Qe ago si un ministerio me abandona el caso y lo pasa a otro ministerio y aparte no me da ni un documento prueba de las q se recaudaron en investigación porfavor ojalá me responda gracias
Gracias por sus palabras sabe soy una sra de la tercera edad con un problema desde ace 2 años con un hijo en el estado de México y quiero aprender ya que los abogados que les he pedido sus servicios que an sido 3 no me a podido ayudar en nada y ya no tengo con que pagar que ago
maestro que opina de ahora que cuando se trata de una ejecucion orden de aprehension ya no se califica la detencion y es directo a la formulacion de la imputacion
CONSIGNAR, COMO SE HACIA ANTES, NO ES EJERCER LA ACCIÓN PENAL COMO SE HACE HOY... PERO ANTES Y DESPUÉS COINCIDE EL DETALLE DE QUE SE HACE POR ESCRITO... ESCRITO DE ACUSACIÓN O ESCRITO DE EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL
Excelente video Muchas gracias por compartir el conocimiento Maestro Saucedo, me alegra que comparta este tipo de contenido no solamente en el grupo de foro jurídico en Facebook sino también implementando esta red social para aclarar dudas de una forma más amena, un saludo cordial espero que tenga buena tarde.
NOOOON MI LIC... LO CONTRADIGO... EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SÓLO PUEDE SER UNO... EL HECHO DE QUE DESPUÉS DE INVESTIGAR SOLICITE AUDIENCIA INICIAL NO ES EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SOLO ES JUDICIALIZAR, O SEA PONER EN CONOCIMIENTO DEL JUEZ UN REQUERIMIENTO.... AUNQUE SEA VINCULADO CON PRISIÓN PREVENTIVA, TAMPOCO ES... EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SE DA CON LA ACUSACIÓN YA QUE AHÍ ES CUANDO VERDADERAMENTE SE ESTÁ CONSIGNANDO EL ASUNTO ANTE EL JUEZ.... AUNQUE POR CRITERIOS POLÍTICOS DE LA SUPERIORIDAD SE ESTÁ EJÉRCIENDO LA ACCIÓN PENAL DE FORMA ARBITRARIA, PARECERÍA QUE CON EL OBJETO DE GENERAR NÚMEROS MENTIROSOS
Gracias por su aporte muy enriquecedor. Lo único que veo no necesario es cuando menciona que antes era así y ahora es de esta manera, porque eso podria confundir y ya las nuevas generaciones tienen que aprender lo que dice la norma actual. Saludos. Ya me suscribí.
Excelente video maestro, muy digerible, muy útil la información, especialmente lo referente a la presentación del Amparo en el caso de que exista demora por parte de los Directores de los Centros Penitenciarios para dejar en libertad a los internos, gracias por compartir su experiencia, saludos!!
Gracias Maestro por compartir su conocimiento, en una audiencia de vinculación a proceso puede el juez dejar en libertad al imputado, sin llevar acabo el desahogo de pruebas? Gracias
El elemento relativo a la culpabilidad consiste propiamente en un juicio de reproche.... Atinente a la fase de enjuiciamiento, hasta entonces, es decir, en la etapa concerniente al sustento de la xemisión del auto de mérito, se considera un injusto penal, toda vez que aún no resulta idóneo abocarse al estudio de la culpa como elemento configurativo.... puesto que los órganos de prueba aun no actúan en Juicio.... Desde esta perspectiva no se a producido prueba ... considero que a través del presente video, s olamente se está redundando en la secuencia procesal de dicha fase, en realidad desde la humilde opinión de su servidor no existe opinión o alguna aportación relevante a diferencia de diversos considerados grandes doctrinaríos y academícos, desconociendo entonces, el objeto de la publicación en comento...... Gracias de cualquier manera.... Éxitos Lic.
Puedo yo imputado entre esta audiencia y la intermedia solicitar nulidad... Porque la misma Juexa me dio la palabra y la misma jueza junto con defensor e incluso coacusados. Me instaron a callar y la jueza me a percibe diciendo que lo que diga puede ser usado en mi contra.. Me callo y acuerdan vernos en la siguiente etapa... La jueza como rutina y nuestro abogado nos dijo que eso hiciéramos de antemano pero la acusación falsa pesaba mucho sobre mí Más que a los otros y fui sorprendido por el fiscal porque ignoraba cuáles serían los cargos. Está supuestamente video grabado...
Maestro buen día, soy de reciente inscripción, es de bien nacidos ser agradecidos, sirva el presente para reiterarle mi infinito agradecimiento; y comentarle que lo más cercano que tengo a cursos y conferencias lo es el Estado de Puebla, radico en la zona centro del Estado de Veracruz (Córdoba).
siempre es provechoso aprender de usted
Gracias
Excelente
Qué significa vincular a proceso con prision preventiva mientras inicia investigación completaria
Excelente explicación, he aprendido mucho con Usted, que en la facultad, muchas gracias.
Excelente, muchas gracias
Excelente Maestro, me suscribo.👌
Magistral conferencia, estaremos el 14 y 15 de marzo
Qe ago si un ministerio me abandona el caso y lo pasa a otro ministerio y aparte no me da ni un documento prueba de las q se recaudaron en investigación porfavor ojalá me responda gracias
Gracias por sus palabras sabe soy una sra de la tercera edad con un problema desde ace 2 años con un hijo en el estado de México y quiero aprender ya que los abogados que les he pedido sus servicios que an sido 3 no me a podido ayudar en nada y ya no tengo con que pagar que ago
CADA VEZ QUE VEO SUS VIDEOS ME NUTRO GRACIAS CABALLERO
Grs
😭😭😭 No entendí y mi familiar está vinculado a proseso y solicitar medida cautelar 😭😭😭
Me encanta que me haga sentir en un salón de clase🤭
Gracias gracias
Excelente. Soy ingeniero pero son cosas que todos debemos de saber.
Gran explicación ,voy a recomendar su canal licenciado y gracias por el video
Grs
Excelente, muy buena clase, clase no, cátedra. Muchas gracias por compartir sus experiencias, y ojalá siga así siempre.
maestro que opina de ahora que cuando se trata de una ejecucion orden de aprehension ya no se califica la detencion y es directo a la formulacion de la imputacion
Quiza a raiz de una tesis.
Gracias por compartir tus conocimientos maestro tus consejos me han salvado de hacer el ridículo varias veces
CONSIGNAR, COMO SE HACIA ANTES, NO ES EJERCER LA ACCIÓN PENAL COMO SE HACE HOY... PERO ANTES Y DESPUÉS COINCIDE EL DETALLE DE QUE SE HACE POR ESCRITO... ESCRITO DE ACUSACIÓN O ESCRITO DE EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL
Excelente observación sobre la vinculación a proceso. saludos
Gracias.
Gracias por compartirnos su sabiduria
Ojalá así sea en la práctica.
Por desgracia así lo dice la Ley pero la realidad es otra.
Saludos
Donde esta el auto.x escrito
Excelente explicación.
Felicidades!!!
Grs
gracias Mtro. siempre es un placer escucharlo y aprender de su basta experiencia.
Grs
Que claro, consiso y directo Maestro.
Excelente explicación 👍👍💯🇲🇽
Muchas grs
Muy buena explicación saludos...
Grs
Me gusta mucho su canal maestro, algún día seré un gran abogado penalista como usted.
Grs
Excelente video Muchas gracias por compartir el conocimiento
Maestro Saucedo, me alegra que comparta este tipo de contenido no solamente en el grupo de foro jurídico en Facebook sino también implementando esta red social para aclarar dudas de una forma más amena, un saludo cordial espero que tenga buena tarde.
Grs
@@JuridicoSaucedoMxgrasias
NOOOON MI LIC... LO CONTRADIGO... EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SÓLO PUEDE SER UNO... EL HECHO DE QUE DESPUÉS DE INVESTIGAR SOLICITE AUDIENCIA INICIAL NO ES EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SOLO ES JUDICIALIZAR, O SEA PONER EN CONOCIMIENTO DEL JUEZ UN REQUERIMIENTO.... AUNQUE SEA VINCULADO CON PRISIÓN PREVENTIVA, TAMPOCO ES... EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL SE DA CON LA ACUSACIÓN YA QUE AHÍ ES CUANDO VERDADERAMENTE SE ESTÁ CONSIGNANDO EL ASUNTO ANTE EL JUEZ.... AUNQUE POR CRITERIOS POLÍTICOS DE LA SUPERIORIDAD SE ESTÁ EJÉRCIENDO LA ACCIÓN PENAL DE FORMA ARBITRARIA, PARECERÍA QUE CON EL OBJETO DE GENERAR NÚMEROS MENTIROSOS
Gracias por su aporte muy enriquecedor. Lo único que veo no necesario es cuando menciona que antes era así y ahora es de esta manera, porque eso podria confundir y ya las nuevas generaciones tienen que aprender lo que dice la norma actual.
Saludos. Ya me suscribí.
Maestro Saucedo, en los mecanismos alternos de solución de controversias la figura de el Facilitador que mediara la gestión será parte del MP ?
No del mp, si de la Fiscalia Gral
Un gusto y un placer verlo y escucharlo maestro cada cápsula que comparte me permite aprender más
Grs
Excelentísimo Maestro 😎
Grs
Hola buenas días nosotros tenemos un problema q ami hermano lo acusan lesiones dolosas calificadas y siendo q la s personas q nos acusan fue x riña
5546185060
Maestro, gracias le sigo en sus clases.
No es para quitarse la paleta y no darlo x escrito x eso la video
Excelente video maestro, muy digerible, muy útil la información, especialmente lo referente a la presentación del Amparo en el caso de que exista demora por parte de los Directores de los Centros Penitenciarios para dejar en libertad a los internos, gracias por compartir su experiencia, saludos!!
Grs
Excelente exposición, gracias Maestro.
Gracias Maestro por compartir su conocimiento, en una audiencia de vinculación a proceso puede el juez dejar en libertad al imputado, sin llevar acabo el desahogo de pruebas? Gracias
Si
Porque??????
Muy. Interesante, maestro esperamos mas videos y poder participar por el libro. Saludos....
Hola, deben existir datos de prueba de la existencia de un delito o datos de prueba de la comisión del delito por parte del imputado?
Existencia de un delito, será para sentencia, en juicio. La distinción de comisión de un delito, es irrelevante.
Excelente día sin poder salir de su casa
Amparo solo en Alemania y en México no existe es simulación
hay maestro....
El elemento relativo a la culpabilidad consiste propiamente en un juicio de reproche.... Atinente a la fase de enjuiciamiento, hasta entonces, es decir, en la etapa concerniente al sustento de la xemisión del auto de mérito, se considera un injusto penal, toda vez que aún no resulta idóneo abocarse al estudio de la culpa como elemento configurativo.... puesto que los órganos de prueba aun no actúan en Juicio.... Desde esta perspectiva no se a producido prueba ... considero que a través del presente video, s olamente se está redundando en la secuencia procesal de dicha fase, en realidad desde la humilde opinión de su servidor no existe opinión o alguna aportación relevante a diferencia de diversos considerados grandes doctrinaríos y academícos, desconociendo entonces, el objeto de la publicación en comento...... Gracias de cualquier manera.... Éxitos Lic.
HOLA EN PUEBLA, CUANDO SERA.
17 const.3 párrafo
Puedo yo imputado entre esta audiencia y la intermedia solicitar nulidad... Porque la misma Juexa me dio la palabra y la misma jueza junto con defensor e incluso coacusados. Me instaron a callar y la jueza me a percibe diciendo que lo que diga puede ser usado en mi contra.. Me callo y acuerdan vernos en la siguiente etapa... La jueza como rutina y nuestro abogado nos dijo que eso hiciéramos de antemano pero la acusación falsa pesaba mucho sobre mí Más que a los otros y fui sorprendido por el fiscal porque ignoraba cuáles serían los cargos. Está supuestamente video grabado...
Puedes
Cuál será el obsequio maestro? 😉
Libro Dr. Quintino
Perfecto maestro, gracias estoy al pendiente. Bendiciones!!
Maestro buen día, soy de reciente inscripción, es de bien nacidos ser agradecidos, sirva el presente para reiterarle mi infinito agradecimiento; y comentarle que lo más cercano que tengo a cursos y conferencias lo es el Estado de Puebla, radico en la zona centro del Estado de Veracruz (Córdoba).
Excelente maestro Gracias Dios lo recompense por su compartimiento desinteresado y deseo comunicarme con usted bendiciones
5531374455
A los 3 primeros
☝🏼
🖑
👌🏽👍🏼
¿Cuándo el libro del Dr. Quintino Maestro?
@@duarte100norteno6 Dame tu dirección, se está añejando. Y whatsApp 5531374455
Cita
El juez es delincute
¿Por qué de dice "auto"?
Solo me parece extraño, e interesante para saber lo que enfrentarán los corrupos de nuestro país.
auto es el acto que emite autoridad jurisdiccional mismo que da impulso al proceso, es decir lo avanza .
15 de febrero en Puebla, informes
bit.ly/2Cm5HRZ