Excelente tema, totalmente de acuerdo nosotros los policías debemos de ser lo más profesional al límite en este asunto de la inspección de personas y vehículos, además muy importante es erradicar la desinformación que el ciudadano tiene al respecto, aquí tenemos que aportar cada parte de la sociedad, ustedes también están haciendo un muy buen trabajo mil gracias!
Muchas gracias soy policía e instructor de la universidad de la policia de la ciudad de México, gigantesca y valiosa toda la información que explican, y de mucha ayuda para trasmitir a mis compañeros asi como la correcta aplicación de todo lo que comentaron, muchas gracias...
No sólo a los abogados, ayuda y comparte conocimientos. También a las personas que estamos en un proceso legal. Y para entender, muchas veces, lo injusto de la ley. Y tener otros panoramas para poder seguir por un u otro camino en este difícil andar en un juicio. Solo puedo darle las GRACIAS. Y que ud. Representa lo que deberían ser los abogados. Hay mucha ineptitud, y negligencia por parte de la mayoría, porque no creo sea "mala suerte". Casi 4 años sin una sentencia ni pruebas ni nada, la mamá de mi nieta no deja ver a su hija, al padre, con pensión alimenticia. Con cambió de casa sin avisar, 2 veces y hasta que el padre avisa luego luego mete la nueva dirección pero después no antes y no le hacen nada ni multas ni nada. Con un juicio por guardia custodia por dizque violencia, y la juez del juzgado no le otorga por ser claramente un "berrinche" por no haber justificación. Y a la par en el juzgado 28 de lo familiar no lo resuelve, y van 4 años sin poder ver a la niña. Si la busca en su domicilio mandan traer patrullas por violencia, el abuelo se acerca a hablar con los abuelos maternos, y le levantan una orden de restricción por, molestar y violencia sin pruebas ni testigos. Por ser mujer, no siempre se tiene la razón es una mujer que puede decir mentiras, y puede escalar a las mentiras más peligrosas. Y la niña aún con alineación parental, en la primera entrevista en el juzgado si acepta ver a su papá y seguir viéndolo.
Ejemplo yo voy en el transporte público y detienen el vehículo y nos piden bajar para una revisión de rutina según en prevención del delito (nos hacen bajar del vehículo, nos hacen revisión corporal y de nuestras pertenencias). Yo no cometí ningún delito, no hay flagrancia, no hay denuncia ni tampoco hay sospecha razonable) porque si el argumento del policía es que por la zona hay índice delictivo alto (eso es muy ambiguo, ya que en toda la ciudad la delincuencia está alta) Es o no un procedimiento correcto o una molestia de la que hace mención el artículo 16 de la constitución.
En conclusión demuestran otra vez la necesidad de capacitar a los policías y sobre todo someter a evaluaciones en las que en verdad se demuestra el conocimiento en la constitución, código nacional de procedimientos penales, códigos penales y protocolos de actuación en materia, porque muy pocos se dan cuenta de la importancia que tiene el actuar policíal para integrar una acusación por parte del ministerio público ante autoridad judicial y está llegue a una sentencia. Se tiene que tomar con mayor seriedad el papel del policía en sus diversas competencias y facultades.
Señor Carbonell con todo respeto voy a votar por usted y lo pondré en mi boleta hasta abajito. EN LAS PROXIMAS ELECCIONES; porque me queda claro que lo que necesitamos es alguien estudiado y que se conduzca bien.
Un saludo Dr Carbonell, excelente tema, de mucha ayuda, también estaría interesante que analizaran la acción de inconstitucionalidad 64/2019 en relación a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.
Soy intérprete judicial en los EEUU. Me encanta ver sus videos, no solo porque me ayudan mucho econtrar los términos equivalentes en español, pero también son muy informativos y los conceptos legales han sido explicados de manera simple y concisa. Gracias.
Si te para la policía municipal o estatal en tu vehículo por cualquier supuesto que ellos manifiesten, están facultados para pedirte tu documentación? O tiene que ser los de tránsito nada más?
Queda muy claro que solo se podrá hacer una inspección de persona y de vehículo por flagrancia en un "DELITO" , eso justifica el actuar de los policías, cualquier otra acción puede rayar en una violación de derechos salvo que haya una causa justificada razonada "OBVIAMENTE DEBE EXISTIR DENUNCIANTE QUE HAYA SABER EL ACTO CON APARIENCIA DE DELITO", porque si no existe el denunciante se caen los asuntos en los juzgados como detención ilegal
Gracias por tan valiosa información, sin embargo confieso que me costo un poco de trabajo escuchar por que el volumen es bajo, o no se si solo yo lo percibí.
El lic Guillermo se parece al secre de la Corte Interamericana. Jejejeje. Pero igual un gusto escuchar a una persona tan preparada y conocedora de la materia.
Hay caso en que la policía hace que un individuo se vean como sospechoso, debido a que quizás por su apariencia se estima de que sea delincuente, por constantes miras por parte de policía.
DR. CONTESTE UNA Contitucion Política del Estado Rígida la constitución no puede modificada por un órgano del poder constituido sino por el Poder Contiyente orinario o derivado y a través de un procedimiento especial y solenme distinto la que se emplea en un procedimiento ordinario por lo que una desicion del. Poder constituido como es una ley no puede modificar las normas Contenidas Pará evitar que ello suceda. El constituyente prevee una defensa de la ley Fundamental.
Saludos a todos Bien quiera empezar por el primer punto en los alcances , actividades y obligaciones del policía es la seguridad En el ámbito federal estatal o municipal y claramente la ley lo refiere bajo los principios de legalidad honradez y sobre todo el respeto a los derechos humanos lo que la Constitución establece en su artículo 21 y 115 fracción lll inciso H Sin olvidar lo que refiere todo bando o gaceta municipal en sus fracciones asignadas como faltas administrativas Dónde se sustenta esa parte para causar un acto de molestia y a subes sustentar la inspección de persona o vehículos Dónde el policía está investigando en ese momento la conducta y los indicios para que se convierta en una falta administrativa o un delito por lo que se desprende como figura primer respondiente el o.los elementos policiales los cuales actúan respetando los protocolos de actuación en materia de seguridad publica
Contesta Dr. Y en el instituto del asoló porque el país ocupacional tiene que dar el salvoconducto al que pretende elafimo previa admisión del país asilante En Bolivia existe una denuncia no judicial
Excelente programa, pero en el caso de las revisiones en prisiones militares o penales federales, ¿ es legal la práctica constante y periodica de estas revisiones sobre los internos o ppl? Gracias por su reapuesta.
Finalmente, a título personal, considero que con este criterio sí se merma la función preventiva del delito, y como muestra están los operati os mochila, ya que tomando este criterio, es un abuso revisar las mochilas de los alumnos y por tanto, habrá que espera a que se desarrollen actos de la conducta elictiva para poder proceder contra los sujetos. Creo que el concepto PREVENCION no fue considerado por la Corte....
Hay una solución muy simple. Al inicio del año escolar, les explicas a los padres que para proteger a sus hijos se van a revisar mochilas. Les pasas una autorización escrita dónde deben formar accediendo a esas revisiones. El consentimiento informado va a permitir esas revisiones. El padre que no quiera, te va a encender luces rojas como problemático junto con su hijo.
considero que no es un abuso ya que muchos alumnos llevan drogas y que muchas veces los padres o saben que sus hijos las consumen, y se han encontrado en las mochilas droga y la prevencion si es conveniente por que los hijos en casa son una persona y en la calle son otra persona, no confies en lo que los hijos te dicen, claro no todos son igual pero muchos jovenes consumen drogas y los padres no lo saben
Nuestra contitucion hasta ante del 7 de febrero del 2.009 era rígida razón por la cual para modificarla se necesitaba cuatro leyes emitas en diferentes legislación. Si ud tiene memoria y el pueblo se acuerda jua evo Morales fue posesionado en enero de 2.006 y convocó a elecciones de constituyentes con leyes del 92 hasta el 95 y vulnerando la inmediatez razón por la cual se acordó tarde y le dio vigencia a leyes de más de diez año y que pasa con la inmediatez y las cuatro leyes con las que se proteje nuestra Constitución para darse el concepto de rígida. CONTÉSTEME PROFESOR YO TAMBIÉN SOY DOCENTE Y QUIERO SU OPINIÓN
es muy posible que una persona se resista ante una sospecha razonable, el uso de la fuerza policial "medida" de acuerdo a la resistencia del particular, por la facultad que se le da a la policia a pesar de que se niegue el particular, ¿QUE SUCEDE? si no se le encuentren objetos de la comision de un delito, se le deja libre o es detenido o la policia lo acusa de delito de resistencia a particulares justificando el uso de la fuerza, derivada de la negativa a la revision que pone el particular al saberse inocente.
¿El policía que revisa se tiene que identificar plenamente y si es así, de que manera? Se suelen poner puntos de revisión vehicular los fines de semana y si uno no les quiere decir con detalle de donde viene o a donde va, te quieren pasar a revisión, sin que haya una duda razonable de haber cometido un delito para que te revisen.
Tendrías que revisar el reglamento de tránsito y vialidad de tu localidad, no se de donde seas pero por ejemplo: en Jiutepec Morelos, México el artículo 76 del Reglamento de Tránsito de y Vialidad de Jiutepec, Morelos, establece que el Agente de Tránsito deberá de portar e identificarse con su nombre y número de placa. Artículo 76.- Cuando los conductores de vehículos cometan una infracción a lo dispuesto por este Reglamento y demás disposiciones aplicables, los agentes procederán de la manera siguiente: I. Indicarán al conductor que detenga la marcha de su vehículo; II. Se identificarán con su nombre y número de placa; I. Señalarán al conductor la infracción que cometió y le mostrarán el artículo del Reglamento que lo fundamenta, así como la sanción que proceda por la infracción; y II. Solicitarán al conductor la licencia de conducir y la tarjeta de circulación, documentos que serán entregados para su revisión y devueltos en el mismo sitio inmediatamente después de que los hubiese revisado. Una vez efectuada la revisión de los documentos y de la situación en la que se encuentra el vehículo, si éstos están en orden, el agente procederá a llenar la boleta de infracción, de la que extenderá una copia al interesado. En caso de que el conductor no presente para su revisión la tarjeta de circulación y la licencia de conducir, el agente procederá a remitir el vehículo al depósito.
@@cinthylove y es lo mismo con la llegada de Guardia nacional? Por qué aquí en Celaya Guanajuato hay muchos puntos de control de la Guardia nacional y están pidiendo licencia, tarjeta de circulación y además te toman fotos A ti y a tu vehículo, entonces todavía no se sabe bien si la guardia nacional y el ejército puedan estar pidiendo esos documentos
Y si por ejemplo como dicen ellos, se hace una inspección y detección ilegal y se encuentra un arma o droga que proceso con el detenido?, Se anula su delito y se le deja libre!? ._.
Buenos días, el artículo 16 queda claro, pero que hay de la presunción de inocencia o discriminación por parte de los efectivos operativos representantes de la ley, esto le da mayor libertad de corromper y violentar a quien se les antoje y es físicamente probable
La mayoría del policía, hace detenciones bien, lo malo es la redacción de los echos y el papeleo que hacen, la cadena de custodia etc, que es ahí dónde se agarran los abogados de los probables responsables para decir que fue una detención violatoría a derecho!! El gobierno tiene a la mayoría de sus fuerzas policiales en total ignorancia en marco jurídico! Porque así le conviene, paga menos y trabajan muchas horas, un verdadero policía necesita ser abogado o pasante de mínimoi,, pero tú crees que un abogado se va ir de policía? Y luego con la mísera de sueldo y jornadas de trabajo largas? Has visto los cursos patito que toman en sus instalaciones? Tanto que gasta el gobierno mal y no puede llevar a todos a una universidad digna y su titulación y horarios y sueldos dignos, son muchos factores!!!!
Muy de acuerdo, muchas policías están mal pagadas, cero capacitadas, con jornadas laborales de la ver;$&$:, usadas por sus superiores para intereses personales, la burocracia hasta el tope porque tienen que llenar demasiados formatos y hacer muchas gestiones cuando detienen a una persona con poco personal; asi que no es solo culpar a los policías, es todo el sistema que no ha cambiado; Y luego que en Mexio la corrupción se da en todos lados desde particulares hasta servidores públicos en todos los niveles, pues nada ayuda a cambiar el sistema.
Muy bien tema peroooo,en lo particular me ha tocado apreciar como jueces han dejado el liberar a delincuentes a los cuales para su detención se les realizó basándose en todos los protocolos habidos y por haber y según el juez dice que aplicó su "jurisprudencia" y listo ,el delincuente termina saliendo y las autoridades hablando desde los policías,militares o marinos ( GN) quedan como ineptos aún cuando realizaron un buen trabajo
En Bolivia tenemos prueba que el salvoconducto se los vendía en grande cantidades y la embajada de México tiene responsabilidad va contestar o no o seguiremos con clase de tránsito
Una pregunta que pasa con el vehículo con reporte robo a pesar de violentar los derechos humanos. O sea no haber llevado la objetividad. Espero me conteste por favor
Piden hasta los celulares para revisarlos. Si te ecuentran algun mensaje de algun grupo de WHaspss encuentran una imagen de un arma o droga que les hayan incautado a delicuentes y ya te quieren hacer responsable
Cabe mencionar que hoy en día existe policía preventiva o municipal, estatal y policía de investigación FGJ para cada estado y dentro de sus funciones difieren una de la otra, misma que se establece en cada una de sus leyes orgánicas, ahí versa la gran diferencia en cuánto a sus facultades y las circunstancias en cómo se suscite la detención, producto de una denuncia o querella previa a la existencia de una carpeta de investigación y se encuentre bajo investigación el caso, o bajo el supuesto de flagrancia en el que se tenga algún conocimiento de la comisión de un echó delictivo sin que exista carpeta de investigación y el policía por las circunstancias sorprenda al delincuente o bajo la sospecha mencionada se haga una inspección
Lic. Miguel Carbonell. Mi pregunta es que tan legal es una detención de una persona, en un retén de la policía llamamosle así, cuando está persona pone resistencia de no identificarse, así mismo de negarse a qué la policía realize una inspección de su persona y su vehículo cuando ya exista una denuncia enviada por la central de radio donde dan características del vehículo así como de la persona y está al momento de pasar por un retén se niega a qué la policía realize una investigación basada por la características antes mencionada mi pregunta es se podrá detener a la persona por resistencia de particulares en caso de negarse a la inspección?
Quieren un caso difícil??????? Ven mis. Casos 935/2020 y sobre todo 49/2020 de Monterrey custodia compartida que ya se que no es constitucional pero es muy interesante para muchos juicio promovido sin motivos para pensión alimentaria y guardia y custodia después de 6 años
Parecen inexpertos en la materia, de forma intelectual, ya que en la practica sabemos que no han experimentado la función policial pero en la teoría, parecen inexpertos.
Lastima de tanta sapiencia...puesta al servicio del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, que al final resultan ser simples apátridas. Se deberían de juzgar como lo que son; traidores a la patria.
no he leído la sentencia, y no está mal que se hagan esas revisiones o retenes como se les llama, pero siendo sinceros el 99.9% de los policías no saben hacer su trabajo, un claro ejemplo es la serie o documental "duda razonable", que hasta los fiscales tampoco hicieron bien su trabajo, habría que cambiar a los policías o darles mejores herramientas para que puedan realizar su trabajo, porque la verdad les queda grande la institución y el uniforme.
Y como podemos saber si es en verdad un policía o es un izquierdo ya que por lo regular traen cubierto su nombre y su placa y no quieren identificarse?
Buenas tardes, "Insisto los legisladores elaboraron, un sistema acusatorio penal notorio pará encubrir delincuentes criminales!
Soy policía, le agradezco su orientación, con eso seré más profesional y serviré mejor a la ciudadanía, muchas gracias
Excelente tema, totalmente de acuerdo nosotros los policías debemos de ser lo más profesional al límite en este asunto de la inspección de personas y vehículos, además muy importante es erradicar la desinformación que el ciudadano tiene al respecto, aquí tenemos que aportar cada parte de la sociedad, ustedes también están haciendo un muy buen trabajo mil gracias!
Ya lo dijo la Corte, un gran espacio jurídico y académico que nos aporta conocimiento a la comunidad jurídica mexicana y del mundo.
Gracias por compartirnos nuevos conocimientos Dr. Carbonell. Toda esta información es oro.
Gracias a todos por los conocimientos que nos comparten, a los estudiantes de Derecho
Muchas gracias soy policía e instructor de la universidad de la policia de la ciudad de México, gigantesca y valiosa toda la información que explican, y de mucha ayuda para trasmitir a mis compañeros asi como la correcta aplicación de todo lo que comentaron, muchas gracias...
Sistema penal acusatorio bien calculado pará encubrir delincuentes criminales...
No sólo a los abogados, ayuda y comparte conocimientos. También a las personas que estamos en un proceso legal. Y para entender, muchas veces, lo injusto de la ley. Y tener otros panoramas para poder seguir por un u otro camino en este difícil andar en un juicio. Solo puedo darle las GRACIAS. Y que ud. Representa lo que deberían ser los abogados. Hay mucha ineptitud, y negligencia por parte de la mayoría, porque no creo sea "mala suerte". Casi 4 años sin una sentencia ni pruebas ni nada, la mamá de mi nieta no deja ver a su hija, al padre, con pensión alimenticia. Con cambió de casa sin avisar, 2 veces y hasta que el padre avisa luego luego mete la nueva dirección pero después no antes y no le hacen nada ni multas ni nada. Con un juicio por guardia custodia por dizque violencia, y la juez del juzgado no le otorga por ser claramente un "berrinche" por no haber justificación. Y a la par en el juzgado 28 de lo familiar no lo resuelve, y van 4 años sin poder ver a la niña. Si la busca en su domicilio mandan traer patrullas por violencia, el abuelo se acerca a hablar con los abuelos maternos, y le levantan una orden de restricción por, molestar y violencia sin pruebas ni testigos. Por ser mujer, no siempre se tiene la razón es una mujer que puede decir mentiras, y puede escalar a las mentiras más peligrosas. Y la niña aún con alineación parental, en la primera entrevista en el juzgado si acepta ver a su papá y seguir viéndolo.
Ejemplo yo voy en el transporte público y detienen el vehículo y nos piden bajar para una revisión de rutina según en prevención del delito (nos hacen bajar del vehículo, nos hacen revisión corporal y de nuestras pertenencias).
Yo no cometí ningún delito, no hay flagrancia, no hay denuncia ni tampoco hay sospecha razonable) porque si el argumento del policía es que por la zona hay índice delictivo alto (eso es muy ambiguo, ya que en toda la ciudad la delincuencia está alta)
Es o no un procedimiento correcto o una molestia de la que hace mención el artículo 16 de la constitución.
Excelente análisis de la Acción de Inconstitucionalidad, despejo muchas dudas. Felicidades !!!
PERFECTO DR. MIGUEL LO ESTOY VIENDO DESDE MEXICO AVIMAEL VELÁZQUEZ MUY VIEN
En conclusión demuestran otra vez la necesidad de capacitar a los policías y sobre todo someter a evaluaciones en las que en verdad se demuestra el conocimiento en la constitución, código nacional de procedimientos penales, códigos penales y protocolos de actuación en materia, porque muy pocos se dan cuenta de la importancia que tiene el actuar policíal para integrar una acusación por parte del ministerio público ante autoridad judicial y está llegue a una sentencia. Se tiene que tomar con mayor seriedad el papel del policía en sus diversas competencias y facultades.
muchas gracias Dr.
Muchas gracias por su interés e información, soy miembro de seguridad pública.
Gracias Dr.
Gracias por compartir
Saludos cordiales
Señor Carbonell con todo respeto voy a votar por usted y lo pondré en mi boleta hasta abajito. EN LAS PROXIMAS ELECCIONES; porque me queda claro que lo que necesitamos es alguien estudiado y que se conduzca bien.
Saludos cordiales y gracias por compartir.
Muy buena información para ejercer el trabajo con mayor profesionalización y legalidad.
Los invitados no tienen las tablas que tiene Miguel Carbonell, no se cuestiona su conocimiento.
Gracias por la cátedra.
🇲🇽 RESPETAR LOS DERECHOS HUMANOS ES GARANTIZAR NUESTRA LIBERTAD....🖋️🖋️
Dr. Excelente como siempre!!
Un saludo Dr Carbonell, excelente tema, de mucha ayuda, también estaría interesante que analizaran la acción de inconstitucionalidad 64/2019 en relación a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.
Saludos gracias por compartir
Soy intérprete judicial en los EEUU. Me encanta ver sus videos, no solo porque me ayudan mucho econtrar los términos equivalentes en español, pero también son muy informativos y los conceptos legales han sido explicados de manera simple y concisa. Gracias.
¡Excelente análisis!
me gusto mucho por ser actos ciertos gracias
Gracias doctor, disculpe puede hacer un vídeo explicando la reforma al Poder Judicial de la Federación? 🙏🏽
Y en cuestión con la guardia nacional y el ejército ¿Pueden revisar tu vehículo y pedir tu licencia de conducir y tú tarjeta de circulación?
Si te para la policía municipal o estatal en tu vehículo por cualquier supuesto que ellos manifiesten, están facultados para pedirte tu documentación? O tiene que ser los de tránsito nada más?
Creo que esos temas debieron tocar, queda muy ambiguo, sobre todo tomando en cuenta cómo actúan los policías en nuestro país
Excelente, esta genial
Queda muy claro que solo se podrá hacer una inspección de persona y de vehículo por flagrancia en un "DELITO" , eso justifica el actuar de los policías, cualquier otra acción puede rayar en una violación de derechos salvo que haya una causa justificada razonada "OBVIAMENTE DEBE EXISTIR DENUNCIANTE QUE HAYA SABER EL ACTO CON APARIENCIA DE DELITO", porque si no existe el denunciante se caen los asuntos en los juzgados como detención ilegal
Art. 251 y art. 268 nos puede explicar de estos dos art. Ya que los policías te dicen revisión de rutina no existe
Muchas gracias desde Venezuela, Like
Gracias por tan valiosa información, sin embargo confieso que me costo un poco de trabajo escuchar por que el volumen es bajo, o no se si solo yo lo percibí.
El lic Guillermo se parece al secre de la Corte Interamericana. Jejejeje. Pero igual un gusto escuchar a una persona tan preparada y conocedora de la materia.
Sospecha fundamentada, parte de hechos concretos, no sicologicos o palpitos
Hola buen trabajo saludo
dr.carbonell cuando ase un vídeo de que no se permita que se agan certificado apócrifo y escrituras cuesta mucho arreglar los documentos saludos
Hay caso en que la policía hace que un individuo se vean como sospechoso, debido a que quizás por su apariencia se estima de que sea delincuente, por constantes miras por parte de policía.
Se puede caer en el supuesto de discriminación
Simplemente el que nada debe nada teme , cuando exista una inspección concretarse a grabar solamente y coopere con su policía...
DR. CONTESTE UNA Contitucion Política del Estado Rígida la constitución no puede modificada por un órgano del poder constituido sino por el Poder Contiyente orinario o derivado y a través de un procedimiento especial y solenme distinto la que se emplea en un procedimiento ordinario por lo que una desicion del. Poder constituido como es una ley no puede modificar las normas Contenidas
Pará evitar que ello suceda. El constituyente prevee una defensa de la ley Fundamental.
Como todo lo que se resuelve, queda en el aire, sin concrecion, el papel de la policia frente al ciudadano.
Saludos a todos
Bien quiera empezar por el primer punto en los alcances , actividades y obligaciones del policía es la seguridad
En el ámbito federal estatal o municipal y claramente la ley lo refiere bajo los principios de legalidad honradez y sobre todo el respeto a los derechos humanos lo que la Constitución establece en su artículo 21 y 115 fracción lll inciso H
Sin olvidar lo que refiere todo bando o gaceta municipal en sus fracciones asignadas como faltas administrativas
Dónde se sustenta esa parte para causar un acto de molestia y a subes sustentar la inspección de persona o vehículos
Dónde el policía está investigando en ese momento la conducta y los indicios para que se convierta en una falta administrativa o un delito por lo que se desprende como figura primer respondiente el o.los elementos policiales los cuales actúan respetando los protocolos de actuación en materia de seguridad publica
Contesta Dr. Y en el instituto del asoló porque el país ocupacional tiene que dar el salvoconducto al que pretende elafimo previa admisión del país asilante En Bolivia existe una denuncia no judicial
Excelente programa, pero en el caso de las revisiones en prisiones militares o penales federales, ¿ es legal la práctica constante y periodica de estas revisiones sobre los internos o ppl? Gracias por su reapuesta.
Execelente vídeo, aún que sin embargo, faltó realizar un buen análisis sobre la sopecha razonable
El CNPP entró en vigor en toda la República en el año 2016. No en 2014.
Doctor hable de la película de Duda Razonable. Estrenada en Netflix.
Flagrancia intentando cometiendo o inmediatamente después Nadie puede hacerse justicia con su propia manos excepto en flagrancia o legítima defenza
Finalmente, a título personal, considero que con este criterio sí se merma la función preventiva del delito, y como muestra están los operati os mochila, ya que tomando este criterio, es un abuso revisar las mochilas de los alumnos y por tanto, habrá que espera a que se desarrollen actos de la conducta elictiva para poder proceder contra los sujetos. Creo que el concepto PREVENCION no fue considerado por la Corte....
Hay una solución muy simple. Al inicio del año escolar, les explicas a los padres que para proteger a sus hijos se van a revisar mochilas. Les pasas una autorización escrita dónde deben formar accediendo a esas revisiones. El consentimiento informado va a permitir esas revisiones. El padre que no quiera, te va a encender luces rojas como problemático junto con su hijo.
considero que no es un abuso ya que muchos alumnos llevan drogas y que muchas veces los padres o saben que sus hijos las consumen, y se han encontrado en las mochilas droga y la prevencion si es conveniente por que los hijos en casa son una persona y en la calle son otra persona, no confies en lo que los hijos te dicen, claro no todos son igual pero muchos jovenes consumen drogas y los padres no lo saben
Nuestra contitucion hasta ante del 7 de febrero del 2.009 era rígida razón por la cual para modificarla se necesitaba cuatro leyes emitas en diferentes legislación. Si ud tiene memoria y el pueblo se acuerda jua evo Morales fue posesionado en enero de 2.006 y convocó a elecciones de constituyentes con leyes del 92 hasta el 95 y vulnerando la inmediatez razón por la cual se acordó tarde y le dio vigencia a leyes de más de diez año y que pasa con la inmediatez y las cuatro leyes con las que se proteje nuestra Constitución para darse el concepto de rígida. CONTÉSTEME PROFESOR YO TAMBIÉN SOY DOCENTE Y QUIERO SU OPINIÓN
@Mauricio cortéz Este es un canal informativo de leyes y reformas de México 🇲🇽 no de extranjeros, saludos.
es muy posible que una persona se resista ante una sospecha razonable, el uso de la fuerza policial "medida" de acuerdo a la resistencia del particular, por la facultad que se le da a la policia a pesar de que se niegue el particular, ¿QUE SUCEDE? si no se le encuentren objetos de la comision de un delito, se le deja libre o es detenido o la policia lo acusa de delito de resistencia a particulares justificando el uso de la fuerza, derivada de la negativa a la revision que pone el particular al saberse inocente.
De por sí estamos
Hartos de injusticia
Por abusos policía
¿La persona podrá grabar mientras es revisado?
Y México sigue siendo un asco tratándose de detenciones ilegales.
Quien es el juez de control sin factultades
Asilo diplomático delito comunes o políticos en caso de que el asilante quiera salir del país la nación de origen tiene que darle el salvoconducto
DR. DEJE DE EXPLICAR QUE SE NECESITA UNA ORDEN DE REGISTRO REQUISA
¿El policía que revisa se tiene que identificar plenamente y si es así, de que manera? Se suelen poner puntos de revisión vehicular los fines de semana y si uno no les quiere decir con detalle de donde viene o a donde va, te quieren pasar a revisión, sin que haya una duda razonable de haber cometido un delito para que te revisen.
Tendrías que revisar el reglamento de tránsito y vialidad de tu localidad, no se de donde seas pero por ejemplo: en Jiutepec Morelos, México el artículo 76 del Reglamento de Tránsito de y Vialidad de Jiutepec, Morelos, establece que el Agente de Tránsito deberá de portar e identificarse con su nombre y número de placa.
Artículo 76.- Cuando los conductores de vehículos cometan una infracción a lo dispuesto por este Reglamento y demás disposiciones aplicables, los agentes procederán de la manera siguiente:
I. Indicarán al conductor que detenga la marcha de su vehículo;
II. Se identificarán con su nombre y número de placa;
I. Señalarán al conductor la infracción que cometió y le mostrarán el artículo del Reglamento que lo fundamenta, así como la sanción que proceda por la infracción; y II. Solicitarán al conductor la licencia de conducir y la tarjeta de circulación, documentos que serán entregados para su revisión y devueltos en el mismo sitio inmediatamente después de que los hubiese revisado.
Una vez efectuada la revisión de los documentos y de la situación en la que se encuentra el vehículo, si éstos están en orden, el agente procederá a llenar la boleta de infracción, de la que extenderá una copia al interesado.
En caso de que el conductor no presente para su revisión la tarjeta de circulación y la licencia de conducir, el agente procederá a remitir el vehículo al depósito.
@@cinthylove y es lo mismo con la llegada de Guardia nacional? Por qué aquí en Celaya Guanajuato hay muchos puntos de control de la Guardia nacional y están pidiendo licencia, tarjeta de circulación y además te toman fotos A ti y a tu vehículo, entonces todavía no se sabe bien si la guardia nacional y el ejército puedan estar pidiendo esos documentos
Y si por ejemplo como dicen ellos, se hace una inspección y detección ilegal y se encuentra un arma o droga que proceso con el detenido?, Se anula su delito y se le deja libre!? ._.
Buenos días, el artículo 16 queda claro, pero que hay de la presunción de inocencia o discriminación por parte de los efectivos operativos representantes de la ley, esto le da mayor libertad de corromper y violentar a quien se les antoje y es físicamente probable
Contésteme que es una Contitucion Rígida
Es verdad doctor, pero lo que se debe ha ser es, tener una policía facultada, la mayoría de policías no saben hacer una detención conforme ha código
La mayoría del policía, hace detenciones bien, lo malo es la redacción de los echos y el papeleo que hacen, la cadena de custodia etc, que es ahí dónde se agarran los abogados de los probables responsables para decir que fue una detención violatoría a derecho!! El gobierno tiene a la mayoría de sus fuerzas policiales en total ignorancia en marco jurídico! Porque así le conviene, paga menos y trabajan muchas horas, un verdadero policía necesita ser abogado o pasante de mínimoi,, pero tú crees que un abogado se va ir de policía? Y luego con la mísera de sueldo y jornadas de trabajo largas? Has visto los cursos patito que toman en sus instalaciones? Tanto que gasta el gobierno mal y no puede llevar a todos a una universidad digna y su titulación y horarios y sueldos dignos, son muchos factores!!!!
Muy de acuerdo, muchas policías están mal pagadas, cero capacitadas, con jornadas laborales de la ver;$&$:, usadas por sus superiores para intereses personales, la burocracia hasta el tope porque tienen que llenar demasiados formatos y hacer muchas gestiones cuando detienen a una persona con poco personal; asi que no es solo culpar a los policías, es todo el sistema que no ha cambiado; Y luego que en Mexio la corrupción se da en todos lados desde particulares hasta servidores públicos en todos los niveles, pues nada ayuda a cambiar el sistema.
Muy complejo lo de la sospecha razonable, no me parece objetivo la "actitud retadora"
Excelentes doctrinas construidas por nuestra SCJN, lastima que nuestras policías te lleven detenido solo por tener una "actitud sospechosa"
Muy bien tema peroooo,en lo particular me ha tocado apreciar como jueces han dejado el liberar a delincuentes a los cuales para su detención se les realizó basándose en todos los protocolos habidos y por haber y según el juez dice que aplicó su "jurisprudencia" y listo ,el delincuente termina saliendo y las autoridades hablando desde los policías,militares o marinos ( GN) quedan como ineptos aún cuando realizaron un buen trabajo
Sin ir a la Universidad Patito, como aprendo con Ya lo dijo la Corte
soy de la UNAM y aprendo mas de diversas materias con YA lo dijo la Corte
Jajajaja un abrazo mí estimado
16 parrafo 5 al juez por corrupción
En Bolivia tenemos prueba que el salvoconducto se los vendía en grande cantidades y la embajada de México tiene responsabilidad va contestar o no o seguiremos con clase de tránsito
Es canal informativo, no de quejas
Una pregunta que pasa con el vehículo con reporte robo a pesar de violentar los derechos humanos.
O sea no haber llevado la objetividad.
Espero me conteste por favor
Piden hasta los celulares para revisarlos.
Si te ecuentran algun mensaje de algun grupo de WHaspss encuentran una imagen de un arma o droga que les hayan incautado a delicuentes y ya te quieren hacer responsable
Es muy profesional todos los ponentes de la suprema corte dé justicia de la nación
Si no puede colaborarnos conteste negando nuestra petición
nada mas le pregunto a miguel cuando la policia esta investigando, todo el tiempo, por que se le ocurra, o bajo denuncia
Cabe mencionar que hoy en día existe policía preventiva o municipal, estatal y policía de investigación FGJ para cada estado y dentro de sus funciones difieren una de la otra, misma que se establece en cada una de sus leyes orgánicas, ahí versa la gran diferencia en cuánto a sus facultades y las circunstancias en cómo se suscite la detención, producto de una denuncia o querella previa a la existencia de una carpeta de investigación y se encuentre bajo investigación el caso, o bajo el supuesto de flagrancia en el que se tenga algún conocimiento de la comisión de un echó delictivo sin que exista carpeta de investigación y el policía por las circunstancias sorprenda al delincuente o bajo la sospecha mencionada se haga una inspección
Lic. Miguel Carbonell. Mi pregunta es que tan legal es una detención de una persona, en un retén de la policía llamamosle así, cuando está persona pone resistencia de no identificarse, así mismo de negarse a qué la policía realize una inspección de su persona y su vehículo cuando ya exista una denuncia enviada por la central de radio donde dan características del vehículo así como de la persona y está al momento de pasar por un retén se niega a qué la policía realize una investigación basada por la características antes mencionada mi pregunta es se podrá detener a la persona por resistencia de particulares en caso de negarse a la inspección?
Quieren un caso difícil??????? Ven mis. Casos 935/2020 y sobre todo 49/2020 de Monterrey custodia compartida que ya se que no es constitucional pero es muy interesante para muchos juicio promovido sin motivos para pensión alimentaria y guardia y custodia después de 6 años
Parecen inexpertos en la materia, de forma intelectual, ya que en la practica sabemos que no han experimentado la función policial pero en la teoría, parecen inexpertos.
Coincido
No se da cuenta que en Bolivia somos la vergüenza del mundo y Pablo Pérez Tremp no me dice nada objetivo ya que no sabia que era de izquierda
¿Y si el vehículo es utilizado para vivir o tiene las características de una vivienda?
Sí.
15:33
AMIGOO TRATAA DE HACER LOA VIDEOSSSS MAS CONCISOSSS QUE FLOJERA ESCUCHAR 50 MINUTOSSS LA.NETAAA DEL.PLANETAAA
Lastima de tanta sapiencia...puesta al servicio del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, que al final resultan ser simples apátridas.
Se deberían de juzgar como lo que son; traidores a la patria.
¡Jaaaaaaaaaaaaaaaaaa!
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Guillermo es tartamudo? no se se lee eenntiiende de Co con ta tanto es estribillo
puros cebollasos
no he leído la sentencia, y no está mal que se hagan esas revisiones o retenes como se les llama, pero siendo sinceros el 99.9% de los policías no saben hacer su trabajo, un claro ejemplo es la serie o documental "duda razonable", que hasta los fiscales tampoco hicieron bien su trabajo, habría que cambiar a los policías o darles mejores herramientas para que puedan realizar su trabajo, porque la verdad les queda grande la institución y el uniforme.
Y como podemos saber si es en verdad un policía o es un izquierdo ya que por lo regular traen cubierto su nombre y su placa y no quieren identificarse?
todo muy bien pero en mexico todas esas leyes son letra muerta