¿CÓMO CALCULAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN? |JUBILACIÓN ORDINARIA 2022

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  • Опубликовано: 24 июл 2024
  • ¡¡ADVERTENCIA!!
    En el 1º ejemplo del cálculo de la pensión para 2022.
    Minuto 7`19". Hay un ERROR en el % aplicable, en la OPERACIÓN (106 meses x 0,21%) da la cantidad de 22,26% . (NO 32,76%).
    La cuantía resultante será: 1.142,85 (BR) X 81,76%=934,39 €
    Capítulos:
    00:00 Introducción.
    00:11 Tipos de Jubilación.
    00:17 Requisitos para acceder a la pensión de jubilación.
    03:00 Cálculo de la pensión de Jubilación.
    05:22 Ejemplo del cálculo de la pensión de Jubilación.
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    #Jubilación #Pensión #Cálculopensión
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Комментарии • 42

  • @marinamerono533
    @marinamerono533 2 года назад +2

    Está genial explicado!!! Muchas gracias por tu contenido, es súper útil

  • @victoriaprado8014
    @victoriaprado8014 2 года назад

    Me están encantando tus videos. Lo explicas muy muy bien. Muchas gracias!!!

  • @victorgarciaabad9681
    @victorgarciaabad9681 2 года назад +1

    Me encantan tus vídeos bendiciones 🙏🙏

  • @valentinaguemo4850
    @valentinaguemo4850 Год назад

    Mil gracias por el canal. Y entonces sí es solo por temporada de verano?? No hay alguna salida a ello? Gracias ☺️

  • @joserubio3991
    @joserubio3991 2 года назад

    Se entiende y puedes contrastar con tus cantidades gracias

  • @marcosazgarcia9585
    @marcosazgarcia9585 Месяц назад

    Buenas, en el segundo ejemplo los 18 meses sobrantes al hacer el calculo del porcentaje de los 209 meses siguientes se computaran como porcentaje adicional por cumplir la edad de jubilación según la disposición transitoria 7 del TRGSS por tanto serian 4 % mas ¿no? y como no supera el limite se calcula en el % total, siendo 104 y la pensión quedando en unos 980€..?

  • @manueljesusdiazbetancort8922
    @manueljesusdiazbetancort8922 Год назад

    soy una persona sola estoy enfermo y mi padre tiene 90 se lo llevaron de la casa para la Candelaria y el fulgon no me dicen nada para que pueda hacer algo pero lo que se lo llevaron firmaron por mí no se que hacer

  • @miguelgr7966
    @miguelgr7966 2 года назад

    o sea que María trabajo 18 meses mas que no le sirven para nada ?

  • @JaviQuiles
    @JaviQuiles 2 месяца назад

    Buen vídeo, una duda la base reguladora dice 300 bases de cotización (esto como lo se? ) quiero decir son por contingencias comunes esa suma de las 300 bases?

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 месяца назад

      Buenos días Javier, las Bases de Cotización son por CComunes y puedes sacarlas a través del Informe de Bases de Cotización que ofrece la página web de la Seguridad Social, en import@ss también puedes sacarlo. Existe igualmente un Simulador de la Pensión, con la que poder hacerte una idea.
      Gracias

    • @JaviQuiles
      @JaviQuiles 2 месяца назад

      Gracias🙏🏽

  • @hal95000
    @hal95000 Год назад

    Hola. Gracias por tu aportación. Que ocurre si los porcentajes superan el 100%. Por ej. 115% porque tienes muchísimos años cotizados? Gracias y Enhorabuena

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад

      Hola @Josemanuel, no se puede tener más del 100% según las fórmulas para el cálculo, a pesar de tener más años cotizados. NO obstante, la ley Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones establece que «2. Cuando se acceda a la pensión de jubilación a una edad superior a la que resulte de aplicar en cada caso lo establecido en el artículo 205.1.a), siempre que al cumplir esta edad se hubiera reunido el período mínimo de cotización establecido en el artículo 205.1.b), se reconocerá al interesado por cada año completo cotizado que transcurra desde que reunió los requisitos para acceder a esta pensión, un complemento económico que se abonará de alguna de las siguientes maneras, a elección del interesado:
      a) Un porcentaje adicional del 4 por ciento por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión.
      El porcentaje adicional obtenido según lo establecido en el párrafo anterior se sumará al que con carácter general corresponda al interesado de acuerdo con el apartado 1, aplicándose el porcentaje resultante a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión, que no podrá ser superior en ningún caso al límite establecido en el artículo 57.
      En el supuesto de que la cuantía de la pensión reconocida alcance el indicado límite sin aplicar el porcentaje adicional o aplicándolo solo parcialmente, el interesado tendrá derecho, además, a percibir anualmente una cantidad cuyo importe se obtendrá aplicando al importe de dicho límite vigente en cada momento el porcentaje adicional no utilizado para determinar la cuantía de la pensión, redondeado a la unidad más próxima por exceso. La citada cantidad se devengará por meses vencidos y se abonará en catorce pagas, sin que la suma de su importe y el de la pensión o pensiones que tuviera reconocidas el interesado, en cómputo anual, pueda superar la cuantía del tope máximo de la base de cotización vigente en cada momento, también en cómputo anual.
      b) Una cantidad a tanto alzado por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión, cuya cuantía vendrá determinada en función de los años de cotización acreditados en la primera de las fechas indicadas, siendo la fórmula de cálculo la siguiente:
      1.º Si ha cotizado menos de 44 años y 6 meses:
      Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/312/21652_10806373_1.png
      2.º Si ha cotizado, al menos, 44 años y 6 meses la cifra anterior se aumenta en un 10%:
      Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/312/21652_10806372_1.png
      c) Una combinación de las soluciones anteriores en los términos que se determine reglamentariamente.
      Espero haberte servido de ayuda.
      Un saludo

  • @nancyyance9175
    @nancyyance9175 2 года назад

    Está muy bien su explicación, pero si uno solo ganas apenas 780€ ¿Cuanto me quedaría de pensión ,con 18años cotizados?

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад

      La pensión de jubilación tiene unos mínimos para que la persona los perciba, es decir hay una cuantía mínima que se perciba. y la cuantía de la pensión depende del cálculo de tu Basé Reguladora y siempre que se reúnan los requisitos exigidos para acceder a la misma. En el canal hay un short (vídeo corto) donde os propongo cómo simular el cálculo de la pensión de jubilación. Gracias

  • @MiguelPerez-wh5mz
    @MiguelPerez-wh5mz 2 года назад

    Hola ,los años para jubilarse ,son los mismos , en todos los oficios , la construcción con 65 años en un tejado en pleno verano , o con 60 ,

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад +2

      Hola Miguel, existen grupos profesionales en los que la edad puede rebajarse para acceder a la pensión de jubilación. Pero como jubilación anticipada claro. gracias;)

  • @mariaburgos7685
    @mariaburgos7685 Год назад

    N😅 hay que aplicar en el primer caso la reducción porjubilarse antes de tiempo? 10:01

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад

      Entonces hablas de una jubilación anticipada. Hay algún video en el canal.

  • @rosagomeztorregrosa8080
    @rosagomeztorregrosa8080 Год назад

    Gracias por tu explicación. Mi duda es si esos 942,85 € que le salen a María son por 12 meses ó por 14 meses.

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад +1

      Todos los jubilados perciben su pensión en 14 pagas al año que se abonan a mes vencido. Esto quiere decir que cuentan con dos pagas extras al año, que se cobran en junio y en noviembre. En el caso es solo 1 mes

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад +1

      Luego tienes que tener en cuenta que no es la cantidad, final. Que hay retención como el IRPf

    • @rosagomeztorregrosa8080
      @rosagomeztorregrosa8080 Год назад

      Sí eso lo entiendo. Lo que no me queda claro es si esos 942,85€ mensuales es el importe de cada una de los 14 pagos haciendo un total de 13.199,90 €/año o si por el contrario es el importe mensual por 12 meses, haciendo un total de 11.314,20 €/año y repartido en 14 pagos de 808,15 €. Independientemente de que después se aplique la retención que corresponda. No me queda claro qué cantidad anual es.

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад

      @@rosagomeztorregrosa8080 13.199,90 €/año

  • @m.a.m.c.miguela2171
    @m.a.m.c.miguela2171 2 года назад

    La actualizacion de las bases pagadas como se hacen? Para jub. anticipada 2025 con 42 Cotizados

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад

      Hola Miguela, la fórmula para determinar las bases de cotización de los 25 años(300meses) de establece en el artículo 209 del TRLGSS (Real Decreto Legislativo 8/2015).
      Los 2 anos anteriores es el valor nominal. Y el resto de actualizan con la fórmula del artículo 209. Míralo para calcularlo, también puedes hacer una simulación en la página web de la seguridad social.

    • @m.a.m.c.miguela2171
      @m.a.m.c.miguela2171 2 года назад

      @@valorlaboral graciaa pero el programa simulacion no me lo da

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад

      @@m.a.m.c.miguela2171 qué raro, no te da la simulación?? Metiendo tus datos, es mucho más sencillo

  • @mariaantonialagunajimenez2618
    @mariaantonialagunajimenez2618 2 года назад

    Si cumplo los 65 años el 8de noviembre .cuando tengo que ir a solicitar mi jubilación

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад

      Hola María Antonia, pues cuando cumplas el ese requisito de la edad. Siempre que reúnan el resto de requisitos de cotización. Gracias

  • @josegonzalezasis1967
    @josegonzalezasis1967 2 года назад +1

    No pues el servicio militar

  • @israeldominguez06
    @israeldominguez06 2 года назад +2

    hola buenas, ¿el 106 * 0.21% no sería 22,26? gracias.

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  2 года назад +1

      Hola Israel, tienes razón. El % aplicable en el caso 1 para los primeros 106 meses da 22,26, no 32 como he puesto. Gracias

    • @israeldominguez06
      @israeldominguez06 2 года назад

      @@valorlaboral de nada!!

  • @octavioBBB
    @octavioBBB Год назад

    LA pension que resulta segun en estos calculos ,es un valor NETO .......o BRUTO ..........es decir MARIA recibira el valor neto de 942,85 euros en 12 o 14 pagas ? ........o este es un valor bruto multiplicado por 12 y luego dividido a 14 pagas ...............no hay video sobre estos detalles .

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  Год назад

      Las pensiones de jubilación de la Seguridad Social están sujetas a tributación y se las aplica una retención , cuyo importe depende de la situación económica y familiar del pensionista. En la agencia Tributaria puedes hacer el cálculo. Por otro lado, una pensión contributiva de jubilación se percibe en 14 pagas anuales: Una por cada uno de los 12 meses naturales y dos pagas extraordinarias, que devengan en los meses de junio y noviembre. De nada

    • @octavioBBB
      @octavioBBB Год назад

      @@valorlaboral
      MARIA cobrara su pension contributiva en 14 pagas anuales ,cada una con los retenciones que les coresponde segun su situacion ,,,,,,...............942,85 euro NETO ,no es un valor final a recibir..........
      GRACIAS , de todas formas por su paciencia

    • @mariaburgos7685
      @mariaburgos7685 Год назад

      Yo no digo Maria digo Victor por tener cotizados solamente 28 años. No hay que aplicar el coeficiente reductor?

  • @joseolmedo7969
    @joseolmedo7969 11 месяцев назад

    Y los impuestos?

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  11 месяцев назад

      La pensión de Jubilación tributa por IRPF, si es lo que preguntas José. Eso es un tema de fiscalidad, depende de la cuantía.

    • @joseolmedo7969
      @joseolmedo7969 11 месяцев назад

      @@valorlaboral a mí me sale una pensión bruta de 1350. Cuanto me quedaría neta? Nadie lo dice...

    • @valorlaboral
      @valorlaboral  11 месяцев назад

      @@joseolmedo7969 Ese tipo de cálculos y cuestiones los realizamos para los miembros del canal. Puedes hacerte miembro desde el botón "UNIRME". Muchas gracias