TRIBUTACIÓN INDIVIDUAL O CONJUNTA - RENTA 2023 (8)

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  • Опубликовано: 5 сен 2024
  • Optar por tributar de forma individual o conjunta es una decisión importante que puede suponer un gran ahorro o incluso una ganancia para los contribuyentes.
    La Agencia Tributaria nos ofrece una hoja resumen en Renta Web en la que una vez introducidos los datos de ambos contribuyentes nos dice cuál es la opción más ventajosa.
    En este vídeo explicamos para qué personas suele ser más beneficioso cada opción.
    ***Este vídeo se creó en abril de 2021 para la declaración de la RENTA 2020 pero sigue vigente para la declaración de la RENTA 2023 que hacemos en 2024.

Комментарии • 51

  • @susanajavier774
    @susanajavier774 5 месяцев назад

    Estupenda pedagogía! Sigue por favor con nosotros! Te sigo tanto en tributaria como e seguridad social! 🎉❤

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  5 месяцев назад

      Agradezco tu comentario!!! Encantada de poder ayudar!!! 💙

  • @shedontgivefck601
    @shedontgivefck601 3 года назад +2

    Que buen video, exitos y bendiciones.

  • @victorromeroalonso3576
    @victorromeroalonso3576 Год назад +1

    Que maravilla de videos, ojala los hubiese tenido en mi época universitaría.
    Yo por si necesitas ideas de nuevos videos referentes a la declaración de la renta te dejo ideas:
    -Rendimientos de capital inmobiliario.
    -Ganancias Patrimoniales.
    -Estimación objetiva.
    -Imputaciones de renta.
    - Régimen agrario.
    Hagas los que hagas aquí estaremos para verlos. Gracias por tu maravilloso trabajo.

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  Год назад

      Ey!!! Muchas gracias por esas ideas, Víctor!!!! Me lo apunto para hacerlos aunque creo que para esta campaña no me va a dar tiempo 😰
      Gracias por tus palabras 🥰😍

  • @polpel2385
    @polpel2385 4 месяца назад +1

    En mi caso ni estamos casados ni somos pareja de hecho pero tenemos el piso al 50%, vivimos juntos y tenemos un hijo de 7 años. me gustaria añadieran esta opcion ya que somos muchos los que estamos en esta situacion y no se contempla en los tramites normalmente. tengo dudas, no sale esa tabla que pone conjunta declarante y conyuje, ¿puedo hacerla conjunta solo con mi hijo y mi mujer hacerla individualment? hay algun problema por que en mi declaracion y la de mi pareja salga mi hijo en el apartado situacion familiar. tenemos reflejado esto en las dos declarciones, otras situaciones - (3) Hijo del declarante si este último convive con el otro progenitor sin mediar matrimonio entre ambos,

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  4 месяца назад +1

      Hola!! En caso de PAREJA SIN VÍNCULO MATRIMONIAL CON HIJOS EN COMÚN CONVIVIENDO TODOS EN LA MISMA CASA, uno de los miembros podrá hacer la declaración conjunta con los hijos y, en ese caso, el otro progenitor deberá optar por la individual.
      Sin embargo, aunque puede hacer la declaración conjunta con sus hijos, no se va a poder beneficiar de la reducción por tributación conjunta como familia monoparental (2.150 euros anuales), porque no lo es, ya que convive con el otro progenitor.
      La razón por la que puede querer optar por tributación conjunta, a pesar de no beneficiarse de la reducción, es que existen otras ventajas de la tributación conjunta, como unos límites mayores para acceder a determinadas deducciones.
      Si en tu borrador aparece la reducción de 2.150 por tributación conjunta monoparental pero convives con el otro progenitor, DEBES ELIMINAR ESA REDUCCIÓN antes de entregar tu declaración.
      Solo se podrá beneficiar de la reducción en caso de que el otro progenitor no viva en la misma vivienda.
      Para incluir a tu hijo, pero no beneficiarte de la reducción de 2.150 euros, en "Datos Personales", al dar de alta al hijo, hay que marcarle en la opción Vinculación la Clave D “Hijos o descendientes del primer declarante si también conviven con el otro progenitor”.
      Después, en la Casilla de "Otras Situaciones" hay que marcar la Opción 3: “Hijo/a del declarante si este último convive con el otro progenitor sin mediar matrimonio entre ambos”.
      Aquí tienes el link de la Agencia Tributaria con todas esas claves:
      sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Ayuda/23Presentacion/100/6_2.html
      También te aconsejo ver este otro vídeo sobre tipos de unidades familiares para la Agencia Tributaria.
      ruclips.net/video/rnPpxMpf5SU/видео.htmlsi=QyDinI4b-AhnoTdY
      Tienes razón respecto a que deberían fiscalmente aceptarse otras modalidades pero hoy por hoy son estas.
      De todas formas, te aconsejo que llames a plantear tu caso específico a la Agencia Tributaria 915 548 770 x si hubiera alguna novedad al respecto este año.
      Un saludo
      Victoria Peñalver

    • @polpel2385
      @polpel2385 4 месяца назад +1

      @@valorprofesional Muchisimas Gracias. Es que mi pareja que compro el material escolar, si lo introduce pues obtiene una deducción y si la hace sola no le deducen nada de lo del material. Lo tenemos los dos asi como comentas D y 3, al vivir con los dos no tiene la deduccion monoparental. Te lo agradezco un monton. Me lo as explicado perfectamente.

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  4 месяца назад +1

      @polpel2385 seguimos en contacto!!!

  • @keilazarzuela2325
    @keilazarzuela2325 3 года назад +3

    PERO CADA PERONA LO DEBE DE HACER? Es decir aunque sea conjura la debemos presentar los dos?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  3 года назад

      Kelia, cuando tu cónyuge y tú vais a hacer la declaración, tenéis que entrar en servicio de tramitación borrador /declaración Renta (Renta WEB) y ahí, donde te pide el DNI pones el DNI de uno de los dos y su correspondiente referencia.
      Imaginemos que pones tu DNI y tu referencia, cuando avanzas llegas a la página en la que aparece tu nombre completo y abajo el de tu cónyuge. Al lado del de tu cónyuge te permite meter ahí su referencia.
      A partir de ese momento podrás ver en el botón de "Resumen de declaración" las tres declaraciones, la conjunta, la tuya y la de tu cónyuge. Verás cuál es más ventajosa.
      Puedes ir metiendo los datos de los dos o cambiando lo que veas que no está bien o completo.
      Una vez que esté bien metido todo, vas al botón de "PRESENTAR DECLARACIÓN" y te pregunta que si CONJUNTA o INDIVIDUAL.
      Si optas por tributación individual, tienes que enviar de una en una la de cada uno. Primero la tuya (declarante) y luego la de tu cónyuge.
      Si optas por tributación conjunta, solo realizas un envío con las declaraciones que contienen los datos de los dos.
      Si no te queda claro algo, me dices, por favor.

  • @manelbanos3350
    @manelbanos3350 5 месяцев назад

    Buen video profesora Victoria. Entendiendo el contenido, a priori, si un cónyuge gana aprox 60.000 euros, y el otro está en el paro cobrado 1.100 euros al mes (por tanto más de 5.500 euros al año), y ambos obtienen rentas dr alquiler de varias viviendas al 50%, en ese caso, a priori será mejor hacer declaración individual, es así?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  5 месяцев назад +1

      Hola Manel, con los datos que me das, a priori parece que os compensará más hacerla de forma individual.
      No me comentas si os podéis deducir por hipoteca de vuestra vivienda habitual. Si este fuera el caso, se aumentan las probabilidades de que sea más favorable hacerlo de forma individual.
      En cualquier caso, lo mejor es incluir todos los datos en la declaración en Renta Web y luego ir al RESUMEN, donde encontrarás tres columnas con los resultados:
      - Primera columna: resumen de resultados en conjunta.
      - Segunda columna: resumen de resultados de primer contribuyente en modalidad individual.
      - Tercera columna: resumen de resultados de segundo contribuyente en modalidad individual.
      Hay podrás ver el resultado de cada opción. Hacienda incluso de señala cuál es la más favorable.
      Espero haberte ayudado.
      Un saludo
      Victoria

    • @manelbanos3350
      @manelbanos3350 5 месяцев назад

      @@valorprofesional muchas gracias por tu respuesta tan rápida y completa. Hay algún sitio más que pueda seguirte?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  5 месяцев назад +1

      Hola Manel.
      Solo tengo este canal de RUclips. Soy profesora de Formación Profesional y empecé a crear videos para mis alumnos, pero me di cuenta de que otros muchos podíais beneficiarios. Me alegro mucho por ello.
      En el canal tienes no solo temas fiscales, tanto de IRPF como de IVA, sino también de contabilidad, matemáticas financieras, nóminas, etc.
      Para la declaración de la Renta que comienza la semana que viene tienes 14 videos en la lista de reproducción RENTA 2023.
      Este es el enlace: ruclips.net/p/PL8LZ2fIQRec8F-ZklivzzEeabXUF5PU26
      Ojalá tuviera más tiempo para hacer más videos y poder ayudar más pero los hago solo en mi tiempo libre que no es mucho.
      Seguimos en contacto.
      Un saludo
      Victoria

    • @manelbanos3350
      @manelbanos3350 5 месяцев назад +1

      @@valorprofesional Genial. Te seguiremos. 1 abrazo

  • @ilijavoltag
    @ilijavoltag 2 года назад +1

    Hola, y gracias por tu ayuda. Estoy usando un traductor de Google, pero espero que entiendas mi pregunta. Hice 30000 el año pasado, mi esposa hizo 3400 el año pasado. En la declaración de impuestos hay 3 opciones: Conjuta 194, Declarante 154, Cónyuge 0 (no obligado). ¿Debería presentarme yo mismo (declarante)? En caso afirmativo, ¿mi esposa tiene que hacer lo mismo?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад

      Hola Sasa, entiendo que los números que me dices del resumen de tu declaración, te refieres a pagar. En ese caso, claramente te viene mejor presentar tú la tuya individual y que ella no haga nada. Pero me extraña que te salga así teniendo en cuenta que ella solo cobra 3.400 €.
      Si quieres enviarme pantallazo del resumen de la declaración puedes hacerlo mandándolo por email vp.docente@gmail.com
      Otra opción es pedir cita telefónica con Hacienda. Aquí tienes el teléfono
      ruclips.net/video/w7UOjBMvSjI/видео.html

  • @isaaccabria3554
    @isaaccabria3554 2 года назад +1

    Hay algún vídeo para hacerla conjunta paso a paso? gracias

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад +1

      Hola Isaac, tú no la haces individual o conjunta. Si sois dos personas, uno es el contribuyente y otro el cónyuge. (Da igual quién sea uno u otro). Metes los datos de los dos y el programa de da la opción de individual y de conjunta y tú eliges cuál os viene mejor.
      1º. Metes los datos del contribuyente, por ejemplo tú. Para hacerlo habrás tenido que identificarte con Cl@ve o con el número de referencia.
      2º. Si quieres incluir los datos de tu cónyuge debes poner también su número de referencia.
      3º. Una vez incluidos, tienes arriba una opción: RESUMEN DE LAS DECLARACIONES
      Es un cuadro que te informa de cómo te sale la declaración de forma conjunta o las dos individuales.
      Te pongo un vídeo de la Agencia Tributaria que creo que te vendrá bien:
      ruclips.net/video/sSfQfBpYASE/видео.html
      Ya me dirás si te ha servido!!!

    • @isaaccabria3554
      @isaaccabria3554 2 года назад +1

      Muchas Gracias

  • @ismaelbb857
    @ismaelbb857 Год назад +1

    Y si no está obligado a realizar la renta xq no llega a 22000€ xq cobra pensión puede realizar la renta? Cómo le saldría?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  Год назад +1

      Siempre es aconsejable hacerla aunque no estés obligado. Si te sale a devolver la presentas y si te sale a pagar, no.

  • @isuha3812
    @isuha3812 2 года назад +1

    Hola! Entonces, si mi marido tiene un hijo con custodia compartida con su ex y este año le toca añadirlo a la unidad familiar, si la hace conjunta con su hijo inevitablemente también me incluye a mi por estar casados, no?? Es que es el primer año que estamos en esa situación y la idea era que él declarase conjuntamente con su hijo y yo individualmente, pero entiendo que no podrá ser así …gracias!

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад

      Hola!!! Una cosa es la aplicación de deducción por ese hijo y otra la aplicación de la reducción por hacerla conjunta. Tú lo que me preguntas es sobre esto segundo.
      Yo sí fuera tú llamaba a Hacienda a preguntar. Tienes el teléfono el el vídeo de calendario y teléfonos que subí hace una semana.
      En mi opinión, al estar casados, los tres formáis una unidad familiar y por eso tenéis estas dos opciones:
      1. Optar por tributación individual TODOS. En esta opción cada uno de vosotros dos os podréis aplicar un mínimo de 5.550€. Pero no os podéis aplicar la reducción por conjunta.
      2. Optar por tributación conjunta. Solo os podéis aplicar un mínimo de 5.550, pero os beneficiáis de la reducción de 3.400€ de conjunta.
      Una vez metidos los datos en Renta Web, tienes un simulador que te dice cuál de las dos opciones te viene mejor.
      Creo que no es posible hacer la tercera opción que me planteas, que es que él la haga de forma conjunta con su hijo y tú de forma individual, porque al ser un matrimonio formáis una unidad familiar y la ley dice que todos los miembros deben optar por el mismo tipo de tributación.
      Por favor, si eres tan amable, me cuentas después lo que te conteste hacienda.

  • @PhantomCucu
    @PhantomCucu 2 года назад +1

    En caso de declaración conjunta como se paga con la cuenta bancaria del cónyuge?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад +1

      La verdad es que no lo sé y lo he intentado buscar pero nadie me responde. Entiendo que lo ideal sería utilizar una cuenta en la que estéis los dos de titulares. Vamos a esperar a ver si alguien nos contesta por aquí con un comentario.

  • @msokolovich
    @msokolovich Год назад +1

    Si no estamos casados pero tenemos un hijo en común y vivimos juntos podemos hacer conjunta?

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  Год назад +2

      No, no podéis hacer la declaración conjunta los tres por no tener vínculo matrimonial. Uno de los dos podría hacerla de forma conjunta con el niño pero SIN BENEFICIARSE de la reducción por tributación conjunta monoparental, por estar el otro cónyuge viviendo en la misma casa. Si ambos tenéis un sueldo, a veces, conviene de todas formas hacerla individual. En cualquier caso, lo que sí tenéis derecho es a la deducción por descendiente (la mitad cada uno), subir que cumpláis los requisitos. No a la reducción pero sí a la deducción.
      Espero haberte ayudado

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  Год назад +1

      Seguramente te venga bien ver este vídeo DEDUCCIONES POR HIJOS Y ASCENDIENTES - RENTA 2022 (7)
      ruclips.net/video/QeDY9iJkcPc/видео.html

  • @MichelGarciaES
    @MichelGarciaES 3 года назад +2

    hola yo tengo un hijo de 9 años, que vive en cuba, per igual envió pensión, soy divorciado, cuando relleno la declaración pongo que soy divorciado, pero después de rellenar todo me dice la app que me sale mejor presentarla conjunta , y así lo hice...mi pregunta estará bien o mal

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  3 года назад

      Al ser divorciado con un hijo eres familia monoparental. Por eso te ofrece la posibilidad de presentar modalidad conjunta. En situación monoparental siempre te viene mejor presentarla conjunta, si tienes esa opción. No conozco el caso específico de que el descendiente viva fuera de España. Puedes llamar a hacienda para preguntar ese caso. El teléfono es 915 548 770

    • @MichelGarciaES
      @MichelGarciaES 3 года назад +1

      @@valorprofesional Mil Gracias por responder

  • @ferpino1254
    @ferpino1254 2 года назад +1

    Buenos días. Me ha llegado una carta de la agencia tributaria indicándome que lo estoy haciendo mal. Mi caso es que vivo con mi pareja sin vinculo matrimonial y con nuestro hijo en común, yo tributo conjunto con el niño y mi pareja individual. Creía que lo estaba haciendo bien, así también lo entiendo en el video. Pues la agencia tributaría me dice que en el articulo 84.4 indica que si el otro progenitor convive con el contribuyente no se puede tributar conjuntamente con mi hijo menor.
    ¿Podrías indicarme, si hay alguna opción que alegar, o lo estaba haciendo mal? Gracias. Un saludo.

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад

      Hola Fer, según mi opinión, efectivamente cuando no hay vínculo matrimonial, solo uno de los dos progenitores puede tributar de forma conjunta con el hijo en común. Lo hará al que le venga mejor.
      Te pongo un link que me parece muy didáctico.
      www.mundojuridico.info/amp/parejas-de-hecho-o-sin-vinculo-matrimonial-y-su-tributacion-en-el-irpf/
      Cuéntame x favor cómo se soluciona el tema x si se puede ayudar a alguien más
      Un saludo!!!

    • @victorromeroalonso3576
      @victorromeroalonso3576 Год назад

      Buenas, me he encontrado con la misma situación que comentas y creo que efectivamente es tal y como dices, pues el articulo 84.4 dice exactamente:
      "No se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar".
      Es decir, entiendo que si ambos padres conviven juntos no pueden aplicarse la reducción de la tributación conjunta (2.150€). Lo veo un poco sin sentido, pues esa excepción imagino que engloba al 90% de las parejas de hecho, deberían remarcarlo de otra forma más lógica.

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  Год назад

      Completamente de acuerdo contigo, Víctor!!!

  • @antoniomoreno9668
    @antoniomoreno9668 2 года назад +2

    Que me envíen el Borrador 2021,pero aquí,todo el Mundo pasa Olímpicamente de mi..

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад +1

      No entiendo!!! Los que tienen borrador ya pueden descargarlo. No lo tienes? A lo mejor no te corresponde porque estés en alguno de los supuestos de los que no tenemos borrador.
      Te recomiendo este vídeo
      ruclips.net/video/y8vpUxLontk/видео.html

    • @antoniomoreno9668
      @antoniomoreno9668 2 года назад +1

      @@valorprofesional Tengo 26000 Euros Brutos al Año,y tengo que presentarle,pero la Página de Solicitud del Borrador: No tengo la 505,ni la Referencia,lo de clave@,me da error de Teléfono,etc,etc,es decir, Bloqueado.

    • @antoniomoreno9668
      @antoniomoreno9668 2 года назад +1

      @@valorprofesional Pero me temo,que como Hacienda me tiene que devolver....me tienen bloqueado....espero equivocarme.

    • @valorprofesional
      @valorprofesional  2 года назад

      @@antoniomoreno9668 Ahora lo de cl@ve lo puedes hacer pidiendo que te envíen una carta a casa que te llega en unos 4 días o por videoconferencia. Por qué te da error lo de cl@ve?

    • @antoniomoreno9668
      @antoniomoreno9668 2 года назад +1

      @@valorprofesionalMe da error de Teléfono; yo no soy un experto como ustedes en Informática.....

  • @shedontgivefck601
    @shedontgivefck601 3 года назад

    Que buen video, exitos y bendiciones.