Como celebrar un CONTRATO DE ALQUILER LEGAL por un plazo menor a 3 años - Ley de Alquileres

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  • Опубликовано: 7 ноя 2024

Комментарии • 47

  • @SuperAbogados
    @SuperAbogados  Год назад +1

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    • @gabrielamgg
      @gabrielamgg 10 месяцев назад

      Te puedo invitar un cafe en persona? quisiera hablar contigo

  • @myriammoreno9484
    @myriammoreno9484 Год назад

    excelente fácil de entender ahora pregunto el depósito cuando se termina el contrato como sería la devolución .nunca lo devuelven

  • @gustavoverdun
    @gustavoverdun Год назад

    Hola muy bueno el video. estoy por alquilar una propiedad y habia leido que hay casos excepcionales donde se puede establecer que la duracion del contrato sea menor a 3 años. por ejemplo para un estudiante que viaja a hacer un postgrado o para un trabajador rural en una temporada de 6 meses. ¿ésta no seria una mejor opcion, ya que en el mismo contrato se establece la excepcion al tiempo minimo?

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +2

      Exacto, pero es para una cuestión puntual no se puede renovar indefinidamente

  • @PabloMatsumoto
    @PabloMatsumoto Год назад

    Aplica también a la renovación, aunque la doctrina ya considera que el plazo minimo aplica solo al primer periodo.

    • @geminissabrina9465
      @geminissabrina9465 11 месяцев назад

      Me quedo con la misma duda doc, yo he realizado renovación por plazos menor. Si ya pudiste disiparla te pido me comentes por favor

  • @jonalexlg6904
    @jonalexlg6904 Год назад +1

    Explicación : si el inquilino ya está alquilando se puede renovar como temporario una vez finalizado el contrato anterior. Pero tiene q estar especificado en el contrato

  • @legal7599
    @legal7599 Год назад +6

    deberias hacer un video de como se podrias hacer ese convenio luego del contrato. mostrar un ejemplo en word para descargar 🤔

  • @eduardoaleman-qu2lb
    @eduardoaleman-qu2lb Год назад

    lo que no entiendo es lo siguiente , si un contrato vence el 1 de noviembre de 2023 , y se conviene hace la renuncia para ampliar 6 meses mas con el convenio , porque se debe hacer con fecha posterior si el inquilino en ningun momento dejo de estar en tenencia de la cosa ( inmueble)

  • @JuanPablo-vw7ko
    @JuanPablo-vw7ko Год назад +1

    Si, pero si no entendi mal eso requiere el acuerdo del inquilino. O sea, ya sabemos que si el inquilino quiere puede rescindir el contrato cuando quiere. La duda es como hacerlo desde el locador. Me explico?

    • @silvinapeluqueria8151
      @silvinapeluqueria8151 9 месяцев назад +1

      Te entiendo ne quedo el alquiler tremendame bajo y le queda un añi.y yo me estoy fundiendo.

  • @nerynoir8747
    @nerynoir8747 Год назад +1

    Ahora ando con las manos ocupadas. Pero te voy a pagar 👉☕
    Otros caraduras te piden bocha x este datazo.
    Un abrazo desde Tierra del Fuego Dr

  • @lucasrodriguez2085
    @lucasrodriguez2085 Год назад +2

    El esñiritu del artículo no creo que sea que las inmobiliarias le hagan firmar una renuncia con fecha falsa como recomendas. Inviable a mi parecer que pueda prospersr eso

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +2

      Dónde dije fecha falsa? 😕??? Hay que hacer un convenio con posterioridad al contrato cuando el inquilino tenga la tenencia del inmueble, tal cual dispone la ley. Es lo que dije y lo destaqué.

    • @lucasrodriguez2085
      @lucasrodriguez2085 Год назад +3

      @@SuperAbogados porque claramente si ya está firmado el contrato al locatario nunca le va a convenir firmar eso y renunciar a su derecho. Ya tiene por ley la rescisión sin cargo con aviso anticipado si se quiere ir antes

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +1

      @@lucasrodriguez2085 Los contratos son acuerdos de voluntades. Podríamos decir que tampoco le conviene a los propietarios los contratos tan largos, sin embargo lo siguen haciendo. Más allá de tu opinión de conveniencia o no, del modo que explico se puede hacer legal, y en ningún momento dije poner fecha falsa. Saludos.

    • @lucasrodriguez2085
      @lucasrodriguez2085 Год назад +1

      @@SuperAbogados son acuerdos de voluntades, pero el interés en un caso es meramente patrimonial y en el otro de acceso a vivienda, por ello justamente tenemos ley. A mí modo de ver no es legal, sino abusivo hacia la parte más débil de la relación. Saludos, buen finde.

    • @aledamian91
      @aledamian91 Год назад

      Tal vez no vaya tanto por el lado de las inmobiliarias… Más bien parece una salida para la persona de a pie que tiene un inmueble para alquilar. Más útil para pueblos chicos del interior donde ‘nos conocemos todos’.

  • @369g6
    @369g6 11 месяцев назад

    Tampoco aplica el plazo legal mínimo a los contratos que tengan por objeto el cumplimiento de una finalidad determinada y que debe cumplirse en el plazo menor pactado .
    Cita de la ley.
    Por ej. Venta, remodelacion o disponibilidad del inmueble etc.

  • @saywon2010
    @saywon2010 6 месяцев назад

    De acuerdo a la ley de Martilleros, un tercero puede alquilar un inmueble sin la existencia de una sucesión.
    espero respuesta.

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  6 месяцев назад

      No entiendo la pregunta, que tercero?

  • @sebastianmiranda882
    @sebastianmiranda882 Год назад

    Hola, me podrías ayudar con mi duda..
    Ahora en octubre se termina mi contrato por tres años.
    Y desde la inmobiliaria quieren prorrogar por 6 meses a nuevo valor. Hasta ahí todo bien
    Ahora me dicen que tengo que pagar el ajuste de depósito.. está bien que me cobren eso también?

    • @369g6
      @369g6 11 месяцев назад

      Si es así, se puede hacer extensión o adenda de contrato

  • @federicomendez424
    @federicomendez424 Год назад

    Y te consulto como se hace para que se pueda actualizar con más periodicidad

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад

      Por el momento no hay forma legal de hacerlo.

  • @catherinemunoz3486
    @catherinemunoz3486 Год назад

    Se puede hacer con la nueva ley? Enrique Abatti dice que sí, pero cómo? Si sacaron ese párrafo 😢

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +1

      No estoy al tanto de lo que dice puntualmente la nueva ley y si modifica el art en cuestión. Lo tengo que estudiar

  • @jesusarmandoparedescaro9803
    @jesusarmandoparedescaro9803 Год назад +1

    Toda sobreprotección trae malas consecuencias. Y ésta va dirigida a los locatarios. La modificación del CCyC en el artículo pertinente no debió de fijar un plazo mínimo de la locación. Más bien dejarlo a la libertad contractual y si establecervun plazo máximo, digamos 10 años. En el D° Comparado, y cito el CC de mi país Perú así lo establece. Antes, allá por los 70, hubo una legislación especial sobreprotectora para el inquilino y con topes para el incremento anual del arrendamiento , la imposibilidad de desalojar al inquilino moroso dándosele la chance de traerse abajo los procesos iniciados por el arrendador cancelando su deuda hasta antes de la ejecución de la sentencia misma. Un abuso de derecho. Esto y mucho más. La ley proteccionista se dictó por un gobierno populista, de facto, los militares de izquierda. Las consecuencias de ésta ley fueron muy similares o peor a lo que actualmente ocurre, en materia inmobiliaria en la Argentina. Se arregló cuando retornó la democracia y se promulgó un nuevo CC 84.
    Un cordial saludo desde Lima Perú y gracias apreciado colega Súper Abogado.

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +1

      Muy buena info! Muchas gracias! 💪

    • @EduCado-yg4ep
      @EduCado-yg4ep Год назад

      Ojalá lean tu comentario los diputados y senadores se Argentina.

    • @JuanPablo-vw7ko
      @JuanPablo-vw7ko Год назад

      Si, pero en Arge ntina tenemos un gobierno populista.

  • @UliSessJoaquinn
    @UliSessJoaquinn Год назад +1

    Hola, quería consultarles a ver si alguien sabe del tema y me puede dar una mano.
    Hace 2 años hice un contrato con una inmobiliaria de intermediaria por un alquiler por 3 años, la misma esta firmada por ambas partes pero no esta sellado.
    La cuestión es que el dueño vendió el departamento y el nuevo dueño quiere que lo libere al completar el plazo de 2 años del mismo.
    Mi duda es la siguiente:
    ¿Tiene validez el contrato a pesar de no estar sellado y que el dueño del inmueble ahora sea otra persona?.
    para saber que respaldo legal tengo y si ese contrato tiene algún tipo de validez o no, ya que no tenia en cuenta que esto pudiese pasar y no hay alquileres para realizar una mudanza.
    No quiero dejar mi alquiler actual el cual por contrato aun me debería quedar 1 año mas en el mismo.
    muchas gracias.

    • @JuanPablo-vw7ko
      @JuanPablo-vw7ko Год назад

      A que le llamas sellado? Ningun contrato de locacion lleva sello. En algunos caso interviene algun escribano solo para certificar firmas pero nada mas.

    • @geminissabrina9465
      @geminissabrina9465 11 месяцев назад

      @@JuanPablo-vw7ko Doc, hay que sellar también, pocos lo hacen pero es lo que corresponde

    • @geminissabrina9465
      @geminissabrina9465 11 месяцев назад

      No pueden desalojarte del inmueble aunque haya vendido el locador la propiedad, el nuevo locador debe respetar el alquiler. Aunque no esté sellado el contrato es válido. Buscá un abogado por la zona que vivas

  • @lukglkuglkglk
    @lukglkuglkglk Год назад +2

    Todo bien, pero como le haces firmar al locatario un convenio de renuncia una vez que obtiene la tenencia o sea está ocupando el inmueble?. A título de que haría eso si justamente hay deficit habitacional y no es tan facil volver a alquilar. Salvo que le hagas firmar ambos convenios en el mismo acto pero mintiendo en la fecha del de la renuncia no veo por que lo haría, pero ahi hay fraude a la ley y te podes meter en un problema mayor al de que se quede por el plazo mínimo legal.

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +4

      No le haces firmar 😂, firma o no firma, un convenio es un acuerdo de voluntades libre, ambas partes tienen que querer y si no, no hay convenio. La ley te da la posibilidad, que sea conveniente o no, queda a criterio de las partes intervinientes.

    • @lukglkuglkglk
      @lukglkuglkglk Год назад

      @@SuperAbogados , te aferras a una cuestión semántiva, es obvio que lo "de le haces firmar", quiere decir como lo convences. Es muy improbable que alguien haga tal cosa (irse con fecha cierta) teniendo la posibilidad de hacerlo cuando pueda o le plazca segun la propia ley. O sea está bueno tu video, lo que yo comento y vos lo reconoces con tu respuesta es que en los hechos prácticos, no podes hacer nada para reducir el plazo mínimo legal.

    • @SuperAbogados
      @SuperAbogados  Год назад +3

      @@lukglkuglkglk No comparto lo que decís ni lo que interpretas de lo que digo. Si se puede reducir el plazo y es legal. La probabilidades de que suceda o no, tienen que ver con la capacidad de negociación de las partes. Saludos!

    • @cristianpozzo7436
      @cristianpozzo7436 Год назад

      Sucede que está brindando una "solución" únicamente para el locatario, no para el locador. Eso es lo que no aclaró.

    • @JuanPablo-vw7ko
      @JuanPablo-vw7ko Год назад

      @@SuperAbogados tiene razon el amigo lukluk....... ese parrafo en la ley no tiene ningun sentido porque es impracticable. Bajo que argumento algun locatario "cederia" x escrito lo que la ley le otorga? Mas alla de la mera lectura de la ley estaria bueno que se la interprete diciendo que las chances de "convenir" eso son CERO.