Sra.juez si el interesado designa abogado particular automáticamente quedan subrogados los defensores de oficio ,Tiene prioridad el abogado de elección del imputado,esoe s constitucional y procesal.gracias.
si la procesada tiene apersonados toda una pluralidad de abogados particulares y estos no asisten ¿no merece una multa? se infringe la obligación de lealtad procesal
Así es,el abogado particular o privado está obligado a informar al juez de la causa su apartamiento del proceso,por razones que expone si solo no asiste hay responsabilidad, se configura la falta sujeta de sanción.
Cuando una fiscal en la Investigación Preparatoria, en su requerimiento de prolongación dice que tiene que reiterar oficios que nunca diligencio, en que delito incurre la Fiscal GRACIAS
La mediocridad en su explendor, la que debe guardar las formas es la que dirige el juicio, en otros países el.juez llama a las partes a su oficina o a su corte para hablar esos tipos de detalles observados.....etc etc etc
Veo a la juez muy preocupada en los abogados de la defensa, quizás sea una estrategia hacer este tipo de defensa conjunta o indistinta, la juez al ser de investigación preparatoria debería estar más preocupada en actuar como una juez de garantías y darle todas las facilidades de defensa a la imputada Araceli. Todo esto mas bien muestra un prejuicio o suspicacia de la magistrada hacia la defensa
La Justicia implica que no sólo la Juez hable, sino que de la palabra a los sujetos procesales y abogados, esto me suena a una actitud ególatra de la Juez.
La defensa pública sólo representa, a los ciudadanos que no tiene cómo pagar un abogado particular. Entiendo el Punto de vista de la jueza, pero esos Actos de representación es un tema de trámite y no de audiencia, en el caso de Panamá.
A un buen juez no le debe generar ningún fastidio absolutamente nada respecto del ejercicio de su función jurisdiccional, si algo está mal, que diga que lo que está mal, que diga el fundamento legal y listo, es lamentable que existan estos jueces sin capacidad jurídica.
Un Juez garantista y respetuosos del debido proceso de ley, que a la misma vez imparte justicia en nombre del estado y que sabe el verdadero significado de ser un servidor público, tiene todo el derecho a enfadarse cuando se da cuenta que se está abusando de su buen proceder y por consiguiente del propio estado. El Juez se encarga de impartir, moderar y corregir actuaciones propias en una sala de audiencia… La Jueza en cuestión fue muy explicativa con el único objetivo de evidenciar el comportamiento malicioso de la imputada… El Principio de Economía Procesal faculta a esa Jueza a actuar enfáticamente para prevenir actuaciones que vayan en contra de su trabajo y lógicamente del propio estado que ella representa.
sorry to be so offtopic but does anyone know a way to get back into an Instagram account?? I was dumb forgot my login password. I would love any tricks you can give me
la jueza tiene problemas, se paga con su auxiliar que quede en audio y vídeo que cuando pidió el primer escrito a su a asistente ella en el exp. lo tenia camuflado y luego se pone exigente me dejo entender ...
Felicito a la juez, autoridad, claridad, estudiosa de la ley, ninguna de las partes debe estar por encima de la ley...jueces que permiten violar la ley, prometen darle en la madre a sistemas de justicia....
lo que le recrimina es que no haya subrrogado en el caso a ningun abogado anterior. Los de oficio a los clientes les animan a que abandone el cliente porque ellos son unos cobardes cuando no entienden del caso y no tienen los cojones de admitirlo y dimitir ellis mismos.
No se de leyes pero creo que la defensa pública o privada puede hacer del uso de cualquier medida para defender la inocencia. Leyes claras no interpretaciónes personales.
Como es coordinar especialistas de audiencias puede dar fe de que la carga que tienen los defensores públicos en materia Penal es excesivo de 15 a más audiencias diarias y 20 a más diligencias , fácil es sentarse como magistrado ellos piden resumen de todo a los especialistas de audiencias de causa y sus sentencias lo hacen sus asistentes de despachos, duro es ser defensor público en materia Penal mis respetos a ellos.
Otros acusados pueden necesitar realmente un defensor público; sin embargo, la acusada tiene al defensor público y varios abogados particulares apersonados para su defensa 🙃
Yo soy de ecuador, y Hasta yo e escuchado de esta jueza, que le interesa si el abogado recibe ayuda,,, ella A de que querer dejar a otro libre, para q luego este prófugo
Esta claro que la responsabilidad recae en la Sra Jueza por NO tener el cuidado en la defensa y luego darse cuenta de un abogado particular que esta del todo enterado para dilatar el debido proceso.
Minuto 7:14 ayer asignaron a él nuevo defensor público para la defensa, por que desahogar una audiencia con un defensor que fue asignado un día antes por la autoridad, se debió diferir la audiencia puesto que el abogado no conoce del asunto 🤷♂️🤦♂️
Pues en que pais es? Porque al juez no le importa cuantos abogados tengas. En mexico ni existe una ley que diga que esta prohibido tener más de un defensor. este parece un video de fantasía, carece de credibilidad
Defensor público y tiene también abogados particulares (?) cuál es el chiste si el defensor público es para la gente que no tiene acceso a tener abogado...
Resulta absurdo pensar que acuda a un defensor público que por lo general no tienen la experiencia para casos complicados. Hay algo ahí que no se entiende
La situacion corresponde a que teniendo un abogado particular comparece a la audiencia con un defensor publico cuando posterior habia comparecido con abogados particulares y tiene escrito en que todavia esta siendo patrocinadas por dichos abogados particulares. Hechos que hacen sobreentender a la jueza de la demeritaciones que se dan en el video
No entiendo. alguien qué me explique por favor. ¿ en perú se pueden tener al tiempo defensor público y defensor privado? ¿ lo correcto no era solicitar por parte del Defensor Público el aplazamiento de la audiencia ( pues lo nombraron el día anterior...) para informarse de todo el caso?
Osea el abogado ( de la defensoria publica en vez de hacer su trabajo y condenat a Gerald Oropeza le dan una ayudadita ) ese abogado del ministerio publico ya fue sobornado , por eso dice la juez, guardemos las formas , esta todo filmado.
A ver aclaremos las cosas. la reprimenda es a la litigante y a su(s) abogado(s) NO AL DEFENSOR PUBLICO. Parece que que en LP hay una cierta animadversión contra la Defensa Pública, no es el primer video que pretende dejar mal parada a esta Institución. La Defensa Pública participa como defensa necesaria designado por el Juzgado y es evidente que si el litigante HA APERSONADO alguna defensa conjunta y/o corporativa , cualquiera de aquellos debió asumir la audiencia. Es evidente que se trata de maniobras obstruccionistas de la litigante y sus defensas. El título debió ser "JUEZA REPRENDE A LITIGANTE Y SUS ASESORES POR MANIOBRAS DILATORIAS" .
Quiero entender que es un juicio inquisitorio, por lo extenso del expediente, y por no ser juicio oral, ni público, porque de público solo encuentro la grabación del video, pero la sala es muy pequeña, y no observo asistencia de personas. Además creo que la juez, debe controlar su ímpetu, un juez no puede ser parte, ni protagonista en un proceso, su tono de voz debe ser aclaratorio, y no condenatorio, su intervención debe ser breve y concisa, Como decía MIRABEU, "la brevedad es la pasión de los jueces". por tanto el Juez debe predicar con el ejemplo. Los sujetos procesales, son los que deben dar el impulso procesal, no el juez.. Saludos desde la ciudad de México.
Pelea la buena batalla. Qué imbécil es uted. Que lo condenen a 30 años con BREVEVEDAD. La brevedad, es una mierda de mentira pues esconde la FALTA DE MOTIVACIÓN.
Es que la secretaria está perdida,,,y si se le hace mucha carga de trabajo por lo que gané,,pues que se busque otra cosa,, pero ahí tiene que estar al 100
Me gusta esta ,Jueza,muy inteligente. Ese abogado estaba tratando de ser muy listo, total para defender a unos Mafiosos,parece que le están pagando mucho dinero.
En en Panamá el juez pregunta al investigado si desea continuar con su abogado defensor en caso de estar aucente su defensor y da un reseso de 15 a 30 minutos para ver si asiste. En caso contrario procede a asignar el abogado de oficio para que el investigado no este sin derecho a la defensa.
@@palapabueno6286 No importa qué defensor público le asignen, nunca tendrá idea del caso al que ha sido llamado. Lo usual es que el defensor público pida una aplazamiento para informarse del caso.
Que Jueza tan preoptente e inepta nunca fundó su actuar, nunca mencionó los articulos que lo prohiben que un abogado particular asesore al de oficio que no esta bien enterado del asunto,, tacha para la jueza,,
No se supone q la parte es la q elige q abogado va a representarla en determinado momento... 🤷🏻♀️ Porq la juez tiene q mencionar q tal abogado debe estar y no este sino el otro etc... 🤷🏻♀️ Y q tal si ese abogado tuvo un intercambio d palabras con la defendida... Obvio no va a presentarse con él ???? Entonces dond estaría su libre derecho a elegir su defensor, y ante todo muchos jueces actuan segun sus intereses económicos (coima) en contubernio con ambos abogados defensor y contraparte... Jugando en contra d una d las partes, asi Dirigiendo el proceso a su antojo a favor d los q corrompieron al juez y no con la libertad de cada parte... 😡😡😡😡
La señora jueza habla sin ningún fundamento legal que le ampare, lo que hace es una corrección sintiendo un grado de superioridad sin valorar o darle espacio corriendo traslado a la defensa. Ella hace monólogo.
El Inculpado o procesado , tiene derecho de defenderse solo, asistido de un Defensor de oficio, designar a un Defensor de oficio o un Defensor particular, el Juez está mal interpretando la ley de Procedimientos Penales, debe reconvenir al Inculpado que designe de todos sus abogados a un representante común. No hay ninguna violación a la ley.😂😂😂😂😂😂
¿Jueza? ¿Comberzar? Las partes debaten mediante sus representantes, la juez dirige y orienta el debate, la juez para orientar el debate, tiene que esgrimir los dispositivos legales que prohiben el actuar de los representantes de las partes, los representantes de las partes, no polemisan con la juez, los representantes solo esgrimen los dispositivos legales que respaldan o encausan su actuar o alegatos. ¿ Insidiosa? Significa que contiene un engaño oculto o disimulado para perjudicar a alguien. ¿Es eso lo que la jueza quiere indicar? Que clase de letrados disque son abogados y jueza que no saben lo que dicen
Pero Jueza de que es esta? Es Jueza de un Tribunal de Ética o de Justicia? Esto es un Juicio Canónico? La jueza si es jueza de un tribunal de justicia esta para aplicar normas jurídicas mas no en normas éticas, morales, etc. Los abogados debieron inhabilitarla en el acto para que así la jueza pudiera tener todo el tiempo del mundo para presentar una acusación ética donde y como corresponde; y no permitirle erigirse como juez y parte de una comisión ética en un tribunal de justicia. En un juicio ético me imagino que los abogados tendrán derecho a contestar esas infundadas acusaciones y prejuicios. Solo es permitido a la jueza inmiscuirse en la defensa técnica de los abogados cuando vean que estos la están perjudicando, lo que no se aprecia en el caso sino mas bien, un reforzamiento entre los abogados, sean públicos o privados.
Me llama la atención la actitud de esta jueza y de muchos jueces peruanos. Está bien que un juez tenga la direccion de la audiencia pero estas actitudes me parecen irrespetuosas con los intervinientes en el proceso y además me parece que entorpecen el desarrollo del proceso. Francamente, cuanto tiempo se pierde en los juicios de Perú en que los jueces reprendan a los abogados, fiscales, etc? Es paradójico que estén llamados a resolver conflictos pero al parecer más les gusta generarlos. Y no quiero imaginar cuantas quejas se presentarán por los abogados lo que hará más lenta la labor jurisdiccional.
No es procedente que un procesado tenga abogado público y privado a la vez para su defensa. El abogado del Estado ( publico) asiste a la audiencia para asesorar al investigado de manera subsidiaria, es decir, si no concurre el abogado particular previamente designado por el procesado, lo suple el abogado público. Pero que sucede si el procesado no desa que el abogado público lo defienda, por diversos motivos ?
Qien dice qe uno no puede tener mas de un abogado😳si un abogado no esta haciendo bien su trabajo😳uno busca algien mejor😳esta jueza como si le molestara😳qe la reoresenta un abogado mejor😳o la jueza no qiere qe la defendida demuestre su inocensia😳aki hay gato encerrado😳como siempre 😳hay intereses creados 😳
Tremenda corte, aca solo falta 3 patines, ¿el ser fireti es una cualidad del juez?, nó lo creo, no entiendo por que se pierde tanto tiempo en este lio de compadres, debería ser mas autoridad que figureti
El poder judicial . El ministerio publico y la defensa tecnica estan al mismo nivel del derecho..y que esta jueza se comporte preferentemente es una falta de respeto a las partes procesales..un juez resuelve de acuerdo a las partes. no es una dictadura procesal..a mi opinion debe ser desaforada del poder judicial
Si el estado no tiene una ley específica para quitar la defensoría pública una vez que la parte defensora obtiene defensor particular, no veo porqué es esto un problema, a lo mejor es poco ético para el defensor público, pero no incorrecto, por ejemplo, aquí en México sólo aplica el uso de la defensoría pública cuando el imputado no puede pagarse un defensor particular, de lo que se colige que al adquirir un defensor particular, la defensoría pública ya no tiene facultad para defender. Si la ley de ese país no contempla esto ni sus medios de integración a la ley han cubierto esta laguna, no tiene porque quejarse la jueza, pues tal hecho es ajeno al proceso. Lo digo, porque de existir una Ley o criterio jurisprudencial que regule esto, la jueza lo hubiese invocado a la brevedad para después apercibir al defensor público y hasta retirarlo. Editado: tomando en cuenta que no existe ninguna disposición legal que prohíba que el defensor público reciba asesoría de los defensores privados, tampoco me parece siquiera algo inmoral o poco ético esto, toda vez que la fiscalía sí puede resibir ayuda del asesor jurídico de la víctima u ofendido, en tal tesitura, en un sistema que privilegia la presunción de inocencia y la igualdad entre las partes, es obvio que la defensoría pública pueda recibir el mismo beneficio que la fiscalía, siempre y cuando la ley procesal no lo prohíba. De hecho, la razón por la que muchos países prohíben la coexistencia de la defensoría pública con la privada, es por cuestiones de economía, es decir, el Estado no quiere gastar recursos en defender a una persona cuya inocencia se presume, pero sí gasta recursos en acusarla, esto debería ser incluso materia de debate por el evidente desequilibrio de las partes en este rubro.
porque tiene defensor público y abogados particulares? no se supone que se recurre al auxilio judicial cuando no se cuenta con recursos para pagar un abogado particular?
Lo que parece es que se está dilatando el proceso, desde enero esta el proceso.... Es increíble, desde enero no se determina el tema de fondo y la están pasando a la Juez con la designación de abogados... No se pasen
Si cabe la oportunidad de llamar la atencion por las razones de la jueza, es válido, pero no deberia utilizar tantos minutos para describir y luego decidir sobre tal situación. Eso va en contra de la eficiencia de jusiticia. Menos bla, bla, bla y directo al objeto sin redundar ni repetir. Mal el fiscal, si fue asesorado, segun la jueza.
Desde Colombia, mi concepto: No se le entiende muy bien a la señora Juez. Algo que sucede comúnmente en nuestro país, donde los togados usan el estrado para desacreditar a los abogados en las audiencias con un discurso mediocre
Desconozco la legislación de allá pero ¿Existe un número máximo de abogados que pueda tener una parte? Podría tener 50 y no veo como influye eso al caso.
La estupidez en el derecho, hoy por hoy es cosa del día en mi país. Los jueces se sienten casi dioses, sin merecer el cargo. Ninguna de las conductas que indica constituyen falta de ética o lealtad procesal. Pero la juez ya indico que hay falta procesal.
@JUAN IC Eso no respondió mi pregunta pero creo que tratas de enfatizar que si tiene un defensor particular no debería tener uno proporcionado por el estado lo cual en un principio suena razonable, sin embargo, ¿Que sucede si el particular es un amigo/familiar que no está versado en materia penal? Me refiero a que si ese particular sabe que su conocimiento en el procedimiento es insuficiente pero desea ayudar a su conocido ¿Debería negarsele esa posibilidad a una mejor defensa al inculpado? Personalmente creo que no, aunque ante la notoria incapacidad argumentativa de ambos defensores estás es una de esas situaciones en las que no haces un buen abogado de dos personas con licenciatura. Ahora, según leí de otros comentarios no existe una restricción al número de defensores del inculpado, por lo cual, toda la molestia del juez está de mas.
Lamentanlemenre los defensores públicos no están preparados. Hay muchos condenados por falta de defensa eficaz por parte de los abogados de la defensa pública.
Solo se han preocupado por ver qué se respete el DEBIDO PROCESO,abandonando la defensa ,para no ir contra el juez,para poder conservar la contratación con el Estado
Sra.juez si el interesado designa abogado particular automáticamente quedan subrogados los defensores de oficio
,Tiene prioridad el abogado de elección del imputado,esoe s constitucional y procesal.gracias.
si la procesada tiene apersonados toda una pluralidad de abogados particulares y estos no asisten ¿no merece una multa? se infringe la obligación de lealtad procesal
esos son los que deben penalizar, igual la clienta no conoce sus derechos
Así es,el abogado particular o privado está obligado a informar al juez de la causa su apartamiento del proceso,por razones que expone si solo no asiste hay responsabilidad, se configura la falta sujeta de sanción.
l
La juez quiere reivindicarse despeas de liberar al raterazo de Felix Moreno.
No le tengo estima a ella, porque liberó a tremendo corrupto Félix Moreno del Callao todavía.
Quizás en ese momento no se daban los presupuestos procesales y condiciones para ser preso preventivo
Cuando una fiscal en la Investigación Preparatoria, en su requerimiento de prolongación dice que tiene que reiterar oficios que nunca diligencio, en que delito incurre la Fiscal GRACIAS
Negligencia funcional.
La mediocridad en su explendor, la que debe guardar las formas es la que dirige el juicio, en otros países el.juez llama a las partes a su oficina o a su corte para hablar esos tipos de detalles observados.....etc etc etc
Y para rematarla a cada minuto como una forma de amedrentar repite esta siendo grabado en video por justicia tv....
Y ...?
Ah ya xD
Queria lucirse. Quedó mal parada..una juez no es dictador..cree que el pj es su chacra .no deja ni hablar a la parte que quiere explicar lo sucedido
Toda la vida el dr Marco Riveros y asociados faltando a la lealtad procesal jajajajaja
Veo a la juez muy preocupada en los abogados de la defensa, quizás sea una estrategia hacer este tipo de defensa conjunta o indistinta, la juez al ser de investigación preparatoria debería estar más preocupada en actuar como una juez de garantías y darle todas las facilidades de defensa a la imputada Araceli. Todo esto mas bien muestra un prejuicio o suspicacia de la magistrada hacia la defensa
La juez esta equivocada
Y qué ocultan o td es un negocio Siiiii
Muy atinada la Sra Jueza!
Felicidades Señora Juez, eso es de siempre que alipori en verdad.
Qué carajos .... normal que se asesore con particular no hay problema.
Dejen libre al imputado y metan preso a los abogados....
La Justicia implica que no sólo la Juez hable, sino que de la palabra a los sujetos procesales y abogados, esto me suena a una actitud ególatra de la Juez.
Se cree Todopoderoso esta señora y así uno como puede defenderse si no deja ni hablar... mejor que sentencie para que hace perder el tiempo .
por que no es correcto sera q contraria su sentencia anticipada
La defensa pública sólo representa, a los ciudadanos que no tiene cómo pagar un abogado particular. Entiendo el Punto de vista de la jueza, pero esos Actos de representación es un tema de trámite y no de audiencia, en el caso de Panamá.
El abogado publico puede defender tanto al rico como al pobre
A un buen juez no le debe generar ningún fastidio absolutamente nada respecto del ejercicio de su función jurisdiccional, si algo está mal, que diga que lo que está mal, que diga el fundamento legal y listo, es lamentable que existan estos jueces sin capacidad jurídica.
Un Juez garantista y respetuosos del debido proceso de ley, que a la misma vez imparte justicia en nombre del estado y que sabe el verdadero significado de ser un servidor público, tiene todo el derecho a enfadarse cuando se da cuenta que se está abusando de su buen proceder y por consiguiente del propio estado. El Juez se encarga de impartir, moderar y corregir actuaciones propias en una sala de audiencia… La Jueza en cuestión fue muy explicativa con el único objetivo de evidenciar el comportamiento malicioso de la imputada… El
Principio de Economía Procesal faculta a esa Jueza a actuar enfáticamente para prevenir actuaciones que vayan en contra de su trabajo y lógicamente del propio estado que ella representa.
sorry to be so offtopic but does anyone know a way to get back into an Instagram account??
I was dumb forgot my login password. I would love any tricks you can give me
@Ahmed Malakai instablaster =)
de verdad existen los buenos jueces ? en Mèxico los jueces son menos que parias, venden su amor al mejor postor.
Mosca la Juez.. Pilas todo se relaciona en el minuto 13
la jueza tiene problemas, se paga con su auxiliar que quede en audio y vídeo que cuando pidió el primer escrito a su a asistente ella en el exp. lo tenia camuflado y luego se pone exigente me dejo entender ...
Sin comentarios
Felicito a la juez, autoridad, claridad, estudiosa de la ley, ninguna de las partes debe estar por encima de la ley...jueces que permiten violar la ley, prometen darle en la madre a sistemas de justicia....
Fundamentos señora Juez 🤔
lo que le recrimina es que no haya subrrogado en el caso a ningun abogado anterior. Los de oficio a los clientes les animan a que abandone el cliente porque ellos son unos cobardes cuando no entienden del caso y no tienen los cojones de admitirlo y dimitir ellis mismos.
No se de leyes pero creo que la defensa pública o privada puede hacer del uso de cualquier medida para defender la inocencia. Leyes claras no interpretaciónes personales.
Abogados son abogados son iguales ladrones es el oficio más desonesto corruptos....
queda claro que los abogados publicos no estan bien informados de los casos por eso existe tanta injusticia.
totalmente de acuerdo
Como es coordinar especialistas de audiencias puede dar fe de que la carga que tienen los defensores públicos en materia Penal es excesivo de 15 a más audiencias diarias y 20 a más diligencias , fácil es sentarse como magistrado ellos piden resumen de todo a los especialistas de audiencias de causa y sus sentencias lo hacen sus asistentes de despachos, duro es ser defensor público en materia Penal mis respetos a ellos.
Otros acusados pueden necesitar realmente un defensor público; sin embargo, la acusada tiene al defensor público y varios abogados particulares apersonados para su defensa 🙃
Aquí lo que hay que cambiar es al juez.
Esta es la jueza que mandó a culminar la investigación a keiko fujimori y la que declaró infundada la prisión preventiva del prófugo Félix Moreno
Buen dato los antecedentes de la jueza
Esa misma perra
El juez de investigación preparatoria no es un carcelero es más bien es un juez de garantías
Y falta de ética afirma jajaja ética es lo que debería aprender esta jueza
Que Pendeja de Jueza...! Hablando de Ética, lo que ella No tiene!
hay que ser leales a la justicia no a favor de la corrupción
Yo soy de ecuador, y Hasta yo e escuchado de esta jueza, que le interesa si el abogado recibe ayuda,,, ella A de que querer dejar a otro libre, para q luego este prófugo
Esta claro que la responsabilidad recae en la Sra Jueza por NO tener el cuidado en la defensa y luego darse cuenta de un abogado particular que esta del todo enterado para dilatar el debido proceso.
Minuto 7:14 ayer asignaron a él nuevo defensor público para la defensa, por que desahogar una audiencia con un defensor que fue asignado un día antes por la autoridad, se debió diferir la audiencia puesto que el abogado no conoce del asunto 🤷♂️🤦♂️
y eso no deberia culpabilizar al defensor publico?. Si la tal Araceli es culpable lo entiendo sino no.
Señorita Laura que pase LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA......!!!
Estoy de acuerdo con la juez pero ella tambien comete un error y es que no se conduce con propiedad ni fundamenta su apercibimiento
¿De qué estás hablando?
Pues en que pais es? Porque al juez no le importa cuantos abogados tengas. En mexico ni existe una ley que diga que esta prohibido tener más de un defensor.
este parece un video de fantasía, carece de credibilidad
@@albertosanchez-gg6vsesto no es en México .
Debe ser otro país.
@@albertosanchez-gg6vs en México se puede tener abogado público y particular a la vez? ö
Defensor público y tiene también abogados particulares (?) cuál es el chiste si el defensor público es para la gente que no tiene acceso a tener abogado...
Bien dicho
No conozco el caso debe ser que son varios acusados
Es el irrestricto derecho de defensa, uno puede tener todos los abogados que quiera, aino mira a la china keiko, cuantos abogados crees que tuvo?
Resulta absurdo pensar que acuda a un defensor público que por lo general no tienen la experiencia para casos complicados. Hay algo ahí que no se entiende
De que País es esta audiencia
En realidad el problema es que están tratando de dilatar el proceso con la excusa del "derecho de defensa".
La situacion corresponde a que teniendo un abogado particular comparece a la audiencia con un defensor publico cuando posterior habia comparecido con abogados particulares y tiene escrito en que todavia esta siendo patrocinadas por dichos abogados particulares. Hechos que hacen sobreentender a la jueza de la demeritaciones que se dan en el video
la jueza es muy conciliadora...los delincuentes se la levantan en peso...
No entiendo. alguien qué me explique por favor. ¿ en perú se pueden tener al tiempo defensor público y defensor privado? ¿ lo correcto no era solicitar por parte del Defensor Público el aplazamiento de la audiencia ( pues lo nombraron el día anterior...) para informarse de todo el caso?
Osea el abogado ( de la defensoria publica en vez de hacer su trabajo y condenat a Gerald Oropeza le dan una ayudadita ) ese abogado del ministerio publico ya fue sobornado , por eso dice la juez, guardemos las formas , esta todo filmado.
A ver aclaremos las cosas. la reprimenda es a la litigante y a su(s) abogado(s) NO AL DEFENSOR PUBLICO. Parece que que en LP hay una cierta animadversión contra la Defensa Pública, no es el primer video que pretende dejar mal parada a esta Institución. La Defensa Pública participa como defensa necesaria designado por el Juzgado y es evidente que si el litigante HA APERSONADO alguna defensa conjunta y/o corporativa , cualquiera de aquellos debió asumir la audiencia. Es evidente que se trata de maniobras obstruccionistas de la litigante y sus defensas. El título debió ser "JUEZA REPRENDE A LITIGANTE Y SUS ASESORES POR MANIOBRAS DILATORIAS" .
Me parece tonta la conducta de la juzgadora. Hasta arbitraria en cierto punto. No indica cuál es la falta ética. Estos jueces son el colmo del abuso.
Más de 10 minutos para una llamada de atención? Poff
jaja
Ahí demuestra esa juez su desconociniento como administradora del juicio. Ordene un auto y designen al abogado que iba a defender a la señora y ya
y porque no vemos lo que argumenta la clienta
Yo lo asesore al defensor publico de mi caso porque me apersone tarde y la sala no dijo nada ya pues quejate en ODECMA.
Quiero entender que es un juicio inquisitorio, por lo extenso del expediente, y por no ser juicio oral, ni público, porque de público solo encuentro la grabación del video, pero la sala es muy pequeña, y no observo asistencia de personas. Además creo que la juez, debe controlar su ímpetu, un juez no puede ser parte, ni protagonista en un proceso, su tono de voz debe ser aclaratorio, y no condenatorio, su intervención debe ser breve y concisa, Como decía MIRABEU, "la brevedad es la pasión de los jueces". por tanto el Juez debe predicar con el ejemplo. Los sujetos procesales, son los que deben dar el impulso procesal, no el juez.. Saludos desde la ciudad de México.
Pelea la buena batalla. Qué imbécil es uted. Que lo condenen a 30 años con BREVEVEDAD. La brevedad, es una mierda de mentira pues esconde la FALTA DE MOTIVACIÓN.
Jajaja como la otra abogada no encuentra ni el escrito jajaja un celular que clase de abogadoa por Dios QUE HORROR!
1:20 la fusiló con su mirada, esto es un ejemplo de persona con oportunidades de vida , pero están podridos por dentro
Para que se lo pidió si lo tenía ella más a la mano que tensión trabajar con alguien asi
Es que la secretaria está perdida,,,y si se le hace mucha carga de trabajo por lo que gané,,pues que se busque otra cosa,, pero ahí tiene que estar al 100
@@marcogonzalez6423 por eso nunca llegaras a hacer alguien en la vida, sigue de miserable toda tu vida
Y por que no es correcto? Cual es el fundamento legal? Ahh! Es Peru. Con razon.
🖐️
Por que no se puede? Si la idea es dar la mejor defensa al acusado.
Me gusta esta ,Jueza,muy inteligente. Ese abogado estaba tratando de ser muy listo, total para defender a unos Mafiosos,parece que le están pagando mucho dinero.
En en Panamá el juez pregunta al investigado si desea continuar con su abogado defensor en caso de estar aucente su defensor y da un reseso de 15 a 30 minutos para ver si asiste. En caso contrario procede a asignar el abogado de oficio para que el investigado no este sin derecho a la defensa.
y si el abogado que le asignan no tiene ni idea del caso?
@@palapabueno6286 No importa qué defensor público le asignen, nunca tendrá idea del caso al que ha sido llamado. Lo usual es que el defensor público pida una aplazamiento para informarse del caso.
SEGURO SON DE PERU JJAAJAJAJAJ
Que Jueza tan preoptente e inepta nunca fundó su actuar, nunca mencionó los articulos que lo prohiben que un abogado particular asesore al de oficio que no esta bien enterado del asunto,, tacha para la jueza,,
No se supone q la parte es la q elige q abogado va a representarla en determinado momento... 🤷🏻♀️ Porq la juez tiene q mencionar q tal abogado debe estar y no este sino el otro etc... 🤷🏻♀️ Y q tal si ese abogado tuvo un intercambio d palabras con la defendida... Obvio no va a presentarse con él ???? Entonces dond estaría su libre derecho a elegir su defensor, y ante todo muchos jueces actuan segun sus intereses económicos (coima) en contubernio con ambos abogados defensor y contraparte... Jugando en contra d una d las partes, asi Dirigiendo el proceso a su antojo a favor d los q corrompieron al juez y no con la libertad de cada parte... 😡😡😡😡
La señora jueza habla sin ningún fundamento legal que le ampare, lo que hace es una corrección sintiendo un grado de superioridad sin valorar o darle espacio corriendo traslado a la defensa. Ella hace monólogo.
esa jueza dirige el debate o es dictadora, malisima. aunque su observacion es valida, hay formas de correr traslado de la observacion.
El Inculpado o procesado , tiene derecho de defenderse solo, asistido de un Defensor de oficio, designar a un Defensor de oficio o un Defensor particular, el Juez está mal interpretando la ley de Procedimientos Penales, debe reconvenir al Inculpado que designe de todos sus abogados a un representante común. No hay ninguna violación a la ley.😂😂😂😂😂😂
¿Jueza? ¿Comberzar? Las partes debaten mediante sus representantes, la juez dirige y orienta el debate, la juez para orientar el debate, tiene que esgrimir los dispositivos legales que prohiben el actuar de los representantes de las partes, los representantes de las partes, no polemisan con la juez, los representantes solo esgrimen los dispositivos legales que respaldan o encausan su actuar o alegatos.
¿ Insidiosa?
Significa que contiene un engaño oculto o disimulado para perjudicar a alguien. ¿Es eso lo que la jueza quiere indicar? Que clase de letrados disque son abogados y jueza que no saben lo que dicen
Esa jues a penas sabe su nombre
En mi país quien tiene abogado privado no le corresponde defensor público
-Pasenme el escrito
...
...
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.
..
.
.
.
-Aqui lo tengo yo jskdkdjs
Yo soy juez de audiencias y la verdad, me dió risa su prepotencia y arrogancia para impartir y administrar justicia.
Pero Jueza de que es esta? Es Jueza de un Tribunal de Ética o de Justicia? Esto es un Juicio Canónico? La jueza si es jueza de un tribunal de justicia esta para aplicar normas jurídicas mas no en normas éticas, morales, etc. Los abogados debieron inhabilitarla en el acto para que así la jueza pudiera tener todo el tiempo del mundo para presentar una acusación ética donde y como corresponde; y no permitirle erigirse como juez y parte de una comisión ética en un tribunal de justicia. En un juicio ético me imagino que los abogados tendrán derecho a contestar esas infundadas acusaciones y prejuicios. Solo es permitido a la jueza inmiscuirse en la defensa técnica de los abogados cuando vean que estos la están perjudicando, lo que no se aprecia en el caso sino mas bien, un reforzamiento entre los abogados, sean públicos o privados.
jajaja esa jueza barrio con todos... ni la especialista de audiencia se salvo
Me llama la atención la actitud de esta jueza y de muchos jueces peruanos. Está bien que un juez tenga la direccion de la audiencia pero estas actitudes me parecen irrespetuosas con los intervinientes en el proceso y además me parece que entorpecen el desarrollo del proceso. Francamente, cuanto tiempo se pierde en los juicios de Perú en que los jueces reprendan a los abogados, fiscales, etc? Es paradójico que estén llamados a resolver conflictos pero al parecer más les gusta generarlos. Y no quiero imaginar cuantas quejas se presentarán por los abogados lo que hará más lenta la labor jurisdiccional.
No es procedente que un procesado tenga abogado público y privado a la vez para su defensa. El abogado del Estado ( publico) asiste a la audiencia para asesorar al investigado de manera subsidiaria, es decir, si no concurre el abogado particular previamente designado por el procesado, lo suple el abogado público. Pero que sucede si el procesado no desa que el abogado público lo defienda, por diversos motivos ?
Eso lo decide el juez no el procesado.
Qien dice qe uno no puede tener mas de un abogado😳si un abogado no esta haciendo bien su trabajo😳uno busca algien mejor😳esta jueza como si le molestara😳qe la reoresenta un abogado mejor😳o la jueza no qiere qe la defendida demuestre su inocensia😳aki hay gato encerrado😳como siempre 😳hay intereses creados 😳
No se donde pasan examen psicológico jueces y fiscales
Este juicio ha debido ser estudiado previamente, parece una discusión de esquina, nadie prevé ni la jueza, se pierde demasiado tiempo explicando.
Tremenda corte, aca solo falta 3 patines, ¿el ser fireti es una cualidad del juez?, nó lo creo, no entiendo por que se pierde tanto tiempo en este lio de compadres, debería ser mas autoridad que figureti
El poder judicial . El ministerio publico y la defensa tecnica estan al mismo nivel del derecho..y que esta jueza se comporte preferentemente es una falta de respeto a las partes procesales..un juez resuelve de acuerdo a las partes. no es una dictadura procesal..a mi opinion debe ser desaforada del poder judicial
Bien por la observación, pero emita resolución, el juez esta facultado para sancionar practicas dilatorias u obstruccionistas
Se merece una recusación esa jueza encima no da uso de la palabra
Jajajaja ella o la defensa??
Lo mismo pensé, ella dice que le es un fastidio la situación, será que tiene algún interés personal.
Estoy de acuerdo..no a la dictadura procesal
parece que peleo con su marido
Parece que su mqrido no le dio bien xd
Si el estado no tiene una ley específica para quitar la defensoría pública una vez que la parte defensora obtiene defensor particular, no veo porqué es esto un problema, a lo mejor es poco ético para el defensor público, pero no incorrecto, por ejemplo, aquí en México sólo aplica el uso de la defensoría pública cuando el imputado no puede pagarse un defensor particular, de lo que se colige que al adquirir un defensor particular, la defensoría pública ya no tiene facultad para defender. Si la ley de ese país no contempla esto ni sus medios de integración a la ley han cubierto esta laguna, no tiene porque quejarse la jueza, pues tal hecho es ajeno al proceso. Lo digo, porque de existir una Ley o criterio jurisprudencial que regule esto, la jueza lo hubiese invocado a la brevedad para después apercibir al defensor público y hasta retirarlo.
Editado: tomando en cuenta que no existe ninguna disposición legal que prohíba que el defensor público reciba asesoría de los defensores privados, tampoco me parece siquiera algo inmoral o poco ético esto, toda vez que la fiscalía sí puede resibir ayuda del asesor jurídico de la víctima u ofendido, en tal tesitura, en un sistema que privilegia la presunción de inocencia y la igualdad entre las partes, es obvio que la defensoría pública pueda recibir el mismo beneficio que la fiscalía, siempre y cuando la ley procesal no lo prohíba. De hecho, la razón por la que muchos países prohíben la coexistencia de la defensoría pública con la privada, es por cuestiones de economía, es decir, el Estado no quiere gastar recursos en defender a una persona cuya inocencia se presume, pero sí gasta recursos en acusarla, esto debería ser incluso materia de debate por el evidente desequilibrio de las partes en este rubro.
Que norma prohibe la defensa colectiva
FELICITACIONES A LA SRA JUEZA
MIS RESPETOS Y ADMIRACION POR TAN JUSTA Y NO PERMITE LAS ...VIVESAS DE LOS ABOGADOS ....
PAPEL HIGIENICO A LA SEÑORA
Jamás.sera igual un defensor público que un abogado privado
porque tiene defensor público y abogados particulares? no se supone que se recurre al auxilio judicial cuando no se cuenta con recursos para pagar un abogado particular?
Que le diga en que ley o norma establece que no puede asesorarce fácil se la voltea
Estos jueces peruanos están más jodidos que los mexicanos!!!.
Pero si puede multarlo y seguir adelante la audiencia..
señora avanza la audiencia queremos produccion,
La especialista de actas a febrero de 2021 todavía sigue buscando los papeles que le pidió la jueza.
Lo que parece es que se está dilatando el proceso, desde enero esta el proceso.... Es increíble, desde enero no se determina el tema de fondo y la están pasando a la Juez con la designación de abogados... No se pasen
Ese procedimiento típico es generador de corrupción,lo sabía TODOS.
Si cabe la oportunidad de llamar la atencion por las razones de la jueza, es válido, pero no deberia utilizar tantos minutos para describir y luego decidir sobre tal situación. Eso va en contra de la eficiencia de jusiticia. Menos bla, bla, bla y directo al objeto sin redundar ni repetir. Mal el fiscal, si fue asesorado, segun la jueza.
Desde Colombia, mi concepto: No se le entiende muy bien a la señora Juez. Algo que sucede comúnmente en nuestro país, donde los togados usan el estrado para desacreditar a los abogados en las audiencias con un discurso mediocre
yo no creo se mediocre pero deberia tener un motivo la clienta y no le da la palabra para poder entender el motivo
Es correcto que los reprenda .
Tanta plata en varios abogados, uno solo nada mas y bueno... confiar en uno, eso se debe a la desconfianza....
La jueza quiere hablar y que no le rebatan....
Que manía de dilatar la audiencia, prosiga con el proceso y deje de figuretear
No entendi nada pero aquí ando de chismoso.
Desconozco la legislación de allá pero ¿Existe un número máximo de abogados que pueda tener una parte? Podría tener 50 y no veo como influye eso al caso.
La estupidez en el derecho, hoy por hoy es cosa del día en mi país. Los jueces se sienten casi dioses, sin merecer el cargo. Ninguna de las conductas que indica constituyen falta de ética o lealtad procesal. Pero la juez ya indico que hay falta procesal.
El problema es que el Defensor Publico solo es para personas en necesidad. Y si tienes para contratar privados no deberia tener esta ayuda del Estado.
pero no en plena audiencia
@@victorsamaniego9942 ¿Según que ley y artículo?
@JUAN IC Eso no respondió mi pregunta pero creo que tratas de enfatizar que si tiene un defensor particular no debería tener uno proporcionado por el estado lo cual en un principio suena razonable, sin embargo, ¿Que sucede si el particular es un amigo/familiar que no está versado en materia penal?
Me refiero a que si ese particular sabe que su conocimiento en el procedimiento es insuficiente pero desea ayudar a su conocido ¿Debería negarsele esa posibilidad a una mejor defensa al inculpado? Personalmente creo que no, aunque ante la notoria incapacidad argumentativa de ambos defensores estás es una de esas situaciones en las que no haces un buen abogado de dos personas con licenciatura.
Ahora, según leí de otros comentarios no existe una restricción al número de defensores del inculpado, por lo cual, toda la molestia del juez está de mas.
Abogao, retirao etc.
Esa es la clase de jueces que tienen en Perú?
Que asco peru
Estos jueces se creen los dueños de la verdad
Lamentanlemenre los defensores públicos no están preparados. Hay muchos condenados por falta de defensa eficaz por parte de los abogados de la defensa pública.
Lo que pasa es que durante muchos años la defensa pública se ha entendido doctrinalmente cómo no Defensa.
Solo se han preocupado por ver qué se respete el DEBIDO PROCESO,abandonando la defensa ,para no ir contra el juez,para poder conservar la contratación con el Estado
Lo único que quería era ganar tiempo
jajaja que fue con su pack d la jueza toa calata
Y a qué hora vergas sale la señorita laura
esta jueza es brava eh
Ese wenceslao salomon apazañaupa es un ignorante ajjajajja
Jajaj PS que esperaba es peru