Buenísimo vídeo, ahondando en cuestiones que se nos presentan en nuestro día a día a aquellos que trabajamos en la Administración. Muchas gracias por aportar tus extensos y cualificados conocimientos, tienes un canal excelente siendo un referente para mí. Enhorabuena!!! Fuerte abrazo, saludos!!!
Muchas gracias Manuel, es algo que siempre me ha creado duda y te iba a preguntar que haríamos en el supuesto de encontrárnoslo en un examen... Pero ya veo que te lo han preguntado y me quedo con tu respuesta, mil gracias ;-)
Yo había entendido que la sentencia se aplicaba a todos los supuestos incluso en los inicios a solicitud del interesado. Gracias por la aclaración. Buen trabajo.
Hola Manuel! Muchas gracias por este video tan clarificador. Aún así tengo una duda. En el caso de subvenciones (procedimiento que se inicia siempre de oficio) pero en el que se presentan "solicitudes", si soy obligado a relacionarme electrónicamente y presento mi solicitud el último día de plazo de forma presencial, puedo tener mis 10 días hábiles para subsanar, o se me va a inadmitir la solicitud?
En este artículo explica muy bien la sentencia un magistrado delajusticia.com/2021/09/06/suprema-precision-sobre-la-subsanacion-de-la-obligacion-de-relacionarse-electronicamente/
Me surge la duda de si en el.xaso de un requerimiento de subsanación de una solicitud se podria aplicar el articulo 73.3 y se le admitiria la presentacion de la documentacion hasta el mismo dia de recepcion de la resolucion ,en este caso, de desistimiento de la solicitud. Gracias!
Buenas Manuel, Una pregunta...con independencia de aplicar esto que acabas de explicar; la interposición de un recurso (alzada, reposición,...) por el interesado sería un procedimiento iniciado a solicitud del interesado??...Gracias.
Correctamente claro Manuel, pero si tú como administración me das 10 días para subsanar y yo presento la subsanación electrónicamente a las tres semanas, me he pasado de plazo ¿no?. Gracias.
Buenos días, primero felicitarte por el video! Creo que me ha quedado claro, una solicitud ''defectuosa'' solo se subsanará si es proc. iniciado solictud del interesado, si es de oficio se inadmite...no? y si la persona realiza un formulario generico cuando debe hacer uno especifico se le pide que subsane o se le inadmite? Gracias y un saludo!
Manuel, gracias por el video! Entonces en el caso que nos entrara en el examen qué respondemos? Y si presentara el obligado unas alegaciones en papel... seria el mismo trato que un recurso ? Gracias!
De nada! sobre lo que comentas, he visto varios supuestos en exámenes oficiales de Xunta en los que lo aplican para todos los casos, y dan por buenas esas opciones, pero yo contestaría lo que hay que hacer según la sentencia y si dan por buena otra opción, entonces impugnaría en base a la jurisprudencia. Saludos!
En este artículo lo puedes leer detalladamente delajusticia.com/2021/09/06/suprema-precision-sobre-la-subsanacion-de-la-obligacion-de-relacionarse-electronicamente/
Es un placer escucharte macho. Hasta me está dando gustirrinín el derecho administrativo.
jajajaj muchas gracias!
Mejor explicado imposible 🤩🤩Muchas Gracias 👏🏻👏🏻👏🏻
De nada Flor! me alegro mucho de que te haya gustado!
Buenísimo vídeo, ahondando en cuestiones que se nos presentan en nuestro día a día a aquellos que trabajamos en la Administración.
Muchas gracias por aportar tus extensos y cualificados conocimientos, tienes un canal excelente siendo un referente para mí. Enhorabuena!!!
Fuerte abrazo, saludos!!!
De nada Tomás! me alegro mucho de que te haya gustado el video!
Muy interesante y genial explicación, como siempre. Muchas gracias 😊
De nada Mar!!
Que maravilla tus vídeos, gracias 🙏🏻miles por tu ayuda!!
Gracias a ti Luisa!
¡¡ Gracias, Manuel !!
A ti José Luis!!
Muchas gracias Manuel, es algo que siempre me ha creado duda y te iba a preguntar que haríamos en el supuesto de encontrárnoslo en un examen... Pero ya veo que te lo han preguntado y me quedo con tu respuesta, mil gracias ;-)
De nada Ana Belen!
Muchas gracias por la explicación/aclaracion del artículo.
De nada Raquel!
Yo había entendido que la sentencia se aplicaba a todos los supuestos incluso en los inicios a solicitud del interesado. Gracias por la aclaración. Buen trabajo.
De nada Diego!
😅 borro mi pregunta porque he visto que ya la respondiste...👍🏼a impugnar en caso de ...
Muchas gracias por la explicación😊
Gracias a ti!
Hola Manuel! Muchas gracias por este video tan clarificador. Aún así tengo una duda. En el caso de subvenciones (procedimiento que se inicia siempre de oficio) pero en el que se presentan "solicitudes", si soy obligado a relacionarme electrónicamente y presento mi solicitud el último día de plazo de forma presencial, puedo tener mis 10 días hábiles para subsanar, o se me va a inadmitir la solicitud?
En este artículo explica muy bien la sentencia un magistrado
delajusticia.com/2021/09/06/suprema-precision-sobre-la-subsanacion-de-la-obligacion-de-relacionarse-electronicamente/
Me surge la duda de si en el.xaso de un requerimiento de subsanación de una solicitud se podria aplicar el articulo 73.3 y se le admitiria la presentacion de la documentacion hasta el mismo dia de recepcion de la resolucion ,en este caso, de desistimiento de la solicitud. Gracias!
Si, en ese caso la jurisprudencia establece que hay que actuar de la misma manera. Saludos
Buenas Manuel,
Una pregunta...con independencia de aplicar esto que acabas de explicar; la interposición de un recurso (alzada, reposición,...) por el interesado sería un procedimiento iniciado a solicitud del interesado??...Gracias.
Buenas Alicia; los recursos se interponen por los interesados, pero no son un procedimiento administrativo como tal. Saludos!
Correctamente claro Manuel, pero si tú como administración me das 10 días para subsanar y yo presento la subsanación electrónicamente a las tres semanas, me he pasado de plazo ¿no?. Gracias.
te has pasado de plazo, pero hasta que no te notifiquemos la resolución de desistimiento tendríamos que aceptar la documentación si la entregaras
Buenos días,
primero felicitarte por el video! Creo que me ha quedado claro, una solicitud ''defectuosa'' solo se subsanará si es proc. iniciado solictud del interesado, si es de oficio se inadmite...no?
y si la persona realiza un formulario generico cuando debe hacer uno especifico se le pide que subsane o se le inadmite?
Gracias y un saludo!
Buenas! No, no es así; siempre se puede subsanar; lo que explico en este video es la fecha de efectos de la subsanación. Saludos!
@@Leyesparaoposiciones Mil gracias!
Manuel, gracias por el video! Entonces en el caso que nos entrara en el examen qué respondemos? Y si presentara el obligado unas alegaciones en papel... seria el mismo trato que un recurso ? Gracias!
De nada! sobre lo que comentas, he visto varios supuestos en exámenes oficiales de Xunta en los que lo aplican para todos los casos, y dan por buenas esas opciones, pero yo contestaría lo que hay que hacer según la sentencia y si dan por buena otra opción, entonces impugnaría en base a la jurisprudencia. Saludos!
Entonces, cual es la fecha?😅
En este artículo lo puedes leer detalladamente delajusticia.com/2021/09/06/suprema-precision-sobre-la-subsanacion-de-la-obligacion-de-relacionarse-electronicamente/
En conclusión, no se puede aplicar la analogía para algo tan restrictivo.
Básicamente, si jajaja