Impuesto de Industria y Comercio | Territorialidad

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  • Опубликовано: 14 окт 2024
  • Dentro del hecho generador del Impuesto de Industria y Comercio hay una parte importante que es la territorialidad, hablábamos que dentro del Decreto Ley 1333 de 1986 dice “por los ingresos que se realicen dentro de la jurisdicción”, esa jurisdicción se refiere a la territorialidad, en este caso el Distrito Capital de Bogotá.

Комментарии • 2

  • @yerlingmichelcamachomontoy2445

    Me puedes explicar este articulo 30 de sujeto activo porfavor es que no entendí muy bien, espero su pronta respuesta, porfavoooooorrrrr.
    PARÁGRAFO PRIMERO: La comercialización de productos elaborados en la actividad industrial es la culminación de ésta, por lo tanto, no se causa el impuesto como actividad comercial.
    PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando en las canteras para la producción de materiales de construcción se demuestre que hay transformación de los mismos, se considerará actividad industrial.

    • @haciendabogota
      @haciendabogota  Год назад

      Cordial saludo, te invitamos a realizar tu consulta en nuestros canales de atención como nuestro Chat Tributario el cual encontrarás a través del siguiente enlace www.shd.gov.co/shd/, también por medio de nuestras redes sociales como Hacienda Bogotá o puedes generar tu consulta en la línea de atención para temas tributarios: 3385000 extensiones (5581 o 5523) de lunes a viernes: 7:00 am - 4:30 pm.
      También puedes escribir a la línea de WhatsApp 300 2703002 (lunes a viernes, de 7:00a. m. a 5:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.