La evolución de los derechos de propiedad | Enrique Ghersi

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  • Опубликовано: 8 сен 2024

Комментарии • 38

  • @MARTINNOT1
    @MARTINNOT1 29 дней назад

    Muy buena conferencia, Ghersi maneja muchos temas y pone ejemplos estupendos, felicitaciones. La esencia de la propiedad: Excluir y poder transferir. Algunos datos no son correctos, , existe el TAS y la FIFA se sometió a su competencia el 2002 (La conferencia es del 2009), por eso Alianza Lima juega en primera división. Genial el ejemplo de cómo el Derecho multiplica los bienes para generar más dinero: Titulizar hipotecas, y cualquier obligación por pagar, es decir ganan por dinero que aun no han recibido (FLUJO ), no sabía que lo hacían los concesionarios de carreteras. El problema es que hablamos de una economía financiera, especulativa, rentista. Estos tipos no crean empresa, juegan con los bienes que ya existen , crean papeles que representan bienes jurídicos pero al sobrevalorarlos producen una burbuja, están vendiendo en bolsa bienes que no existen o por lo menos que no valen lo que dicen, precios inflados. No sabia que el timeshare (Mejor en español, tiempo compartido) era mexicano. Una crítica, siendo la propiedad un sistema de exclusión siempre tendrá la debilidad de generar no propietarios, es decir pobreza, cómo lograr que sea una herramienta de inclusión social en América Latina? La titulación impulsada por ILD (De Soto, Ghersy fue parte) es positiva pero a casi 40 años de El Otro Sendero y su implementación digamos que no ha cumplido las expectativas...

    • @SergioSantiDiaz
      @SergioSantiDiaz  29 дней назад

      Que bueno que le gustó. De mi canal es de los mejores videos y que poco se ve y se aprende demasiado. De hecho, su comentario me lo expropiaré jajaja

  • @carlosdanielhernandezmolin5159
    @carlosdanielhernandezmolin5159 4 года назад +5

    Los conceptos que explaya el Doctor Enrique Ghersi son interesantes desde diferentes puntos de vista, ya sea desde lo económico o desde lo puro del derecho, desde que nombra las diferencias entres los derechos reales y personales, y como cada uno de estos pueden funcionar por si solos, y no solo eso, me cambio la manera de ver los diferentes contratos, como el del trabajo del cual habla en la conferencia, realmente me pone a pensar como no hay un intercambio de precio por servicio, realmente muy interesantes los conceptos.

  • @jherncab
    @jherncab 9 лет назад +11

    Excelente clase. El análisis jurídico-económico de FIFA es muy interesante. Cuando el profesor Ghersi utiliza el término "cataláctico" (Mises) se refiere a que FIFA es una organización de mercado, no estatal y que se relaciona con los gobiernos en un régimen de anarquía.

  • @jorgemorales-yp2ny
    @jorgemorales-yp2ny 4 года назад +3

    Excelente conferencia! el Doctor Enrique Ghersi me corrigió los conceptos errados que tenía sobre el Derecho de Propiedad, Derechos Personales y Derechos Reales, además se me aclaró el tema de la titularidad conforme a la Exclusividad y Enajenación, por los ejemplos de un contrato de compraventa frente a los contratos de trabajo, contrato con artistas y contrato de prestación de servicios profesionales.

  • @jherncab
    @jherncab 9 лет назад +7

    Conferencia genial. Me ha aclarado una gran distinción jurídica.

  • @libertadomuertefreedomorde4069

    Una magistral cátedra de economía derecho política legislación historia

  • @smonroy59
    @smonroy59 8 лет назад +1

    Para quienes profesamos ideas liberales, nos da pie para profundizar en este estudio, para argumentar mejor nuestras ideas y transmitirlas con mayor propiedad. No olvidemos que la libertad y el derecho estan íntimamente relacionados. Gracias profesor Ghersi y a quien compartio el vídeo

  • @explorermusic9321
    @explorermusic9321 2 года назад

    Dr que gran conocimiento, venía por conocer el derecho real al comprar una casa y termine escuchando toda la excelente conferencia. Gracias, saludos

  • @victorhugocorreacardenas8842
    @victorhugocorreacardenas8842 4 года назад +2

    Gracias por recomendar esta conferencia profesor Alejandro Pérez y Soto. Definitivamente el análisis económico del derecho en esta conferencia es magistral. El tema de mirar el cambio del uso de un terreno como una posible expropiación en el derecho anglosajón comparado con nuestro derecho obliga a repensar los programas de derecho de muchas instituciones universitarias. Gracias a la UPB, estamos internandonos en esa apasionante rama de las ciencias económicas mezcladas con el derecho.

  • @esmaragdomunoz9984
    @esmaragdomunoz9984 8 лет назад

    Clase magistral, me encantó , muy agradecido,saludos desde la República del Ecuador.

  • @noecuxil2983
    @noecuxil2983 7 лет назад +1

    Muy puntual y especifico este video.

  • @AngelErnestoJalcaRamirez
    @AngelErnestoJalcaRamirez 8 лет назад

    Como siempre E. Ghersi muy aplicado en sus exposiciones.

  • @cinthyabog
    @cinthyabog 8 лет назад +1

    excelente clase muy clara !!

  • @politicaperuana4343
    @politicaperuana4343 7 лет назад +5

    es marca PERU!!

  • @oscargonzalez-ruano
    @oscargonzalez-ruano 4 года назад +2

    No se puede adjudicar el derecho internacional a Hugo Grosio cuando mas de cien años antes la escuela de Salamanca elabora el derecho de gentes, que es la base del derecho Internacional, de mano de Francisco de Vitoria.

  • @wilmergonzalez5780
    @wilmergonzalez5780 7 лет назад +3

    El contrato laboral claro que es un contrato (!!). No hay distinción entre el contrato de trabajo y el contrato de servicio. Bien puede el patrono, despedir, e igualmente, demandar por daño y perjuicio ante el incumplimiento por parte del trabajador, esto se ve claro en los artistas, nadie puede obligar a Amy Winehouse a cantar en su tour Rusia, pero sino lo hace, una tremenda demanda le espera, y cuál va a ser: Demanda de cumplimiento de contratos y por supuesto, daños y perjuicios.

    • @FranciscojavierHDD
      @FranciscojavierHDD 7 лет назад +4

      ¿demandar al trabajador por no ir a trabajar? eso no existe... es decir si un trabajador no va a trabajar no le puedes pedir dinero como compensación y tampoco va preso por incumplir.
      Es mas si un empleado tuyo, trata mal a los clientes, tampoco le puedes pedir dinero, ni encerrarlo... simplemente no tienes ningún derecho.
      Lo único que puedes hacer es terminar la relación laboral, es decir despedirlo, e incluso cuando haces eso debes pagarle un arreglo.

    • @adriangonzalezmonroy9588
      @adriangonzalezmonroy9588 6 лет назад

      por eso especifico el caso de artistas donde si puedes demandar por un incumplimiento de contrato el cual se puede exigir un pago pecuniario

    • @mariodipas4447
      @mariodipas4447 5 лет назад

      No entendiste

    • @guillermobarbarroja6842
      @guillermobarbarroja6842 5 лет назад +1

      Exacto, en la locación de obra o servicios si no se cumple, el empleador puede iniciar un daños y perjuicios!

  • @jorgelazo7618
    @jorgelazo7618 8 лет назад

    Es un gran abogado y comunicador, muy didáctico, aunque uno puede discrepar con algunas de sus ideas, se puede aprender mucho de él.

  • @jaimesalinas8882
    @jaimesalinas8882 8 лет назад

    es una clase mey buena me aclaro algo importante

  • @andresgabrieltorpocogonzal3080
    @andresgabrieltorpocogonzal3080 7 лет назад +3

    Si no existe el contrato se trabajo, tal como lo entiende Ghersi. Entonces, què son los llamados contratos de prestaciòn de servicios: como el de locaciòn de servicios, contrato de obra o el mandato?

    • @edbertoserrano3658
      @edbertoserrano3658 3 года назад

      Ya explico en el caso ejemplo de patrono, seria bueno velva a tepasarlo.

    • @edbertoserrano3658
      @edbertoserrano3658 3 года назад

      Ya explico en el caso ejemplo de patrono, seria bueno velva a tepasarlo.

    • @ancap3028
      @ancap3028 3 года назад

      Contrato de prestación de servicios se realiza entre empresas o personas jurídicas, no personas naturales.

  • @edwinmontana5269
    @edwinmontana5269 3 года назад

    Existe por lo menos un erro grande cuando el Dr. Considera que la simple división entre derechos reales y personales en nuestra tradición Continental se opone a la inclusión de los derechos personales en el patrimonio, siguiendo esta lógica insensata, ninguna persona tuviese la potestad de demandar por el incumplimiento de un contrato por responsabilidad civil extracontractual derivada del contrato, esto es porque no se podría violentar el patrimonio de la persona afectada con el incumplimiento del contrato, pues no existe un derecho patrimonial sobre la perdida (daño). la merma en el patrimonio se da tambien por los derechos personales, haría mal un juez en no reconocerlos como parte del patrimonio.

  • @gustavop.r.6684
    @gustavop.r.6684 Год назад

    Y hablando de propiedad intelectual. quien es autor de "El Misterio del Capital"? el o Hernando de Soto?

  • @rayliz5426
    @rayliz5426 7 лет назад

    Rebien

  • @edwinmontana5269
    @edwinmontana5269 3 года назад

    Creo que el Dr. comete un error al indicar que el sistema Alemán no contine una diferenciación entre derechos reales y personales, es sino mirar el código Alemán de 1900

  • @antoniocasillas
    @antoniocasillas 2 года назад

    30 minutos para explicar la traducción de un concepto que para el sistema jurídico anglosajón no tiene ningún problema porque ellos saben perfectamente lo que involucra el Property Law. No entiendo porqué querer verlo todo desde nuestro punto de vista del Sistema Jurídico Romanista. Cada familia jurídica tiene sus propios conceptos y no necesariamente tienen porqué verse todo desde un único punto de vista.

  • @joseluisrubioalonso1682
    @joseluisrubioalonso1682 3 года назад

    Cmo defender mis propiedades reales contra el gobierno autonómico y no emplear el poder

  • @jhonbrayamxxx
    @jhonbrayamxxx 8 лет назад +2

    Que cabezas de melón los que insisten con el contrato de trabajo queda clarificado con la primera explicación.

  • @climaxfoto
    @climaxfoto 8 лет назад

    RUclips viola derechos de autor:
    ruclips.net/video/j3f1njyJYLw/видео.html

  • @libertadomuertefreedomorde4069

    Una magistral cátedra de economía derecho política legislación historia