Muchas gracias Paolo muy bien explicado y lo mejor resumido posible sin obviar ningún punto. Mi opinión es que muchos de los puntos del RD no se sostienen por razonamiento. Hay una cantidad de incongruencias que hace difícil entenderlo. Menos mal que tenemos te tenemos a ti y a Jonathan y a la ANPD que me consta que están trabajando en denunciar todo lo que nos parece ilegal y coarta nuestra libertad. Un abrazo y muy buen trabajo.
¡Qué pedazo de trabajo, Paolo! No hay nadie que haga en España algo parecido, en cantidad y calidad. Deberías ser embajador de droneros con Aesa y Enaire😅😅😅!
Tres años de estudio y elaboración de un real decreto que dista mucho de un estudio serio a pesar de la cantidad de tiempo empleado por esos funcionarios para hacer un RD resumido en una palabra CHAPUZA es un castigo y falta de respeto a todos los pilotos de drones es un despropósito total , que pena que tengamos funcionarios analfabetos en esta cuestión
En realidad no son funcionarios, son asesores colocados a dedo. Y se hizo está chapuza por las protestas de ciertos personajes al ver que se podía sobrevolar sus casoplones y delatar su hipocresía. Ahora en realidad ya no se puede volar en población. Primero hasta con un Mini tienes que pedir permiso 5 días antes. Como si los aficionados planificasen que hacer en sus ratos libres con cinco días de antelación. Después al no poder volar sobre edificios/viviendas ya es imposible volar en población. Se supone que precisamente las poblaciones son lugares de vivienda y edificios de todo tipo. Cuelan como que se puede volar en ctr, cuando en realidad hay que pedir permiso también con mucha antelación. Y para rematar antes por lo menos en Cantabria, Castilla y León se podía volar en ZEPA y natura 2000. Ahora es a nivel nacional y ya sabemos cómo se las gastan los Stalinistas de turno.
Me temo que los funcionarios no tienen nada que ver con esta chapuza. Tiene visos de ser redactado por algunos de los miles de asesores del presidente.
No creo que Sánchez si hubiera alguien que le explique bien por ejemplo lo que dice este señor que es todo verdad ' de su visto bueno a una chapuza semegante. Eso creo yo 🤷
@@jesusmanuelgonzalezcamacho7300 A ver Sánchez/el socialismo es la tiranía pura y dura. Si un experto le hubiera asesorado tendría solo en cuenta la opinión del enchufado que se llama asesor. Al experto lo ignora
Primero gracias Paolo por tu enorme trabajo. Se me pasa por la cabeza romper todos los drones que tengo y pasar del tema dron. Lo siento pero me cabrea mucho que nos manipulen como les da la gana y que no podamos hacer nada. Gracias Paolo.
@@PaoloCosi hola, ya estoy asociado, creo que debemos unirnos todos contra esta gente que no tiene ni idea de los que es un dron y sus características. Un abrazo.
Los legacy hay que registrarlos en 6 meses desde el 25 de junio, de los FPV no se dice nada, aunque el RD se refiere a todos los drones de más de 250g o con cámara... Pero los de construcción propia no tienen número de serie. Ya veremos cuando salga el formulario de registro
Alguien se imagina que se tratase de la misma forma los teléfonos móviles, que son dispositivos que llevan cámara, igual que los drones, por temas de derechos de imagen de edificios y personas? Pero claro los pilotos de drones titulados debemos ser unas muy malas personas y creamos muchos problemas, aunque la estadística y realidad a juzgar por el bajo precio de los seguros les contradice. O alguien cree que si las incidencias fuesen constantes las aseguradoras no se cubrirían las espaldas? Maldito despropósito.
Muchas gracias Paolo por tú inestimable trabajo, eres de gran ayuda para todos. Respecto al Rd, dan ganas de llorar, sinceramente... ahora mismo sólo siento impotencia y rabia... menuda vergüenza de legisladores y políticos tenemos
Muchas gracias por la información Paolo,y digo yo si ahora cuando suba a una torre que hay mi pueblo de 40 metros de altura y vea o grabé con una camara de vídeo,de fotos,teléfonos todo lo que se puede ver patios, tejados, edificios, personas,que sería lo mismo que si fuera con un dron,la pregunta es también tengo que avisar a el ministerio de el interior,por lo que no se puede hacer con el dron,por lo que veo con una camara de fotos si,saludos
Buenas tardes Paolo,mi pregunta es y los fabricantes de drones o vendedores,en España,no dicen nada,este decretazo de prohibiciones les perjudica, porque yo si tuviera que comprar ahora mismo el mini pro 4 que compre ahora mismo no lo compraria,simplemente por casi no me lo dejan usar,compraria uno mas barato,o ninguno,saludos
En población comunicación al Ministerio del Interior con 5 días de antelación y no se pueden sobrevolar los edificios. Luego las restricciones según la zona de vuelo
Una pequeña pregunta: En las estructuras LINEALES, tales como carreteras o vías de tren, entiendo que puedo sobrevolarlas por encima, siempre que el dron vuele a una altura mínima de 50 m respecto al punto más elevado de dichas estructuras en un radio de 100 m ¿es eso cierto? MUCHAS GRACIAS Paolo
Gracias por tus comentarios. Creo que tal como se pone la cosa lo mejor es vender el dron si es que alguien lo quiere. Así no podemos volar en casi ningún sitio. 😢
Gracias Paolo. Por toda la información y aclaraciones sobre la nueva normativa que nos das. Solo espero que cambien de ministros o de Gobierno y pongan persona con dos dedos de frente, y cuando realicen normas en general cuenten con profesionales de cada materia, no con ineptos de ellas. Un saludo desde Palencia.
Lo peor es que creo que los ministros solo firman y estos Reales Despropósitos salen del trabajo de técnicos de los ministerios. En el resto de países este tipo de normativa la hacen desde las agencias de seguridad aérea nacional y no intervienen más organismos. Al contrario aquí la hacen entre 4 ministerios y la agencia competente es ignorada. Las peores medidas claramente son de M Interior y M Defensa. A1 DEP.
No va a cambiar nada, a los políticos los drones les importan 2 cojines y las presiones que tienen de asesores, empresas y funcionarios de ministerios harán que todo sean restricciones.
Gran video Paolo! ¿Sabes si el radio de helipuertos o la situación en la zona que estos marcan se verá reducida o suavizada como los CTR? Es desproporcionado el radio que establecen estos.
Va a disminuir y va a haber 2 escalones, en la parte central se necesitará coordinación como ahora, en la parte externa se podrá volar con altura limitada a 45 o 90m según el tipo de zona. Hay dibujos en el RD que lo explican y con las distancias.
Gran trabajo, te sigo desde hace poco tiempo y das la información muy precisa, una duda a ver si alguien sabe responder, se actualizará la web y app de enaire drones este día 25 cuando entra en vigor la ley con las nuevas restricciones y condiciones?
Muchísimas gracias Paolo x todo el trabajo que realizas para intentar desgranarnos este RD ininteligible. Yo cuántas más veces te lo oigo explicar de más mala OST... me pongo. Que si por seguridad ciudadana no podemos volar en muchas circunstancias que en otros países si pueden y no han tenido ningún problema, en lugar de empezar restringiendo lo todo, copiemos a países que llevan tiempo con leyes menos restrictivas y sin problemas. Yo con un dron de menos de 1Kg para volar en A3 me tengo que alejarme más de 150 metros de la población , mientras desde mi ventana veo todo los días despegado y aterrizando aviones es de más de 40 toneladas a menos 100 metros de mi fachada, no entiendo nada. Espero que se pueda derogar el RD o parte de ella.
Hola. Gracias por la información que das. Lo de la comunicación al Ministerior de Interior, si no contesta en ese plazo de 5 días se entiende que podemos volar con un dron de menos de 250grs. ?
He descubierto tu canal y me he suscrito ya que explicas estos temas con mucha claridad dando luz a aspectos que ya de por sí son complicados vistos todos los reglamentos, decretos, permisos y otras luces que intervienen en este mundo. Si me permites, quisiera plantearte una pregunta: Tengo el A1/A3 + los STS 01/02, puedo volar en A2 ? Saludos,
Gracias por tus explicaciones. De todas formas, tengo varias dudas. A ver si podemos darles respuesta. 1. Si disponemos de toda la documentación ManOPS acorde a R.D.2019/945 y R.E. 2019/947, NO me queda claro por ninguna parte si debemos realizar actualización de nuestra documentación a 517/2024. ¿Qué pasa igualmente con los EAROs que teníamos hasta ahora? 2. Si hasta ahora podíamos volar "tranquilamente" con nuestro Mavic 3 PRO con marcado de clase C2, con DRI y FTS tipo Mantis III o similar, ¿hay que utilizar algún otro sistema FTS a partir de ahora? ¿podemos sobrevolar entonces los edificios o debemos pedir autorización como se indica, a todos y cada uno de los propietarios de las viviendas que se tengan que sobrevolar? ¿Es acaso el "fin" de los C2 en entorno urbano con STS ES-01, sin tener que dejarnos una pasta (más de 1.000€) en un FTS con DRI (a pesar de incorporar el Remote ID un C2)? 3. Si no tenemos intención de utilizar un C5 en ningún momento y un C2 difícilmente puede "adaptarse" para actuar como tal, ¿tenemos que realizar entonces las pruebas prácticas para convertir un STS ES - 01 en STS? ¡Muchas gracias! Un saludo.
Los STS no se ven afectados por el nuevo RD, si tienes declaración operacional en STS ES hecha antes del 31 de agosto 2024, puedes volar con cualquier dron de menos de 10kg en STS hasta el 31 de diciembre 2025. Después de estas 2 fechas solo puedes presentar declaraciones en STS UE o volar con C5. Para eso, habrá que convertir los ES en EU con el examen práctico
Muy buenas reflexiones, este vídeo deberían verlo los asesores y redactores de la norma para que se den cuenta de la cantidad de incongruencias que tiene su Real Decreto. Está lleno de prohibiciones desproporcionadas y requisitos absurdos.
Buenos días, felicidades por tu canal y muchas gracias por compartir tus conocimientos🙌🙌🙌 en el video creo que decías que en categoría abierta hay que mantener 5 metros de distancia a las personas, ¿es esto así?podrías decirme donde viene contemplado?Un saludo y muchas gracias de antemano
A edificios con C1 o también con C2 en modo de baja velocidad. Las distancias a personas están en la normativa europea: sobrevuelo de personas, no aglomeraciones, con C0 y drones de menos de 250g, sobrevuelo ocasional con C1 y 5m de distancia con C2 y modo de baja velocidad, si no 30m
@@PaoloCosi Buenas!!muchas gracias por la rápida respuesta, tienes toda la razón yo me estaba centrando en a3 que no lo especifica, pero en a2 que es del caso del que tratas si que lo especifica😉 muchas gracias por la aclaración y pronta respuesta, un saludo!!!
Si la ley europea prevalece sobre la ley de España, si yo quiero volar por ciudad ya que lo permite la ley europea no me darían de poder multar y en caso de que me multen tendré que denunciar ante la Comisión Europea para que me quiten la multa no sé tal vez deberíamos de denunciar directamente ante la unión europea esta normativa para que la modifiquen
Vamos, es que, esa debería de ser nuestra actitud y dejarnos de discutir y darle vueltas a un REAL DECRETO. que ni Hay por dónde cogerlo y ya no sólo para volar un dron, si no, para denunciar nuestros derechos a disfrutar. Por que profesional o lúdico todos tenemos, creo yo, la misma pasión por esta tecnología.
Muchas gracias por este vídeo, Paolo! Una pregunta, ten un dron Tello que compré hace unos años pero que desde que tengo un mini SE ya no utilizo, tengo que inscribirlo también el ministerio del interior? Gracias!
Buenas Paolo! Me surge unas dudas respecto a la hora de pedir autorización al propietario de un edificio para sobrevolarlo, ¿Como debe ser esta? ¿Por escrito? ¿Y que debe indicar para que sea legal? Por otro lado sabes si en poblados abandonados con calles ¿Se considera poblado? Entiendo que no.
Por escrito, no se sabe nada más. Entiendo que en poblados abandonados no hay problemas de seguridad ciudadana, con lo cual, creo que no habrá problemas por volar encima de ellos
Muy bien video Paolo como siempre....tengo una duda. Como se cual es el ATZ de un aeropuerto, aeródromo o helipuerto....es una distancia o que es exactamente....me lío mucho por no saber qué es lo que delimita un ATZ
Lo pondrá en Enaire Drones con distintos colores según las alturas. Dependiendo del tipo, hay diferentes distancias, pero son máximo 10km alrededor de la infraestructura
Como siempre muy buen vídeo y muy bien explicado. Lo del tema de los 300 metros y los 900 que están por encima de los 120 ahora, ¿No será un adelanto de lo que trae el Uspace? Que se podrá volar a esas alturas? Aunque imagino que con las restricciones que tenemos ahora, para poder volar a esas alturas nos tendremos que sacar el título de piloto comercial.
Gracias a gente como vosotros que nos interpretais lo que dice el RD podemos entenderlo, ya que esta gente no se cómo lo hacen que nunca dejan nada claro.
Hay un formulario en la web de Interior www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/comunicacion-operaciones-de-aeronaves-pilotadas-por-control-remoto-uas/ No sé si cambiarán algo después del 25
Paolo,haber si puedes aclarar un poco lo de el localizador a distancia,que nos estan liando un poco los que los venden,dicen según ellos que lo tienen que llevar todos los drones,yo creo que el mini 4 pro no lo trae de serie y tampoco esta obligado,gracias
@@PaoloCosiY si se tiene un Air 2S sin actualizar aún, ¿qué será más ventajoso? Dejarlo sin actualizar y usarlo como A3 o pasarlo a C1, teniendo en cuenta que dudo que lo use en entorno urbano.
¿Ya se sabe cual es la web del Ministerio del Interior donde tenemos que registrar los drones y comunicar a la poli que vamos a volar los C0 y C1 en ciudad?
Gracias por la info, Paolo. Me queda una duda, la zona de helipuerto se reducirá? Si es así, en que momento debo coordinar y a partir de dónde puedo volar sin necesidad de coordinar?
Ley de seguridad ciudadana: art. 36.20 es infracción grave: La carencia de los registros previstos en esta Ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias. Art. 37.9 es infracción leve: Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana, incluyendo la alegación de datos o circunstancias falsos o la omisión de comunicaciones obligatorias dentro de los plazos establecidos, siempre que no constituya infracción penal. Ojo con las comunicaciones, pueden salir caras
Por mi parte, ante este desastre ya he movido ficha. No se si servirá de mucho, pero he presentado una reclamación formal ante el Defensor del Pueblo. Además espero que la ANPD finalmente presente el correspondiente recurso. El RD no hay por donde cogerlo, y ojo, soy de los que defiende que un cierto control es necesario, pero algo tiene que ser razonable.
Buenas tardes Paolo. Solo una pregunta. En zonas de vuelo libre de restricciones hay que comunicar al MI el vuelo con cinco dias de antelación o en esas zonas no hay que realizar dicha comunicación ?. Gracias.!
@@PaoloCosi20:12 Población y cualquier cosa que consideren entorno urbano: áreas residenciales, comerciales o industriales, áreas recreativas y playas, parques y jardines que cumplan los requisitos que enumeran en el Art 40. Vamos que a volar a casa dios lejos de todo.
Para meter miedo a las gentes con la nueva normativa si pero ninguno no saben donde se registra un dron todo todo lo decían en página de AESA pero ahí no te deja. Venga hombre
Paolo, gracias por tu video, viajo desde Chile a España, quiero llevar mi Dron, me di de alta en AESA y solicite el registro pero no tengo firma electrónica para hacer todo online, me genero un PDF (VALIDACIÓN DE OPERADOR DE SISTEMAS DE AERONAVES NO TRIPULADAS (UAS) que debo imprimir y presentar en forma presencial en AESA, mi pregunta es, una vez que entregue ese documento sabes cuánto tiempo debo esperar para poder tener el registro de operador? Gracias Crack
Hola de nuevo Paolo. Frente a mi casa hay un gran parque con columpios, toboganes, etc. amén de arboledas y zonas de paseo. Significa que para poder volar por él he te solicitar el correspondiente permiso al MI y esperar respuesta? Por cierto, tengo un mini de menos de 250 gr. Gracias de antemano por tu respuesta
Muchas gracias Paolo por la información. Haces un trabajo Estupendo y profesional. Creo que deberíamos todos los pilotos o el mayor número posible hacer comunicados al ministerio de interior en el siguiente mes una media de 8 o 10 comunicados por piloto haber cómo lo gestionan. Yo creo que se atasca todo 😅
Ya tenemos el nuevo mapa de Enaire Drones, parece que aún lo están retocando porque tarda mucho en cargar, pero ya se ven muchas zonas amarillas donde antes era todo rojo
Gracias como siempre, Paolo. Es una barbaridad este R. Decreto. Criminaliza al usuario de Dron y perjudica al que quiera vivir de ello. Creo que mucho tiempo está tardando el sector el posicionarse y plantear todo tipo de oposición y quejas. Si seguimos así los próximos que vamos a caer somos los amantes de la fotografía, pues estimaran que todos somos unos pedófilos o degenerados por ir a la playa con un tele o lo que se les ocurra. Un saludo
Los drones de construcción propia no son minimamente considerados, cómo hago para comunicar el número de serie? Lo invento yo porque soy el fabricante? Y, si el Ministerio del Interior quiere conocer cada cambio de propiedad, o si el dron no está funcionando, debo comunicar que estoy cambiando una pieza, y que en esa semana en la que el dron está desmontado está "roto"? Otra duda es: qué le sucede a un turista si no registra su dron y no realiza la comunicación antes de 5 días? Si lo descubren después, lo perseguirán en su país de origen? Todo realmente absurdo.
Vaya disparate de Real Decreto. Podemos hacer algo al respecto? Me imagino que la anpd estará moviéndose. Lamentable. Muchas gracias Paolo eres un Crack😊
Muy buenas,yo tengo el mavic pro menos de 900 gramos, seria obligado tener seguro para volar en recreativo,lo registre pero me decía qu estaba obsoleto y no tiene marcado de ninguna clase... podría conseguir el marcado de este dron ..muchas gracias
Paolo, primero como siempre gracias por enseñarnos, segundo, pregunta: se podrá volar a una distancia de 6,6 km., del punto de referencia de un aeropuerto, más o menos en diagonal a la cabecera, en un punto que se sitúa a 150 metros por debajo del nivel de la pista, hasta una altura de 45 metros?
Gracias, son esas cosas, si vuelo a 30 metros de altura en un lugar a seis kilómetros de la pista que esta a 150 metros sobre donde yo estoy, el peligro será el avión que este a esa altura, país !
Paolo me encanta tu canal por encima de todos los que hablan de drones. Aun siendo italiano sabes mejor español que muchos por ahi ... Me saqué hace 2 meses el A2, los 2 STS y la titulación de radiofonista, para poder volar al menos en especifica, en ciudad que es donde mas me interesa. Pero la verdad que es todo mucho lio y hay muchas mas cosas que hay que hacer: EARO, formulario SEGU, estar registrado en Ícaro XXI, plan de vuelo, seguro, estudio riesgo operacional, permiso al ministerio de interior, permiso del edificio, ver si hay NOTAM publicado etc.. Y todo eso que me suene, Por eso, mi pregunta es, Si sabes de algún sitio o página donde describa bien los pasos a seguir que es todo un lio.... O me aconsejas leerme todo el RD directamente? Muchas gracias de nuevo por tu tiempo.
muchisimas gracias por este gran y currado detallado del RD que a mi parecer es absurdo por donde se mire,en fin es lo que hay que acatar para los que amamos este hobby me gustaria saber como puedo registrar mi drone en el ministerio del interior ya que lo tengo registrado en AESA,pero no consigo encontrar donde registrarlo en el ministerio del interior ,un saludo
Buen trabajo Paolo. Se nota como en una normativa de aviación han intervenido todos los que han querido. Regulando sobre lo regulado y esto es lo que tenemos, los caprichos absurdos de cada uno. Una normativa sin sentido que parece más de seguridad ciudadana que de aviación. Pensandome seriamente hacer la declaración de STS para poder trabajar con el Mini 3 ya que la prohibición es en abierta. Todo muy absurdo.
@@sitogarcia8685 en los STS ES se puede con cualquiera, pero si no tienes la declaración en estos a partir de septiembre o de todos modos a partir de 2026, solo te quedan los STS europeos con C5
@@PaoloCosi lo malo es que lo de acotar la zona también lo piden en la zonificación actual (V7) para vuelo profesional en ABIERTA. Ya tengo el Manual de operador, Estudio de seguridad y demás que piden en la zonificación actual. Solo me faltaría el DRI.
Buenos días Paolo. ¿Si haces una comunicación al ministerio del interior para volar en entorno urbano, de forma recreativa y con un dron de menos de 250gr y no contestan se entiende por denegado el permiso o por aceptado?. Muchas gracias y saludos para ti y para todos los amigos del canal.
Siendo solo una comunicación, no hay que esperar la respuesta, aunque pueden ponerse en contacto contigo para pedir documentación adicional (no es del todo regular, no deberían pedir papeles de operaciones aéreas, es inspección aeronáutica y no son competentes, y de todos modos tendrían que pedir la documentación a AESA), además según la ley del Procedimiento Administrativo Común, no deberían poder denegar una comunicación y no debería estar hecha con antelación, pero así lo ponen y cuela...
Hola, veo cosas buenas, el problema es que las malas son muy malas. Ya nos podemos olvidar de volar en Ciudad/Poblado a no ser que sea en sts. No me queda claro el tema de volar en aeródromos o helipuertos. Entiendo que volar muy cerca. No se podrá, porqué pasarán de contestar. Yo voto por empezar hacer coordinaciones con el ministerio del interior todo el que tenga un drone y saturarlos. Y con aeródromos igual. La web de enaire se sabe cuándo se actualizará? Saludos.
Los aeródromos van a afectar menos, las áreas se van a reducir y solo se pedirá coordinación para volar dentro del área de seguridad, aunque para quien necesite volar allí lo tiene más difícil. Como digo en el vídeo, el mapa cambiará a partir del 25
Hola Paolo, yo me dedico a hacer vídeo corporativo a los ayuntamientos de población con lo que sobrevolaba la población. Se habla de categoría abierta y de la categoría estándar no se habla, quiere decir que se podrá volar como antes en las poblaciones?
En realidad si no necesitas sobrevolar edificios sin autorización, puedes hacerlo en categoría abierta. Los STS se quedan como estaban antes, puesto que vienen de la normativa europea.
@@PaoloCosi sí que necesito sobrevolar edificios ya que grabo el pueblo, iglesias, centros deportivos, parques….. que también entiendo que los parques y centros deportivos si son municipales, ya tengo el permiso por el propio ayuntamiento, pero muchas veces para sacar buenas imágenes y coger todos estos centros te tienes que poner por encima de casas que tienes colindantes. Te pongo un ejemplo de mi trabajo ruclips.net/video/boZTvTHAtS0/видео.htmlsi=vkM0SNsDkFrfDL7N
Muchas gracias por el vídeo, aclaras bastante bien el 517/2024. Quería comentar que a día de hoy, previamente al 517/2024, son una gran minoría pero ya se deniegan algunas algunas operaciones por seguridad ciudadana, no va a ser algo nuevo. Mi opinión personal es que se exceden poniendo "seguridades": registro, comunicació y prohibición de sobrevuelos de edificios. Si nos registramos y comunicamos, por qué no permiten sobrevolar? A esto no le encuentro sentido ni nada positivo. Yo sinceramente no veo un gran problema con el registro, tengo varios drones comprados de segunda mano y siempre con contrato compraventa. Si está registrado algún dron, se pierde o lo roban y lo quieren vender o hacen vuelos ilegales, el propietario real queda exento de problemas si previamente se ha notificado. Puede llegar a beneficiarnos. Me parece innecesario, pero intento comprender y buscar la parte positiva, que algo puede llegar a tener, a diferencia de otros puntos.
Si no registras el dron no hay problemas si te lo roban y lo usan para hacer algo malo, porque nadie sabe que es tuyo. Eso no es una ventaja, es una molestia inútil.
Señor Paolo muchísimas gracias por este laborioso video. De hecho me he suscrito a su canal. Le agredeseria puesto que soy un principiante que viene de la simulación aérea flight Simulator me explique lo siguiente. Tengo un mini 4pro (aún en la caja) regalado por mi hija y con fecha de compra 19/6 /año en curso y facturado a su nombre,. ¿ de que tiempo dispongo para registrarlo en ministerio del interior y a nombre de quien debería hacerlo , es decir a su nombre o al mio? Por último oi de registro de piloto operador, entiendo es en (AESA) se requiere de algún requisito en especial? Hay alguna otra cosa para este modelo de dron? Desde Canarias isla de la palma le envió un cordial saludo y las gracias por adelantado.
De señor, nada, por favor! El registro de operador en la página de AESA es obligatorio para todos los drones con cámara que no sean juguetes (el Mini 4 no lo es) o de más de 250g. El registro del dron en el Ministerio del Interior no está habilitado todavía, pero hay 6 meses para registrarlo.
Hola Paolo, qué decirte… espectacular como siempre tus exposiciones. En cuanto a mi opinión sobre el RD creo que como muchas cosas que se hacen en este país “corriendo y a lo loco” y no será por que no tuvieron tiempo en fin…Espero que algunas cosas se corrijan porque es dar un paso atrás con respecto a los demás países. Sobre una duda que tenías en cuanto a el sobre vuelo en infraestructuras lineales, entiendo que son 50 mts de altura sobre la parte más alta de esa infraestructura cuando la sobrevolemos como referencia 50 mts a la derecha y 50 mts a la izquierda de donde esté situado el dron, si tenemos un punto más alto en ese espacio ese sería la referencia y no por donde la estemos sobrevolando. Lo siento no me explico tan bien como tú jeje. En resumen si sobrevolamos una carretera y a izq o der tenemos un punto más alto dentro de la carretera ese sería el punto de referencia para la altura de sobrevolarlo. Eso entiendo yo, pero seguro que tú lo aclararás mejor. Saludos.
Gracias Paolo. Menuda currada. Las preguntas que me vienen a la mente: ¿Podre volar en algun sitio? ¿Como va a registrar el vendedor del Corte.... el dron que me he comprado, si no se sabe el numero de serie hasta que lo enciendes? ¿Volar en playas esta complicadisimo, ahora bien, volar desde el mar a la playa, sera posible? ¿Cuanto tiempo van a necesitar en el MI para realizar la app para registrar los drones, online, en papel, en persona? Y en los pueblos ¿Quien mandar, el municipal, la GC, la PN.....? ¿Que pasara con los U Space, si necesito un dron taxi, con levantar la mano sera suficiente o tengo que saber donde voy a ir, o ponerme enfermo para pedirlo? ¿Y las compras online con drone delivery? ¿Y los turistas se van a registrar? (No se lo creen ni ellos). partir de ahora, Viva el Trismo dronero de piratas!!!!!
Tu imagina, yo suelo llevar mi mini3pro conmigo en el trabajo, nunca se con certeza por donde ir hasta primera hora de la mañana, es verdad que siempre he estado en recreativo, vuelo por hobbie. Pero imagina como me cortan el rollo XD. Nunca dejo de decir que en Grecia por ejemplo, con un comunicado por pdf un día antes pues normalmente lo tienes y eso solo en las ocasiones donde debes pedir permiso
Pues por que a limitado la altura máxima para drones mini si no hay ninguna diferencia entre mini y los drones hasta 900 gramos ? No veo el sentido de tener un dron limitado de altura si no importa el peso o el clasificado C0...
Volando en entorno urbano a 20 m siempre con el maximo cuidado de no pasarme, para no ser un delincuente y ahora ni a 30 ni a 50m, si no a 120m de un plumazo, puedo hacercarme a un edificio pero no sobrevolarlo, pero a 120m como se yo que no estoy verticalmente encima de un edifico? y a si todo, pues yo ya lo tengo claro, haré como ellos en cuanto me termine mi vaso de vino me hare mi RD👌
El Ministro Maguila Gorila, digo Oscar Puente, es un exquisito piloto de drones, tiene una destreza inusual en el manejos de UAS, hábil, talentoso, y un experimentado piloto que, bajo su supervisión, ha encarrilado esta fantástica norma legal, que a parte de limpiarte la nariz con ella, deja el mundo de los drones prácticamente desolado... En fin, que mas vamos a decir, que ojala se pudiera hacer algo para cambiar ciertos aspectos de este RD, pero creo que no vamos a poder mas que desearle a Maguila una muy corta estancia en el Ministerio...
Buenas Paolo sí me compro un dron para Recreativo que Tengo que hacer a partir de que me llegue el aparato DJI Mini 4 k gracias Paolo cómo siempre Eres un mostro
Muchas gracias por la info. Cada vez peor. Nos tienen marginados. Creo que al final se van a comenter muchas ilegalidades. Cuando haya que hacer un comunicado al MIR para volar en ciudad esto puede ser caótico ya que si nos ponemos todos hacerlo van a tener mucho curro y lo que harán será el silencio administrativo como hacen con las zonas zepa. En fin una pena que España no sepa estar a la altura del resto de países de la unión.
El silencio administrativo en el caso de la comunicación a Interior es positivo, puedes volar. Lo que va a pasar, es que antes de tener que comunicar, la gente preferirá no volar. Es totalmente disuasorio
@@PaoloCosino sabía que el silencio administrativo del MIR. fuera positivo. Pues tendremos que hacer comunicaciones 😉
4 месяца назад
Muchas gracias de nuevo, Paolo por el enorme esfuerzo que haces para interpretar todas las normas que salen y nos afectan. Respecto a la definición de "entorno urbano", sin ser lingüista, los términos "acumulativamente" y "al menos" me resultan contradictorios. ¿Se tienen que cumplir todos los criterios o al menos alguno? Respecto al vuelo en urbano: "el piloto a distancia debe garantizar que la aeronave no tripulada no sobrevuele edificios, construcciones estables similares a edificios, casas, ni cualquier otro domicilio de personas físicas, incluyendo en todos los casos sus zonas de recreo, patios y zonas análogas. Paolo, cómo interpretas tú este párrafo, crees que no se podrá sobrevolar una zona de recreo (columpios, p ej. como dices en el video) o una playa, o solo hace referencia a los que pertenecen o forman parte de un edificio, casa o construcción estable. Por último, crees que DJI acabará comercializando o actualizando drones de consumo o de gama empresarial , p.ejm. con etiquetado actual c1 o c2, con etiqueta c5/c6. Muchas gracias y mucho ánimo.
Al principio me parecía también contradictorio, pero creo que es acumulativamente, es decir, con todos esos requisitos y también al menos, o sea que a parte de esos, puede tener más cosas... Pero está muy mal escrito. Con respecto al segundo punto, parece que las zonas de recreo a las que se refiere son las de edificios y que además sólo se refiere a edificios de personas físicas, pero hay que esperar a las interpretaciones oficiales
Están excluidas del RD y del Reglamento Base EASA las aeronaves ancladas con un cable de hasta 50m: sin motor de hasta 25kg y aerostatos de menos de 40m3, con motor de menos de 1kg. Estas aparentemente no tienen reglas.
Para mi lo mas perjudicial, ha sido la prohibicion de sobrevolar edificios, salvo en STS, que será una quimera en 2026, con drones que cuestan mas de 7.000€. Simplemente no quieren drones de civiles volando en urbano de ningun tipo. Se reservan ese espacio para los jueguecitos del U-Space y las grandes compañias.
Tengo un mini 4 y lo tengo claro. A partir del día 25 mi dron solo volará por el campo. Mientras esté la prohibición de volar sobre edificios no me molestaré en solicitar permiso al ministerio de interior, que se metan su notificación/autorización por donde amargan los pepinos.
Es desafortunado que, con un dron de menos de 250 g, no se pueda volar sin solicitar autorización en zonas urbanas, además de incorporar al Ministerio del Interior al final. Esto dificulta la operación de drones y puede desalentar su uso legítimo. Si se compara con la normativa de otros países, la normativa española parece excesivamente restrictiva y burocrática. Esto puede tener un impacto negativo en el desarrollo de la industria de los drones en España y limitar su potencial para contribuir a la economía y la sociedad.
GRAZIE PAOLO💪 yo me voy a quedar un Mini 2 que tengo ahí parado y lo volaré sabe dios como y cuando. Igual cuando me jubile me compro un C5 😂😂😂😂 GRANDE PAOLO
Vosotros los que teneis algo de influencia deberíais uniros de algun modo para hacer algo, contando que teneis un ejercito de gente detras de vosotros dispuestos a apoyaros en todo. Un saludo Paolo
Lo que mas duele es que ya no puedes ir al chino de la esquina y comprarte un juguete y volarlo rn el medio del campo , egual con los caseros de menos de 250g !🤦
Por lo único útil que me parece es por los 60 metros en CTR. Todo lo demás es negativo. Yo vivo en CTR pero en una urbanización, por un lado estaba contento por poder volar desde el jardin de mi casa, pero resulta que ahora tengo que comunicar al ministerio del interior... Al final seguiré volando el dron a lo clandestino, vuelos rapidos para hacer unas fotos y un video express y huir del lugar.
Alguien se pensaba que íbamos a dejar de parecer delincuentes, ahora resulta que en lugar de presuntos inocentes, somos todos oficialmente potenciales delincuentes
Y a donde hay ke ir para registrar el dron en el ministerio del interior..algún sitio específico o hacerlo internet o como va esta historia..que hay que hacer? la verd es que es absurdo estás nuevas normas..se pasaron 20 pueblos la vrd.
Pues se venden muchos. Y encima a unos precios . interesar hombre digo yo que interesan x eso ponen esos precios y ahora con el nuevo decreto pues x eso digo que seguramente va caer empicado los precios si quieren vender nose..es mi opinión.pienso yo vamos..igual estoy equivocado..ya se vera a ver..saludos paolo
Yo no tengo drones por ahora y bueno, no me importaria de vez cuando volar alguno, por ejemplo en eventos familiares, festivos o de escursion en la naturaleza que es cierto que son imagenes y momentos muy divertidos y de calidad por precisamente tener esos puntos de vista imposibles de otra manera y además muy creativos y por supuesto en algunos momentos el poder contratar a un profesional por otros motivos o donde mi persona sea la protagonista y no tenga que utilizar mis manos en ningun momento, e ir a mi aire como en cualquier paseo por ciertos lugares tipicos o de recreo, como pueden ser en el campo o sus deportes, esquí,, bicicleta o ralis etc. Cosa que ssbiendo manejarlo es lo ideal también. Pero si comprendo que la intimidad de las personas debe ser respetada y no por otra cosa, claro esta, la seguridad siempre incluida en esa privacidad y luego y pensandolo bien, hemm... La cantidad, por que imaginense que en unos años mas adelante se masifican parques, calles, jardines, playas, piscinas, patios etc. Las mismas calles o avenidas, no puede ser ésto tampoco, ni dar paso a que ocurran accidentes y no oor tener seguro puedes dejar a tu rotbailer de 100 kl. y de dientes contrachapados y limados, sin tener la seguridad de que no puede morderte. O que además lleves patines de ruedas como clazado o tecones lejanos en el caso de las mujeres. O sea, es desagradable que una paloma te cage enncina de la cabeza a una altura de 100 m. O si fuesen cabras voladoras no habría tanto problema es como si te caen garbanzos, no manchan y estan secas. En fin que son muchas normas o leyes exageradamente en numero y claro siempre me gusto la idea de tener mi propio y buen dron, e incluso me gustaria tener uno futuro en forma y superficie como una autocaravana de tamaño medio, que sería lo ideal. Bueno, resumiendo, os deseo unas buenas quedadas en sitios bien elegidos, cerca de donde se coma o se cene bien tendran luz y cámaras infrarrojas o lucecitas y podrán soltar hasta fuegos artificiales si no hay riesgo de incendios y todo eso o con permiso, etc. Y bueno, quien se encarga del control de alcoholemia? O qu|za se ke mandeo o vaya a por unas cervezas y viceverzas (vuelve pronto, no te bebas el chiringuito) frescas al garito mas proximo (hay que planificar la carta de digestion o vuelo sobre el nido de cuco.. en fin... Que tendreis que hablar con los desarrolladores de sofware como MAPS si no lo tiene ya el ministerio cirrespondiente y al activarlo, os comunique con iconos o mensajes de tal y cual permisos son para una zona y otra y dónde no haya restriccion alguna, pues que de nada tenga avisos. Y eso se puede hacer tumbado en una anaca y una cerveza, el ha'cer los tramites necesarios con antelacion suficiente y ya está,... quedada al canto. Segun donde se quede o cuando. Algo es slgo y nada es nada o te ahogas y lo que quiero decir es que posiblemente así se consiga rebajar un ooco la dureza de las normas y leyes e incluso y según que zonas, poder cambiarlas esas normas, por qué es muy difícil para cuanquiera o eso creo ser muy específico por funcionario que se sea. Uno puede ser funcionario pero no a aventurero o paseante o fitografo a la vez, poco a poco quizá mejor o por lo menos se lo pasa uno bien. ok Mackay.
No hace falta legislar sobre lo legislado, para la seguridad ya ha pensado la normativa europea y para la protección de datos ya hay su ley. Por lo demás, nunca va a haber una cantidad exagerada de drones al mismo tiempo y no serán más peligrosos que los coches que circulan tranquilamente todos los días por pueblos y ciudades. Si habrá muchos será por la nueva movilidad urbana (reparto o taxis), pero ellos volarán más tranquilos que nosotros, y nosotros a volar al campo, donde no hay nada.
Muchas gracias Paolo muy bien explicado y lo mejor resumido posible sin obviar ningún punto. Mi opinión es que muchos de los puntos del RD no se sostienen por razonamiento. Hay una cantidad de incongruencias que hace difícil entenderlo. Menos mal que tenemos te tenemos a ti y a Jonathan y a la ANPD que me consta que están trabajando en denunciar todo lo que nos parece ilegal y coarta nuestra libertad. Un abrazo y muy buen trabajo.
Gracias, efectivamente, hay incongruencias y no hay justificación suficiente, un saludo!
¡Qué pedazo de trabajo, Paolo! No hay nadie que haga en España algo parecido, en cantidad y calidad. Deberías ser embajador de droneros con Aesa y Enaire😅😅😅!
He pensado en opositar...
Muchas gracias Paolo por tu enorme trabajo!! eres nuestro ChatGPT de los drones
😂
Tres años de estudio y elaboración de un real decreto que dista mucho de un estudio serio a pesar de la cantidad de tiempo empleado por esos funcionarios para hacer un RD resumido en una palabra CHAPUZA es un castigo y falta de respeto a todos los pilotos de drones es un despropósito total , que pena que tengamos funcionarios analfabetos en esta cuestión
Lo dicho, ocasión perdida para hacer algo realmente bueno para el sector
En realidad no son funcionarios, son asesores colocados a dedo. Y se hizo está chapuza por las protestas de ciertos personajes al ver que se podía sobrevolar sus casoplones y delatar su hipocresía.
Ahora en realidad ya no se puede volar en población. Primero hasta con un Mini tienes que pedir permiso 5 días antes. Como si los aficionados planificasen que hacer en sus ratos libres con cinco días de antelación.
Después al no poder volar sobre edificios/viviendas ya es imposible volar en población. Se supone que precisamente las poblaciones son lugares de vivienda y edificios de todo tipo.
Cuelan como que se puede volar en ctr, cuando en realidad hay que pedir permiso también con mucha antelación.
Y para rematar antes por lo menos en Cantabria, Castilla y León se podía volar en ZEPA y natura 2000. Ahora es a nivel nacional y ya sabemos cómo se las gastan los Stalinistas de turno.
Me temo que los funcionarios no tienen nada que ver con esta chapuza. Tiene visos de ser redactado por algunos de los miles de asesores del presidente.
No creo que Sánchez si hubiera alguien que le explique bien por ejemplo lo que dice este señor que es todo verdad ' de su visto bueno a una chapuza semegante. Eso creo yo 🤷
@@jesusmanuelgonzalezcamacho7300 A ver Sánchez/el socialismo es la tiranía pura y dura. Si un experto le hubiera asesorado tendría solo en cuenta la opinión del enchufado que se llama asesor. Al experto lo ignora
Gracias Paolo, por todo lo que haces. Hay que impugnar el RD. Ayúdale ANPD.
No viene mal una ayuda
Primero gracias Paolo por tu enorme trabajo. Se me pasa por la cabeza romper todos los drones que tengo y pasar del tema dron. Lo siento pero me cabrea mucho que nos manipulen como les da la gana y que no podamos hacer nada. Gracias Paolo.
Habrá que asociarse...
No desistas COMPAÑERO, ÁNIMO.
💪💪💪💪
@@PaoloCosi hola, ya estoy asociado, creo que debemos unirnos todos contra esta gente que no tiene ni idea de los que es un dron y sus características.
Un abrazo.
Hola Paolo desde la comunidad Valenciana...
Que hacemos con los legacy o construcción propia de fpv?
No se comenta nada en el RD?
Los legacy hay que registrarlos en 6 meses desde el 25 de junio, de los FPV no se dice nada, aunque el RD se refiere a todos los drones de más de 250g o con cámara... Pero los de construcción propia no tienen número de serie. Ya veremos cuando salga el formulario de registro
👏👏 Gran tutorial, saludos desde Brasil, cuídense, que tengan buenos vuelos y quédense con Dios.🤗🙏🏻
Gracias y saludos
Alguien se imagina que se tratase de la misma forma los teléfonos móviles, que son dispositivos que llevan cámara, igual que los drones, por temas de derechos de imagen de edificios y personas? Pero claro los pilotos de drones titulados debemos ser unas muy malas personas y creamos muchos problemas, aunque la estadística y realidad a juzgar por el bajo precio de los seguros les contradice. O alguien cree que si las incidencias fuesen constantes las aseguradoras no se cubrirían las espaldas? Maldito despropósito.
Buen punto!
Muchas gracias Paolo por tú inestimable trabajo, eres de gran ayuda para todos.
Respecto al Rd, dan ganas de llorar, sinceramente... ahora mismo sólo siento impotencia y rabia... menuda vergüenza de legisladores y políticos tenemos
Llevo 2 semanas con la misma sensación
Como siempre tremendo análisis.
Gracias
Muchas gracias por la información Paolo,y digo yo si ahora cuando suba a una torre que hay mi pueblo de 40 metros de altura y vea o grabé con una camara de vídeo,de fotos,teléfonos todo lo que se puede ver patios, tejados, edificios, personas,que sería lo mismo que si fuera con un dron,la pregunta es también tengo que avisar a el ministerio de el interior,por lo que no se puede hacer con el dron,por lo que veo con una camara de fotos si,saludos
Es un buen ejemplo para demostrar lo absurdo que es todo esto
Buenas tardes Paolo,mi pregunta es y los fabricantes de drones o vendedores,en España,no dicen nada,este decretazo de prohibiciones les perjudica, porque yo si tuviera que comprar ahora mismo el mini pro 4 que compre ahora mismo no lo compraria,simplemente por casi no me lo dejan usar,compraria uno mas barato,o ninguno,saludos
Tienen sus lobbies y asesores, pero no parece que puedan hacer la presión suficiente contra Interior y Transportes
Gran video Paolo...una consulta...los que usamos un c0 (mini2 p.e.) que restricciones tenemos?.. porque no lo pillo😅
Gracias y un abrazo
En población comunicación al Ministerio del Interior con 5 días de antelación y no se pueden sobrevolar los edificios. Luego las restricciones según la zona de vuelo
Una pequeña pregunta: En las estructuras LINEALES, tales como carreteras o vías de tren, entiendo que puedo sobrevolarlas por encima, siempre que el dron vuele a una altura mínima de 50 m respecto al punto más elevado de dichas estructuras en un radio de 100 m ¿es eso cierto? MUCHAS GRACIAS Paolo
Sí
Gracias por tus comentarios. Creo que tal como se pone la cosa lo mejor es vender el dron si es que alguien lo quiere. Así no podemos volar en casi ningún sitio. 😢
Nunca, no podemos dejar que hagan lo que les da la gana
@@PaoloCosi Tienes razón. Tendremos que reclamar nuestra Libertad para poder ejercer nuestro derecho de poder volar nuestros drones ✌️
Gracias Paolo. Por toda la información y aclaraciones sobre la nueva normativa que nos das.
Solo espero que cambien de ministros o de Gobierno y pongan persona con dos dedos de frente, y cuando realicen normas en general cuenten con profesionales de cada materia, no con ineptos de ellas.
Un saludo desde Palencia.
tu crees que un gobierno conservador seria mas liberal? 2+2
Lo peor es que creo que los ministros solo firman y estos Reales Despropósitos salen del trabajo de técnicos de los ministerios.
En el resto de países este tipo de normativa la hacen desde las agencias de seguridad aérea nacional y no intervienen más organismos. Al contrario aquí la hacen entre 4 ministerios y la agencia competente es ignorada.
Las peores medidas claramente son de M Interior y M Defensa. A1 DEP.
No va a cambiar nada, a los políticos los drones les importan 2 cojines y las presiones que tienen de asesores, empresas y funcionarios de ministerios harán que todo sean restricciones.
Gran video Paolo! ¿Sabes si el radio de helipuertos o la situación en la zona que estos marcan se verá reducida o suavizada como los CTR? Es desproporcionado el radio que establecen estos.
Va a disminuir y va a haber 2 escalones, en la parte central se necesitará coordinación como ahora, en la parte externa se podrá volar con altura limitada a 45 o 90m según el tipo de zona. Hay dibujos en el RD que lo explican y con las distancias.
Gran trabajo, te sigo desde hace poco tiempo y das la información muy precisa, una duda a ver si alguien sabe responder, se actualizará la web y app de enaire drones este día 25 cuando entra en vigor la ley con las nuevas restricciones y condiciones?
Se ha actualizado
Hay algún tipo de impedimento para los drones fpv de fabricación propia? Al no existir número de serie ni tipo de clase supone más problema?
No sé bien, no se habla de ellos en el RD
Muchísimas gracias Paolo x todo el trabajo que realizas para intentar desgranarnos este RD ininteligible. Yo cuántas más veces te lo oigo explicar de más mala OST... me pongo. Que si por seguridad ciudadana no podemos volar en muchas circunstancias que en otros países si pueden y no han tenido ningún problema, en lugar de empezar restringiendo lo todo, copiemos a países que llevan tiempo con leyes menos restrictivas y sin problemas. Yo con un dron de menos de 1Kg para volar en A3 me tengo que alejarme más de 150 metros de la población , mientras desde mi ventana veo todo los días despegado y aterrizando aviones es de más de 40 toneladas a menos 100 metros de mi fachada, no entiendo nada. Espero que se pueda derogar el RD o parte de ella.
No hay explicación plausible
Hola. Gracias por la información que das. Lo de la comunicación al Ministerior de Interior, si no contesta en ese plazo de 5 días se entiende que podemos volar con un dron de menos de 250grs. ?
Es comunicación, el silencio administrativo es positivo, si no contestan puedes volar
Grande Paolo, gran video con un gran peso informativo... bien explicado y claro!! GRACIAS!!!!!
De nada
He descubierto tu canal y me he suscrito ya que explicas estos temas con mucha claridad dando luz a aspectos que ya de por sí son complicados vistos todos los reglamentos, decretos, permisos y otras luces que intervienen en este mundo.
Si me permites, quisiera plantearte una pregunta:
Tengo el A1/A3 + los STS 01/02, puedo volar en A2 ?
Saludos,
Gracias por suscribirte! No, deberías hacer el examen y la autopractica del A2
@@PaoloCosi Ok. Muchas gracias.
Gracias por tus explicaciones. De todas formas, tengo varias dudas. A ver si podemos darles respuesta.
1. Si disponemos de toda la documentación ManOPS acorde a R.D.2019/945 y R.E. 2019/947, NO me queda claro por ninguna parte si debemos realizar actualización de nuestra documentación a 517/2024. ¿Qué pasa igualmente con los EAROs que teníamos hasta ahora?
2. Si hasta ahora podíamos volar "tranquilamente" con nuestro Mavic 3 PRO con marcado de clase C2, con DRI y FTS tipo Mantis III o similar, ¿hay que utilizar algún otro sistema FTS a partir de ahora? ¿podemos sobrevolar entonces los edificios o debemos pedir autorización como se indica, a todos y cada uno de los propietarios de las viviendas que se tengan que sobrevolar? ¿Es acaso el "fin" de los C2 en entorno urbano con STS ES-01, sin tener que dejarnos una pasta (más de 1.000€) en un FTS con DRI (a pesar de incorporar el Remote ID un C2)?
3. Si no tenemos intención de utilizar un C5 en ningún momento y un C2 difícilmente puede "adaptarse" para actuar como tal, ¿tenemos que realizar entonces las pruebas prácticas para convertir un STS ES - 01 en STS?
¡Muchas gracias!
Un saludo.
Los STS no se ven afectados por el nuevo RD, si tienes declaración operacional en STS ES hecha antes del 31 de agosto 2024, puedes volar con cualquier dron de menos de 10kg en STS hasta el 31 de diciembre 2025. Después de estas 2 fechas solo puedes presentar declaraciones en STS UE o volar con C5. Para eso, habrá que convertir los ES en EU con el examen práctico
Muy buenas reflexiones, este vídeo deberían verlo los asesores y redactores de la norma para que se den cuenta de la cantidad de incongruencias que tiene su Real Decreto. Está lleno de prohibiciones desproporcionadas y requisitos absurdos.
Probablemente algún que otro lo verá, pero no van a reconocer el error y no van a sacar otro RD para rectificar.
Buenos días, felicidades por tu canal y muchas gracias por compartir tus conocimientos🙌🙌🙌 en el video creo que decías que en categoría abierta hay que mantener 5 metros de distancia a las personas, ¿es esto así?podrías decirme donde viene contemplado?Un saludo y muchas gracias de antemano
A edificios con C1 o también con C2 en modo de baja velocidad. Las distancias a personas están en la normativa europea: sobrevuelo de personas, no aglomeraciones, con C0 y drones de menos de 250g, sobrevuelo ocasional con C1 y 5m de distancia con C2 y modo de baja velocidad, si no 30m
@@PaoloCosi Buenas!!muchas gracias por la rápida respuesta, tienes toda la razón yo me estaba centrando en a3 que no lo especifica, pero en a2 que es del caso del que tratas si que lo especifica😉 muchas gracias por la aclaración y pronta respuesta, un saludo!!!
Hola Paolo, muchas gracias por tus vídeos. Una pregunta, ¿qué hay del registro de los FPVs? ¿Sabes algo? Gracias y un saludo.
No se sabe nada del Ministerio del Interior
@@PaoloCosi Si no hay escrito nada... ¿Entiendo que no te pueden multar porque no hay una norma en la que basarse, no? ¿Qué opinas?
@@zanshe exacto, sería un vacío legal
Si la ley europea prevalece sobre la ley de España, si yo quiero volar por ciudad ya que lo permite la ley europea no me darían de poder multar y en caso de que me multen tendré que denunciar ante la Comisión Europea para que me quiten la multa no sé tal vez deberíamos de denunciar directamente ante la unión europea esta normativa para que la modifiquen
La Unión Europea da la posibilidad a los estados miembros de crear zonas geográficas de UAS, España como siempre se ha pasado.
@@PaoloCosi entiendo gracias
Vamos, es que, esa debería de ser nuestra actitud y dejarnos de discutir y darle vueltas a un REAL DECRETO. que ni Hay por dónde cogerlo y ya no sólo para volar un dron, si no, para denunciar nuestros derechos a disfrutar.
Por que profesional o lúdico todos tenemos, creo yo, la misma pasión por esta tecnología.
Muchas gracias por este vídeo, Paolo! Una pregunta, ten un dron Tello que compré hace unos años pero que desde que tengo un mini SE ya no utilizo, tengo que inscribirlo también el ministerio del interior? Gracias!
Sí, menos de 250g con cámara y no es juguete... Triste, pero verdad
@@PaoloCosi gracias!
Buenas Paolo! Me surge unas dudas respecto a la hora de pedir autorización al propietario de un edificio para sobrevolarlo, ¿Como debe ser esta? ¿Por escrito? ¿Y que debe indicar para que sea legal? Por otro lado sabes si en poblados abandonados con calles ¿Se considera poblado? Entiendo que no.
Por escrito, no se sabe nada más. Entiendo que en poblados abandonados no hay problemas de seguridad ciudadana, con lo cual, creo que no habrá problemas por volar encima de ellos
Muy bien video Paolo como siempre....tengo una duda. Como se cual es el ATZ de un aeropuerto, aeródromo o helipuerto....es una distancia o que es exactamente....me lío mucho por no saber qué es lo que delimita un ATZ
Lo pondrá en Enaire Drones con distintos colores según las alturas. Dependiendo del tipo, hay diferentes distancias, pero son máximo 10km alrededor de la infraestructura
HAY QUE PELEAR POR NUESTROS DERECHOS !!
Sí
Más claro agua. Gracias por tu tiempo. 👏👏
Gracias a ti!!
Como siempre muy buen vídeo y muy bien explicado. Lo del tema de los 300 metros y los 900 que están por encima de los 120 ahora, ¿No será un adelanto de lo que trae el Uspace? Que se podrá volar a esas alturas? Aunque imagino que con las restricciones que tenemos ahora, para poder volar a esas alturas nos tendremos que sacar el título de piloto comercial.
Quién sabe... Son medidas aeronáuticas que aplican a los drones
Gracias a gente como vosotros que nos interpretais lo que dice el RD podemos entenderlo, ya que esta gente no se cómo lo hacen que nunca dejan nada claro.
En algunos puntos sigue habiendo cierta inseguridad jurídica, es decir, contradicción entre normas
Este Rd es un total desproposito en muchos sentidos. Muchas gracias Paolo por el trabajo
Estoy de acuerdo
Muy buena información Paolo! Como se hace la comunicación a interior? Gracias
Hay un formulario en la web de Interior www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/comunicacion-operaciones-de-aeronaves-pilotadas-por-control-remoto-uas/
No sé si cambiarán algo después del 25
@@PaoloCosi Muchas gracias amigo 👍 Nos han fastidiado bien! Dan ganas de dejarse el hobby
Paolo,haber si puedes aclarar un poco lo de el localizador a distancia,que nos estan liando un poco los que los venden,dicen según ellos que lo tienen que llevar todos los drones,yo creo que el mini 4 pro no lo trae de serie y tampoco esta obligado,gracias
Es obligatorio en específica siempre y en abierta solo para los drones que lo llevan incorporado, o sea los C1, C2, C3, C5 y C6
@@PaoloCosiY si se tiene un Air 2S sin actualizar aún, ¿qué será más ventajoso? Dejarlo sin actualizar y usarlo como A3 o pasarlo a C1, teniendo en cuenta que dudo que lo use en entorno urbano.
¿Ya se sabe cual es la web del Ministerio del Interior donde tenemos que registrar los drones y comunicar a la poli que vamos a volar los C0 y C1 en ciudad?
Hay que darles tiempo...
Gracias por la info, Paolo.
Me queda una duda, la zona de helipuerto se reducirá? Si es así, en que momento debo coordinar y a partir de dónde puedo volar sin necesidad de coordinar?
Se van a reducir bastante, mira los dibujos en el RD, de todos modos haré vídeo específico sobre ello
@@PaoloCosi muchas gracias
Lo que hay que hacer es pedir a todos los pilotos solicitar permiso para el mismo día
Y llenarles de solicitudes los despachos del ministerio
Ley de seguridad ciudadana: art. 36.20 es infracción grave: La carencia de los registros previstos en esta Ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.
Art. 37.9 es infracción leve: Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana, incluyendo la alegación de datos o circunstancias falsos o la omisión de comunicaciones obligatorias dentro de los plazos establecidos, siempre que no constituya infracción penal.
Ojo con las comunicaciones, pueden salir caras
Pues nos quedamos todos en casa y lloramos, como no podemos hacer nada!!!!
Me encantan tus vídeos Paolo Enorabuena, adelante
Gracias!
Por mi parte, ante este desastre ya he movido ficha. No se si servirá de mucho, pero he presentado una reclamación formal ante el Defensor del Pueblo. Además espero que la ANPD finalmente presente el correspondiente recurso. El RD no hay por donde cogerlo, y ojo, soy de los que defiende que un cierto control es necesario, pero algo tiene que ser razonable.
Sería interesante conocer lo que les has escrito
@@PaoloCosi Te lo he pasado por privado.
Buenas tardes Paolo.
Solo una pregunta. En zonas de vuelo libre de restricciones hay que comunicar al MI el vuelo con cinco dias de antelación o en esas zonas no hay que realizar dicha comunicación ?. Gracias.!
No, solo en población
@@PaoloCosi20:12 Población y cualquier cosa que consideren entorno urbano: áreas residenciales, comerciales o industriales, áreas recreativas y playas, parques y jardines que cumplan los requisitos que enumeran en el Art 40.
Vamos que a volar a casa dios lejos de todo.
Esperado vídeo, gracias. ¿Como se registran los drones en el ministerio de interior en el periodo de 6 meses para los que ya fueron adquiridos?
No se sabe todavía, habrá un registro en la web casi seguramente
Para meter miedo a las gentes con la nueva normativa si pero ninguno no saben donde se registra un dron todo todo lo decían en página de AESA pero ahí no te deja. Venga hombre
Una pregunta. Por ejemplo, con un dji neo en modo selfie y con seguimiento en zonas urbanas se puede volar? Hay que comunicarlo?
En zona urbana siempre hay que comunicar, con cualquier dron con cámara o de más de 250g.
Paolo, gracias por tu video, viajo desde Chile a España, quiero llevar mi Dron, me di de alta en AESA y solicite el registro pero no tengo firma electrónica para hacer todo online, me genero un PDF (VALIDACIÓN DE OPERADOR DE SISTEMAS DE AERONAVES NO TRIPULADAS (UAS)
que debo imprimir y presentar en forma presencial en AESA, mi pregunta es, una vez que entregue ese documento sabes cuánto tiempo debo esperar para poder tener el registro de operador? Gracias Crack
Creo que es inmediato, pero no estoy seguro
Hola de nuevo Paolo. Frente a mi casa hay un gran parque con columpios, toboganes, etc. amén de arboledas y zonas de paseo. Significa que para poder volar por él he te solicitar el correspondiente permiso al MI y esperar respuesta? Por cierto, tengo un mini de menos de 250 gr. Gracias de antemano por tu respuesta
Hay que mandar la comunicación, pero no esperar respuesta, si no te dicen nada, puedes volar.
@@PaoloCosi Michísimas gracias por responder.
Muchas gracias Paolo por la información. Haces un trabajo Estupendo y profesional. Creo que deberíamos todos los pilotos o el mayor número posible hacer comunicados al ministerio de interior en el siguiente mes una media de 8 o 10 comunicados por piloto haber cómo lo gestionan. Yo creo que se atasca todo 😅
Puede dar problemas a los pilotos declarar algo que luego no se va a cumplir, hay que tener cuidado con eso y con la ley de seguridad ciudadana
Ya tenemos el nuevo mapa de Enaire Drones, parece que aún lo están retocando porque tarda mucho en cargar, pero ya se ven muchas zonas amarillas donde antes era todo rojo
Tengo vídeo preparado para colgar, pero no me ha dado tiempo
Gracias como siempre, Paolo. Es una barbaridad este R. Decreto. Criminaliza al usuario de Dron y perjudica al que quiera vivir de ello. Creo que mucho tiempo está tardando el sector el posicionarse y plantear todo tipo de oposición y quejas. Si seguimos así los próximos que vamos a caer somos los amantes de la fotografía, pues estimaran que todos somos unos pedófilos o degenerados por ir a la playa con un tele o lo que se les ocurra. Un saludo
Asociarse es la solución, solo juntos podemos hacer algo
Muchas gracias. Saludos
De nada!
Los drones de construcción propia no son minimamente considerados, cómo hago para comunicar el número de serie? Lo invento yo porque soy el fabricante?
Y, si el Ministerio del Interior quiere conocer cada cambio de propiedad, o si el dron no está funcionando, debo comunicar que estoy cambiando una pieza, y que en esa semana en la que el dron está desmontado está "roto"?
Otra duda es: qué le sucede a un turista si no registra su dron y no realiza la comunicación antes de 5 días?
Si lo descubren después, lo perseguirán en su país de origen?
Todo realmente absurdo.
Ya sabemos lo que tienen que hacer los malos cuando quieran hacer maldades, montarse un dron.... Ah, no, ellos no se van a registrar igualmente...
Vaya disparate de Real Decreto. Podemos hacer algo al respecto?
Me imagino que la anpd estará moviéndose.
Lamentable. Muchas gracias Paolo eres un Crack😊
Gracias, tengo entendido que sí, se están moviendo
Los que esten regitrados ya en drones de menos de 250gr En AESA., hay que registrarse en el ministerio del interior?? Saludos paolo.eres un crack ..👍👍
Todos hay que registrarlos
Muy buenas,yo tengo el mavic pro menos de 900 gramos, seria obligado tener seguro para volar en recreativo,lo registre pero me decía qu estaba obsoleto y no tiene marcado de ninguna clase... podría conseguir el marcado de este dron ..muchas gracias
Ya no hace falta seguro si vuelas en abierta con ese dron, no se puede obtener el marcado y solo puedes volar en A3
Paolo, primero como siempre gracias por enseñarnos, segundo, pregunta: se podrá volar a una distancia de 6,6 km., del punto de referencia de un aeropuerto, más o menos en diagonal a la cabecera, en un punto que se sitúa a 150 metros por debajo del nivel de la pista, hasta una altura de 45 metros?
Depende del tipo de aeródromo, en el RD puedes ver los dibujos, pero en principio sí
Gracias, son esas cosas, si vuelo a 30 metros de altura en un lugar a seis kilómetros de la pista que esta a 150 metros sobre donde yo estoy, el peligro será el avión que este a esa altura, país !
Paolo me encanta tu canal por encima de todos los que hablan de drones. Aun siendo italiano sabes mejor español que muchos por ahi ... Me saqué hace 2 meses el A2, los 2 STS y la titulación de radiofonista, para poder volar al menos en especifica, en ciudad que es donde mas me interesa. Pero la verdad que es todo mucho lio y hay muchas mas cosas que hay que hacer: EARO, formulario SEGU, estar registrado en Ícaro XXI, plan de vuelo, seguro, estudio riesgo operacional, permiso al ministerio de interior, permiso del edificio, ver si hay NOTAM publicado etc.. Y todo eso que me suene, Por eso, mi pregunta es, Si sabes de algún sitio o página donde describa bien los pasos a seguir que es todo un lio.... O me aconsejas leerme todo el RD directamente? Muchas gracias de nuevo por tu tiempo.
Iré haciendo vídeo más específicos sobre cada cosa, para tratarlo todo de la forma más completa posible
muchisimas gracias por este gran y currado detallado del RD que a mi parecer es absurdo por donde se mire,en fin es lo que hay que acatar para los que amamos este hobby me gustaria saber como puedo registrar mi drone en el ministerio del interior ya que lo tengo registrado en AESA,pero no consigo encontrar donde registrarlo en el ministerio del interior ,un saludo
Todavía no estará el registro, probablemente después del 25
@@PaoloCosi muchísimas gracias 🫂
Buen trabajo Paolo. Se nota como en una normativa de aviación han intervenido todos los que han querido. Regulando sobre lo regulado y esto es lo que tenemos, los caprichos absurdos de cada uno. Una normativa sin sentido que parece más de seguridad ciudadana que de aviación.
Pensandome seriamente hacer la declaración de STS para poder trabajar con el Mini 3 ya que la prohibición es en abierta. Todo muy absurdo.
Si no fuera que para un Mini 3 en STS hay que acordonar la zona, tener manual de operaciones, declaración operacional y todos las limitaciones...
@@PaoloCosi Y sólo puedes hacerlas con un dron con marcado de clase C5 en los escenarios STS-ES, así que nanai
@@sitogarcia8685 en los STS ES se puede con cualquiera, pero si no tienes la declaración en estos a partir de septiembre o de todos modos a partir de 2026, solo te quedan los STS europeos con C5
@@PaoloCosi lo malo es que lo de acotar la zona también lo piden en la zonificación actual (V7) para vuelo profesional en ABIERTA. Ya tengo el Manual de operador, Estudio de seguridad y demás que piden en la zonificación actual. Solo me faltaría el DRI.
Tengo un Mavic 2Pro, de +de 900grs., y sin marcado de clase (aunque creo que es equivalente a un C2). Dónde puedo volar y dónde no?? Gracias
En A3 a más de 150m de zonas residenciales, comerciales, industriales, etc. Y lejos de personas o en STS ES 01
Buenos días Paolo. ¿Si haces una comunicación al ministerio del interior para volar en entorno urbano, de forma recreativa y con un dron de menos de 250gr y no contestan se entiende por denegado el permiso o por aceptado?.
Muchas gracias y saludos para ti y para todos los amigos del canal.
Es una comunicación (cinco dias de antelación), te podrían responder. Pero lo que si es seguro que te responderían si es para denegarlo.
Siendo solo una comunicación, no hay que esperar la respuesta, aunque pueden ponerse en contacto contigo para pedir documentación adicional (no es del todo regular, no deberían pedir papeles de operaciones aéreas, es inspección aeronáutica y no son competentes, y de todos modos tendrían que pedir la documentación a AESA), además según la ley del Procedimiento Administrativo Común, no deberían poder denegar una comunicación y no debería estar hecha con antelación, pero así lo ponen y cuela...
Grande Paolo , Hugs
👍
Gracias por el trabajo
De nada
Hola, veo cosas buenas, el problema es que las malas son muy malas. Ya nos podemos olvidar de volar en Ciudad/Poblado a no ser que sea en sts. No me queda claro el tema de volar en aeródromos o helipuertos. Entiendo que volar muy cerca. No se podrá, porqué pasarán de contestar. Yo voto por empezar hacer coordinaciones con el ministerio del interior todo el que tenga un drone y saturarlos. Y con aeródromos igual. La web de enaire se sabe cuándo se actualizará? Saludos.
Los aeródromos van a afectar menos, las áreas se van a reducir y solo se pedirá coordinación para volar dentro del área de seguridad, aunque para quien necesite volar allí lo tiene más difícil. Como digo en el vídeo, el mapa cambiará a partir del 25
Gracias por la información
👍
Hola Paolo, yo me dedico a hacer vídeo corporativo a los ayuntamientos de población con lo que sobrevolaba la población. Se habla de categoría abierta y de la categoría estándar no se habla, quiere decir que se podrá volar como antes en las poblaciones?
En realidad si no necesitas sobrevolar edificios sin autorización, puedes hacerlo en categoría abierta. Los STS se quedan como estaban antes, puesto que vienen de la normativa europea.
@@PaoloCosi sí que necesito sobrevolar edificios ya que grabo el pueblo, iglesias, centros deportivos, parques….. que también entiendo que los parques y centros deportivos si son municipales, ya tengo el permiso por el propio ayuntamiento, pero muchas veces para sacar buenas imágenes y coger todos estos centros te tienes que poner por encima de casas que tienes colindantes. Te pongo un ejemplo de mi trabajo
ruclips.net/video/boZTvTHAtS0/видео.htmlsi=vkM0SNsDkFrfDL7N
Muchas gracias por el vídeo, aclaras bastante bien el 517/2024.
Quería comentar que a día de hoy, previamente al 517/2024, son una gran minoría pero ya se deniegan algunas algunas operaciones por seguridad ciudadana, no va a ser algo nuevo.
Mi opinión personal es que se exceden poniendo "seguridades": registro, comunicació y prohibición de sobrevuelos de edificios.
Si nos registramos y comunicamos, por qué no permiten sobrevolar? A esto no le encuentro sentido ni nada positivo.
Yo sinceramente no veo un gran problema con el registro, tengo varios drones comprados de segunda mano y siempre con contrato compraventa. Si está registrado algún dron, se pierde o lo roban y lo quieren vender o hacen vuelos ilegales, el propietario real queda exento de problemas si previamente se ha notificado. Puede llegar a beneficiarnos.
Me parece innecesario, pero intento comprender y buscar la parte positiva, que algo puede llegar a tener, a diferencia de otros puntos.
Si no registras el dron no hay problemas si te lo roban y lo usan para hacer algo malo, porque nadie sabe que es tuyo. Eso no es una ventaja, es una molestia inútil.
Señor Paolo muchísimas gracias por este laborioso video. De hecho me he suscrito a su canal.
Le agredeseria puesto que soy un principiante que viene de la simulación aérea flight
Simulator me explique lo siguiente.
Tengo un mini 4pro (aún en la caja) regalado por mi hija y con fecha de compra 19/6 /año en curso y facturado a su nombre,. ¿ de que tiempo dispongo para registrarlo en ministerio del interior y a nombre de quien debería hacerlo , es decir a su nombre o al mio? Por último oi de registro de piloto operador, entiendo es en (AESA) se requiere de algún requisito en especial? Hay alguna otra cosa para este modelo de dron?
Desde Canarias isla de la palma le envió un cordial saludo y las gracias por adelantado.
De señor, nada, por favor! El registro de operador en la página de AESA es obligatorio para todos los drones con cámara que no sean juguetes (el Mini 4 no lo es) o de más de 250g. El registro del dron en el Ministerio del Interior no está habilitado todavía, pero hay 6 meses para registrarlo.
Hola Paolo, qué decirte… espectacular como siempre tus exposiciones.
En cuanto a mi opinión sobre el RD creo que como muchas cosas que se hacen en este país “corriendo y a lo loco” y no será por que no tuvieron tiempo en fin…Espero que algunas cosas se corrijan porque es dar un paso atrás con respecto a los demás países.
Sobre una duda que tenías en cuanto a el sobre vuelo en infraestructuras lineales, entiendo que son 50 mts de altura sobre la parte más alta de esa infraestructura cuando la sobrevolemos como referencia 50 mts a la derecha y 50 mts a la izquierda de donde esté situado el dron, si tenemos un punto más alto en ese espacio ese sería la referencia y no por donde la estemos sobrevolando.
Lo siento no me explico tan bien como tú jeje.
En resumen si sobrevolamos una carretera y a izq o der tenemos un punto más alto dentro de la carretera ese sería el punto de referencia para la altura de sobrevolarlo.
Eso entiendo yo, pero seguro que tú lo aclararás mejor.
Saludos.
Gracias, mira que lo intento y normalmente no me cuesta entender estas cosas, pero no consigo verlo...
Super uti y muy claro
Gracias
Gracias Paolo. Menuda currada. Las preguntas que me vienen a la mente: ¿Podre volar en algun sitio? ¿Como va a registrar el vendedor del Corte.... el dron que me he comprado, si no se sabe el numero de serie hasta que lo enciendes? ¿Volar en playas esta complicadisimo, ahora bien, volar desde el mar a la playa, sera posible? ¿Cuanto tiempo van a necesitar en el MI para realizar la app para registrar los drones, online, en papel, en persona? Y en los pueblos ¿Quien mandar, el municipal, la GC, la PN.....? ¿Que pasara con los U Space, si necesito un dron taxi, con levantar la mano sera suficiente o tengo que saber donde voy a ir, o ponerme enfermo para pedirlo? ¿Y las compras online con drone delivery? ¿Y los turistas se van a registrar? (No se lo creen ni ellos). partir de ahora, Viva el Trismo dronero de piratas!!!!!
Las tomaré como preguntas retóricas, porque si son de verdad, son demasiadas... 😂😂😂
@@PaoloCosi Correcto, pero ahi las dejo, para que pensemos en la idiotez y sin sentido que estan haciendo.
Entonces, puedo volar en zona ctr, siempre q sea por debajo de 45m de altura?
En CTR por debajo de 60m es libre
Paolo. ¿Es posible desactivar el ID del drone de forma temporal?
Prueba a no poner nada en el número de operador, pero creo que no se puede
@@PaoloCosi Voy a salir de España a un tercer país y me gustaría tenerlo oculto o desactivado.
Tu imagina, yo suelo llevar mi mini3pro conmigo en el trabajo, nunca se con certeza por donde ir hasta primera hora de la mañana, es verdad que siempre he estado en recreativo, vuelo por hobbie. Pero imagina como me cortan el rollo XD. Nunca dejo de decir que en Grecia por ejemplo, con un comunicado por pdf un día antes pues normalmente lo tienes y eso solo en las ocasiones donde debes pedir permiso
Yo me voy de vacaciones y tengo que planificarlo todo, con horarios y fechas exactas con 5 días de antelación... Lo veo imposible
Y que ocurre con los sts
Se quedan como antes, según la normativa europea y según las directivas que ya habían salido, solo cambian las cosas para las entidades de formación
Pues por que a limitado la altura máxima para drones mini si no hay ninguna diferencia entre mini y los drones hasta 900 gramos ? No veo el sentido de tener un dron limitado de altura si no importa el peso o el clasificado C0...
La diferencia está en la falta de la obligatoriedad del certificado de piloto, por eso está limitado
Volando en entorno urbano a 20 m siempre con el maximo cuidado de no pasarme, para no ser un delincuente y ahora ni a 30 ni a 50m, si no a 120m de un plumazo, puedo hacercarme a un edificio pero no sobrevolarlo, pero a 120m como se yo que no estoy verticalmente encima de un edifico? y a si todo, pues yo ya lo tengo claro, haré como ellos en cuanto me termine mi vaso de vino me hare mi RD👌
Con el mapa del dron se puede saber por donde vas, pero a 120m es imposible moverse por encima de una calle. No tiene sentido
El Ministro Maguila Gorila, digo Oscar Puente, es un exquisito piloto de drones, tiene una destreza inusual en el manejos de UAS, hábil, talentoso, y un experimentado piloto que, bajo su supervisión, ha encarrilado esta fantástica norma legal, que a parte de limpiarte la nariz con ella, deja el mundo de los drones prácticamente desolado...
En fin, que mas vamos a decir, que ojala se pudiera hacer algo para cambiar ciertos aspectos de este RD, pero creo que no vamos a poder mas que desearle a Maguila una muy corta estancia en el Ministerio...
Asociarse y hacer frente común
Buenas Paolo sí me compro un dron para Recreativo que Tengo que hacer a partir de que me llegue el aparato DJI Mini 4 k gracias Paolo cómo siempre Eres un mostro
Tienes 1 mes para registrarlo en el Ministerio del Interior si lo has comprado en una tienda fuera de España, si no es la tienda la que lo registra.
@@PaoloCosi y luego para salir a volar que más falta
Muchas gracias por la info. Cada vez peor. Nos tienen marginados. Creo que al final se van a comenter muchas ilegalidades. Cuando haya que hacer un comunicado al MIR para volar en ciudad esto puede ser caótico ya que si nos ponemos todos hacerlo van a tener mucho curro y lo que harán será el silencio administrativo como hacen con las zonas zepa. En fin una pena que España no sepa estar a la altura del resto de países de la unión.
El silencio administrativo en el caso de la comunicación a Interior es positivo, puedes volar. Lo que va a pasar, es que antes de tener que comunicar, la gente preferirá no volar. Es totalmente disuasorio
@@PaoloCosino sabía que el silencio administrativo del MIR. fuera positivo. Pues tendremos que hacer comunicaciones 😉
Muchas gracias de nuevo, Paolo por el enorme esfuerzo que haces para interpretar todas las normas que salen y nos afectan. Respecto a la definición de "entorno urbano", sin ser lingüista, los términos "acumulativamente" y "al menos" me resultan contradictorios. ¿Se tienen que cumplir todos los criterios o al menos alguno? Respecto al vuelo en urbano: "el piloto a distancia debe garantizar que la aeronave no tripulada no sobrevuele edificios, construcciones estables similares a edificios, casas, ni cualquier otro domicilio de personas físicas, incluyendo en todos los casos sus zonas de recreo, patios y zonas análogas. Paolo, cómo interpretas tú este párrafo, crees que no se podrá sobrevolar una zona de recreo (columpios, p ej. como dices en el video) o una playa, o solo hace referencia a los que pertenecen o forman parte de un edificio, casa o construcción estable. Por último, crees que DJI acabará comercializando o actualizando drones de consumo o de gama empresarial , p.ejm. con etiquetado actual c1 o c2, con etiqueta c5/c6. Muchas gracias y mucho ánimo.
Al principio me parecía también contradictorio, pero creo que es acumulativamente, es decir, con todos esos requisitos y también al menos, o sea que a parte de esos, puede tener más cosas... Pero está muy mal escrito. Con respecto al segundo punto, parece que las zonas de recreo a las que se refiere son las de edificios y que además sólo se refiere a edificios de personas físicas, pero hay que esperar a las interpretaciones oficiales
Hay que hacer algo desde la asociacion
👍
Entonces si el dron esta anclado, que reglas aplican?
Están excluidas del RD y del Reglamento Base EASA las aeronaves ancladas con un cable de hasta 50m: sin motor de hasta 25kg y aerostatos de menos de 40m3, con motor de menos de 1kg. Estas aparentemente no tienen reglas.
Tengo una duda la placa identificativa del dron tiene que llevar el numero de operador, pero tmb tiene que llevar el numero de serie del dron?
Solo número de operador
@@PaoloCosi sabes si esto es solo para españa o toda europa? Es qué accidente él dron y dji me manda uno nuevo y es por ponerselo a ese dron..
@@inuue92 en Europa
Donde hay que registrar los drones aora?
Todavía no hay registro, supongo que a partir del 25 habrá
Para mi lo mas perjudicial, ha sido la prohibicion de sobrevolar edificios, salvo en STS, que será una quimera en 2026, con drones que cuestan mas de 7.000€. Simplemente no quieren drones de civiles volando en urbano de ningun tipo. Se reservan ese espacio para los jueguecitos del U-Space y las grandes compañias.
Pues si piensan que aterrorizado a la gente por drones de menos de 4kg, esta vea de buen ojo drones de cientos de kg, lo tienen crudo.
Tengo un mini 4 y lo tengo claro. A partir del día 25 mi dron solo volará por el campo. Mientras esté la prohibición de volar sobre edificios no me molestaré en solicitar permiso al ministerio de interior, que se metan su notificación/autorización por donde amargan los pepinos.
Es lo que quieren
Es desafortunado que, con un dron de menos de 250 g, no se pueda volar sin solicitar autorización en zonas urbanas, además de incorporar al Ministerio del Interior al final. Esto dificulta la operación de drones y puede desalentar su uso legítimo. Si se compara con la normativa de otros países, la normativa española parece excesivamente restrictiva y burocrática. Esto puede tener un impacto negativo en el desarrollo de la industria de los drones en España y limitar su potencial para contribuir a la economía y la sociedad.
Por no hablar del turismo extranjero y de la publicidad gratuita que se le haría a los pueblos
GRAZIE PAOLO💪
yo me voy a quedar un Mini 2 que tengo ahí parado y lo volaré sabe dios como y cuando.
Igual cuando me jubile me compro un C5 😂😂😂😂
GRANDE PAOLO
Tenemos que ir a volar vestidos de negro y con pasamontañas
Que hermoso ser político no es necesario saber para hacer
Correcto
Vosotros los que teneis algo de influencia deberíais uniros de algun modo para hacer algo, contando que teneis un ejercito de gente detras de vosotros dispuestos a apoyaros en todo.
Un saludo Paolo
De momento somos pocos los que nos empeñamos en esto, quizás los suscriptores de los demás deberíais sugerirlo
Realmente en lugar de un Real Decreto han hecho un "Real Despropósito". Y para eso han tardado tantos años? Qué mentes más "privilegiadas"....
Es complicado pensar en como cargarse un sector entero....
Lo que mas duele es que ya no puedes ir al chino de la esquina y comprarte un juguete y volarlo rn el medio del campo , egual con los caseros de menos de 250g !🤦
Es interesante el punto de vista, no excluyen los juguetes, o sea que tienen que respetar todo lo que está en el RD...
Por lo único útil que me parece es por los 60 metros en CTR. Todo lo demás es negativo. Yo vivo en CTR pero en una urbanización, por un lado estaba contento por poder volar desde el jardin de mi casa, pero resulta que ahora tengo que comunicar al ministerio del interior... Al final seguiré volando el dron a lo clandestino, vuelos rapidos para hacer unas fotos y un video express y huir del lugar.
Alguien se pensaba que íbamos a dejar de parecer delincuentes, ahora resulta que en lugar de presuntos inocentes, somos todos oficialmente potenciales delincuentes
Y a donde hay ke ir para registrar el dron en el ministerio del interior..algún sitio específico o hacerlo internet o como va esta historia..que hay que hacer? la verd es que es absurdo estás nuevas normas..se pasaron 20 pueblos la vrd.
Seguramente será online, pero no se sabe todavía
Gracias Paolo . cuando sepas x favor comenta x el canal , gracias .
Pues se venden muchos. Y encima a unos precios . interesar hombre digo yo que interesan x eso ponen esos precios y ahora con el nuevo decreto pues x eso digo que seguramente va caer empicado los precios si quieren vender nose..es mi opinión.pienso yo vamos..igual estoy equivocado..ya se vera a ver..saludos paolo
Yo no tengo drones por ahora y bueno, no me importaria de vez cuando volar alguno, por ejemplo en eventos familiares, festivos o de escursion en la naturaleza que es cierto que son imagenes y momentos muy divertidos y de calidad por precisamente tener esos puntos de vista imposibles de otra manera y además muy creativos y por supuesto en algunos momentos el poder contratar a un profesional por otros motivos o donde mi persona sea la protagonista y no tenga que utilizar mis manos en ningun momento, e ir a mi aire como en cualquier paseo por ciertos lugares tipicos o de recreo, como pueden ser en el campo o sus deportes, esquí,, bicicleta o ralis etc. Cosa que ssbiendo manejarlo es lo ideal también.
Pero si comprendo que la intimidad de las personas debe ser respetada y no por otra cosa, claro esta, la seguridad siempre incluida en esa privacidad y luego y pensandolo bien, hemm... La cantidad, por que imaginense que en unos años mas adelante se masifican parques, calles, jardines, playas, piscinas, patios etc. Las mismas calles o avenidas, no puede ser ésto tampoco, ni dar paso a que ocurran accidentes y no oor tener seguro puedes dejar a tu rotbailer de 100 kl. y de dientes contrachapados y limados, sin tener la seguridad de que no puede morderte. O que además lleves patines de ruedas como clazado o tecones lejanos en el caso de las mujeres.
O sea, es desagradable que una paloma te cage enncina de la cabeza a una altura de 100 m. O si fuesen cabras voladoras no habría tanto problema es como si te caen garbanzos, no manchan y estan secas. En fin que son muchas normas o leyes exageradamente en numero y claro siempre me gusto la idea de tener mi propio y buen dron, e incluso me gustaria tener uno futuro en forma y superficie como una autocaravana de tamaño medio, que sería lo ideal. Bueno, resumiendo, os deseo unas buenas quedadas en sitios bien elegidos, cerca de donde se coma o se cene bien tendran luz y cámaras infrarrojas o lucecitas y podrán soltar hasta fuegos artificiales si no hay riesgo de incendios y todo eso o con permiso, etc. Y bueno, quien se encarga del control de alcoholemia? O qu|za se ke mandeo o vaya a por unas cervezas y viceverzas (vuelve pronto, no te bebas el chiringuito) frescas al garito mas proximo (hay que planificar la carta de digestion o vuelo sobre el nido de cuco.. en fin... Que tendreis que hablar con los desarrolladores de sofware como MAPS si no lo tiene ya el ministerio cirrespondiente y al activarlo, os comunique con iconos o mensajes de tal y cual permisos son para una zona y otra y dónde no haya restriccion alguna, pues que de nada tenga avisos. Y eso se puede hacer tumbado en una anaca y una cerveza, el ha'cer los tramites necesarios con antelacion suficiente y ya está,... quedada al canto. Segun donde se quede o cuando. Algo es slgo y nada es nada o te ahogas y lo que quiero decir es que posiblemente así se consiga rebajar un ooco la dureza de las normas y leyes e incluso y según que zonas, poder cambiarlas esas normas, por qué es muy difícil para cuanquiera o eso creo ser muy específico por funcionario que se sea. Uno puede ser funcionario pero no a aventurero o paseante o fitografo a la vez, poco a poco quizá mejor o por lo menos se lo pasa uno bien. ok Mackay.
No hace falta legislar sobre lo legislado, para la seguridad ya ha pensado la normativa europea y para la protección de datos ya hay su ley. Por lo demás, nunca va a haber una cantidad exagerada de drones al mismo tiempo y no serán más peligrosos que los coches que circulan tranquilamente todos los días por pueblos y ciudades. Si habrá muchos será por la nueva movilidad urbana (reparto o taxis), pero ellos volarán más tranquilos que nosotros, y nosotros a volar al campo, donde no hay nada.
Salió el libro el 5jn y ya tenemos la película 👏 ❤😂
👍
Y en nucleo urbano en categoria A1 a qué altura se podria subir? 120m? con un C1
Eso es lo absurdo, no te puedes acercar a los edificios, pero subir, todo lo que quieras hasta 120m
Eso es lo que dije en otro vídeo