Me encantó tu explicación y en sí el video en general! Aún no veo este tema pero por lo menos ya tengo una noción y cuando me toque verlo no tendré complicaciones:) Excelentes videos!
Muchas gracias. Puedes explicar a detalle todos los supuestos que menciona el 162 de la LFT?? Y un detalle, te faltó sumar los 6 días de salario devengado a la fecha de la renuncias. Saludos Lic. Kelly!!!
Hola Me operan de la columna por dos dos hernias discales y no puedo llevar mi trabajo al 100 % según el doctor de la empresa y no tienen donde recolocarme, entonces van a dar por terminada la relación laboral que me Toca por ley que me den finiquito o liquidación y que incluye
Si ellos son los que no quieren continuar con la relación deben pagarte liquidación ya que es su obligación colocarte en un lugar donde puedas desempeñar tus funciones.
Mi maestro en Derecho, dice que tiene Doctorado y no sabe calcular el finiquito y ni se diga la liquidación. De los salarios caidos para efecto de indemnización constitucional ni hablar, se equivoco en el calculo y se enojo conmigo porque le hice ver su error en clace. 😂😂🤣🤣 Usted si sabe, Gracias mi linda maestra 😍😍😍😍 🙈 Las empresas mañosamente pagan el aguinaldo el día 20 De Diciembre, y deben pagar a nás tardar el 19 😡
Considero que en ocasiones cuando no se litiga resulta más complicado entender la ley y en ocasiones eso suele pasar con algunos profesores, no tienen contacto con las juntas, pero que bien que le estén funcionando los videos.Saludos
Buenas tardes Maestra disculpe la pregunta pero de casualidad me podría proporcionar una liga pero donde haya un procedimiento de la propia Ley? lo digo para fundamentar los pasos porque cada docente, contador, abogado etc, cada uno tiene un procedimiento y datos diferentes, pudiera ser que con un docente aprendo como sacar el finiquito y liquidación pero cuando me tocan otros el proceso es diferente y saco mal calificación aparte de que quedo confundido. Soy estudiante de derecho y me gustaría ser parte de una junta de conciliación pero esta confusión me lo impide. Si es tan amable me podría apoyar en esto por favor? Muchas gracias. Saludos.
Hola primero gracias por seguir el canal y en segundo no entiendo a tu pregunta de proporcionarte una liga de procedimiento ya que la forma en la que cálculo el finiquito está fundamentado en la ley y por lo regular en el apartado de descripción del vídeo fundamento los temas de los que hablo.
@@kellylaboral Buenas tardes, me referia a un procedimiento especifico que venga en algunas normas, para asi aprendermelo y saber que esta echo correctamente sin que los docente me lo califiquen como equivocacion.
@@gissleaarteaga5742 ningún salario debe de ser menor al mínimo y si existe esa razón debe de demandarse, y para calcular la prima de antigüedad hágalo con el mínimo que es de 123.22
Hola, Lic. Disculpe, tengo una duda en el cálculo de las vacaciones, pues no entiendo por qué le corresponden 13.51 días, si por Ley de acuerdo a sus años de servicio le corresponden más de esa cantidad. Si simplemente hasta por 14 años cumplidos le corresponden 16 días, ahora que en el ejemplo tiene un poco más de 15 años de servicio le tendrían que tocar un poco más de 16. Le comento con todo el respeto, Lic. Es sólo que en mi lógica no puedo comprenderlo. Saludos.
@@kellylaboral @Aprendiendo derecho laboral con Kelly Es cierto pero si ya tiene 15 años completos por ley le tocan 18 días y la parte proporcional solo es de los 9 meses y 4 días que sería que no cumplió el año 16 pero si completó los 15 años.
No coincido con tu manera de calcular los días, yo trabajo en una empresa de nominas y soy abogado laboral, el conteo de días no es por los meses a 30 días, sino por los días totales de cada mes, cuál sería el criterio para tomar los meses a 30 días????
Existen distinto criterios, pero el que menciono en el video es el más utilizado ante las juntas para la realización de las propuestas económicas, que se busca estar más cercano a la realidad y va a depender del caso en mension, ya que como lo mencionó existen años con 366 días y sería imposible poder analizar en qué año fue de 366, pero siempre lo más cercano será lo mejor, por lo que entiendo que en nómina si lo manejen de esa manera y es muy respetable. Saludos
Resulta ilógico hacer eso, ya que entonces, por febrero debes considerar 28 días y por los meses que tienen 31 días, cosa que en ninguna nómina del país hacen. Siempre pagan exclusivamente 15 días por período, nadie paga ni los 14 ni los 16 respectivos.
ME ENCANTAAAA, ando muriendo con mis clases en línea y me arreglaste la vida. Ojala mi profe fuera como tú!!!! :)
Que bien que te funciona y es entendible. Saludos 🙋🏻
Me encantó tu explicación y en sí el video en general! Aún no veo este tema pero por lo menos ya tengo una noción y cuando me toque verlo no tendré complicaciones:) Excelentes videos!
Muy bien explicado, me ayudará mucho, graciassss👍👍👍🙋♀️🙋♀️, que linda
Muchas gracias por la explicación, nuevo sub
Muy bien explicado!!
Gracias por seguirnos. Saludos
Buenas noches y que pasa con el fondo de ahorro y las utilidades también t las pagan en caso de finiquito
Excelente!!
Lic. Y si le quedaron a deber horas extras del año pasado y aportcimñnesal imsss???
En esa cantidad final de finiquito, también descuentan ISR o algun impuesto?? 🤔🤔
GRACIAS POR TU EXPLICACION LIC.BRENDA KELLY
Es un gusto. Saludos
Buena noche, Licenciada ¿Por favor podría abordar posteriormente el tema de integración del Salario Base de Cotización?
Le agradecería mucho.
Gracias por participar y esperamos pronto poder realizar el video. Saludos 🙋🏻
También se debe integrar lo proporcional de las utilidades? Tienes algún video de cómo calcular las utilidades?
Excelente Lic. Muchas Gracias.
Hola! ¿Podrías clarificar si este ejercicio y normativa también aplica para los trabajadores del apartado B del 123 constitucional? Gracias!
Muchas gracias.
Puedes explicar a detalle todos los supuestos que menciona el 162 de la LFT??
Y un detalle, te faltó sumar los 6 días de salario devengado a la fecha de la renuncias.
Saludos Lic. Kelly!!!
Gracias por seguir el canal, y ya hemos tocado el tema de prima de antigüedad espero puedas ver el video. Saludos.
@@kellylaboral si, es lo que ví, ya después de haber hecho este comentario...
Saludos!!
Fue interesante .... Buena Información 👌
Hola
Me operan de la columna por dos dos hernias discales y no puedo llevar mi trabajo al 100 % según el doctor de la empresa y no tienen donde recolocarme, entonces van a dar por terminada la relación laboral que me Toca por ley que me den finiquito o liquidación y que incluye
Si ellos son los que no quieren continuar con la relación deben pagarte liquidación ya que es su obligación colocarte en un lugar donde puedas desempeñar tus funciones.
@@kellylaboral
Te lo agradezco me suscribo y promocionó tu canal que tengas mucho éxito
Muchas gracias 😊, saludos 🙋🏻
Hola Lic. En el supuesto de que se firme la baja voluntaria, pero aún la empresa no paga el finiquito, que es lo que debe proceder?
El reclamo de pago de prestaciones ante la junta, cuenta con un año para reclamarlo.
Mi maestro en Derecho, dice que tiene Doctorado y no sabe calcular el finiquito y ni se diga la liquidación. De los salarios caidos para efecto de indemnización constitucional ni hablar, se equivoco en el calculo y se enojo conmigo porque le hice ver su error en clace. 😂😂🤣🤣 Usted si sabe, Gracias mi linda maestra 😍😍😍😍 🙈 Las empresas mañosamente pagan el aguinaldo el día 20 De Diciembre, y deben pagar a nás tardar el 19 😡
Considero que en ocasiones cuando no se litiga resulta más complicado entender la ley y en ocasiones eso suele pasar con algunos profesores, no tienen contacto con las juntas, pero que bien que le estén funcionando los videos.Saludos
gracias por la información muy interesante, tengo 19 años de antigüedad en mi actual empleo entiendo se multiplica 19 x 365?
Si es correcto primero para calcular el total de días por todo el tiempo laborado debe de multiplicarse los años por 365 y los meses por 30.
Hola!! Para hacer el cálculo si la persona trabaja sólo 3 días a la semana...
Disculpe Lic. Si se tiene el derecho a la prima por antigüedad y si la empresa no la quiere pagar a qué se procede.
Demandar el pago ante la junta o tribunal según corresponda
Gracias
Muy claro
Discupe lic ¿Cuál es el fundamento legal del finiquito? (Cuál artículo de la Ley)
Gracias.
De dónde se sacó los 4 días
Licenciada disculpe, como saca los meses y días?
Buenas tardes Maestra disculpe la pregunta pero de casualidad me podría proporcionar una liga pero donde haya un procedimiento de la propia Ley? lo digo para fundamentar los pasos porque cada docente, contador, abogado etc, cada uno tiene un procedimiento y datos diferentes, pudiera ser que con un docente aprendo como sacar el finiquito y liquidación pero cuando me tocan otros el proceso es diferente y saco mal calificación aparte de que quedo confundido. Soy estudiante de derecho y me gustaría ser parte de una junta de conciliación pero esta confusión me lo impide. Si es tan amable me podría apoyar en esto por favor? Muchas gracias.
Saludos.
Hola primero gracias por seguir el canal y en segundo no entiendo a tu pregunta de proporcionarte una liga de procedimiento ya que la forma en la que cálculo el finiquito está fundamentado en la ley y por lo regular en el apartado de descripción del vídeo fundamento los temas de los que hablo.
@@kellylaboral Buenas tardes, me referia a un procedimiento especifico que venga en algunas normas, para asi aprendermelo y saber que esta echo correctamente sin que los docente me lo califiquen como equivocacion.
El cálculo de finiquito se compone de varios artículos por lo cual no existe un procedimiento como tal.
Cómo se cuentan los meses y días?
Los meses se multiplican por 30
@@kellylaboral disculpe pero para sacar lo de los 9 meses y 4 días
Hola quisiera una asesoría como te podría contactar?
consultoria_juridica_laboral@outlook.com
Hola, y si mi sueldo diario es menor q el mínimo oficial con q cantidad saco la prima de antigüedad.
@@gissleaarteaga5742 ningún salario debe de ser menor al mínimo y si existe esa razón debe de demandarse, y para calcular la prima de antigüedad hágalo con el mínimo que es de 123.22
Hola buenas tardes y en el caso de que no cuente con ninguna prestación ni seguro social, más que su sueldo como lo podría calcular
Todos los trabajadores tienen derecho al pago de prestaciones, aunque existen patrones que no las pagan, el trabajador debe demandarlas.
no entiendo lo de los dias extras que añadiste en los dias trabajados.
Si solo trabajo 7 meses
Cual es el salario mínimo vigente ?
Actualmente está en 123.22
Es la cantidad mínima que se le debe pagar a un trabajador, atendiendo a la zona en la que vive.
¿Y que prestaciones debe cubrir un patrón cuando esté rescinda a un trabajador por cualquier causa que corresponda al 47 de la LFT?
Vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad y salarios devengados
falta solamente revisar retención de ISR
Hola, Lic.
Disculpe, tengo una duda en el cálculo de las vacaciones, pues no entiendo por qué le corresponden 13.51 días, si por Ley de acuerdo a sus años de servicio le corresponden más de esa cantidad. Si simplemente hasta por 14 años cumplidos le corresponden 16 días, ahora que en el ejemplo tiene un poco más de 15 años de servicio le tendrían que tocar un poco más de 16.
Le comento con todo el respeto, Lic. Es sólo que en mi lógica no puedo comprenderlo.
Saludos.
Porque es parte proporcional porque no laboro todo el año completo.
@@kellylaboral @Aprendiendo derecho laboral con Kelly Es cierto pero si ya tiene 15 años completos por ley le tocan 18 días y la parte proporcional solo es de los 9 meses y 4 días que sería que no cumplió el año 16 pero si completó los 15 años.
@@juanjonathanperezhernandez9414 esas vacaciones de 15 años ya las disfrutó, ahora es la parte proporcional de vacaciones del año 16.
No coincido con tu manera de calcular los días, yo trabajo en una empresa de nominas y soy abogado laboral, el conteo de días no es por los meses a 30 días, sino por los días totales de cada mes, cuál sería el criterio para tomar los meses a 30 días????
Existen distinto criterios, pero el que menciono en el video es el más utilizado ante las juntas para la realización de las propuestas económicas, que se busca estar más cercano a la realidad y va a depender del caso en mension, ya que como lo mencionó existen años con 366 días y sería imposible poder analizar en qué año fue de 366, pero siempre lo más cercano será lo mejor, por lo que entiendo que en nómina si lo manejen de esa manera y es muy respetable. Saludos
Resulta ilógico hacer eso, ya que entonces, por febrero debes considerar 28 días y por los meses que tienen 31 días, cosa que en ninguna nómina del país hacen.
Siempre pagan exclusivamente 15 días por período, nadie paga ni los 14 ni los 16 respectivos.
maestra de donde salieron los 274 dias???
ahh ya 9 *30
Y sin prima de antigüedad por eso vi el video y no salió nada todo fue con prima de uuufff