SI VENDO UN TERRENO QUE ESTA DENTRO DE MI ACTIVO FIJO A UNA EMPRESA JURIDICA , ESTÁ GRAVADO LA VENTA CON IGV? Y DEBO EMITIR FACTURA A LA EMPRESA JURIDICA QUE ME ESTÁ COMPRANDO EL TERRENO?
5:09 Del ejemplo propuesto por el expositor, si el bien se hubiera vendido al mismo valor del costo computable (S/ 10,000) menos el importe de las depreciaciones al 5to. año (S/ 5,000), o sea, S/ 5,000 neto, entonces NO SE RECONOCERÍA GANANCIA ALGUNA. Por lo tanto, esta venta NO TENDRÍA NINGÚN EFECTO TRIBUTARIO SOBRE EL IMPUESTO A LA RENTA.
Buen video, tengo una consulta yo expendo mis productos mediante máquinas vending pero quiero capitalizar me por lo que vendería mis maquinas a un tercero PN para que luego me las alquile algo así como un leaseback habría algún inconveniente??? Las maq las vendería a valor mercado y tienen más de dos años gracias
Profesor Flores gallegos, una consulta, si una empresa natural con negocio, por ejemplo hablemos del negocio: este es un contratista que transporta personal (que labora en un fundo) de diferentes localidades para llevarlas en este caso al fundo agrícola, lógicamente es propietario de dos buses ya lleva como cuatro años. lo que sucede profesor es que esta persona quiere que le lleve la contabilidad a pesar que soy de cuarto ciclo, al revisar su activo fijo (los tres buses ) me doy con la sorpresa que no tienen comprobante de pago o ningún documento que acredite la transferencia, mi consulta es la siguiente ¿que hago? jjeje en un proceso de fiscalización me van a pedir comprobantes de pago para acreditar la depreciación. gracias por su oportuna respuesta.
profesor mi idea es la siguiente, no se si es la correcta, como es persona natural con negocio mi idea hacerla que adquiera la personería jurídica y de esta manera el como socio mayoritario que aporte los buses de esta manera se acredita el costo computable "ingreso al patrimonio", seria eso lo correcto.
muy buen video me aclaro mas el tema de venta de activos fijos para mi exposición final gracia excelente información
Muy bien JORGE¡
Excelente Jorge, muchas gracias.
Interesante gracias
SI VENDO UN TERRENO QUE ESTA DENTRO DE MI ACTIVO FIJO A UNA EMPRESA JURIDICA , ESTÁ GRAVADO LA VENTA CON IGV? Y DEBO EMITIR FACTURA A LA EMPRESA JURIDICA QUE ME ESTÁ COMPRANDO EL TERRENO?
excelente aporte Jorge
Si es un inmueble coml seria? Ya que el valor no se deprecia al contrario año tras año se valorisa más.
Estimado no olvidemos la base legal, saludos
HABER SI HACES EL ASIENTO CONTABLE DE LA ADQUISICIÓN Y DE LA VENTA SI SE DIERA EL CASO
5:09 Del ejemplo propuesto por el expositor, si el bien se hubiera vendido al mismo valor del costo computable (S/ 10,000) menos el importe de las depreciaciones al 5to. año (S/ 5,000), o sea, S/ 5,000 neto, entonces NO SE RECONOCERÍA GANANCIA ALGUNA. Por lo tanto, esta venta NO TENDRÍA NINGÚN EFECTO TRIBUTARIO SOBRE EL IMPUESTO A LA RENTA.
Buen video, tengo una consulta yo expendo mis productos mediante máquinas vending pero quiero capitalizar me por lo que vendería mis maquinas a un tercero PN para que luego me las alquile algo así como un leaseback habría algún inconveniente??? Las maq las vendería a valor mercado y tienen más de dos años gracias
Profesor Flores gallegos, una consulta, si una empresa natural con negocio, por ejemplo hablemos del negocio: este es un contratista que transporta personal (que labora en un fundo) de diferentes localidades para llevarlas en este caso al fundo agrícola, lógicamente es propietario de dos buses ya lleva como cuatro años. lo que sucede profesor es que esta persona quiere que le lleve la contabilidad a pesar que soy de cuarto ciclo, al revisar su activo fijo (los tres buses ) me doy con la sorpresa que no tienen comprobante de pago o ningún documento que acredite la transferencia, mi consulta es la siguiente ¿que hago? jjeje en un proceso de fiscalización me van a pedir comprobantes de pago para acreditar la depreciación. gracias por su oportuna respuesta.
profesor mi idea es la siguiente, no se si es la correcta, como es persona natural con negocio mi idea hacerla que adquiera la personería jurídica y de esta manera el como socio mayoritario que aporte los buses de esta manera se acredita el costo computable "ingreso al patrimonio", seria eso lo correcto.
Ahora si ya entendi.
No pude entender a mi profe de tributacion
una consulta,cual es la base legal para que prime el reintegro del igv dentro de los 2 primeros años?
Articulo 22 de la ley del igv
si se adquirio mediante una compra y venta donde no hubo factura como seroa ese cso
NUNCA DIJO CUAL ES EL % PARA REINTEGRAR DENTRO DEL PERIODO DE LOS 2 AÑOS ..
No existe contabilidad tributaria....
Nada didáctico