Muchas gracias Dra. Liz Padilla. Me parece un tema sumamente interesante. La manera en la que lo aborda es muy clara y precisa, sin duda con elementos que normalmente no consideramos, pero que son fundamentales para comprender el funcionamiento de la aplicación de los derechos humanos en México.
Muchas gracias doctora!, hay que tener en cuenta que si se pueden restringir los derechos humanos pero se debe hacer de manera exacta y precisa fundamentando el como se hace esta restricción, también gracias por la explicación de los tipos de controles y en que aplica cada uno de ellos.
El principio pro persona y los controles que la constitución otorga a estas autoridades es muy importanter de conocer para así determinar cuándo se están violentnado nuestros derechos humanos.
Como usted menciona, los derechos humanos, reconocidos, no podrán suspenderse o restringirse bajo las restricciones que señale la Constitución. Excelente vídeo Doctora.
Importante el conocer que los derechos humanos pueden ser restringidos en casos muy específicos, pero también muy importante el conocer estos controles que tienen por objeto el proteger los derechos humanos de actos de autoridades
Es importante observar el principio pro persona y las garantías mínimas, como bien lo menciona, los derechos humanos no pueden suspenderse o restringirse bajo las restricciones que se señalan en la constitución. Gracias por la explicación Doctora!
Gracias por la info., es un tema muy interesante cuales son las garantías en material de derechos humanos, así como las restricciones, y como opera el principio pro persona en estos casos, al igual que el control difuso y control concentrado.
Hola, Dra. Me parece muy importante que se siga hablando de las diferencias que conlleva la aplicación de la reforma de 2011 y del impacto que tiene en el bloque de constitucionalidad que impera en México. No podemos seguir sosteniendo que la Constitución tiene supremacía respecto de los tratados internacionales de derechos humanos. Saludos.
Es de importancia bajo que casos y exactitud se pueden restringir estos derechos Humanos o seria directamente una violación de estos, gracias por la información doctora
Entonces podemos decir que el control difuso lo conocerán aquellas autoridades jurisdiccionales distintas a las que conocen el juicio de amparo, es decir autoridades de primera instancia.
Me parece de suma importancia entender bajo que casos específicos se te pueden restringir derechos humanos, los cuales están establecidos en la constitución. Muchas gracias, Doctora por compartirnos esta información tan valiosa.
Doctora, excelente clase. Solo una observación, tal vez hubo una equivocación respecto al Art.32 de la Convención Americana de los Derechos Humanos en relación a que en este artículo señala las restricciones que pueden tener las constituciones. Verfiqué el Art. 32 de la Convención y este habla sobre los deberes de las personas.
Dra. Busque en el artículo 32 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y no encontre la permisidad que usted indica. Me disculpo, solo soy un apasionado del Derecho.
Erendira Marquez Que comentario tan pobre, sin argumentos válidos para la ponente y lo que únicamente denotan es envidia. Te invito a desuscribirte si no te gustan la cátedra que imparte la Dra. con gran expertiz.
Muchas gracias Dra. Liz Padilla. Me parece un tema sumamente interesante. La manera en la que lo aborda es muy clara y precisa, sin duda con elementos que normalmente no consideramos, pero que son fundamentales para comprender el funcionamiento de la aplicación de los derechos humanos en México.
Muchas gracias doctora!, hay que tener en cuenta que si se pueden restringir los derechos humanos pero se debe hacer de manera exacta y precisa fundamentando el como se hace esta restricción, también gracias por la explicación de los tipos de controles y en que aplica cada uno de ellos.
El principio pro persona y los controles que la constitución otorga a estas autoridades es muy importanter de conocer para así determinar cuándo se están violentnado nuestros derechos humanos.
Como usted menciona, los derechos humanos, reconocidos, no podrán suspenderse o restringirse bajo las restricciones que señale la Constitución. Excelente vídeo Doctora.
Este tema se me hace muy interesante, gracias a su explicación lo pude entender perfectamente.
Por eso digo que ud es la mejor abogada
Gracias por tan relevante informacion, doctora.
Importante el conocer que los derechos humanos pueden ser restringidos en casos muy específicos, pero también muy importante el conocer estos controles que tienen por objeto el proteger los derechos humanos de actos de autoridades
Excelente información acerca del control difuso y concentrado
Excelente Dra. Liz, le amo, saludos desde Quito-Ecuador
Muy importante toda la información Doctora, muchas gracias por cápsulas tan útiles.
Wow me encanta su forma de explicar
Gracias por la explicación, siempre es entendible su tema.
Excelente tema, extraordinario expositor
Gracias por compartir sus conocimientos con nosotros 👌🏻 excelente día
Muchas gracias Doctora por hablar de temas tan interesantes como lo es restricción de derechos.
Es muy importante saber en qué casos se restringen los derechos humanos, información importante para aplicar correctamente, gracias por esta cápsula.
Muchas gracias por explicar este tema, sin duda es importante conocer el principio pro persona y las garantías constitucionales.
No doc. Usted es magistral!!!
Muchas gracias, doctora. Es muy importante conocer las garantías que contiene la constitución para proteger los derechos humanos.
Recalquemos que los derechos humanos si pueden ser restringidos, pero únicamente los que señala la misma constitución
Es importante observar el principio pro persona y las garantías mínimas, como bien lo menciona, los derechos humanos no pueden suspenderse o restringirse bajo las restricciones que se señalan en la constitución. Gracias por la explicación Doctora!
bárbara doctora Liz, todo fue magistral
Gracias por la info., es un tema muy interesante cuales son las garantías en material de derechos humanos, así como las restricciones, y como opera el principio pro persona en estos casos, al igual que el control difuso y control concentrado.
Gracias Abogada por compartir su clase en línea!!!... Saludoors desde Tlaxcala... 😘
Hola, Dra. Me parece muy importante que se siga hablando de las diferencias que conlleva la aplicación de la reforma de 2011 y del impacto que tiene en el bloque de constitucionalidad que impera en México. No podemos seguir sosteniendo que la Constitución tiene supremacía respecto de los tratados internacionales de derechos humanos. Saludos.
El onceavo párrafo del artículo 94 Constitucional invade la esfera jurídica del poder legislativo.
Gracias aboga, son notas muy importantes, que me ser viran mas adelante, suerte y tenga éxito en su trabajo
Es de importancia bajo que casos y exactitud se pueden restringir estos derechos Humanos o seria directamente una violación de estos, gracias por la información doctora
Muy interesante, gracias profesora
Domínguez Ferrer María Guadalupe, presente
Entonces podemos decir que el control difuso lo conocerán aquellas autoridades jurisdiccionales distintas a las que conocen el juicio de amparo, es decir autoridades de primera instancia.
Me parece de suma importancia entender bajo que casos específicos se te pueden restringir derechos humanos, los cuales están establecidos en la constitución. Muchas gracias, Doctora por compartirnos esta información tan valiosa.
Doctora, excelente clase. Solo una observación, tal vez hubo una equivocación respecto al Art.32 de la Convención Americana de los Derechos Humanos en relación a que en este artículo señala las restricciones que pueden tener las constituciones. Verfiqué el Art. 32 de la Convención y este habla sobre los deberes de las personas.
Presente
Muchas Gracias.
Saludos Doctora desde Tijuana
Mendoza Trejo Emily Nathaly, presente
Ojalá así explicaran mis maestros :(
DÓNDE PODEMOS CONSULTAR TODOS LOS TRATADOS INTERNACIONALES QUÉ EL ESTADO MEXICANO HA FIRMADO.
Muchas Gracias Doctora, debemos conocer cuando se pueden restringir los derechos humanos para llevar acabo la exacta aplicación de la ley
Dra. Busque en el artículo 32 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y no encontre la permisidad que usted indica. Me disculpo, solo soy un apasionado del Derecho.
Presente😁
Doctora, hay catedráticos que opinan que los Tratados no sirven de nada, que el estado puede o no aclararlos, que opina al respecto?
Quise decir, acatarlos
Casi no entendí el tema 🥹
Martinez Karime Lizethe
Hola Kari ☺️
Video tan horrible y aburrido!! Por la miniatura, no sé si eres profesora o edecán ;)
Erendira Marquez Que comentario tan pobre, sin argumentos válidos para la ponente y lo que únicamente denotan es envidia.
Te invito a desuscribirte si no te gustan la cátedra que imparte la Dra. con gran expertiz.
Erendira Marquez soy edecán!!! No ves mi cuerpo?? Besos hermosa 😘😘😘😘
@@DraLizPadillaOficial Por supuesto que presté mucha atención a tu cuerpo, pero más a tu tema! Felicidades!
La mano de la envidia se hace presente.