VENTA DE AUTOMOVIL | TRATAMIENTO FISCAL CURSO 2023

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  • Опубликовано: 26 авг 2024
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    CURSO VENTA DE AUTOMOVILES
    -EMISION CFDI
    -DESGLOSE IVA EN CFDI
    -ACUMULACION DE INGRESOS
    -DETERMINACIÓN DE ISR
    -UTILIDAD O PERDIDA POR VENTA DE AUTOMOVILES
    -VENTA DE AUTOMOVIL SIN CFDI DE ADQUISICIÓN
    -CASOS PRACTICOS
    -CONCLUSIONES

Комментарии • 53

  • @dulcehernandez3415
    @dulcehernandez3415 2 месяца назад +4

    La comparación del RESICO en cuestión de ISR se entiende pero el IVA también se paga en RESICO

  • @geovanibello8194
    @geovanibello8194 6 месяцев назад +1

    EXCELENTE CURSO....ÉXITO TOTAL

  • @rosarioalvaradoespinosa5453
    @rosarioalvaradoespinosa5453 9 месяцев назад +2

    buen dia , estoy viendo su video y me ha servido bastante , lo que no me queda claro aun es si la persona es en el regimen de sueldos y salarios se lo vende a una persona fisisca con actividad empresarial en la factura se debera desglosar el iva ?o como se deberia de realizar la factura para que la persona fisica con actividad empresarial puede deducir esa compra

  • @MiguelAngelLopezArias
    @MiguelAngelLopezArias Год назад +4

    Saludos, gracias por la información siempre muy útil.

  • @andstpk9202
    @andstpk9202 6 месяцев назад +1

    ¿QUE EN EL MOI EL SALDO POR DEDUCIR NO SE DEBE ACTUALIZAR? EN EL CASO DE LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

  • @soniagomezmeza6259
    @soniagomezmeza6259 Год назад +2

    Buenos días, mirando el vídeo en diferido por segunda vez. Disculpe, Tengo una duda, me llegó un médico y tiene dos meses que no ha pagado impuestos, mi duda es, tiene un automóvil, que lo adquirió hace siete años, lo tengo que depreciar ? O nada más puedo tomar en cuenta los gastos de gasolina y mantenimiento, o forzosamente lo tengo que depreciar. Gracias por su respuesta. Ya estoy inscrita.

  • @miguelgonzalez1887
    @miguelgonzalez1887 5 месяцев назад +1

    Muy interesante el video, muchas gracias. Solo me quedó duda respecto a la venta del automovil. Soy Resico Pers. Fisica, vendí mi auto a una agencia per me estan pidiendo que les haga una factura. Me quedó claro que si o sí la totalidad me va generar pago de ISR, pero que pasa con el IVA? La factura si lleva IVA o es exenta? La agencia a la que le vendí, al ser persona moral, la factura lleva retención? Muchas gracias

    • @user-bz9bb8gm5b
      @user-bz9bb8gm5b 3 месяца назад

      HOLA, EN CUANTO AL IVA SI SOY RESICO NO CAUSA IVA ? ESTOY EN EL SUPUESTO DE QUE LA FACTURA DE LA COMPRA NO REUNE REQUISITOS FISCALES (EL RFC NO ES MI RFC)

  • @antonioanaya3530
    @antonioanaya3530 10 месяцев назад +1

    Para la venta de un auto usado, cuando mi actividad es la venta de autos usados y tributo en Resico me quedo claro que el total de la venta se considera como la base para el pago de ISR, pero respecto al IVA si no tuve CFDI , al comprarlo es exento?

  • @leonelislas3601
    @leonelislas3601 Месяц назад

    Cambiaron las condiciones de la miscelannia fiscal para este año? Me refiero al caso que muestras de la venta del auto de reina hacia Mónica

  • @juanchonoy2797
    @juanchonoy2797 Год назад +1

    Muchas gracias Contador, me despeja muchas dudas que tenía.

    • @consultorescontablesmexico5398
      @consultorescontablesmexico5398  Год назад

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    • @denisse4976
      @denisse4976 6 месяцев назад

      @@consultorescontablesmexico5398 hola buenas noches si yo estoy en el régimen simplificado de confianza porque vendo vehículos en qué actividad económica debo de poner

  • @josecirogonzalez2595
    @josecirogonzalez2595 4 месяца назад +1

    Contador y si el Caso fué que se adquirió un Vehículo en el año 2016 con CFDI y Pago con Transferencia, pero NO SE LE DIO EFECTOS FISCALES AL AUTOMOVIL EN NINGUNO DE LOS EJERCICIOS FISCALES. El auto usado se enajena en el año 2024... ¿¿¿ debo aplicar EL CAPITULO 4 ENEJENACION DE BIENES ???

  • @hectorchavez7367
    @hectorchavez7367 5 месяцев назад +1

    NO COMENTO COMO SE MANEJA EL IVA EN LA ENAJENACION DEL AUTO EN EL REGIMEN DE RESICO.

  • @miespadadiamantito6486
    @miespadadiamantito6486 Месяц назад

    Gracias. Los montos totales de adquisición y enajenación incluyen el IVA? Gracias

  • @00JuLiO12
    @00JuLiO12 6 месяцев назад

    Buen día. Muy padre el curso y los ejemplos.
    En mi caso me queda una duda en RESICO, entendí que se factura y se pagará ISR de acuerdo al ingreso generado.
    Pero que pasa con el IVA, igual se debe considerar? O ese no aplicaría ?
    Y al momento de generar la factura entonces a una agencia (persona moral), la factura igual se debe generar con deducciones (ISR 1.25 e IVA 10.6667)?
    Muchas gracias

  • @MEXICALIBCJAML
    @MEXICALIBCJAML Год назад +1

    GRACIAS , MAESTRO SALUDOS DESDE MEXICALI

  • @gregorioalanbecerratorres1350
    @gregorioalanbecerratorres1350 Год назад +3

    Excelente

  • @elviramartinezsantiago9723
    @elviramartinezsantiago9723 3 месяца назад

    Buena noche Contador, el CFDI por la venta de automovil de un resico persona fisica debe llevar IVA? GRACIAS POR SU VALIOSA RESPUESTA

  • @user-rm4ys5qo6o
    @user-rm4ys5qo6o 6 месяцев назад +1

    Si soempre sea necesario para si actividad

  • @jaredsalgado3630
    @jaredsalgado3630 10 месяцев назад +1

    que se hace con iva del carro en resico ? se acredita normal ?

  • @nancysanchez8509
    @nancysanchez8509 6 месяцев назад

    Cuanto es el valor menor que puedo facturar un equipo de transporte, o el monto lo puedo poner yo o hay alguna regla en cuanto a valor seria de de persona moral a persona fisica

  • @leonelislas3601
    @leonelislas3601 Месяц назад

    Eres un chingón

  • @fernandosaucedo5676
    @fernandosaucedo5676 11 месяцев назад +1

    Buenas tardes, el costo comprobado de la adquisición y el monto original de la inversión, son diferentes por que son distintos ejemplos o en el MOI solo se toma hasta los 175,000 que es la deducción permitida de los vehículos, agradecería sus comentarios gracias.

  • @carlosbenitosantiago4203
    @carlosbenitosantiago4203 8 месяцев назад

    Mi tope deducible siempre será 175mil no mi MOI en caso de ser mayor a 175000, cierto?

  • @normagranados9002
    @normagranados9002 6 месяцев назад

    Si es persona moral resico, es el mismo tratamiento que una persona fisica?

  • @ursulamartinsabido
    @ursulamartinsabido 11 месяцев назад

    Hola, gracias por el curso. Entiendo que el ISR se declara o informa en la Anual, pero en donde se declara el IVA, cuando quien vende es una PF con Actividad Empresarial?

  • @idaliacarranco5367
    @idaliacarranco5367 3 месяца назад

    Buenas tardes quiero vender mi auto el cual compre en 2007 por 103 mil pesos y lo vendo en 45 mil pesos, estoy por regimen de sueldos y salarios, quisiera saber si tengo que facturarlo y declararlo en el SAT. El auto lo saque de la agencia, esta a mi nombre y he sido la unica dueña. Serìan tan amables de orientarme. Gracias

  • @josefranciscorm4894
    @josefranciscorm4894 4 месяца назад

    👍

  • @haydeejimenez1182
    @haydeejimenez1182 10 месяцев назад

    Saludos. Gracias por su valiosa aportación. Dos preguntas, si soy asalariada y vendí mi auto (entre particulares), pero no expedí CFDI ¿tenía obligación de hacerlo aunque la diferencia entre precio de adquisición y precio de venta no exceda las 3 UMAs? Y si es obligatorio ¿Puedo expedirlo de forma extemporánea y cómo porque como asalariada no tengo esa opción en la plataforma del SAT?

    • @josejuanmonsivaiscorrea1828
      @josejuanmonsivaiscorrea1828 8 месяцев назад

      No estas obligada a expedir cfdi, ya que únicamente tributas en sueldos y salarios

    • @gonycat
      @gonycat 8 месяцев назад

      hola cuál es el fundamento de no estar obligado en sueldos y salarios? @@josejuanmonsivaiscorrea1828

    • @haydeejimenez1182
      @haydeejimenez1182 5 месяцев назад +1

      @@josejuanmonsivaiscorrea1828 Agradezco mucho tu respuesta, te comento que la experiencia fue desgastante. Si venden su auto, sean del régimen que sean y sobre todo si están obligados a declarar tengan cuidado con lo siguiente porque se los van a requerir: primero, firmen contrato de compra venta y guarden la copia de la identificación del comprador; si es posible, que se les genere el CFDI correspondiente aunque no haya retención y si hay retención, con mayor razón que se les entregue el CFDI; los cálculos que hagan deben tener fundamento en ley RMF, reglamento y sus propias palabras de cómo llegaron a cada una de las cifras; tengan listas cada una de sus hojas de trabajo (por cada operación) así como el o los fundamentos legales y sus propias palabras (aunque la autoridad conoce la ley perfectamente) el porqué tienen derecho a una exención... hasta aquí es lo que recuerdo, el escrito con el que contestamos fue de 8 hojas aproximadamente más todos los documentos probatorios. Pidieron fundamentar, justificar, explicar y comprobar al menos 7 temas por haber declarado el ingreso ... y eso que estamos hablando de sueldos y salarios. Si se cubren con lo que les comento, difícilmente tendrán problemas para contestar a la autoridad si es que ésta los requiere. Saludos

    • @angeluzmon
      @angeluzmon 5 месяцев назад

      @@haydeejimenez1182 Ya me dio ansiedad por comprar y vender un vehículo con fines particulares, estoy en sueldos y salarios y pensaba vendér mi vehículo a otra persona de sueldos y salarios, luego comprar otro usado pero mas reciente, pero con la emisión de CFDI ya no se que hacer.

    • @haydeejimenez1182
      @haydeejimenez1182 5 месяцев назад +1

      @@angeluzmon hasta donde tengo entendido, el contrato de compraventa entre particulares, incluso la hoja de liberación de responsabilidades que se firma cuando vendes el automóvil tendría que ser suficiente cuando solo tienes ingresos por sueldos y salarios, salvo que haya obligación de la retención y para que no te hagan retenciones tienes que leer Resolución Miscelánea Fiscal, CFF y LISR. Amarra todos los argumentos con las cifras autorizadas y claro que la debes librar. Solo que en estos años te exigen pagar y pagar y no aceptan ni los argumentos legales. Tienes que amarrar todo vs las leyes y miscelánea fiscal. Solo así. Yo me estresé demasiado porque para responderles hay tiempos legales y luego no encontraba los artículos en que nos habíamos basado y fue más tardado amarrar los fundamentos porque lo hicimos bien, pero no copiamos las fuentes (y no encontré en donde se autoriza que el contrato o la hoja de liberación de responsabilidades debería ser suficiente prueba, por eso no pudimos usar ese argumento), si consigues esa fuente, con ese argumento les respondes en caso de que te manden un acto administrativo.

  • @consultorescontablesmexico5398

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