Excelente información y ponencia, muchas gracias por compartir tan valiosa experiencia que a nosotros los que iniciamos en el ámbito nos ayuda muchísimo, Muchas gracias licenciado.
Buenos días estimado licenciado Sergio Castillo, como siempre es un gusto enorme aprender de sus conocimientos del derecho laboral. Excelente día para todos
excelente video licenciado, hasta el día de hoy, ¿si se esta aplicando lo que menciono en la parte final de su video?, ¿Dónde el juez toma la batuta para realizar sus propias preguntas en la confesional?
muchas gracias licenciado por responder, tendré una confesional que están cargando promovido por los demandados, gracias por el conocimiento, así el juez no me va agarrar por sorpresa.
La presentación de esa persona queda a cargo del apoderado legal de la empresa. Igual pueden solicitar ellos el cambio de naturaleza de la prueba a testimonial, señalando el último domicilio que tengan de esa persona para que la Junta o Tribunal Laboral, a través del Actuario lo notifiquen y se presenten, con los mismos apercibimientos.
buenos dias yo ya tengo la audencia me fui de incapacidad me presente en mi servciio y ya no me dejaron trabajar argumentan que la plantilla ya esta completa nunca me mencionaron que ya no podia que me fuera a las oficinas ademas que no me trataron como se debe.
15:06 Difiero, en el nuevo procedimiento no hay posiciones, única y exclusivamente interrogatorio libre que va dirigiendo el juez laboral. Lo sé porque ya llevo prácticamente 2 años, litigando en el nuevo procedimiento en EdoMex, tanto local como federal.
Sí. Estás personas son citadas por conocerle los hechos, y puede que sean hechos distintos y por ende, posiciones diferentes. La única forma de formular las mismas, sería que a ambos o varios, les imputaras hechos.
Pregunta lic , si en mi caso todos los echos son no controvertidos y la demandada esta en reveldia por no contestar demanda en tiempo y forma vale la pena tener confesional o mejor desistirla , y en que me afecta si la desisto
En los casos en que la persona en la que va a correr la confesional ya no trabaja para la empresa que sucede? Hablo del Nuevo procedimiento laboral. Gracias
Buen día Lic. Castillo ,tengo una demanda en el Tribunal Federal de Conciliación y arbitraje presentada en fecha de mayo de 2021, dicha demanda se va a llevar con el procedimiento actual o pasa al nuevo sistema laboral? y si es así, en que me beneficia o perjudica a mi asunto? van hacer mas rápidos los procedimientos?, gracias...
Hola norma. Si es el tribunal Federal de conciliación como tú lo mencionas es el procedimiento nuevo y definitivamente te beneficia para empezar porque la conciliación es obligatoria
Buenas tardes, Norma tu procedimiento esta radicaba en la ciudad de Mexico es un procedimiento Burocratico, en este tipo de procedimiento siguen de igual forma el procedimiento. Los conflictos laborales ante las empresas o personas fisicas a partir del mes de Octubre si radicas en el Estado de Nuevo Leon, primero se tiene que agotar el procedimiento prejudicial ante el Centro de Conciliacion Local o Federal, si no hay niguna conciliacion te entregaran una constancia de No Conciliacion para presentar tu demanda ante el Tribunal, lo que entendi de tu pregunta es un procedimiento burocratico.
Licenciado que pasa cuando en la prueba confesional alguna de las partes mencionen hechos inexistentes. Osea declaren mentiras en su declaración ante la junta laboral... Se puede demandar por Falso testimonio y por presentación de documentación falsa o Alterada. Se pudiera demandar a las personas involucradas ?
Sí. Se denuncia por falsedad de declaraciones. La LFT regula este tema y se les apercibe antes de rendir declaración. Pero no es de oficio como hoy en día con los Tribunales Laborales.
Lic. Buen día ¿que pasa si estando ambas partes el auxiliar califica de ilegal las posiciones y no se realiza ninguna pregunta, cerrando la audiencia? Saludos excelente manera de ilustrarnos
Excelente ponencia Lic. Castillo, tengo una pregunta con respecto al cambio de la naturaleza de la prueba confesional para hechos propios a testimonial, y es ¿en qué momento procesal se puede realizar, es decir en pleno acto de la audiencia o por escrito antes de que se lleve a efecto el desahogo de la prueba? Me gustaría ampliara esta cuestión en un video para aprender más sobre este planteamiento en el desahogo de esta prueba. Saludos
Excelente información y ponencia, muchas gracias por compartir tan valiosa experiencia que a nosotros los que iniciamos en el ámbito nos ayuda muchísimo, Muchas gracias licenciado.
Buenos días estimado licenciado Sergio Castillo, como siempre es un gusto enorme aprender de sus conocimientos del derecho laboral. Excelente día para todos
gracias luis, saludos
Muchas gracias licenciado esta información fue de mucha utilidad pues el dia de hoy fue mi audiencia confesional y a preparame para lo que viene
Gracias por compartir sus conocimientos. Saludos desde el estado de Hidalgo.
Saludos Anabell
Buena noche, un pregunta, en Ciudad de México, sigue el interrogatorio abierto?
Gracias muy interesante
de nada, saludos
excelente video licenciado, hasta el día de hoy, ¿si se esta aplicando lo que menciono en la parte final de su video?, ¿Dónde el juez toma la batuta para realizar sus propias preguntas en la confesional?
Si Leonardo. Así esta funcionando el nuevo sistema judicial.
muchas gracias licenciado por responder, tendré una confesional que están cargando promovido por los demandados, gracias por el conocimiento, así el juez no me va agarrar por sorpresa.
Que pasa si el que esta citado porque te despidio ya no labora en la empresa?
La presentación de esa persona queda a cargo del apoderado legal de la empresa. Igual pueden solicitar ellos el cambio de naturaleza de la prueba a testimonial, señalando el último domicilio que tengan de esa persona para que la Junta o Tribunal Laboral, a través del Actuario lo notifiquen y se presenten, con los mismos apercibimientos.
buenos dias yo ya tengo la audencia me fui de incapacidad me presente en mi servciio y ya no me dejaron trabajar argumentan que la plantilla ya esta completa nunca me mencionaron que ya no podia que me fuera a las oficinas ademas que no me trataron como se debe.
En la Junta Federal se pueden realizar las posiciones en el momento de la audiencia confesional o mediante el pliego de posiciones.
en las juntas de conciliacion puedes obtar por cualqueira de las 2 opciones, en los juzgados es donde no, ahi debes dictar una por una
15:06 Difiero, en el nuevo procedimiento no hay posiciones, única y exclusivamente interrogatorio libre que va dirigiendo el juez laboral. Lo sé porque ya llevo prácticamente 2 años, litigando en el nuevo procedimiento en EdoMex, tanto local como federal.
Gracias x tu aportación. En Nuevo León apenas hoy arrancó el nuevo modelo laboral. Nos llevan ventaja. Saludos !
Esto es en el sistema anterior.
Si son diferentes absolventes se pueden hacer diferentes preguntas a cada uno?
Sí. Estás personas son citadas por conocerle los hechos, y puede que sean hechos distintos y por ende, posiciones diferentes. La única forma de formular las mismas, sería que a ambos o varios, les imputaras hechos.
La prueba confesional se puede absolver por apoderado otorgado l ante notario publico
Excelente
Pero como conocedor de la materia
Dígame usted que opina del interrogatorio libre
En la prueba confesional
Buenísima herramienta para llegar a la verdad. Jamás debieron existir las posiciones es ridículo solo contestar no es cierto. Saludos Francisco
Licenciado buenas noches
Cómo puedo.sacarr una cita de asesoramiento?
Pregunta lic , si en mi caso todos los echos son no controvertidos y la demandada esta en reveldia por no contestar demanda en tiempo y forma vale la pena tener confesional o mejor desistirla , y en que me afecta si la desisto
Que pasa si en la contestación argumentan que la persona que despidió al actor no labora ahí?
En los casos en que la persona en la que va a correr la confesional ya no trabaja para la empresa que sucede? Hablo del Nuevo procedimiento laboral. Gracias
ruclips.net/video/xwC8Xf3_Pys/видео.html
Buen día Lic. Castillo ,tengo una demanda en el Tribunal Federal de Conciliación y arbitraje presentada en fecha de mayo de 2021, dicha demanda se va a llevar con el procedimiento actual o pasa al nuevo sistema laboral? y si es así, en que me beneficia o perjudica a mi asunto? van hacer mas rápidos los procedimientos?, gracias...
Hola norma. Si es el tribunal Federal de conciliación como tú lo mencionas es el procedimiento nuevo y definitivamente te beneficia para empezar porque la conciliación es obligatoria
Buenas tardes, Norma tu procedimiento esta radicaba en la ciudad de Mexico es un procedimiento Burocratico, en este tipo de procedimiento siguen de igual forma el procedimiento. Los conflictos laborales ante las empresas o personas fisicas a partir del mes de Octubre si radicas en el Estado de Nuevo Leon, primero se tiene que agotar el procedimiento prejudicial ante el Centro de Conciliacion Local o Federal, si no hay niguna conciliacion te entregaran una constancia de No Conciliacion para presentar tu demanda ante el Tribunal, lo que entendi de tu pregunta es un procedimiento burocratico.
Lic una pregunta usted representa a trabajadores o a parones?
A los dos.
Licenciado que pasa cuando en la prueba confesional alguna de
las partes mencionen hechos inexistentes. Osea declaren mentiras en su declaración ante la junta laboral...
Se puede demandar por Falso testimonio y por presentación de documentación falsa o Alterada.
Se pudiera demandar a las personas involucradas ?
Sí. Se denuncia por falsedad de declaraciones. La LFT regula este tema y se les apercibe antes de rendir declaración. Pero no es de oficio como hoy en día con los Tribunales Laborales.
Lic. Buen día ¿que pasa si estando ambas partes el auxiliar califica de ilegal las posiciones y no se realiza ninguna pregunta, cerrando la audiencia?
Saludos excelente manera de ilustrarnos
Pero tenias una segunda oportunidad para formular más ? No te la dieron ?
Excelente ponencia Lic. Castillo, tengo una pregunta con respecto al cambio de la naturaleza de la prueba confesional para hechos propios a testimonial, y es ¿en qué momento procesal se puede realizar, es decir en pleno acto de la audiencia o por escrito antes de que se lleve a efecto el desahogo de la prueba? Me gustaría ampliara esta cuestión en un video para aprender más sobre este planteamiento en el desahogo de esta prueba. Saludos
muy buena pregunta, claro, lo tomaremos en cuenta para los videos proximos
Yo el Martes 5 de Diciembre del 2023 tengo audiencia de las preguntas confecionales desde el 2020 que interpuse mi demanda laboral.
Cómo te fue?
Que pasa cuando el patrón altera pruebas, es decir presenta pruebas falsas, mentiras en contra de un trabajador?
Las objetas de falsas y ofreces los medios probatorios para acreditar tu objeción