Buenos días llevo con mi esposo como beneficiario y yo la principal pagando hace más de 20 años solo salud tengo derecho a algo tengo siete enfermedades y mi esposo tiene tres tendremos alguna ayuda no tenemos trabajo
No es posible, con fundamento en el artículo 16 de la ley 2381 de 2024, que establece lo siguiente: "...ARTÍCULO 16.INCOMPATIBILIDAD PENSIONAL. Ninguna persona podrá recibir simultáneamente prestaciones de invalidez por riesgo común y de vejez. La pensión familiar será incompatible con cualquier tipo de pensión, incluida la pensión de sobrevivientes. En todo caso, se continuará reconociendo la que sea más favorable al beneficiario. Las pensiones de que trata está ley solo son compatibles con aquellas que se causen y reconozcan en el sistema de riesgos laborales...".
@@baronallanosabogadosconsul9313 es decir Dr. Si el trabajador sufre un accidente laboral que lo califique con más del 50% de discapacidad se pensiona por invalidez y puede después pensionarse por vejez. ? Mil gracias por su respuesta
Yo ya tengo sesenta y ocho años y llevo como ocho años solistando lla alluda d la tercera edad y nada he estado muy enferma con la mala sirculacion y vertigo y ni para comprar alguna medicina botánica ni para un suplemento vitaminico nada
Gracias Dios les bendiga
Gracias, una pregunta las personas que quedan en el pilar semicontributivo no yendrian derecho a pension de invalidez?
@@jorgevalbuena8836 No
Buenas noches Gracias y me puede informar me cansé del papeleo de la de la pensión de invalidez evaluaron el 38% en Bogotá
@@carmengomezescamilla9729 Puedes pedir una nueva calificación en cualquier momento
Buenos días llevo con mi esposo como beneficiario y yo la principal pagando hace más de 20 años solo salud tengo derecho a algo tengo siete enfermedades y mi esposo tiene tres tendremos alguna ayuda no tenemos trabajo
Dr. Buenos días. Puedo después obtener pensión de vejez es decir puedo tener las dos pensiones. Gracias por su respuesta
No es posible, con fundamento en el artículo 16 de la ley 2381 de 2024, que establece lo siguiente: "...ARTÍCULO 16.INCOMPATIBILIDAD PENSIONAL. Ninguna persona podrá recibir simultáneamente prestaciones de invalidez por riesgo común y de vejez. La pensión familiar será incompatible con cualquier tipo de pensión, incluida la pensión de sobrevivientes. En todo caso, se continuará reconociendo la que sea más favorable al beneficiario. Las pensiones de que trata está ley solo son compatibles con aquellas que se causen y reconozcan en el sistema de riesgos laborales...".
@@baronallanosabogadosconsul9313 es decir Dr. Si el trabajador sufre un accidente laboral que lo califique con más del 50% de discapacidad se pensiona por invalidez y puede después pensionarse por vejez. ? Mil gracias por su respuesta
@@pedromora8528 En este caso las dos son compatibles porque tienen origen diferente las pensiones
Yo ya tengo sesenta y ocho años y llevo como ocho años solistando lla alluda d la tercera edad y nada he estado muy enferma con la mala sirculacion y vertigo y ni para comprar alguna medicina botánica ni para un suplemento vitaminico nada
@@noheliaatilano-qp8ef Envía una comunicación al Ministerio del Trabajo para que te incluyan en el pilar solidario
Quien otdena la revisión medica
@@josefaortiz7283 Puede ser a solicitud del fondo de pensiones o del pensionado
Tenemos 69 y 70
@@rosariourrea68 solicitar la calificación de perdida de capacidad laboral, donde se realizaron aportes