Falto un juez que pusiera en su lugar al Mp por judicializar este caso. El MP como autoridad tiene la facultad de proponer una mecanismo alterno de Solución al conflicto.
No, de hecho el MP solo puede sugerirlos pero, el facultado para realizaros es el Juez de control de acuerdo y en apego con LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL (Artículo 10. Derivación , El Ministerio Público, una vez recibida la denuncia o querella orientará al denunciante o querellante sobre los Mecanismos Alternativos de solución de controversias y le informará en qué consisten éstos y sus alcances)
Alegar la retención NO, ¿por qué? porque los mismos hechos, la detención en fragancia inmediatamente posterior por señalamiento del ofendido en donde se desprende el informe policial homologado; son indicios suficientes para que el Ministerio Público acreditara de legal la retención dentro del término de 48 horas y en consecuencia la judicialización de la carpeta de investigación, ahí mismo en la audiencia puedes escuchar parte de los datos de prueba ofrecidos por el Ministerio Público además de que el mismo imputado lo manifiesta en su declaración, ahora, ¿encontrar una solución en sede ministerial?, ¿qué pasó abogado?, está insinuando un acto de corrupción, el Ministerio Público no absuelve, resuelve ni sanciona. La cuantía no importa, al final se determina su participación en un hecho que la ley contempla como delito, en todo caso, si se hubiera querido evitar este circo, desde un principio el apoderado de Walmart tuvo que haber acordado el pago inmediato de los chocolates antes de entregarlo a la policía.
Que bonito, que bonito… todo esos recursos del estado por $300 pesos. Esto se debió de resolver en sede ministerial. Principio de mínima intervención, principio de proporcionalidad, cuantía. Pero a Cabeza de vaca, Ricardo Anaya, salinas Pliego y la Cochilt como sinada.
Más recursos gastados por el estado en periciales, "investigaciones"😂😂 etc... Y por ese monto. Además de abogado defensor. La propia Fiscalía, asesor jurídico (espectador) y la propia Juez. Y solo por la poderosa cantidad $300😂😂😂😂😂
Por qué no se optó por un acuerdo reparatorio donde pagase la totalidad de lo robado (el precio de los chocolates) y con ello cumplir instantáneamente con ello sin necesidad de estar 6 meses bajo la suspension condicinal?🤔🤔🤔
En este tipo de asuntos muchas veces la mejor defensa es sacar cuanto antes a la persona que se encuentra privada de su libertad, legalmente tal vez hubiera sido procedente solicitar los videos del comercio y pedir una medida cautelar de firmas periòdicas para su adecuada defensa; sin embargo, para terminar ràpido el asunto se solicita la suspension condicional del proceso, y ello permite terminar el juicio en esa misma audiencia bajo ciertas condiciones, y sin que le genere antecedente penal al cliente. Por lo que debe valorarse el mayor beneficio al cliente.
Se ratifica la detencion y se califica la retención. Nunca calificó la retención. Y entra a la formulacion de imputación y después a la vinculación de proceso. Maaal.
Falto un juez que pusiera en su lugar al Mp por judicializar este caso. El MP como autoridad tiene la facultad de proponer una mecanismo alterno de Solución al conflicto.
No, de hecho el MP solo puede sugerirlos pero, el facultado para realizaros es el Juez de control de acuerdo y en apego con LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL
(Artículo 10. Derivación , El Ministerio Público, una vez recibida la denuncia o querella orientará al denunciante o querellante sobre los Mecanismos Alternativos de solución de controversias y le informará en qué consisten éstos y sus alcances)
Gracias por tan grande experiencia de aprendizaje al compartir esta audiencia que personalmente me fascinó.
Por la cuantía, y por la forma en que se cometió el robo no se podría alegar la retención ya que se podía haber solucionado en sede ministerial ????
Alegar la retención NO, ¿por qué? porque los mismos hechos, la detención en fragancia inmediatamente posterior por señalamiento del ofendido en donde se desprende el informe policial homologado; son indicios suficientes para que el Ministerio Público acreditara de legal la retención dentro del término de 48 horas y en consecuencia la judicialización de la carpeta de investigación, ahí mismo en la audiencia puedes escuchar parte de los datos de prueba ofrecidos por el Ministerio Público además de que el mismo imputado lo manifiesta en su declaración, ahora, ¿encontrar una solución en sede ministerial?, ¿qué pasó abogado?, está insinuando un acto de corrupción, el Ministerio Público no absuelve, resuelve ni sanciona. La cuantía no importa, al final se determina su participación en un hecho que la ley contempla como delito, en todo caso, si se hubiera querido evitar este circo, desde un principio el apoderado de Walmart tuvo que haber acordado el pago inmediato de los chocolates antes de entregarlo a la policía.
315 pesos ni la gasolina del abogado.
Que bonito, que bonito… todo esos recursos del estado por $300 pesos. Esto se debió de resolver en sede ministerial. Principio de mínima intervención, principio de proporcionalidad, cuantía. Pero a Cabeza de vaca, Ricardo Anaya, salinas Pliego y la Cochilt como sinada.
Más recursos gastados por el estado en periciales, "investigaciones"😂😂 etc...
Y por ese monto.
Además de abogado defensor. La propia Fiscalía, asesor jurídico (espectador) y la propia Juez.
Y solo por la poderosa cantidad $300😂😂😂😂😂
Por qué no se optó por un acuerdo reparatorio donde pagase la totalidad de lo robado (el precio de los chocolates) y con ello cumplir instantáneamente con ello sin necesidad de estar 6 meses bajo la suspension condicinal?🤔🤔🤔
Muy interesante, muchas gracias por subirlo. Disculpe, ¿existe video de la resolución?
Si la tenemos, la estaremos cargando próximamente 👍🏻
Que hermosa Juez ...
¿Yuliett Torres es jueza?
Qué onda con esa defensa??? Nula desde el control de la detención y luego suspensión condicional????
En este tipo de asuntos muchas veces la mejor defensa es sacar cuanto antes a la persona que se encuentra privada de su libertad, legalmente tal vez hubiera sido procedente solicitar los videos del comercio y pedir una medida cautelar de firmas periòdicas para su adecuada defensa; sin embargo, para terminar ràpido el asunto se solicita la suspension condicional del proceso, y ello permite terminar el juicio en esa misma audiencia bajo ciertas condiciones, y sin que le genere antecedente penal al cliente.
Por lo que debe valorarse el mayor beneficio al cliente.
Y cuando calificó La retención????
Se ratifica la detencion y se califica la retención. Nunca calificó la retención. Y entra a la formulacion de imputación y después a la vinculación de proceso. Maaal.
No se entiende ni madres, Parece trabalenguas.