Los Derechos de los arrendatarios en propiedad Horizontal.

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  • Опубликовано: 9 ноя 2024
  • LEY 820 DE 2003
    Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene como objeto fijar los criterios que deben servir de base para regular los contratos de arrendamiento de los inmuebles urbanos destinados a vivienda, en desarrollo de los derechos de los colombianos a una vivienda digna y a la propiedad con función social.
    Artículo 2. Definición. El contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente, y la otra a pagar por este goce un precio determinado.
    a) Servicios, cosas o usos conexos. Se entienden como servicios, cosas o usos conexos, los servicios públicos domiciliarios y todos los demás inherentes al goce del inmueble y a la satisfacción de las necesidades propias de la habitación en el mismo;
    b) Servicios, cosas o usos adicionales. Se entienden como servicios, cosas o usos adicionales los suministrados eventualmente por el arrendador no inherentes al goce del inmueble. En el contrato de arrendamiento de vivienda urbana, las partes podrán pactar la inclusión o no de servicios, cosas o usos adicionales.
    En ningún caso, el precio del arrendamiento de servicios, cosas o usos adicionales podrá exceder de un cincuenta por ciento (50% ) del precio del arrendamiento del respectivo inmueble.
    Con el ánimo de garantizar los derechos a los arrendatarios en una copropiedad, el Dr. Serrano trae a colación criterios indis- pensables para identificar las características, obligaciones y de tal forma los derechos que este podrá gozar.
    En primera instancia el Dr. Serrano identifica cuatro tipos
    de personas diferentes, para así determinar de qué derechos gozan los arrendatarios; en primer lugar, el propietario, el cual es titular del derecho real del dominio, que le otorga pleno derecho sobre el inmueble y solo podrá verse afectado por la función social de la propiedad horizontal de que tratan los art. 1 y 2 de la ley 675 de 2001.
    Por otra parte el residente quien disfruta del derecho pleno de uso y goce de las áreas comunes y su área privada; por su parte los huéspedes, en la figura de arrendamientos turísti- cos, tendrán el mismo uso y goce que los residentes, salvo las excepciones que se estipulan en el reglamento de propiedad horizontal.
    Por último, los visitantes son quienes se comprometen a cumplir las normas internas de la copropiedad, y el responsa- ble en caso de incumplimiento será quien le otorgó el ingreso.
    Dicho lo anterior, los derechos que tienen los arrendadores parten del ejercicio pleno de áreas comunes y privadas, el debido proceso en pro del cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal y legítima defensa en cuanto a la solución de las controversias que puedan surgir; podrán asistir a la asamblea general con voz, pero sin voto, en decisiones que puedan afectar sus intereses. Podrán además, recibir las actas de asamblea y consejo, entre otros.
    En cuantos los bienes comunes esenciales, la corte determina que no pueden tener restricción alguna; mientras que los no esenciales pueden tener restricciones en determinados casos, así por ejemplo, incumplimiento en el pago de expensas comunes. En última instancia, los bienes comunes de uso exclusivo no pueden ser usufructuados ni cambiar su uso inicial.
    Con el propósito de garantizar los derechos del arrendatario, es necesario que el administrador tenga actualizado el libro de residentes y propietarios, para así, identificar de manera exacta los tipos de personas dentro de la copropiedad.

Комментарии • 21

  • @VALEROMARLENE
    @VALEROMARLENE Год назад +1

    Juan Roberto y el Dr Serrano hacen un GRAN EQUIPO. Muchas gracia por compartir sus conocimientos 👍😊

  • @yolimagonzalez8657
    @yolimagonzalez8657 9 месяцев назад

    Gracias por la excelente información

  • @tamararomero68
    @tamararomero68 Год назад

    Tema muy interesante. Gracias.

  • @maryedithprietobarriga7784
    @maryedithprietobarriga7784 Год назад

    Temas de análisis muy interesante.

  • @flordelmarforero1110
    @flordelmarforero1110 10 дней назад

    Ante qué entidad u organismo oficial se puede presentar una reclamación sobre los servicios que presta la Admón. Y por los cuales se paga la CUOTA DE ADMÓN.?

  • @juancarlosmoragomez1841
    @juancarlosmoragomez1841 6 месяцев назад

    Buenas noches, por favor mostrar alcances de los vigilantes.......que parecen que coadministran la propiedad horizontal

  • @sandravilla8003
    @sandravilla8003 11 месяцев назад

    Hola k buena explicación me gustaría k cuando veas mi comentario me puedas contestar , mi pregunta es ,esta obligado un arrendatario a dar cuotas k exijan para arreglos x ejemplo de adornos navideños siendo k no somos dueños del inmueble y obligados a comprar lo k hagan de actividades para recoger fondos ?

  • @miriammarin9674
    @miriammarin9674 6 месяцев назад

    Es una obligación del administrador la publicación de la actas.

  • @luzldelpmar6948
    @luzldelpmar6948 5 месяцев назад

    Buenas tardes. Caso de un jardín que es bien común de uso privado, ubicado en un clima fuerte, Cartagena, puede instalarse una estructura liviana ( pérgola) para poder disfrutar de ese jardín con protección del sol inçlemente? Muchas gracias

  • @cilyrocioordonez2388
    @cilyrocioordonez2388 Год назад +1

    Hola, buenas noches. Cómo arrendatarias tienen los mismos de eres y derechos que los copropietarios, lo único es que los coopropietarios tienen voto. Pues, los arrendatarios pagan su cuota de administración y son más cumplidos que los coopropietarios

  • @alexanderleal3629
    @alexanderleal3629 Год назад +1

    Cuando habla de los paqueaderos, puede un propietario o arrendatario ingresar una moto a la casa?

  • @oscarbuitrago2005
    @oscarbuitrago2005 10 месяцев назад +1

    Juan Roberto y Dr Serrano buen día, mi arrendador me obliga a pagar la administración plena y yo pago la administración antes de los cinco primeros días de cada mes por que en el contrato firme el pago de administración plena
    solicito como puedo obtener el beneficio del pronto pago y dejar de pagar la cuota plena.gracias dr

    • @glorianarvaez4911
      @glorianarvaez4911 8 месяцев назад

      Cuándo se arrienda un apartamento o vivienda dónde se paga administración, el arrendatario es el qué paga administración. Lo único qué no debe pagar, es la cuota extraordinaria.

  • @eduvigesojeda5044
    @eduvigesojeda5044 4 месяца назад

    Buenas tardes
    Tengo una pregunta. Puede un inquilino arrendar el parqueadero teniendo una moto, la cual la coloca invadiendo parte del parqueadero de visitantes.
    Gracias

  • @fabianvergel4267
    @fabianvergel4267 5 месяцев назад

    Un propietario puede ser administrador?

  • @maryuriortiz147
    @maryuriortiz147 8 месяцев назад +1

    Algunos aministradore discrimina al arrendatario

  • @rosacardenas5063
    @rosacardenas5063 7 месяцев назад

    Buenas noches una pregunta? Que haces si tengo una vecina que cada ves que me ve me insulta y me amenaza ?

  • @anamilenalibreros1861
    @anamilenalibreros1861 6 месяцев назад

    El Dr se salió del tema
    Queremos saber los derechos de los arrendatarios

  • @mariaconstanzafernandezmar1784
    @mariaconstanzafernandezmar1784 7 месяцев назад

    Buenos días
    .con todo respeto le hago una pregunta el habla de arriendos turísticos
    Hay una confusión . Un propietario puede arrendar habitaciones . Porque son para habitar para vivir en el apto .no es un arriendo turístico que es la confusión y lo deberían aclarar.
    El Dr. Siempre habla de arriendo turístico
    Y no explica que un propietario puede arrendar y registrarlo como inquilino.

  • @cilyrocioordonez2388
    @cilyrocioordonez2388 Год назад

    Los arrendatarios son muy discriminados por algunos administradores, por su condición. Si está al día con cuota de administración y cumple con todas las normas de eria tener viz y voto. Los administradores creen que son Todopoderoso porque no hay donde denunciarlos

  • @arubiramos6011
    @arubiramos6011 7 месяцев назад

    Si mi bicicleta esta registrada en admon y la parqueo en el bicicletero, y se desaparece la bicicleta quien me responde?