DENUNCIAR POR DENUNCIA FALSA EN VIOLENCIA DE GÉNERO

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  • Опубликовано: 8 сен 2024
  • Socialmente está muy extendida la idea de que se interponen multitud de denuncias falsas por parte de las mujeres al objeto de poder aprovecharse de los beneficios de la Ley de violencia de Género. Especialmente en casos de divorcio o separación no es raro escuchar incluso a profesionales como jueces o abogados que tiene que aguantar denuncias falsas, infundadas e incluso ridículas, presentadas sólo para obtener unas condiciones más favorables en el divorcio.
    La base de este pensamiento general se encuentra en la propia ley, pues en efecto las Leyes de Género, y su aplicación en la práctica, proporcionan una clara ventaja a la mujer frente al hombre.
    Si te encuentras en una situación en la que has sido falsamente denunciado por violencia frente a tu pareja o expareja, debes saber que existen formas de defenderse y de no dejar impune esta situación. Lo importante es actuar pronto y desde el principio. Un abogado especializado en estos temas será tu mejor protección.
    En primer lugar, hay que conseguir que la denuncia falsa interpuesta no se tramite o se archive lo antes posible. En este sentido los funcionarios que reciben la denuncia (Policías y Guardias Civiles o jueces) pueden archivar directamente la denuncia si consideran que es infundada o manifiestamente falsa. Así, el artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que: Formalizada que sea la denuncia, se procederá o mandará proceder inmediatamente por el Juez o funcionario a quien se hiciese a la comprobación del hecho denunciado, salvo que éste no revistiere carácter de delito, o que la denuncia fuere manifiestamente falsa (…). En este sentido, el abogado especializado intentará por todos los medios, en primer lugar, acreditar la falsedad evidente para impedir que el procedimiento siquiera se inicie.
    Si el procedimiento continúa es necesario conseguir el sobreseimiento y archivo del mismo cuanto antes. Para ello, en la fase de instrucción del procedimiento penal habrá que presentar todas las pruebas, por nimias e innecesarias que parezcan, e insistir, en los argumentos de la denuncia falsa para alcanzar ese archivo de la causa.
    Para proceder frente a una persona que ha denunciado falsamente es preciso que el procedimiento en el que se vertió la denuncia falsa sea archivado o finalice con una sentencia absolutoria.
    Ante una denuncia falsa puede presentarse una denuncia o incluso el juez o el fiscal que han participado en el procedimiento pueden actuar y denunciarlo ellos.
    Así, nos encontramos ante una denuncia falsa cuya realidad puede demostrarse mediante pruebas testificales, videos, grabaciones, mensajes, etc… y entonces con ayuda del abogado especializado se puede proceder a denunciar estos hechos. Las formas en las que se ha producido la falsedad son fundamentalmente dos: O bien mediante una denuncia falsa inicial o bien declarando falsamente en un procedimiento o en un juicio. No es infrecuente que la persona que monta la denuncia falsa se acompañe de testigos-amigos que también faltan a la verdad ante el juez.
    El código penal castiga estos comportamientos. El artículo 456.1 del Código penal dispone: 1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:
    1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
    2.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
    3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.
    Y en cuanto a realizar declaraciones falsas como testigo en un procedimiento falsas en un procedimiento, el artículo 458 del Código Penal dispone que: 1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
    2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.
    En conclusión, en los Casos de Violencia de Género existe una posibilidad de Defensa del hombre denunciado falsamente por cuanto la ley tiene medios para sancionar estas conductas. Además, es realmente importante alcanzar una condena por estas acciones puesto que ello va a repercutir en las medidas familiares que se discutan tras la ruptura. Para proceder por una denuncia falsa es preciso actuar desde el inicio y hacerlo con contundencia y decisión y bien asesorado.
    En Altaley Abogados somo especialistas en casos de Violencia de Género, en Derecho de familia y Derecho Penal.

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