GUÍA de ZONIFICACIÓ...
Marcado de clase: • 🚁✔ MARCADO de CLASE CE...
Normativa:
AESA guía zonificación: www.seguridada...
Normativa española 1036/2017: www.boe.es/bus...
Real Decreto 1180/2019: www.boe.es/boe...
Normativa europea 2019/947: eur-lex.europa...
Normativa europea 2019/945: eur-lex.europa...
Vídeo AESA STS 01: • Drones, Categoría espe...
Listado drones con marcado EASA: www.easa.europ...
EASA categoría específica y listado dispositivos ID remoto: www.easa.europ...
Tengo el A1-A2-A3, registro de operador al día y ME DA MIEDO VOLAR EL DRON por las malditas incongruencias 🤯
Normal, pero no hay que dejarse vencer por el miedo!
muy bueno Paolo, gracias por descigfrarnos este galimatias normativo, y ponernos al dia
Gracias a ti!
Gracias Paolo,. He comprado un dron de juguete para empezar y tus comentarios son de gran ayuda. Aunque que cuesta mucho comprender todo lo que me dices
La normativa es algo complicada, poco a poco...
Perfectamente explicado Paolo 👏👏
Gracias!
Muchas gracias por el gran trabajo de información que haces y nos ofreces. Un saludo
De nada!
Tremendo currazo
Menos mal que nos tienes al día Paolo, llevo medio año sin volar el drone por miedo a ser multado aún sabiendo que lo este haciendo correctamente. Gracias
Hay que quitarse ese miedo y volar, si no, para qué tenemos los drones? Si sabes que lo haces bien, sabes que al final no te van a multar!
Gracias por el vídeo. Ha sido de gran ayuda.
Eso es lo que me gusta oír!
como siempre paolo eres un grandioso crac me kito el sombrero sobre todas tus explicaciones ke nos dejan un buen sabor de la buena explicacion ,tus videos crem de la crem,
Merci! 😜
Hola Paolo, agradecer tu trabajo y entrega de tu información. Como cada persona tiene muy claro el tipo de dron que se va a comprar, estimo que para ser más entendible y memorizable tu explicaciones, deberías clasificar tus inmejorables vidios por categorías C0, C1, C2, …. Así cada cual sólo visionaría la categoría que le interesa para así tener toda la normativa muy clara y retenerla mentalmente, sin confundir los diferentes términos que difiere entre las diferentes categorías. Saludos
Mucho repetir lo mismo, hay muchas cosas comunes... Prefiero así. Pero veré más adelante...
Excelente como siempre Saludos y gracias por los apuntes
De nada, un saludo!
Hola Paolo. Gracias por tus videos, son extraordinariamente interesantes. Quería preguntarte que debo hacer para poder volar sin problemas mi mavic 2 zoon. Te quedo agradecido. Un cordial saludo!
Solo puedes volar en A3 lejos de personas y a más de 150m de zonas residenciales, comerciales, industriales, etc. Si no en STS 01 o 02 o con autorización operacional en específica con ID remoto.
muy útil, muy bien explicado. Muchas gracias, estoy siempre pendiente de tu canal, estoy suscrito.
Gracias. Saludos
Hola buenas , me podrias decir donde ver informacion legal actual para volar drones tyny de hasta 50g en exteriores?
Mira mi último vídeo
Hola Paolo, muy buen video y muy bien explicado! Muchas gracias!
Una pregunta, para volar un mini 2 SE es necesario tener seguro de responsabilidad civil? Y la placa identificativa?
Un saludo.
Seguro siempre, placa no, solo número de operador en el dron.
@@PaoloCosi muchas gracias!!
Muchisimas hracias Paolo. No se que hariamos sin ti.
Hombre, tampoco es para tanto! 😂
@@PaoloCosi no te quites meritos. Al cesar......
Hola Paolo muy buen vídeo pero tengo una pequeña duda. MI dron es un Spark, tengo registro de operador y todo en regla. Podré volar en categoría abierta y en recreativo sin necesidad de un ID Remoto si temer que me multen o me quiten el dron?. Saludos!!
En abierta sin problemas, pero solo en A3.
Hola, gracias por la información, crees que al Avata le darán marcado de clase o los FPV van por otro lado?
No se lo van a dar, hay algunos requisitos que no cuadran con el marcado
@@PaoloCosi pero no habrá ningún problema con el??
@@jrhgdron vuela solo en A3
Paolo, o cualquier usuario que tenga este dron, me podéis confirmar que el Mini 4 PRO sea el único "MINI" que tiene el firmware disponible para introducirle la identificación remota a distancia? Gracias y un saludo
No lo lleva, está disponible solo con la batería Plus para EEUU que en Europa no se vende.
Apreciado Paolo. En primer lugar agradecerte nuevamente por mi parte y toda la comunidad todas las explicaciones y tutoriales respecto a la normativa. Es de gran ayuda.
Por otra parte y mi duda asi como la mayoria de nosotros y oara resumir. Con los drones de menos de 250g tengan o no marcado de clase. Hasta ahora podíamos volar en poblaciones en categoria abierta . Por ejemplo un pueblo pequeño del pirineo.
Ahora con nueva normativa seguiremos pudiendolo hacer o bien tendremos que solicitar un estudio y/o aprobacion por enaire en categoría STS aunque vayamos a realizar un vuelo de tipo lúdico y ocio con nuestro mini 3 o mini 4 ? Gracias por la aclaracion
Los drones de menos de 250g siguen como están ahora, todos.
Muchas gracias por tu rápida respuesta y atención Paolo. Un cordial saludo 😊
Hola buenos días, sabes algo de la identificación Remota?
Tengo un air 2S y antes lo tenía y ahora ya n lo tiene, no entiendo se supone que es obligatorio a partir de 2024, no?
Solo en específica es obligatorio, en EEUU lo han puesto para Phantom 4 y Mavic 2, igual lo ponen aquí para más drones, si no hay que comprar uno externo tipo Drone Tag.
@@PaoloCosi ok gracias, eso es lo que me tiene enfadado…porque no entiendo como un dron más nuevo como el air2s no lo tiene ( y creo que lo tenía), y el Mavic 2 y el Phanton si se lo ponen…siendo más viejos.
Muchas gracias. Muy buen video.
Gracias!
Hola, quería preguntarte algo… El 24 de diciembre estaba haciendo un vuelo recreativo volando por el puerto y sobre el mar en un lugar que se llama Arenys de Mar a una hora de Barcelona. El hecho es que en la aplicación el vuelo recreativo estaba permitido y estaba probando los ways point del Mini 4 Pro, yo estaba en el malecón del puerto, sobre las piedras cuando de repente pasan volando dos avionetas amarillas una al lado de la otra de esas que aterrizan sobre el agua volando a menos de 25 metros del agua en dirección a donde estaba volando el dron, que creo que en ese momento volaba a más o menos 50 metros de altura, mi reacción al ver las avionetas fue cancelar la trayectoria que tenía y elevar el dron para evitar cualquier accidente, a parte del susto que pasé me enojé mucho porque el vuelo estaba permitido en esa zona. Porque no había ninguna alerta, nunca pensé que podría estar tan cerca de una aeronave tripulada y en realidad eran dos, que volaban casi que al ras del mar. No entiendo cómo pueden pasar esas cosas que de seguro si pasaba algo a mi me harían culpable por volar un dron.
Entiendo que eran hidroaviones y sinceramente, no conozco lo que pueden o no hacer, pero si la zona es libre para ti y has hecho lo posible para evitarles, aunque hubiera habido un accidente, no creo que te hubieran podido decir nada. Pero nunca se sabe. El caso es que hay que alejarse lo más posible y aterrizar si es el caso.
@@PaoloCosi Si eso hice inmediatamente aterricé el dron y me fui molesto y asustado por lo que podría haber pasado. Me parece muy raro que restringen muchas zonas y otras como en la que estuve no. Bueno me queda de experiencia. Muchas gracias 🙏🏼
Buenas , primero feliz navidad y como siempre gracia por tu tiempo.
Mi cuestión es .
Tengo un Air 2 y 1 mini 2 , vuelo en zonas alejadas de población , en entornos naturales , necesito el identificador electrónico para volar a partir de 2024.
Gracias
En abierta en A3 no.
@@PaoloCosi Gracias y un feliz 2024 para ti y tu familia
Muy bien explicado Paolo pero tengo una duda, me voy a comprar un Mini4, y vuelo mucho sobre montañas. Entonces que me aconsejas, le quito el marcado de clase o no, antes de que se acabe el año, muchas gracias un saludo
Tengo varios vídeos sobre eso, mi consejo es de no quitarlo y en la medida de lo posible volar desde el punto más alto e ir bajando, aunque no siempre es posible, o planificar puntos de aterrizaje intermedios.
Vale muchas gracias Paolo
Paolo , una pregunta... en referencia a la formacion de rafiofonista... hay caducidad??? Que cambios hay.
Gracias
No caduca
@@PaoloCosi gracias
Buen trabajo, felicidades! hace seis años que vuelo drones la fotografía aérea me encanta, pero... estoy hecho un lio, creo que lo dejare todo y me dedicare a practicar la petanca
No lo des por perdido!
@@PaoloCosi Gracias por animarme, pero... es que es absurdo lo que está pasando, sales a volar y tienes la sensación de que eres un delincuente, yo ya tengo 75 años y esta mierda de normativa me afecta, me gustaría disfrutar libremente de mi afición sin hacer daño a nadie. Un abrazo!
Gracias Paolo 🙃🙃
Gracias a ti!
Seguramente me salga un trabajo en Italia con un dron de menos de menos de 250 gramos. Es el mini 3 pro. Podría volarlo sin ningún problema? Entiendo que si. No acabo de aclararme. Sabrias decirme la pagina equivalente en Italia de enaire drones. Gracias por informarnos. Un saludo
Si no hay restricciones puedes volar en A1 incluso en ciudad, mira la app D-Flight
Bravo Paolo
Gracias
@@PaoloCosi A ti por el buen trabajo
gran video
Gracias!
Hola buenas noches, la declaración operacional se puede hacer hasta el 31-12-23 o ya no se puede hacer?
Se puede hasta el 31
Es que pensé que la fecha límite era el 2-12-23 para poder presentarlas…es que quiero añadir un dron a las que tengo…
@@jrhgdron fue prorrogado
@@PaoloCosi gracias…hecho..
Buenas tardes Paolo, gracias por tu gran trabajo! Tengo unas preguntas especificas por las cuales estoy dispuesto a pagar el asesoramiento... Concretamente volar en nucleo urbano
, aunque sin sobre volar edificios o personas, ya que se trata de volar en una parcela vacia con posible construcción futura para sacar las vistas del futuro edificio... Por lo tanto se trata de un vuelo estacionario conllevando solo deferentes elevaciones. Actualmente tengo el mini 2 así que el Air 3 con las titulaciones A1/A2/A3 y seguro comercial con Coverdrone. Muchas gracias de ante mano!
Tecnicamente se habla de vuelo sobre aglomeración de edificios, si no hay edificios no puede haber aglomeración, con lo cual no estaría prohibido el vuelo, pero hay que mirar las distancias de los edificios alrededor. Según lo que sigue aplicando AESA, a menos de 150m puedes volar solo en recreativo con drones de menos de 250g y hasta 20m de altura, si no en STS.
Paolo se dice que a partir del 1 no se podrá hacer la declaración operacional, pero si todavía no he hecho el manual,debería hacer la declaración? Por que no quiero tener problemas
En principio no te van a pedir el manual para presentar la declaración, pero sí que lo tienes que tener a disposición en caso de controles o inspecciones, junto con libro de vuelo, de mantenimiento, coordinaciones, etc.
@@PaoloCosi si pero estoy en proceso de hacerlo, entonces si la hago me arriesgo a que si me inspecciónan me crugen no?
@@ECHEYDE38 si no tienes operaciones ni nada en específica es difícil que pase algo, pero no te van a inspeccionar tan rápido, haz el manual lo más rápido posible y ya.
O sea que para volar en BVLOS con mi DJI 3 Mini PRO al pasar a STS tengo que ponerle el remote ID pero no el paracaídas. Entiendo.
Exactamente
Creo que una de las cosas más importantes que necesitamos saber es cómo cambiará la influencia de CTRs y helipuertos. Se reducen los margenes y se permite a menos de una altura, ya sea 20 o 60 metros? Esto sería directamente el 1 de enero, o tiene que salir el dichoso RD?
Eso se regula a nivel nacional por medio de las zonas geográficas de UAS, sin el nuevo RD no puede cambiar nada, aunque ha habido algunos avances a través de interpretaciones de la norma actual con los helipuertos del SEM de Cataluña, por ejemplo (ver vídeo anterior)
Hola Paolo, me surgen tres preguntas.
1. Los trabajos profesionales (no recreativos) se consideran siempre como categoría específica?
2. Como piloto profesional puedo realizar trabajos para una operadora registrada con un dron de menos de 250 gr. en subcategoría A1 o necesito hacerlo en un escenario standar? (creo que esta pregunta podría estar contestada con la anterior)
3. Si la operadora, a día de hoy (17/12/23), no ha hecho ninguna declaraciön operacional, debería de realizarla ya según el reglameto europeo?
Agradecido si pudieses resolverme estas dudas.
Las operaciones profesionales se pueden hacer en categoría abierta siempre que se cumplan los requisitos, el problema es por ejemplo en zona poblada, donde el RD limita las operaciones a 20m de altura y con drones de menos de 250g en recreativo, con lo cual todo lo demás es específica o ese híbrido entre abierta y STS que pone en la zonificación. La subcategoría A1, como se explica en el vídeo, no habla de distancia de edificios, con lo cual con un dron de menos de 250g puedes volar en profesional en A1 sobrevolando personas no participantes, siempre que lo hagas fuera de población. Si la operadora no tiene declaraciones en STS nacional a día de hoy, ya tiene que presentar declaraciones en los STS europeos.
Olá. Gracias por tu information. Tento um DJI Mini 3. En este caso no necessito formacion, no necessito ID Remote. Está correcto?
@@leonel45600 correcto
Un dji mini 4 pro,es decir ,menos de 250 y con marcado c0,podria de alguna manera sobrevolar congregaciones de personas como una feria?claro esta con titulacion de escenarios estandar y comunicacion operacional especifica.se podria?
En STS no, solo con autorización operacional de AESA.
@@PaoloCosi ok gracias,y como la puedo solicitar,que impresos necesito rellenar?
@@franmartin4992 www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/operaciones-uas-drones/operaciones-con-uas-drones---categoria-especifica
@@PaoloCosi gracias,eres un crack
Hola Paolo, según entiendo un mavic Air 3 podría volar en A1 sobre zona urbana (aglomeración de edificios) intentando no sobrevolar a personas no participantes. ¿Es correcto? Al no nombrarse entiendo que se podría hacer en recreativo.
Mi duda viene porque hay un documento "UAS-OPR-P01-GU11_Ed01_Presentacion_DRI_y_Marcado_de_Clase.pdf" donde en la página 21 de 37 en el apartado "DISPOSITIVO LIMITADOR DE IMPACTO (art 46 del RD 1180 2018)" y subapartado "Operaciones en aglomeraciones de edificios" hace referencia que, en el uso recreativo, tan solo está permitido a aeronaves de menos de 250gr
Muchas gracias por intentar darnos luz en este largo y oscuro camino
Un saludo
Efectivamente, según AESA, todavía sigue vigente el RD 1036/2017 que limita el uso de drones en ciudad a 20m con menos de 250g. Se está cuestionando la regularidad de la aplicación del RD, pero de momento AESA sigue aplicándolo y sancionando en base a él.
@@PaoloCosi gracias por aclarármelo! Tendremos que esperar nuevamente
Tengo una duda. Con un dron de marcado de clase C1, puedo acercarme o no puedo a menos de 150 metros de, por ejemplo, un castillo?
De momento sí, si está aislado, si está en aglomeración de edificios no
@@PaoloCosi Gracias Paolo.
Paolo en una zona poblada volando en categoría abierta sin restricciones areas en 2024 podria volar mi Air 3 un saludo.
De momento no, ya veremos con el nuevo RD
La drones de No EASA, entiendo que no les afecta el marcado de clase, es decir siguen con el 1036 .... Un typhoon , no tiene por qué volar solo en A3.. pregunto..
Si te digo la verdad, no lo sé. Allí no llego ni yo...
Ciao Paolo per il Mini 3 Pro è stato aggiunta la dichiarazione MTOM sul manuale quindi è in regola anche non essendo ancora marcato C0, meglio, così non si ha la limitazione dei 120mt. L'unica cosa che non capisco è perché è stato aggiornato il manuale in italiano e non ancora quello in spagnolo, tu sai quale potrebbe essere il motivo? Un cordiale saluto Guido
In Spagna non c'è mai stato il dibattito che c'è stato in Italia sulla MTOM, probabilmente le autorità neanche se ne sono accorte. In Italia sono gli stessi piloti che si mettono i bastoni tra le ruote e fanno presenti alle autorità cose che potrebbero nuocergli.
Fatto sta però che l'articolo 20, come da te citato, prevede tale dato...comunque vedremo se a breve arriverà anche la marcatura di classe retroattiva 👍 Grazie a presto!
@@descubriendoandaluciaofficial a me non interessa che si conosca il dato, esistono altri droni, a parte dei DJI, che finirebbero fuori gioco.
Gracias Paolo, gran trabajo el que haces. Te voy a hacer una consulta porque estoy mareado. Drones con C1 pueden volar en subcategoría A1 (Entorno urbano?), Pero para vuelos recreativos en "entorno urbano" solo se admiten los drones de menos de 250 gramos, aquí ya me pierdo. Puedo volar C1 en A1 pero NO es recreativo?
Veras, yo quiero volar (y grabar) un castillo precioso en un pueblo cercano al mío, está muy bien cuidado exteriormente, con visitas guiadas por el interior algunos días a la semana, está situado en las afueras de la localidad, pero a menos de 100 metros de las casas. Tengo un dron con C1, tengo Registro de Operador, Certificación A1/A3, Seguro de Responsabilidad Civil, Acuerdo de Coordinación con un Aeródromo que afecta (por poco) la zona de vuelo...¿Qué más necesitaría?. Soy particular, quiero hacer un vuelo lúdico para mi, con algo de edición en casa, algo de música, y ya esta...sin interés profesional, ni remunerado ni nada de eso. Pero no paro de leer Reglamentos, Reales Decretos, Normas, videos de "profesores"...pero aún así todavía NO se que tengo que hacer para poder volar con normalidad y no tener problemas de denuncias.
Gracias por tu labor y tu paciencia.😅
Con el C1 de momento lo que puedes hacer es acercarte a personas o sobrevolarlas ocasionalmente, pero en población AESA sigue aplicando y sancionando según el RD 1036 y solo se puede volar hasta 20m de altura en recreativo con menos de 250g. El caso es que con la normativa europea el RD no sería válido, pero hay que ponerse a mandar alegaciones o recurrir en caso de sanciones. Lo bueno es que si siguen aplicando el RD, la definición de zona urbana sigue siendo "aglomeración de edificios" y si el edificio está aislado podrías volar.
@@PaoloCosi Gracias Paolo, en este enlace he encontrado respuestas: www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/UAS-OPS-DT01_v6_Zonas.geograficas.UAS_.pdf.
Parece que aquí si dice algo más claro de como se pude volar en A1 o A2 en entorno urbano en actividades recreativa o profesionales. Gracias de nuevo por tu interés en dar una respuesta, por tu paciencia y por el tiempo que pierdes haciendo videos explicativos. Si vienes a la Costa Brava...avisa!!!
Buenas, Paolo. Muchas gracias por el esfuerzo que haces por desbrozar la maleza legal que hay montada y que desanima a volar hasta al más valiente-irresponsable. Mi pregunta va en relación al RemoteID. En el vídeo comentas que este será necesario en STS tanto los UAS con marcado de clase C1-C6 como en los que no lo tengan, los cuales tendrán que poner un dispositivo externo. He mirado la página de la EASA donde aparecen los que ya han presentado una declaración de conformidad y en el párrafo anterior al listado pone lo siguiente: "Starting from 1 January 2024, all drones operating in the open category (with limited exceptions) need to be equipped with a remote identification system". Según esto, la obligatoriedad del Remote ID aplica también a las categorías abiertas, salvo contadas excepciones ¿Sabes cuáles son esas excepciones y en que normativa aparecen recogidas? Muchas gracias y mucha suerte.
El ID remoto en abierta es solo para los drones con marcado de clase, menos los C0 y los C4
Hola. ¿No necesito una licencia o permiso para pilotar un dron civil?
Necesitas certificado solo si es de más de 250g
Vale. Gracias. Salu2 @@PaoloCosi
drones de construccion privada son los FPV que le has montado la O3 por ejemplo???
hay drones q viene todo montado, incluso la o3 pero no te pueden decir que no es costruccion privada, los FPV en general quitando los de DJI ahi esta la duda
Menos de 250g en A1, más en A3, siempre con observador. 🤷🏻♂️
Hola a todos. Tengo una duda que no consigo despejar. Además de un Mavic Mini, para el que sí tengo claro qué necesito y qué no para volar, en el caso de mi otro dron, un Mavic Air 2 (con un peso ligeramente superior a 500 gr y evidentemente sin marcado CE) no lo tengo tan claro.
Agracería mucho si alguien me pudiera aclarar los requisitos, tanto hasta el 31 de diciembre como después. Entiendo que además del seguro, registro en EASA, identificación en el dron... para volar tiene que ser en categoría A3 y necesito la formación A1/A3.
¿Es así?
Gracias por anticipado, y gracias Paolo por tus magníficos videos
Exacto, solo en A3 y con certificado A1/A3, número de operador, número de operador en el dron, seguro, mirar el mapa en Enaire Drones, leer el manual
Muchísimas gracias Paolo.
Duda resuelta.
Grazie mille por tus vídeos, solo puedo decir eso 🙏
Prego! Un saludo!
Hola Paolo, estás infundiendo un error, no es cierto que en "zonas pobladas" solo puedan volar UAS de menos de 250gr o sería "prácticamente" un escenario STS.
Los Reglamentos UE no necesitan mencionar "zonas pobladas", para eso establecen las Zonas Geográficas UAS, y brinda las herramientas a los estados de como elaborarlas.
Cosa que España no ha hecho aun, pero eso no es problema del operador.
Un Reglamento, por jerarquía no necesita transposición, por tanto, eso de que hay cosas que se aplican de los Reglamentos, y otras del Real Decreto tiene difícil cabida.
EASA está cuestionando a AESA estás mismas cosas...
Aquí se dice lo que aplica AESA, y ellos siguen aplicando el RD 1036/2017, como se deduce por la zonificación. En teoría tienes razón, es como dices tu, pero en la práctica, si vuelas a más de 20m en población y no haces todo lo que pone en la zonificación, te arriesgas a ser propuesto para sanción y a tener que recurrirla si te llega (pocos hacen eso, la mayoría paga la reducción). Yo para informar no puedo pasar de lo que dice AESA, que es la que sanciona, no voy a inducir a nadie a cumplir posibles infracciones, que sean justas o no.
Es que se provoca eso mismo, aplicar lo que aplica AESA es un incumplimiento del precepto del art.288 del TFUE.
Una cosa es que sea justa, y otra legítima.
Te planteo una situación.
Si operando incumpliendo el reglamento, provocas un accidente con daños ¿Que crees que hará el seguro?
😳😳
@@jotaerre1980 es un caso cristalino de inseguridad jurídica provocado por la normativa europea, que en este caso es demasiado indefinida, y sobre todo por la no adecuación de la norma española a la europea. Ahora bien, si dices a los pilotos que no sigan las normas tal como las pone AESA, te arriesgas a que les manden una sanción la cual probablemente van a pagar sin recurrir, y esto es un daño para ellos y es el caso más probable; si como dices tu, pasa algo, no sé si el seguro haría caso a la normativa española, que aunque irregular, no ha sido derogada, o a la europea, que por otro lado no menciona el caso de vuelo en población si no en A3 y STS 01. Hay alguna forma de contactarte por privado para hablar mejor del tema?
Tienes mi tlf, alguna vez hablamos por WhatsApp..
Insisto que un Reglamento no tiene que mencionar disposiciones de normas nacionales, las tumba por efecto 🤷♂️.
Insisto que el Reglamento dispone "como" se tienen que elaborar las zonas geográficas, y si España no lo hizo, se aplica el reglamento tal cual las categorías.
Si el estado quiere disponer normas para zonificación, debe elaborarlas, no sirven las antiguas porque son contrarias al Reglamento.
Incitar a operar en un escenario estándar, es incluso peor...
Cumplir la resolución nacional de escenarios estándar, es todavía más complicado incluso rozando lo imposible.
EASA, está cuestionando todo esto a AESA ya.
Un ejemplo lo tienes con lo que ocurrió con los C1, cuando AESA ha estado casi un año haciendo a los operadores incumplir la norma, por entender aplicable montar un paracaídas a los C1.
Si hubiese ocurrido algo, te insisto, que hubieran hecho las aseguradoras??
Ten presente que son empresas...😕😕😳
Personalmente, creo es un error informar a la gente del cumplimiento de "algo" que sabemos que es propiamente un contrario con la norma 😕🤷♂️
Pero es solo una impresión...
Hola buenas tardes, me gustaría saber si serias tan amable de ayudarme, tengo una duda que me ha generado un video de alguien que habla de la normativa, es necesario tener estudio de seguridad aeronáutica para volar un dron con marcado de clase C1 en categoría A1?,
Por favor me podrías decir los requisitos necesarios para poder hacer ese tipo de vuelos?
. muchas gracias de antemano y saludos.
Hola, en categoría abierta, subcategoría A1 puedes volar perfectamente, sin que se prevea sobrevolar a personas y sin ningún estudio de seguridad. Si la pregunta se refiere a vuelo en población, depende... Si aplicas estrictamente la normativa europea, puedes, pero AESA sigue aplicando y sancionando sobre el RD 1036, donde se dice que solo puedes volar en recreativo hasta 20m de altura con drones de menos de 250g y que en todos los otros casos necesitas declaración operacional en STS01 o estudio de seguridad. AESA no tiene razón, puesto que desde que está en vigor la normativa europea, el Real Decreto ya no vale, pero si no quieres o no sabes formular alegaciones o recurrir las sanciones, igual merece más cumplir con lo que dice...
@@PaoloCosi de forma recreativa podría volar tanto el C0 como el C1 hasta 20 metros de altura entonces?
@@jrhgdron depende, aplicando la normativa europea sí, aplicando lo que dice AESA con el C1 no.
@@PaoloCosi la verdad es que en toda mi vida pocas cosas he visto tan complicadas de entender como el mundo dron….en este país…!!!!
Muchas gracias por responderme.
@@jrhgdron sería todo más simple si AESA hiciera las cosas bien
Solo te faltó hablar de los PDRA nacionales y europeos. El resto muy bien y muy claro como siempre.
Se me ha ocurrido justo después... Gracias por la puntualización!
No tengo nada y vuelo como los delincuentes a escondidas, (eso si con sentido común) y no me sobra el dinero para tener que estar cambiando las normativas según les sopla el viento a estos desgraciados incompetentes de políticos.
Por lo tanto me mantengo al margen hasta que se aclaren y después ya veremos.
Esa es decisión de cada uno, allí no me meto! Un saludo!
Vamos, que lo que esperábamos para el 24 lo vamos a tener que seguir esperado para el 25😂😂😂😂
Te has dado cuenta tu también, no? 😂😂😂😂
Como siempre, muy bien explicado por tu parte pero vaya normativa densa e inaccesible nos ha tocado masticar y sobre todo tragar. Por cierto, corrígeme si me equivoco pero con drone fpv de fabricación privada sub 250 grs. al ser fpv y por tanto BVLOS, hay que volar en categoría A3 ¿Verdad? Gracias de antemano y a seguir informando 💪
No, con fpv se puede volar en A1 si es de menos de 250g, pero siempre con observador.
@@PaoloCosi Ah, perfecto gracias! Siempre me asalta la duda. Yo creo que es la inseguridad que nos provoca esta normativa. El observador no tiene que estar en posesión del A1/A3, ¿no?
@@francisbarea5113 si te alejas con el drone menos de 1 km no necesitas observador, pero si es bueno tener un documento o algo que demuestre que conoces la zona operacional
@@juandediosyanez gracias! Creo que con la evidencia de coordinación con el aeródromo que hay en los alrededores les bastaría. 😉
Yo si se lo que va a pasar a partir del 2024. ESPAÑA VA A SALIR DE LA UNION EUROPEA.
Saludos cordiales 🇪🇦 🇪🇦
La echan? 😂😂😂
@@PaoloCosi
Según va avanzando este gobierno yo lo veo muy probable
No es tan facil escaparse....
Hola Paolo,gracias por tanta y buena información,desgraciadamente estamos en un país tercermundista,esto de los drones no es algo que les corra prisa a nuestros "queridos" políticos (me da igual el color del partido) y mucho me temo que seguirán así en el 2024 a no ser que Europa les de una buena colleja y despierten,luego serán todo prisas y chapuzas,a las que ya estamos acostumbrados...
Un saludo.
Cambios habrá, pero no será gracias a los funcionarios u políticos españoles
Jope Paolo ni que fueras profesor de derecho. Mejor explicado imposible!
Gracias, saludos!
Hola Paolo. Te pasé mi email por segunda vez pero no me has enviado el mapa con lugares de interés en Madrid o cerca de Madrid. Si no quieres hacerlo dilo, no pasa nada. Si no es así, pásame tu email y te lo pido por privado. Saludos.
Igual es porque esta ocupado pesado. Tienes Google y mil sitios mas para buscar lugares de interés. ¿Que te piensas que Paolo es un guia o que?
Escribe aquí paolazzzi78@gmail.com
@@PaoloCosi Gracias
@@xKarmaYT Y a tí quién te ha dado vela en este entierro? Métete en tus asuntos, pisacharcos.
videorollazo. no lo he vistobhasta tener infografía
El tema requiere profundizar y quien quiera verlo lo ve... 😜
@@PaoloCosi Gracias
Busca en Google: sem acuerdo de coordinación uas
Alli infografía
Gracias, cómo es habitual en tus vídeos aportas el punto de vista y los documentos que lo avalan.
Mantengo lo que llevo diciendo desde hace años, España es un gran país gobernado por sinvergüenzas que usan su poder para acomodar a sus migotes en los mejores puestos con los mejores salarios, todos pagados con nuestros impuestos, pero por desgracia ni son profesionales ni se les puede pedir nada que no sea que no se la pisen cuándo van a miccionar.
Menuda banda.
Ni RD, ni na de na. Reinos de taífas con señores feudales que mantienen la prima nocte.
Así nos va en todo.
Cada vez se confirma más lo que dices