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Revisión de la prisión preventiva

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  • Опубликовано: 4 июл 2022
  • #YaLoDijoLaCorte
    Conducido por Miguel Carbonell
    TEMA: Revisión de la prisión preventiva.
    PERSONAS INVITADAS:
    - Eunice Delgadillo Briseño, Secretaria auxiliar de acuerdos, SCJN.
    - Gilberto Nava Hernández, Secretario auxiliar de acuerdos, SCJN.
    #YaLoDijoLaCorte #JusticiaTV

Комментарии • 12

  • @luiguimurphi
    @luiguimurphi Год назад

    Excelente su participación Dr. Carbonell !!

  • @lauflores6368
    @lauflores6368 2 года назад +1

    Como disfruto su análisis y comentarios...
    Algún tema sobre el mínimo vital
    🙏💐

  • @JM-tt5yq
    @JM-tt5yq Год назад

    Buena charla

  • @javierherrera8782
    @javierherrera8782 Год назад

    Dr. Carbonell, estoy haciendo una demanda de amparo contra la prisión preventiva en un caso particular, dado que en la nueva legislación no existe ni el incidente de desvanecimiento de datos, ni tampoco el desistimiento de la acción penal. Veo todos sus videos y aprendo mucho de Ud. le mando un aplauso y un abrazo

  • @iosefgarcia7499
    @iosefgarcia7499 2 года назад +1

    Señor , #MiguelCarbonelli , En México , se incrimina con la prisión " Preventiva" . Lamentable de parte de los Legisladores de la #CámaraDeDiputados . Saludos Cordiales. 😔🤔🤔🤔🇺🇸🇯🇵🇬🇧🇪🇺🇨🇦🇧🇪🇨🇮🇫🇷🇪🇸🗣️🗣️🗣️🇲🇽🇲🇽🇲🇽

  • @romanildefonso
    @romanildefonso Год назад

    articulo 165 Aplicación de la prisión preventiva. DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
    Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. La prisión
    preventiva será ordenada conforme a los términos y las condiciones de este Código.
    La prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que
    motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al
    ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia,
    el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para
    imponer otras medidas cautelares. COMO PODEMOS VER EN ESTE ARTICULO DICE QUE TRANSCURRIDOS LOS 2 AÑOS SI NO SON SENTENCIADOS DEBERAN PONERSE EN LIBERTAD, Y SEGUIR PROCESO EN LIBERTAD. el meollo del asunto que no se respeta. aqui dice que si puede imponer otras medidas cautelares.

  • @guadalupegallardo7822
    @guadalupegallardo7822 Год назад

    Miguel Carbonel Eunice Gilberto

  • @soniagarduno9514
    @soniagarduno9514 Год назад

    La SCJ reconoce tantos abusos y excesos.
    Pero.
    Y???
    Ojalá se pongan las pilas
    Están causando mucho daño, saturando cárceles. Y engendrando delincuentes potenciales.

  • @MiguelAngelCortezd
    @MiguelAngelCortezd 2 года назад +3

    Con el debido respeto los invitados dejan mucho que desear