Gracias Dr. Nadalini por darnos la posibilidad de acceder a sus clases. Deberían existir más profesores como usted, se nota que ama lo que hace. Saludos desde la Patagonia.
Gracias Luca por sus palabras y su interés. Estos videos surgen como un acompañamiento a los alumnos de nuestra Cátedra y libres de la UNR; y es un gran gusto saber que pueden ser útiles a otros en el país. Ya hemos logrado subir once videos (hasta Propiedad Horizontal), y en estos días subimos dos más: Conjuntos Inmobiliarios y Superficie. Sigamos en contacto. Un cálido saludo.
Es notoria la vocación de enseñanza del profesor y eso hace que la explicación sea comprensible y amena. Da gusto estudiar con profesionales apasionados por lo que hacen. Gracias!
No me canso de expresar las actitudes de las personas. Aca tenemos un claro ejemplo de no solo ser docente, sino de saber ser tan claro, expeditivo y cordial profesor y como si fuera poco en una materia tan esencial en la carrera de abogacia. Mis felicitaciones Sr Gustavo Nadalini y nosotros los estudiantes valoramos infinitamente esta dedicaciòn tan càlida y su enfasis en llegar a nosotros para que entendamos todo de una manera excelente como lo hace usted. Saludos
Profe, lo quiero felicitar por la gran vocación que tiene para la enseñanza. Todo muy claro. Estudio en otra universidad pero vengo a ver los videos aquí para clarificar. Muchas gracias. Le deseo lo mejor. Saludos.
EXELENTE , ME SACO EL SOMBRERO MUCHAS GRACIAS POR LOS VIDEOS, FUERON DE GRAN AYUDA PARA MI, VO A COMPARTIRLOS EN TODOS MIS GRUPOS DE LA FACULTAD REALMENTE ES UN SEÑOR EXPLICANDO
Gracias Aixa!! Son aportes que surgen para mis Comisiones de Derechos Reales en la UNR y para los alumnos libres. Me alegra que los puedan aprovechar Uds también. Grande y hermosa Universidad la vuestra. Sigamos en contacto. Abrazo.
Buenas noches le hago una consulta: las suspension por prescripcion adquisitiva ...se crea para proteger a ciertas personas que no tienen la posibilidad de defender sus derechos debidamente? Me puede depejar mi duda por favor?
Estimada, la prescripción implica que el Derecho le atribuye efectos al paso del tiempo. En su rol de "adquisitiva" estamos frente a la posibilidad de que un poseedor que posea durante el tiempo legal necesario (por ej. 20 años en materia de inmuebles) pueda adquirir el derecho real que tiene intención de adquirir, por ej. el dominio. Ahora bien, si Ud pregunta por la SUSPENSIÓN de la Prescripción Adquisitiva, significa que la ley entiende que ante determinadas situaciones deben "detenerse los efectos del paso del tiempo" y durante ese "parate" no sumar el tiempo necesario para que el sujeto pueda adquirir el derecho por prescripción adquisitiva. Las causales que según a ley justifican SUSPENDER, las puede ver en los artículos 2539 a 2543 del Código Civil y Comercial de la Nación; y se establecen para proteger a alguien (un incapaz por ejemplo), o una situación determinada (el matrimonio o la unión convivencial, por ejemplo), o para permitir defender un derecho (por ejemplo cuando el dueño del terreno interpela al ocupa para que se vaya). Saludos.
En el final de derechos reales me preguntaron ... La suspension de la prescripcion adquisitiva 1-es creada para proteger a ciertas personas que no tienen posibilidad de defender sus derechos 2- no existe la posibilidad para suspender el plazo - 3 se establece al efecto de impedir la adquisicion de bienes en forma ilegitima .. para usted cual es la correcta o ninguna es correcta? Me puede ayudar? Por favor
Estimada Lourdes, gracias por sus palabras. No hice videos sobre la Teoría General de los Derechos Reales porque llegamos a desarrollarla en clases presenciales antes de la cuarentena. Una vez que concluya con lo demás tal vez lo haga. Saludos.
Gracias Dr. Nadalini por darnos la posibilidad de acceder a sus clases. Deberían existir más profesores como usted, se nota que ama lo que hace. Saludos desde la Patagonia.
Gracias Luca por sus palabras y su interés. Estos videos surgen como un acompañamiento a los alumnos de nuestra Cátedra y libres de la UNR; y es un gran gusto saber que pueden ser útiles a otros en el país. Ya hemos logrado subir once videos (hasta Propiedad Horizontal), y en estos días subimos dos más: Conjuntos Inmobiliarios y Superficie. Sigamos en contacto. Un cálido saludo.
Es notoria la vocación de enseñanza del profesor y eso hace que la explicación sea comprensible y amena.
Da gusto estudiar con profesionales apasionados por lo que hacen.
Gracias!
Muchas gracias Leonardo por sus palabras. Mi abrazo
No me canso de expresar las actitudes de las personas. Aca tenemos un claro ejemplo de no solo ser docente, sino de saber ser tan claro, expeditivo y cordial profesor y como si fuera poco en una materia tan esencial en la carrera de abogacia. Mis felicitaciones Sr Gustavo Nadalini y nosotros los estudiantes valoramos infinitamente esta dedicaciòn tan càlida y su enfasis en llegar a nosotros para que entendamos todo de una manera excelente como lo hace usted.
Saludos
Gracias estimada Adriana, sus palabras son muy generosas. Mi mejor saludo.
Profe, lo quiero felicitar por la gran vocación que tiene para la enseñanza. Todo muy claro. Estudio en otra universidad pero vengo a ver los videos aquí para clarificar. Muchas gracias. Le deseo lo mejor. Saludos.
Muy buenas sus clases!! son de gran de ayuda. Saludos desde Córdoba
Muchas gracias Dr Nadalini por la claridad en sus clases. Me son de gran ayuda, soy alumna de la UNPSJB de puerto madryn. Saludos y gracias
Muchas gracias Rocìo, me alegro mucho!!! Sigamos en contacto. Saludos!!
EXELENTE , ME SACO EL SOMBRERO MUCHAS GRACIAS POR LOS VIDEOS, FUERON DE GRAN AYUDA PARA MI, VO A COMPARTIRLOS EN TODOS MIS GRUPOS DE LA FACULTAD REALMENTE ES UN SEÑOR EXPLICANDO
Muchas gracias por sus palabras!! Dónde estudia Ud?? Saludos
@@gustavonadalini1312 EN RESISTENCIA CHACO ESTUDIO EN UNCAUS UNIVERSIDAD CHACO AUSTRAL,
Excelente! Muchas gracias, saludos desde la UNLP
Gracias Aixa!! Son aportes que surgen para mis Comisiones de Derechos Reales en la UNR y para los alumnos libres. Me alegra que los puedan aprovechar Uds también. Grande y hermosa Universidad la vuestra. Sigamos en contacto. Abrazo.
Gracias Profesor me sirven mucho sus clases, estoy por rendir reales en Cordoba !!1 sds.
Exelente explicación
Gracias Cynthia, muy amable.
Buenas noches le hago una consulta: las suspension por prescripcion adquisitiva ...se crea para proteger a ciertas personas que no tienen la posibilidad de defender sus derechos debidamente? Me puede depejar mi duda por favor?
Estimada, la prescripción implica que el Derecho le atribuye efectos al paso del tiempo. En su rol de "adquisitiva" estamos frente a la posibilidad de que un poseedor que posea durante el tiempo legal necesario (por ej. 20 años en materia de inmuebles) pueda adquirir el derecho real que tiene intención de adquirir, por ej. el dominio. Ahora bien, si Ud pregunta por la SUSPENSIÓN de la Prescripción Adquisitiva, significa que la ley entiende que ante determinadas situaciones deben "detenerse los efectos del paso del tiempo" y durante ese "parate" no sumar el tiempo necesario para que el sujeto pueda adquirir el derecho por prescripción adquisitiva. Las causales que según a ley justifican SUSPENDER, las puede ver en los artículos 2539 a 2543 del Código Civil y Comercial de la Nación; y se establecen para proteger a alguien (un incapaz por ejemplo), o una situación determinada (el matrimonio o la unión convivencial, por ejemplo), o para permitir defender un derecho (por ejemplo cuando el dueño del terreno interpela al ocupa para que se vaya). Saludos.
@@gustavonadalini1312 Estimado : Yo soy estudiante de la carrera de abogacia de la Universidad catolica de salta
En el final de derechos reales me preguntaron ... La suspension de la prescripcion adquisitiva 1-es creada para proteger a ciertas personas que no tienen posibilidad de defender sus derechos 2- no existe la posibilidad para suspender el plazo - 3 se establece al efecto de impedir la adquisicion de bienes en forma ilegitima .. para usted cual es la correcta o ninguna es correcta? Me puede ayudar? Por favor
Gracias!
A Ud. Saludos
Excelentes clases. Un placer mirar sus videos. Gracias por compartirlo.
Consulta. Tendrá el link de las clases de la parte general? No los encuentro
Estimada Lourdes, gracias por sus palabras. No hice videos sobre la Teoría General de los Derechos Reales porque llegamos a desarrollarla en clases presenciales antes de la cuarentena. Una vez que concluya con lo demás tal vez lo haga. Saludos.
@@gustavonadalini1312 Genial doctor. Muchísimas Gracias!!
@@gustavonadalini1312 por favor