Buenas noches, excelente explicación Me puede orientar Me venden una casa pero 1 persona tiene el usufructo vitalicio y sus 2 hijos tienen la nuda propiedad, me recomiendas comprar esta casa o seria mucho problema de echo la comprarla con crédito hipotecario
Estimado queria consultarle lo siguiente: mi "padre" me donó un inmueble con derecho de usufructo vitalicio. El no esta pagando los impuestos del inmueble y tampoco le esta dando uso (ni si quiera lo alquila). Los impuestos llegan a mi nombre y tengo una importante deuda. Que me recomienda usted o que puedo hacer?
¿Es posible que al fallecer A, en su testamento, atribuya por 2 años un usufructo de un único inmueble a B (hijo) y C (amigo)? Y en ese caso, ¿sería posible que A nombrara, en el testamento, como nudo propietario a D (persona de confianza, no necesariamente pariente)?
Es posible legar el usufructo a una persona y la nuda propiedad a otra. Al ser parte de la porción disponible, este legado puede hacerse en favor de un heredero legal (que también será legatario) o a alguien sin parentesco.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Ohhh, de acuerdo. Y, ¿también sería posible atribuir el usufructo de sólo una parte del inmueble, como habitaciones o ciertas instalaciones de la vivienda (es decir, que el usufructo no sea sobre todo el inmueble)?
Mi papá me dejó una casa en copropiedad con mis hermanas, con usufructo vitalicio para mi mamá, pero no me interesa tener contacto con ellas, puedo ceder la propiedad a mi mamá?
Puedes ceder la propiedad mediante venta, donación u otro modo en la parte que te corresponde sobre la copropiedad. Con ello, también se extingue parcialmente el usufructo.
En realidad, el dinero se encontraría incluido en el usufructo imperfecto o cuasi-usufructo. Éste es aquel en el cual no puede disfrutarse la cosa sin alterar su sustancia (a diferencia del usufructo perfecto). Por ejemplo: los granos, materias primas, dinero, etc.
El embargo debe ser proporcional a la suma que se pretende. En ese sentido, considero que es posible el embargo de un usufructo vitalicio, pero solo hasta que se cubra la suma pretendida; sin perjuicio de que los usufructuarios continúen con el usufructo una vez satisfecho el crédito.
Buenos días, una pregunta, el hermano de mi esposo, le quiere hacer vender o hipotecar la casa que mi esposo con mucho sacrificio ayudó a arreglar a mi suegra, ella hace todo lo que mi cuñado le diga y tememos pierda la casa, mi esposo podría hacer el proceso de usufructo para evitar ella que ella quede sin casa?
Hola, el usufructo impediría que ella quede sin una vivienda. Sin embargo, ya no sería dueña de la casa. Esa clase de usufructo no se constituye a través de un proceso sino a través de un contrato por el que ella ceda la propiedad, reservándose el usufructo.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Dr. Gracias por responder, entonces en este caso, qué se podría hacer? Ya que mi suegra es adulta mayor, el miedo es que el hermano de mi esposo le haga vender o hipotecar la casa, en dos ocasiones ya le hizo hipotecar la casa, ella es terca y hace lo que él le diga
Somos 6 hermanos y nos dono mi Padre una casa y como usufructaría mi Madre. Un hermano ya le compró a otros 2 su parte y quiere comenzar a remodelar “su parte” . Y los demás dl nudo propietario no queremos q lo haga . Tampoco mi madre la usufructaría. Gracias.
Hola que tal, estoy con un problema mi abuela me hizo el usufructo vitalicio pero hace unos meses me tuve que ir de la propiedad por denuncias falsas por parte de mi abuela con mis tías, yo estuve viviendo en la propiedad con mi abuela 12 años y después me hizo el usufructo vitalicio en el año 2015 y este año en julio cierra. El tema fue que no querían que este ahí con mi pareja y mi hijita, solo estube en pareja viviendo un año. Hace unos meses me fui por una exclusión de hogar. Por el momento no paso más nada yo tengo en mi poder el título de propiedad. el usufructo se hizo ya hace 5 años, mi pregunta es si ya pasando los 5 años que fue lo máximo que se hizo con vigencia el papel pueden revocar?
Hola Pablo, si tu abuela te otorgó el usufructo vitalicio, es vitalicio. En ese sentido, no existe más límite que el fallecimiento. Si te sacaron por exclusión de hogar, ésta es una medida provisional que puede durar hasta que se dicte una sentencia firme.
Hola. Tengo una pregunta que ojala pudieras responderme. El usufructo aplica también a bienes muebles o solo a inmuebles? Y se puede considerar el usufructo como un tipo de arrendamiento?
Hola. El usufructo aplica tanto para bienes muebles como para bienes inmuebles. Tal es así que incluso la ley regula el usufructo de cosas no fungibles como el dinero u otras cosas consumibles, que esencialmente son bienes muebles. Respecto a tu segunda duda, el usufructo no es un arrendamiento por las siguientes razones: el arrendamiento crea derechos personales y el usufructo es un derecho real; el arrendamiento puede durar hasta diez años y el usufructo toda la vida del usufructuario; el arrendamiento puede transmitirse por causa de muerte y el usufructo es intransmisible (se extingue con la muerte del usufructuario); el arrendamiento puede renovarse tácitamente y el usufructo no; el arrendamiento es siempre a título oneroso y el usufructo puede ser a título oneroso o a título gratuito. Gracias por tu comentario, espero haberte ayudado!
Hola buenos días, tengo una pregunta, mi papá colocó la casa y la tierra a nombre de nosotros los hijos, pero en la escritura el se puso como usufructuario, siendo así nosotros seríamos los dueños, pero resulta que mi papá se consiguió una mujer y la tiene viviendo en la casa la cual nosotros somos dueños en la escritura, el puede llevar a terceros a vivir en esa casa, esta dentro de los derechos de el como usufructuario, muchas gracias y espero que me puedan ayudar
Hola Lizbeth. Su padre tiene todo el derecho de usar y disfrutar el bien y esto no le impide vivir en él con otra persona. Sin embargo, esto no quiere decir que su derecho de propiedad esté en riesgo de modo alguno. Saludos.
Hola buenas noches quería hacer una pregunta la la esposa de mi abuelo lo puso en su cedula parcelaria que que están casado.. y ahí dice usufructo vitalicio.. en el mismo día que lo hizo poner áca sentarlo en la cédula parcelaria.. sale nombre de otra persona donde dice compra venta de la nuda propiedad.. qué quiere decir eso?? De parte de mi abuelo tuvo una sola hija anteriormente..yo y mi hermano seríamos los nietos ya q mi madre falleció cuando éramos pequeños..quería saber si me corresponde algo?.mis abuelos ya no viven
Hola, por tu relato entiendo que tu abuelo y su esposa se reservaron el usufructo vitalicio pero vendieron el mismo bien a otra persona. La nuda propiedad significa que esa persona es dueña del bien, pero no podrá utilizar el mismo mientras los usufructuarios vivan (como sería el caso de la esposa de tu abuelo). En cuanto a si puedes heredar el bien, en principio el usufructo no se hereda, y si tu abuelo y su esposa vendieron el bien a un tercero, este bien ya no forma parte del caudal hereditario.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 gracias x responder.. ahora le comentó otra cosa mi abuelo en su parcela o sea en el terreno de al lado hay solamente figura que él está casado con otra señora en el año 51 y no figura más nada en esa cedula parcelaria.. a lo que yo voy que el sobrino de la señora a quién yo le decía abuela vendió el terreno hace un mes atrás.. ahí tengo que hacer juicio sucesorio No es cierto? el vendió algo que no es de él y que no es familia de mi abuelo.. y la señoraqué figura en esta parcela como esposa de mi abuelo nunca la llegué a conocer ni sé si vive.. Yo soy hija de su hija.. cómo quedaría la venta de ese terreno que fue vendido?
Previamente habría que determinar el carácter hereditario del bien con una aceptación de herencia o declaratoria de herederos (dependiendo del nombre que se utilice en tu país), y posteriormente iniciar un juicio de nulidad de la venta realizada por el sobrino.
Buenas noches me quieren vender una propiedad de 1000m2 pero es en usufructo. Es eso factible. Entiendo que de acuerdo a cada país y sus leyes existe un tiempo de límite para usarlo. Pero quiero saber de comprarlo eso podrá heredar mis hijos.
Hola Angélica. El usufructo en la mayoría de las legislaciones iberoamericanas es vitalicio, aunque puede establecerse un término menor. Una vez que fallece el usufructuario, el usufructo no se transmite a sus herederos.
Hola como estas ,pasa que tengo un inmuble,lo adquirí por donación de parte de mi madre y quedó reservado el usufructo a su favor,tengo una inquietud al respecto,soy casado y con dos hijos menores de 9 años.¿Que pasaría si me divorcio con la esposa,a caso ella tiene derecho a la mitad del bien, siendo donacion y ademá usufructado?Gracias.
Hola Marcel, los bienes adquiridos por donación o herencia no ingresan al patrimonio ganancial. En ese sentido, no se dividen ante un eventual divorcio. Por otro lado, el usufructo se mantiene sin importar quien adquiera la propiedad de los bienes, porque los derechos reales se ejercen frente a todos y únicamente pueden extinguirse por las causas que señala la ley.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Gracias al internet ya existen asesorías gratis y por ende personas con conocimiento como tu,gracias por haberme respondido.Saludos.
Hola, es muy difícil que opere la constitución del usufructo por usucapión, pues en la mayoría de los casos el poseedor preferirá adquirir la propiedad y no así el usufructo. Sin embargo, podría constituirse el usufructo mediante usucapión o prescripción adquisitiva en el caso que el usufructuario hubiese constituido el usufructo de buena fe y posteriormente sea reivindicado por el verdadero propietario. En ese caso le interesará a aquel que el usufructo persista por la posesión de buena fe, pública, pacífica e ininterrumpida.
Hola te quisiera hacer una consulta ¿ Si entrase en una casa en total abandono me podría traer problemas. Onda la justicia? Pregunto ésto xq al no tener una vivienda propia y habiendo visto una en total abandono me gustaría averiguar de forma legal como para habitarla ya que no tengo a donde ir y teniendo una niña de casi 3 años me es una situación sumamente delicada y no entrar a tal vivienda de manera agresiva sino que pagando impuestos y reacondicionarla para poder tener un techo provisorio.. Ojalá puedas responderme...
Hola. Siempre que el ingreso a la vivienda no sea violento (mediante despojo, amenazas, utilizando la fuerza, etc.) y se tenga la posesión física del bien durante más de diez años de forma ininterrumpida; cabe la posibilidad de adquirir la propiedad por usucapión.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Si el inmueble esttá inscrito en registros públicos , es decir tiene dueño, pero está abandonada. NO puedes entrar porque los dueños o herederos te sacan a la fuerza con la policia
@@user-pn3ih4jt4d Para ello tendría que existir una denuncia formal. Yo me refiero al caso de que se cumplan todos los requisitos de una usucapión, CIVILmente hablando. Gracias por comentar!
Debido a su contenido patrimonial el usufructo es embargable. En ese sentido, quien se adjudique un usufructo podrá pedir la entrega del bien usufructuado.
Mi pareja es discapacitado con certificado de discapacidad, tiene su casa a su nombre pero en el momento en que su hermana era su apoderada hizo que le colocará a ella el usufructo manipulandolo dado que él no sabe manejarse con trámites y estaba muy medicado para ese momento. Es discapacitado mental. Ahora la hermana hace seis años que no tiene trata con él ya que en un enojo, le tiró todas sus cosas y le dijo que no quería saber más nada de él. Pero el usufructo sigue, mi pareja quiere sacarla ya que no pertenece más a su vida y además él no sabía lo que estaba firmando en ese momento. Cómo se puede resolver ? Una que consulté con un abogado me dijeron que la única manera de que se salga el usufructo es porque ella quiera desistir del mismo o por su fallecimiento. Cuánto hay de cierto ?? Quisiéramos poder hacer algo al respecto. El que vive en la casa desde que fue comprada es el propietario, es decir mi pareja. Su hermana jamás hizo uso de dicho usufructo.
Que efectos jurídicos tiene, si no se deja constancia del estado del inmueble? Si no se deja por sentado y se omite los requisitos de caución e inventario , se puede cambiar el destino del bien, es decir, si le dan una casa, el usufructuario la podría convertir en un local comercial? ( Omitieron establecer la condición del inmueble)
Hola Andrea, desde siempre el principio salva rerum substantia aplicable al usufructo supone que debe respetarse el destino de la cosa. En ese sentido a falta de la determinación de las partes, debería observarse el destino que normalmente tiene el bien. En cuanto a si se puede o no destinar una casa para local comercial, si no tiene los ambientes para dicha actividad no podría usarse si no es para vivienda.
Hola espero que me ayudes por favor he consultado varios abogados y al final no resuelven nada,... Es una copropiedad de 5600 metros y somos tres propietarios con el 33% cada uno, hay una usufructuaria que es mi abuela del 50% de usufructo el otro 50% se consolido por que era de mi abuelo y fallecio, el problema aqui es que en la propiedad descrita se encuentra una gasolinera que ocupa casi todo el frente de la propiedad, la gasolinera es mia, y ellas quieren dividir el predio en 3 tiras osea quieren partir la gasolinera por mitad lo que para mi es imposible aceptar... que se puede hacer en este caso?
Hola, se puede plantear la indivisión forzosa o pagar a los otros copropietarios la parte que les corresponde y adquirir la totalidad del bien. Si planteas la indivisión debes acreditar que la división ocasiona un grave perjuicio al patrimonio hereditario, lo que en tu caso no es tan simple al tratarse de una gasolinera de la que no participan los otros copropietarios. Saludos
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Muchas gracias, te cometo que ya se les hizo la oferta y no quieren vender, de echo por no tener la division de la copropiedad ya no me surtieron gasolina y mi gasolinera se cerro, y quiero ver de que manera me pagan los daños ocacionados, por que es injusto que me hagan este daño cuando tengo parte de la propiedad y ademas la gasolinera
Hola, según el artículo 454 del Código Civil panameño no existiría óbice alguno para constituirlo de forma vitalicia. Inclusive, el artículo 496, num. 5 establece como uno de los modos de extinción la muerte del usufructuario, siempre que dicho usufructo no esté sujeto a plazo alguno.
Lenny, el usufructo y la donación son dos figuras distintas. La donación es un modo de transmitir la propiedad y el usufructo otorga el uso y disfrute. Sin embargo, el usufructo se puede ceder a título oneroso o gratuito.
Buenas tardes Liz. El usufructo a título oneroso es aquel que se otorga a cambio de una suma de dinero, a diferencia del usufructo a título gratuito que es el que se otorga sin recibir una prestación económica a cambio. Saludos
Buenas noche me van Aser Ami una escritura de una herencia que me dejó mi padre pero yo se la quiero dejar a mi hija quiero hacerla con el usufructo por k yo pago arriendo puedo haser las escrituras a nombre de ella o me tocaría haser un traspaso mucha gracias
Que el usufructo otorga a su titular además del uso el disfrute, con la única limitación de que el usufructuario no puede alterar la sustancia o el destino económico de la cosa. Por el contrario, si bien el uso también permite el disfrute, éste se encuentra limitado a las necesidades del usuario y su familia.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 es decir el usufructo puede arrendar el lugar y percibir un canon ? Obviamente con el permiso del titular, Mientras el uso no puede llegar a arrendar el lugar. ? , Muchas gracias por la respuesta licenciado.
@@luisfernando-sx8sp Sí, el usufructo consiste justamente en el uso y disfrute. En ese sentido, el usufructuario podrá beneficiarse de los frutos naturales y civiles de la cosa, y entre los frutos civiles se encuentran los cánones de arrendamiento.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 muchísimas gracias licenciado, es que justamente hay un docente profesor de mi universidad que me pregunto aquello la diferencia entre usufructo y uso . Gracias
Tengo una pregunta, si una pareja compra una propiedad y la pone en nombre de su hijo, pero cuando está se separa, la custodia del menor es del padre y la madre ya tenía el usufructo literal "hasta que se muera" entonces me están diciendo que las deudas de la propiedad son del hijo en este caso el padre las pagaría y la madre recibiría todos los vienes como por ejemplo el arriendo? Aclarenme eso... El hijo soy yo y apenas tengo 16 (Apenas?) es decir ALV yo no quiero pagar NADA, NO ES MI CULPA!!! YA ESTOY ENDEUDADO HASTA LOS HU*V*S Se que a nadie le importa pero si pudieran ayudarme con una solución... Es porque no le encuentro sentido
@@dack1029 El artículo 810 del Código Civil de Ecuador señala claramente: "Corresponde asimismo al usufructuario el pago de los impuestos periódicos fiscales y municipales que la graven durante el usufructo, en cualquier tiempo que se hayan establecido". Saludos
Saludos Soy copropietario, de una casa con el 50% la otra copropietaria con sus hijos vive en Toda la casa tiene negocio. No me deja entrar a nadie que ella no quiera. Ni a la autoridad. Tengo constatacion policial. Soy jubilado, no tengo dinero, se abusa ya 5 años que hago? Gracias por su ayuda
Hola, disculpa la demora en responder. Tengo entendido que ambos son copropietarios. Si ese es el caso, puedes iniciar una acción reivindicatoria para el reconocimiento de tu derecho, siempre y cuando la copropiedad sea en lo proindiviso. En mi país eso se denomina "reivindicación ideal"
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Gracias dr. He gastado todos mi ahorros en que los documentos de la propiedad que equeda en el centro de la ciudad esté a nombre de los dos copropietarios, en los registros públicos. ya no tengo dinero para partición. puedo pedir que me paguen alquiler ellos usan todoa la casa, si me acerco a la puerta me botan, incluso a la policia. Puedo llevar mi cama a la puerta? o como me pongo a vender periódico o pan en la puerta. Infinitamente agradecido dr.
@@user-pn3ih4jt4d Mientras el bien no esté dividido no puede cobrar alquiler al otro copropietario puesto que "todo es de todos", aún cuando legalmente cada uno tenga su cuota. Lamentablemente el mejor remedio sería una división, salvo que prefiera ir por la vía penal en caso de existir violencia.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Dr. Una vez más gracias por su respuesta. En el código civil peruano articulo 924 habla de una indenminización cuando el bien es abusivamente en forma absoluta y total por UNO solo de los copropietarios.Encima abre negocio. Pues hay impuestos municipales que pagar por el bien en forma global. Si no pago mi parte del impuesto al municipio me amenaza con incluir mi nombre en infocor.
Muy bien explicado el mejor video sobre el tema muchas grscisd
Gracias a ti por ver el video. Saludos
Buenas noches, excelente explicación
Me puede orientar
Me venden una casa pero 1 persona tiene el usufructo vitalicio y sus 2 hijos tienen la nuda propiedad, me recomiendas comprar esta casa o seria mucho problema de echo la comprarla con crédito hipotecario
Me da gusto que se tome el tiempo de responder cada una de las consultas. ME SUSCRIBO
Gracias Fabri. Saludos
Muy claro Dr.muchas gracias.
Gracias!
Buen vídeo. Me ayudará para el examen de mañana. Saludos desde Perú.
Me alegra que te sea de ayuda. Saludos desde Bolivia
Á
Estimado queria consultarle lo siguiente: mi "padre" me donó un inmueble con derecho de usufructo vitalicio. El no esta pagando los impuestos del inmueble y tampoco le esta dando uso (ni si quiera lo alquila). Los impuestos llegan a mi nombre y tengo una importante deuda. Que me recomienda usted o que puedo hacer?
¿Es posible que al fallecer A, en su testamento, atribuya por 2 años un usufructo de un único inmueble a B (hijo) y C (amigo)? Y en ese caso, ¿sería posible que A nombrara, en el testamento, como nudo propietario a D (persona de confianza, no necesariamente pariente)?
Es posible legar el usufructo a una persona y la nuda propiedad a otra. Al ser parte de la porción disponible, este legado puede hacerse en favor de un heredero legal (que también será legatario) o a alguien sin parentesco.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Ohhh, de acuerdo. Y, ¿también sería posible atribuir el usufructo de sólo una parte del inmueble, como habitaciones o ciertas instalaciones de la vivienda (es decir, que el usufructo no sea sobre todo el inmueble)?
Mi papá me dejó una casa en copropiedad con mis hermanas, con usufructo vitalicio para mi mamá, pero no me interesa tener contacto con ellas, puedo ceder la propiedad a mi mamá?
Puedes ceder la propiedad mediante venta, donación u otro modo en la parte que te corresponde sobre la copropiedad. Con ello, también se extingue parcialmente el usufructo.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 le agradezco su respuesta, le deseo siga cosechando éxitos, saludos
ejemplos de usufructo imperfecto, perfecto y sobre el dinero
En realidad, el dinero se encontraría incluido en el usufructo imperfecto o cuasi-usufructo. Éste es aquel en el cual no puede disfrutarse la cosa sin alterar su sustancia (a diferencia del usufructo perfecto). Por ejemplo: los granos, materias primas, dinero, etc.
Disculpe si la nuda propiedad la embargan mercantilmente es posible que saquen alos usufructuarios vitalicios
El embargo debe ser proporcional a la suma que se pretende. En ese sentido, considero que es posible el embargo de un usufructo vitalicio, pero solo hasta que se cubra la suma pretendida; sin perjuicio de que los usufructuarios continúen con el usufructo una vez satisfecho el crédito.
Buenas y si fallece el que detenta el. Nudo propietario, qué pasa con el. Usufructuario?
Buenas tardes. La nuda propiedad se transmite a los herederos, y con eso también las obligaciones resultantes del usufructo.
Buenas noches. De que manera se constituye legalmente el usufruto, cual es el procedimiento para legalizarlo.
Buenos días, una pregunta, el hermano de mi esposo, le quiere hacer vender o hipotecar la casa que mi esposo con mucho sacrificio ayudó a arreglar a mi suegra, ella hace todo lo que mi cuñado le diga y tememos pierda la casa, mi esposo podría hacer el proceso de usufructo para evitar ella que ella quede sin casa?
Hola, el usufructo impediría que ella quede sin una vivienda. Sin embargo, ya no sería dueña de la casa.
Esa clase de usufructo no se constituye a través de un proceso sino a través de un contrato por el que ella ceda la propiedad, reservándose el usufructo.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Dr. Gracias por responder, entonces en este caso, qué se podría hacer? Ya que mi suegra es adulta mayor, el miedo es que el hermano de mi esposo le haga vender o hipotecar la casa, en dos ocasiones ya le hizo hipotecar la casa, ella es terca y hace lo que él le diga
Somos 6 hermanos y nos dono mi Padre una casa y como usufructaría mi Madre. Un hermano ya le compró a otros 2 su parte y quiere comenzar a remodelar “su parte” . Y los demás dl nudo propietario no queremos q lo haga . Tampoco mi madre la usufructaría. Gracias.
Tengo una casa 🏠 la deseo dar en usufructo a mis tres hijos indicandoles la parte a cada uno que documentos debo tener o hacer
Hola que tal, estoy con un problema mi abuela me hizo el usufructo vitalicio pero hace unos meses me tuve que ir de la propiedad por denuncias falsas por parte de mi abuela con mis tías, yo estuve viviendo en la propiedad con mi abuela 12 años y después me hizo el usufructo vitalicio en el año 2015 y este año en julio cierra. El tema fue que no querían que este ahí con mi pareja y mi hijita, solo estube en pareja viviendo un año. Hace unos meses me fui por una exclusión de hogar. Por el momento no paso más nada yo tengo en mi poder el título de propiedad. el usufructo se hizo ya hace 5 años, mi pregunta es si ya pasando los 5 años que fue lo máximo que se hizo con vigencia el papel pueden revocar?
Hola Pablo, si tu abuela te otorgó el usufructo vitalicio, es vitalicio. En ese sentido, no existe más límite que el fallecimiento. Si te sacaron por exclusión de hogar, ésta es una medida provisional que puede durar hasta que se dicte una sentencia firme.
Hola. Tengo una pregunta que ojala pudieras responderme. El usufructo aplica también a bienes muebles o solo a inmuebles? Y se puede considerar el usufructo como un tipo de arrendamiento?
Si aplica a bienes muebles e inmuebles
Hola. El usufructo aplica tanto para bienes muebles como para bienes inmuebles. Tal es así que incluso la ley regula el usufructo de cosas no fungibles como el dinero u otras cosas consumibles, que esencialmente son bienes muebles.
Respecto a tu segunda duda, el usufructo no es un arrendamiento por las siguientes razones: el arrendamiento crea derechos personales y el usufructo es un derecho real; el arrendamiento puede durar hasta diez años y el usufructo toda la vida del usufructuario; el arrendamiento puede transmitirse por causa de muerte y el usufructo es intransmisible (se extingue con la muerte del usufructuario); el arrendamiento puede renovarse tácitamente y el usufructo no; el arrendamiento es siempre a título oneroso y el usufructo puede ser a título oneroso o a título gratuito.
Gracias por tu comentario, espero haberte ayudado!
Que pasa si muere el nudo propietario!??
Antes de que termine el usufructo.
La nuda propiedad se transmite a sus herederos.
Hola! De qué país sería?
Hola! El video se enfoca en la ley boliviana, pero no existen muchas diferencias con el derecho comparado.
Un importante y relevante caso de usufructo de centros comerciales del mercado la ramada....
A opina ud DR
Gustavo Alvarez Un claro ejemplo de usufructo, sin duda!
Hola buenos días, tengo una pregunta, mi papá colocó la casa y la tierra a nombre de nosotros los hijos, pero en la escritura el se puso como usufructuario, siendo así nosotros seríamos los dueños, pero resulta que mi papá se consiguió una mujer y la tiene viviendo en la casa la cual nosotros somos dueños en la escritura, el puede llevar a terceros a vivir en esa casa, esta dentro de los derechos de el como usufructuario, muchas gracias y espero que me puedan ayudar
Hola Lizbeth. Su padre tiene todo el derecho de usar y disfrutar el bien y esto no le impide vivir en él con otra persona. Sin embargo, esto no quiere decir que su derecho de propiedad esté en riesgo de modo alguno. Saludos.
Hola buenas noches quería hacer una pregunta la la esposa de mi abuelo lo puso en su cedula parcelaria que que están casado.. y ahí dice usufructo vitalicio.. en el mismo día que lo hizo poner áca sentarlo en la cédula parcelaria.. sale nombre de otra persona donde dice compra venta de la nuda propiedad.. qué quiere decir eso?? De parte de mi abuelo tuvo una sola hija anteriormente..yo y mi hermano seríamos los nietos ya q mi madre falleció cuando éramos pequeños..quería saber si me corresponde algo?.mis abuelos ya no viven
Hola, por tu relato entiendo que tu abuelo y su esposa se reservaron el usufructo vitalicio pero vendieron el mismo bien a otra persona. La nuda propiedad significa que esa persona es dueña del bien, pero no podrá utilizar el mismo mientras los usufructuarios vivan (como sería el caso de la esposa de tu abuelo).
En cuanto a si puedes heredar el bien, en principio el usufructo no se hereda, y si tu abuelo y su esposa vendieron el bien a un tercero, este bien ya no forma parte del caudal hereditario.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 gracias x responder.. ahora le comentó otra cosa mi abuelo en su parcela o sea en el terreno de al lado hay solamente figura que él está casado con otra señora en el año 51 y no figura más nada en esa cedula parcelaria.. a lo que yo voy que el sobrino de la señora a quién yo le decía abuela vendió el terreno hace un mes atrás.. ahí tengo que hacer juicio sucesorio No es cierto? el vendió algo que no es de él y que no es familia de mi abuelo.. y la señoraqué figura en esta parcela como esposa de mi abuelo nunca la llegué a conocer ni sé si vive.. Yo soy hija de su hija.. cómo quedaría la venta de ese terreno que fue vendido?
Previamente habría que determinar el carácter hereditario del bien con una aceptación de herencia o declaratoria de herederos (dependiendo del nombre que se utilice en tu país), y posteriormente iniciar un juicio de nulidad de la venta realizada por el sobrino.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 gracias x responder..
Gracias a ti por mirar mi contenido. Te invito a ver los demás vídeos, saludos
Buenas noches me quieren vender una propiedad de 1000m2 pero es en usufructo. Es eso factible.
Entiendo que de acuerdo a cada país y sus leyes existe un tiempo de límite para usarlo. Pero quiero saber de comprarlo eso podrá heredar mis hijos.
Hola Angélica. El usufructo en la mayoría de las legislaciones iberoamericanas es vitalicio, aunque puede establecerse un término menor. Una vez que fallece el usufructuario, el usufructo no se transmite a sus herederos.
Hola como estas ,pasa que tengo un inmuble,lo adquirí por donación de parte de mi madre y quedó reservado el usufructo a su favor,tengo una inquietud al respecto,soy casado y con dos hijos menores de 9 años.¿Que pasaría si me divorcio con la esposa,a caso ella tiene derecho a la mitad del bien, siendo donacion y ademá usufructado?Gracias.
Hola Marcel, los bienes adquiridos por donación o herencia no ingresan al patrimonio ganancial. En ese sentido, no se dividen ante un eventual divorcio.
Por otro lado, el usufructo se mantiene sin importar quien adquiera la propiedad de los bienes, porque los derechos reales se ejercen frente a todos y únicamente pueden extinguirse por las causas que señala la ley.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Gracias al internet ya existen asesorías gratis y por ende personas con conocimiento como tu,gracias por haberme respondido.Saludos.
@@marcelcaicedo2114 Gracias a ti por ver este vídeo. Te invito a ver otros vídeos del canal, saludos
Buenas. Me podrías por favor, dar un caso en el cual se adquiera el usufructo por prescripción adquisitiva.
Hola, es muy difícil que opere la constitución del usufructo por usucapión, pues en la mayoría de los casos el poseedor preferirá adquirir la propiedad y no así el usufructo.
Sin embargo, podría constituirse el usufructo mediante usucapión o prescripción adquisitiva en el caso que el usufructuario hubiese constituido el usufructo de buena fe y posteriormente sea reivindicado por el verdadero propietario. En ese caso le interesará a aquel que el usufructo persista por la posesión de buena fe, pública, pacífica e ininterrumpida.
Hola te quisiera hacer una consulta ¿ Si entrase en una casa en total abandono me podría traer problemas. Onda la justicia? Pregunto ésto xq al no tener una vivienda propia y habiendo visto una en total abandono me gustaría averiguar de forma legal como para habitarla ya que no tengo a donde ir y teniendo una niña de casi 3 años me es una situación sumamente delicada y no entrar a tal vivienda de manera agresiva sino que pagando impuestos y reacondicionarla para poder tener un techo provisorio.. Ojalá puedas responderme...
Hola. Siempre que el ingreso a la vivienda no sea violento (mediante despojo, amenazas, utilizando la fuerza, etc.) y se tenga la posesión física del bien durante más de diez años de forma ininterrumpida; cabe la posibilidad de adquirir la propiedad por usucapión.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Si el inmueble esttá inscrito en registros públicos , es decir tiene dueño, pero está abandonada. NO puedes entrar porque los dueños o herederos te sacan a la fuerza con la policia
@@user-pn3ih4jt4d Para ello tendría que existir una denuncia formal. Yo me refiero al caso de que se cumplan todos los requisitos de una usucapión, CIVILmente hablando. Gracias por comentar!
Buenas.. Buenas yo tengo un cobro judicial!! Me pueden embargar el usufructo y rematarlo y quien lo compra me puede sacar de dicha propiedad
Debido a su contenido patrimonial el usufructo es embargable. En ese sentido, quien se adjudique un usufructo podrá pedir la entrega del bien usufructuado.
Mi pareja es discapacitado con certificado de discapacidad, tiene su casa a su nombre pero en el momento en que su hermana era su apoderada hizo que le colocará a ella el usufructo manipulandolo dado que él no sabe manejarse con trámites y estaba muy medicado para ese momento. Es discapacitado mental. Ahora la hermana hace seis años que no tiene trata con él ya que en un enojo, le tiró todas sus cosas y le dijo que no quería saber más nada de él. Pero el usufructo sigue, mi pareja quiere sacarla ya que no pertenece más a su vida y además él no sabía lo que estaba firmando en ese momento. Cómo se puede resolver ? Una que consulté con un abogado me dijeron que la única manera de que se salga el usufructo es porque ella quiera desistir del mismo o por su fallecimiento. Cuánto hay de cierto ?? Quisiéramos poder hacer algo al respecto.
El que vive en la casa desde que fue comprada es el propietario, es decir mi pareja. Su hermana jamás hizo uso de dicho usufructo.
El usufructo también se extingue mediante prescripción por el no uso durante cinco años.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 como es eso ? Me explicás bien porfa ?
Me gusta tu vidio, yo estudio leyes, ¿me recomendarías algún libro?
Hola Araceli, te recomiendo Manual de Derechos Reales de Eduardo Molina Quiroga. Saludos
Que efectos jurídicos tiene, si no se deja constancia del estado del inmueble?
Si no se deja por sentado y se omite los requisitos de caución e inventario , se puede cambiar el destino del bien, es decir, si le dan una casa, el usufructuario la podría convertir en un local comercial? ( Omitieron establecer la condición del inmueble)
Hola Andrea, desde siempre el principio salva rerum substantia aplicable al usufructo supone que debe respetarse el destino de la cosa. En ese sentido a falta de la determinación de las partes, debería observarse el destino que normalmente tiene el bien.
En cuanto a si se puede o no destinar una casa para local comercial, si no tiene los ambientes para dicha actividad no podría usarse si no es para vivienda.
Hola espero que me ayudes por favor he consultado varios abogados y al final no resuelven nada,...
Es una copropiedad de 5600 metros y somos tres propietarios con el 33% cada uno, hay una usufructuaria que es mi abuela del 50% de usufructo el otro 50% se consolido por que era de mi abuelo y fallecio, el problema aqui es que en la propiedad descrita se encuentra una gasolinera que ocupa casi todo el frente de la propiedad, la gasolinera es mia, y ellas quieren dividir el predio en 3 tiras osea quieren partir la gasolinera por mitad lo que para mi es imposible aceptar...
que se puede hacer en este caso?
Hola, se puede plantear la indivisión forzosa o pagar a los otros copropietarios la parte que les corresponde y adquirir la totalidad del bien. Si planteas la indivisión debes acreditar que la división ocasiona un grave perjuicio al patrimonio hereditario, lo que en tu caso no es tan simple al tratarse de una gasolinera de la que no participan los otros copropietarios. Saludos
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Muchas gracias, te cometo que ya se les hizo la oferta y no quieren vender, de echo por no tener la division de la copropiedad ya no me surtieron gasolina y mi gasolinera se cerro, y quiero ver de que manera me pagan los daños ocacionados, por que es injusto que me hagan este daño cuando tengo parte de la propiedad y ademas la gasolinera
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Muchisimas gracias.... le dire a mi abogado que plantee asi el caso ante el juez...
Existe el Usifructus vitalicio en Panamá 🇵🇦
Hola, según el artículo 454 del Código Civil panameño no existiría óbice alguno para constituirlo de forma vitalicia. Inclusive, el artículo 496, num. 5 establece como uno de los modos de extinción la muerte del usufructuario, siempre que dicho usufructo no esté sujeto a plazo alguno.
EL USUFRUCTO SE PUEDE DONAR A OTRA PERSONA O A VARIAS
Lenny, el usufructo y la donación son dos figuras distintas. La donación es un modo de transmitir la propiedad y el usufructo otorga el uso y disfrute.
Sin embargo, el usufructo se puede ceder a título oneroso o gratuito.
Me agrado tu información pero estaría mejor si lo hicieras con lenguaje más común
Gracias por la sugerencia
Buenas tardes, un cordial saludo. Podría usted especificar como es un usufructo a titulo oneroso? Muchas gracias
Buenas tardes Liz. El usufructo a título oneroso es aquel que se otorga a cambio de una suma de dinero, a diferencia del usufructo a título gratuito que es el que se otorga sin recibir una prestación económica a cambio. Saludos
Me gustaría hacer una pregunta
Hola Claudia, dime
Buenas noche me van Aser Ami una escritura de una herencia que me dejó mi padre pero yo se la quiero dejar a mi hija quiero hacerla con el usufructo por k yo pago arriendo puedo haser las escrituras a nombre de ella o me tocaría haser un traspaso mucha gracias
Hola, una opción es transmitirle a ella la propiedad y que tú te reserves el usufructo vitalicio.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 buenas tardes muchas gracias por tu respuesta Dios lo bendiga
@@dianamonsalve8399 Espero haberte ayudado. Te invito a ver más vídeos del canal. Saludos
Cual es la diferencia con uso ?
Que el usufructo otorga a su titular además del uso el disfrute, con la única limitación de que el usufructuario no puede alterar la sustancia o el destino económico de la cosa. Por el contrario, si bien el uso también permite el disfrute, éste se encuentra limitado a las necesidades del usuario y su familia.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 es decir el usufructo puede arrendar el lugar y percibir un canon ? Obviamente con el permiso del titular, Mientras el uso no puede llegar a arrendar el lugar. ? , Muchas gracias por la respuesta licenciado.
@@luisfernando-sx8sp Sí, el usufructo consiste justamente en el uso y disfrute. En ese sentido, el usufructuario podrá beneficiarse de los frutos naturales y civiles de la cosa, y entre los frutos civiles se encuentran los cánones de arrendamiento.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 muchísimas gracias licenciado, es que justamente hay un docente profesor de mi universidad que me pregunto aquello la diferencia entre usufructo y uso . Gracias
@@luisfernando-sx8sp Gracias a ti por ver el vídeo. Te invito a ver otros vídeos del canal, saludos.
Tengo una pregunta, si una pareja compra una propiedad y la pone en nombre de su hijo, pero cuando está se separa, la custodia del menor es del padre y la madre ya tenía el usufructo literal "hasta que se muera" entonces me están diciendo que las deudas de la propiedad son del hijo en este caso el padre las pagaría y la madre recibiría todos los vienes como por ejemplo el arriendo? Aclarenme eso... El hijo soy yo y apenas tengo 16 (Apenas?) es decir ALV yo no quiero pagar NADA, NO ES MI CULPA!!! YA ESTOY ENDEUDADO HASTA LOS HU*V*S
Se que a nadie le importa pero si pudieran ayudarme con una solución... Es porque no le encuentro sentido
@Dack 102 Si por deudas te refieres a los impuestos a la propiedad, éstos deben ser cancelados por el usufructuario, que en este caso sería tu madre.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Si impuestos... Pero que raro entonces que esta sucediendo? Ya se me hacía raro, muchas gracias
@@dack1029 De qué país eres? Espero haberte ayudado
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Ecuador
@@dack1029 El artículo 810 del Código Civil de Ecuador señala claramente: "Corresponde asimismo al usufructuario el pago de los impuestos periódicos fiscales y
municipales que la graven durante el usufructo, en cualquier tiempo que se hayan establecido". Saludos
Saludos Soy copropietario, de una casa con el 50% la otra copropietaria con sus hijos vive en Toda la casa tiene negocio. No me deja entrar a nadie que ella no quiera. Ni a la autoridad. Tengo constatacion policial. Soy jubilado, no tengo dinero, se abusa ya 5 años que hago? Gracias por su ayuda
Hola, disculpa la demora en responder. Tengo entendido que ambos son copropietarios. Si ese es el caso, puedes iniciar una acción reivindicatoria para el reconocimiento de tu derecho, siempre y cuando la copropiedad sea en lo proindiviso. En mi país eso se denomina "reivindicación ideal"
Otra opción es demandar la división y partición de bienes para definir los límites y evitarse esos problemas
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Gracias dr. He gastado todos mi ahorros en que los documentos de la propiedad que equeda en el centro de la ciudad esté a nombre de los dos copropietarios, en los registros públicos. ya no tengo dinero para partición. puedo pedir que me paguen alquiler ellos usan todoa la casa, si me acerco a la puerta me botan, incluso a la policia. Puedo llevar mi cama a la puerta? o como me pongo a vender periódico o pan en la puerta. Infinitamente agradecido dr.
@@user-pn3ih4jt4d Mientras el bien no esté dividido no puede cobrar alquiler al otro copropietario puesto que "todo es de todos", aún cuando legalmente cada uno tenga su cuota.
Lamentablemente el mejor remedio sería una división, salvo que prefiera ir por la vía penal en caso de existir violencia.
@@alejandrocardonaherrera-ci1838 Dr. Una vez más gracias por su respuesta. En el código civil peruano articulo 924 habla de una indenminización cuando el bien es abusivamente en forma absoluta y total por UNO solo de los copropietarios.Encima abre negocio. Pues hay impuestos municipales que pagar por el bien en forma global. Si no pago mi parte del impuesto al municipio me amenaza con incluir mi nombre en infocor.