Sin embargo algunas consultas vinculantes admiten la deducibilidad total de los gastos de conservación y reparación si hay intencionalidad en destinarlo al alquiler como por ejemplo esta: V0332-21,¿es así? Gracias.
Tribunal Supremo, 25 de febrero de 2021. El Tribunal Supremo ha aclarado que, por los períodos en los que un inmueble está vacío, el arrendador debe imputarse una renta inmobiliaria y no puede deducirse la parte proporcional de los gastos. No obstante, cabe entender que las reparaciones sí son deducibles.
¡Es verdad, del 4 pasa al 6! Sabremos mucho de IRPF, pero los números naturales... regulero. Bromas aparte, no existe el vídeo 5, así que los renumero para que nadie se desubique. Gracias por la observación. Recuerrda, también que los vídeos de Paloma Tobes cubren la otra parte del impuesto.
Buenos días, reitero mi agradecimiento por los videos. Una pregunta, ¿no hay límite en las rentas inmobiliarias? Me explicó, si una persona recibe unos rendimientos de trabajo muy por debajo del límite minimo para estar obligado a declarar, y recibe unos rendimientos inmobiliarios de 5000 euros al año, ¿está obligada a tributar? Por la teoría que estais explicando se diría que sí, aunque tal vez no salga a pagar nada por los mínimos. Muchas gracias
En 17min entendí mucho mejor que 2 horas con mi profesora, me haz salvado gracias, buen vídeo🙏
¡Gracias! Pero consulta también con tu profesora las dudas y, sobre todo, resuleve problemas.
La reducción por alquiler de vivienda no sería del 60%?
Sí, es el 60%, en un sitio se comenta la errata
Los gastos de conservación y reparación que te puedes reducir también son proporcionales a los meses alquilados al igual que los interés verdad?
Sí, son proporcionales.
Sin embargo algunas consultas vinculantes admiten la deducibilidad total de los gastos de conservación y reparación si hay intencionalidad en destinarlo al alquiler como por ejemplo esta: V0332-21,¿es así? Gracias.
Tribunal Supremo, 25 de febrero de 2021.
El Tribunal Supremo ha aclarado que, por los períodos en los que un inmueble está vacío, el arrendador debe imputarse una renta inmobiliaria y no puede deducirse la parte proporcional de los gastos. No obstante, cabe entender que las reparaciones sí son deducibles.
No encuentro el vídeo 5. Podría decirme dónde verlo?
¡Es verdad, del 4 pasa al 6! Sabremos mucho de IRPF, pero los números naturales... regulero. Bromas aparte, no existe el vídeo 5, así que los renumero para que nadie se desubique. Gracias por la observación. Recuerrda, también que los vídeos de Paloma Tobes cubren la otra parte del impuesto.
@@miguel.angoitia Gracias por la rápida respuesta, y enhorabuena por ser tan buen profesor!
¿Porqué no se incluyen las amortizaciones (3% sobre el mayor entre precio de adquisición y el valor catastral)?
Igual no lo has visto, pero en el minuto 10:59 se tratan las amortizaciones
Buenos días, reitero mi agradecimiento por los videos. Una pregunta, ¿no hay límite en las rentas inmobiliarias? Me explicó, si una persona recibe unos rendimientos de trabajo muy por debajo del límite minimo para estar obligado a declarar, y recibe unos rendimientos inmobiliarios de 5000 euros al año, ¿está obligada a tributar? Por la teoría que estais explicando se diría que sí, aunque tal vez no salga a pagar nada por los mínimos. Muchas gracias
No, no hay ningún límite en las rentas inmobiliarias imputadas.