Les cuento la mala experiencia laboral que lamentablemente me tocó vivir. Me retiraron antes que termine mi contrato diciéndome que me estaban pagando según ley y cuando descubro que el pago debió ser mayor, la administradora que hacia las veces de recursos humanos me sale con que yo era estable (por que no me dijo que era estable antes?). Y eso no fue todo, adicionalmente me propuso un mutuo disenso (para que suene mejor que un despido arbitrario) obviamente sin explicarme la implicancia legal que tenia, lo cual luego averigüe con una abogada. La implicancia legal era que al firmar eso es como si yo hubiera solicirado irme y ellos aceptaran (lo cual es ilogico porque cuando le dices al empleador que te quieres ir a lo mucho te acepta la renuncia inmediata, no te da dinero por irte) o como si ellos me hubieran preguntado cuanto quiero por irme, como si fuera una cantidad pactada y eso nunca pasó. En conclusión, desnaturalizaron mi contrato a favor de ellos, sin avisarme antes, y se protegieron con el mutuo disenso. Incluso la administradora mandó al abogado que me llame para que supuestamente me explique porque era estable, y este abogado no me explicó nada de eso sino se empezó a burlar de su artimaña.
La señora no sabe que el trabajador que esta comprendido en este régimen no tiene un contrato individual, porqué estos están dentro del convenio (actual) colectivo, Es decir los derechos ganados son irrenunciables (Que te paguen menos de lo que esta vigente en el convenio) a menos que el empleador quiera pagarte más.
Un número de telf para denunciar a una empresa de construcción q no da boleta de pago y no paga de un beneficio es una obra en la molina frente al universidad agraria
BONO POR ALTURA: 2 condiciones ***Por cada 04 pisos (o mayor a 10mts de altura) y lo que le falta de decir "TRABAJOS EXTERIORES", COMO ABRA INGRESADO A LABORAR A SUNAFIL!!!
BONO POR ALTURA: "POR CADA 04 PISOS (si no 10 metros), por toda labor efectuada en el "EXTERIOR" de un edificio a partir del cuarto piso, que comprenda los trabajos de andamio, revoques exteriores de toda clase. Bien facil se la lleva esta tipa!!
6.45 yo como ayudante ganaba 80 independiente, siendo formal gano menos no jodas pense que se ganaba mas ese tipo de trabajo es forzoso debería ganarse mas no es de escritorio
TIENE QUE SER CONTRATO FISICO YA QUE LA NORMA ESTABLECE QUE SI NO HAY CONTRATO SE ENTIENDE QUE EL TRABAJO SE VUELVE INDEFINIDO, SE RECOMIENDA HACER UN CONTRATO SUJETO A MODALIDAD - PARA DETERMINADA OBRA
no le den vuelta a la norma, la norma dice para construcción civil no hay contrato firmado, solo es contrato verbal por obra o servicio especifico. Para el régimen común aplica contrato de trabajo firmado por ambas partes.
esta chica no sabe que en construcción civil no hay contrato de trabajo, el 21x7 se da en obras que se encuentren alejadas de una ciudad. ademas deberia informarse mas sobre los cupos de construccion requeridos por los extorsionadores/dirigentes de los sindicatos
BONO POR ALTURA: 2 condiciones ***Por cada 04 pisos (o mayor a 10mts de altura) y lo que le falta de decir "TRABAJOS EXTERIORES", COMO HABRÁ INGRESADO A LABORAR A SUNAFIL!!!
¡Hola, Armando! Te comentamos que, los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada tienen derecho a la compensación por tiempo de servicios (CTS) el cual tiene calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo, siempre que cumplan una jornada mínima diaria de 4 horas diarias o si la jornada semanal es inferior a 5 días, se considerará cumplido cuando el trabajador labore 20 horas a la semana, como mínimo; así como, hayan cumplido como mínimo un mes de labores. Los depósitos que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros 15 días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. En cuanto a los trabajadores al sector minero, estos tienen derecho a los beneficios laborales contemplados para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, entre ellos el derecho al beneficio de la CTS. ¡Saludos!
De q esta hablando esa muchacha no save ni lo q abla imformate bien amiguita no pareces ingeniera a nosotros los de construccion civil nos pagan con boleta liquidada y no tenemos contrato y no tenemos derecho ni a reclamar porq si no nos botan solo ablas de lo q dise la tabla salarial lamentable tu explicacion ala otra q venga una persona q este biem preparada y explique mejor gracias por nada
Les cuento la mala experiencia laboral que lamentablemente me tocó vivir. Me retiraron antes que termine mi contrato diciéndome que me estaban pagando según ley y cuando descubro que el pago debió ser mayor, la administradora que hacia las veces de recursos humanos me sale con que yo era estable (por que no me dijo que era estable antes?). Y eso no fue todo, adicionalmente me propuso un mutuo disenso (para que suene mejor que un despido arbitrario) obviamente sin explicarme la implicancia legal que tenia, lo cual luego averigüe con una abogada. La implicancia legal era que al firmar eso es como si yo hubiera solicirado irme y ellos aceptaran (lo cual es ilogico porque cuando le dices al empleador que te quieres ir a lo mucho te acepta la renuncia inmediata, no te da dinero por irte) o como si ellos me hubieran preguntado cuanto quiero por irme, como si fuera una cantidad pactada y eso nunca pasó. En conclusión, desnaturalizaron mi contrato a favor de ellos, sin avisarme antes, y se protegieron con el mutuo disenso. Incluso la administradora mandó al abogado que me llame para que supuestamente me explique porque era estable, y este abogado no me explicó nada de eso sino se empezó a burlar de su artimaña.
pero a tus beneficios sociales, eso los puedes pedir asi pase el tiempo, tus derechos son irrenunciables segun la carta magna
La señora no sabe que el trabajador que esta comprendido en este régimen no tiene un contrato individual, porqué estos están dentro del convenio (actual) colectivo, Es decir los derechos ganados son irrenunciables (Que te paguen menos de lo que esta vigente en el convenio) a menos que el empleador quiera pagarte más.
Una consulta el tiempo de días trabajadas en proyecto tiene un límite ?
La asignación por escolaridad se paga una vez que inicie las clases o antes
Una consulta e trabajado un año en una empresa regimen construccion civil me toca vaciones
El pago es semanal no diario....
Buena entrevista.
Muy buenas noches doctora Quero Acer una consulta
Si aun la obra le falta 3 meses aun se puede presentar los papelez de un sindicato y representar y defender los derechos
Donde puedo hacer una denuncia
Deberian trabajar solo 5 Dias por seaman ya que construccion es una actividad de bastante desgaste fisico y alto riesgo
En muchas obras la empresa le da la obra a las servis ellos también deben dar el contrato
CONTRATO????
Como un operario ca ganar 80 , 60 ..un operario en este año 2024 está ganando 140 soles diario.aparte dominical
Un número de telf para denunciar a una empresa de construcción q no da boleta de pago y no paga de un beneficio es una obra en la molina frente al universidad agraria
BONO POR ALTURA: 2 condiciones ***Por cada 04 pisos (o mayor a 10mts de altura) y lo que le falta de decir "TRABAJOS EXTERIORES", COMO ABRA INGRESADO A LABORAR A SUNAFIL!!!
BONO POR ALTURA: "POR CADA 04 PISOS (si no 10 metros), por toda labor efectuada en el "EXTERIOR" de un edificio a partir del cuarto piso, que comprenda los trabajos de andamio, revoques exteriores de toda clase. Bien facil se la lleva esta tipa!!
Eltravajor vigilante a que corresponde operario o a oficial o peón
en el minuto 7:34 porque dice: Ganan 30 Jornales diarios por año ???
alguien q me explique?
La asignación por escolaridad es 30 jornales por año y por hijo, eso se divide entre 12 avos o treintavos, según corresponda.
TODO ESTÁ INFORMACIÓN EN QUE LEY DADA PUEDO ENCONTRARLO?? PARA PODER INFORMARNOS X NUESTRO MEDIO
tengo un libro que esta todo las normas desde hace mas de 50 años se recopilo la norma
Seguro.normal.y el.de pensiones de 9%. En obras con menos es por el el.regimen laboral.general.
Si realizo una obra privada q participacio tiene los de construcción
Los calculos es por dia trabajado. Operario no menos 59 soles. Oficial. 48.5. Peon no mas de 49 soles.diarios.
O mas de 4 pisos es mas gasto para contratar.
no es mas sino no menos de esas cifras
6.45 yo como ayudante ganaba 80 independiente, siendo formal gano menos no jodas pense que se ganaba mas ese tipo de trabajo es forzoso debería ganarse mas no es de escritorio
Aplica a la parte operativa operativos.carpinteros. solo para obreros operarios oficiales. Plomeros etc. Los ingenieros no.ummm
Terminando el vaciado del la obra CACSCH
En el regimen de construccion civil no hay contrato de trabajo, solo es verbal, no escrito.
jaja eso es bastante cierto pero amigo las empresas elaboran los contratos temporales solo por ser responsable con SUNAFIL
No
TIENE QUE SER CONTRATO FISICO YA QUE LA NORMA ESTABLECE QUE SI NO HAY CONTRATO SE ENTIENDE QUE EL TRABAJO SE VUELVE INDEFINIDO, SE RECOMIENDA HACER UN CONTRATO SUJETO A MODALIDAD - PARA DETERMINADA OBRA
no le den vuelta a la norma, la norma dice para construcción civil no hay contrato firmado, solo es contrato verbal por obra o servicio especifico.
Para el régimen común aplica contrato de trabajo firmado por ambas partes.
@@Frankrodas ESO FUNCIONARIA EN CONTRATOS DE CONSORCIOS CUYO FIN ES SOLO EJECUTAR UNA OBRA Y DESPUES LIQUIDARSE.
Cuánto vale un nuevo sol
esta chica no sabe que en construcción civil no hay contrato de trabajo,
el 21x7 se da en obras que se encuentren alejadas de una ciudad.
ademas deberia informarse mas sobre los cupos de construccion requeridos por los extorsionadores/dirigentes de los sindicatos
BONO POR ALTURA: 2 condiciones ***Por cada 04 pisos (o mayor a 10mts de altura) y lo que le falta de decir "TRABAJOS EXTERIORES", COMO HABRÁ INGRESADO A LABORAR A SUNAFIL!!!
21 trabajan y 7 descanzan . o fines de semana.
Esa flaca esta loca !!! se lleva fácil la plata del Estado !!
Doctora?????
BONIF. NOCTURNA DE 6 A 11 DE LA NOCHE????, ESTA CHICA ESTA LOCA
Horas extras pe compañero
Los trabajadores de regimen civil en mina tienen derecho a la cts
¡Hola, Armando! Te comentamos que, los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada tienen derecho a la compensación por tiempo de servicios (CTS) el cual tiene calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo, siempre que cumplan una jornada mínima diaria de 4 horas diarias o si la jornada semanal es inferior a 5 días, se considerará cumplido cuando el trabajador labore 20 horas a la semana, como mínimo; así como, hayan cumplido como mínimo un mes de labores. Los depósitos que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros 15 días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año.
En cuanto a los trabajadores al sector minero, estos tienen derecho a los beneficios laborales contemplados para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, entre ellos el derecho al beneficio de la CTS.
¡Saludos!
Fallo en el tema del contrato.
no fallo . de hecho yo tambien he elaborado los contratos temporales es asi de sencillo
No hay contrato en construcción civilllllll
Confirmen, los Peones, Oficiales, Operarios no se les hace contrato de trabajo?
@@fernandomarin8906 también tento esa duda
Trabajadores de construccion civil. Osea para obras de mas de 50UIT. 197 mil 500 soles. Ummm.
Pensé que eran 50 uits
Miriam Jacky oh si claro, un lapsus de tipeo.
49f
ese sunafil no pasa nada donde paran solo vienen cuando hay un accidente
De q esta hablando esa muchacha no save ni lo q abla imformate bien amiguita no pareces ingeniera a nosotros los de construccion civil nos pagan con boleta liquidada y no tenemos contrato y no tenemos derecho ni a reclamar porq si no nos botan solo ablas de lo q dise la tabla salarial lamentable tu explicacion ala otra q venga una persona q este biem preparada y explique mejor gracias por nada
esta hablando la teoria
trabajador de construcción civil con contrato de trabajo? no entiendo........
la inspectora esta perdida, los trabajadores en este régimen no tienen contrato de trabajo.
@@omarbp, TOTALMENTE DE ACUERDO en el tema de ALTURA le falto decir que solo aplica para trabajos en EXTERIORES!
@@omarbp Hola, tengo esa duda, se les hace o no contrato de trabajo a los Operarios, Peones y Oficiales. alguna normativa.
Una consulta, y eso de "contrato colectivo" ... ?
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