Corte Constitucional declaró inexequibles normas sobre el régimen simple de tributación

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  • Опубликовано: 30 дек 2024

Комментарии •

  • @lunamariaish
    @lunamariaish Год назад +1

    DIOS CON COLOMBIA❤❤❤❤❤❤❤❤❤

  • @cristiansolano9434
    @cristiansolano9434 11 месяцев назад +7

    Definitivamente pienso que ser contador en Colombia es insostenible, hago una planeación con los clientes como para que 20 días antes de terminar el año cambien todo el panorama, le dejan el problema a los contadores y a ponerle la cara a los clientes... y así todos los días intentando cumplir normatividades de todo lado. Lo lógico sería que los cambios rigieran desde el 2024, mucho más cuando se han presentado prácticamente todos los anticipos y la DIAN no realiza ninguna modificación en la plataforma un día después de iniciados los vencimientos.

  • @milenagutierrez2227
    @milenagutierrez2227 11 месяцев назад +4

    pero estamos a 11 de enero de 2024 y el cambio no se ha hecho en el muisca.

  • @josetorrez505
    @josetorrez505 Год назад +1

    Doctor Diego como siempre excelente y clara información

  • @luiseduardovaleroj.8327
    @luiseduardovaleroj.8327 Год назад +1

    Muy importante. Excelente información.

  • @dianaocampo6155
    @dianaocampo6155 Год назад +3

    Realmente es mejor ante tanta inseguridad jurídica, quedarse quieticos!¡!!!

  • @marcelolopezhernandez2432
    @marcelolopezhernandez2432 Год назад +1

    Excelente Información, Mil gracias!!!

  • @SELLAVIDEOJUEGOS
    @SELLAVIDEOJUEGOS 11 месяцев назад +4

    Que joda con los impuestos nos tienen jodidos a los contadores con tanta pendejada.

  • @marthaluciacorteshenao5881
    @marthaluciacorteshenao5881 Год назад +1

    Muchas gracias

  • @mariaadelamendozapaez8364
    @mariaadelamendozapaez8364 Год назад

    Excelente video. Muchas gracias. Buen trabajo de la corte constitucional.

  • @MistaMista-jz1hk
    @MistaMista-jz1hk 8 месяцев назад

    la Dian no me da acceso al formulario 2593 ni al 260 aparecen inhabilitados

  • @drasandragarces7792
    @drasandragarces7792 Год назад

    Mil gracias! Muy valioso

  • @paolagaleanonieto4923
    @paolagaleanonieto4923 11 месяцев назад +2

    Buena tarde , a mi me queda la duda ya que el impueto del regimen simple es Anual va desde el primero de enero a diciembre la vigencia y la inexaquibilidad no seria con aplicacion 2024 ya que no se puede retroactiva?

  • @cesareduardojimenezjimenez4146
    @cesareduardojimenezjimenez4146 8 месяцев назад

    Pero el impuesto subió demasiado de manera abrupta . Que se puede hacer ?

  • @magalygarzon4801
    @magalygarzon4801 Год назад +1

    Buenas tardes. Y si aplica ese fallo para 2023? Ver lo q indica el artículo 338 de la Constitución. Lo reviven pero si aplicaría para período 2023?

    • @erikag1287
      @erikag1287 Год назад

      Yo entiendo que si, para los contribuyentes del grupo de profesionales que estan en el RST por el 2023, es decir que pagaron anticipos mas altos y tendran saldos a favor al realizar la declaracion anual consolidada por los anticipos realizados antes de este pronunciamiento, pero para los que salieron del RST por la modificacion de la tabla y disminución de topes que? Los hicieron cambiarse de régimen de forma inequitativa 😢

    • @magalygarzon4801
      @magalygarzon4801 Год назад

      @@erikag1287 Con esa sentencia revivieron lo que estaba vigente de 2022 para los profesionales, pero la duda está es si aplica en 2023 o comienza el 1 de enero de 2024 porque de acuerdo al artículo 338 de la Constitución los impuestos de período aplican para el siguiente año no para el qué estamos, y en la DIAN después de ese fallo no han modificado nada, de hecho se constituyó una empresa la semana anterior con RST y en el RUT sale del grupo 5 o sea para la DIAN está vigente

    • @diegoHernanGuevara
      @diegoHernanGuevara 11 месяцев назад

      Y por qué dudan que sí aplica para el mismo año 2023. Claro que aplica, pues lo mismo sucede con el fallo que tumbó la prohibición de la deducción de las regalías el cual también aplica al cierre del año 2023. Entonces, recurden que el art. 338 aplica para las nuevas. LEYES que expidan en el Congreso. Pero en el caso de las SENTENCIAS, siempre tendrán aplicación inmediata (sea que afecten o no al contribuyente) y solo tendrán efecto diferido si la misma Corte lo dispusiera expresamente (algo que no sucedió ni con la sentencia de las regalías ni con la sentencia del Simple)

    • @paolagaleano6106
      @paolagaleano6106 11 месяцев назад

      @MAGALYGARZON4801 para mi no por el impuesto del régimen simple es un impuesto anual de pagos anticipados , y la norma no puede ser retroactiva como indicas en la constitución, esperemos pronunciamiento.

    • @diegoHernanGuevara
      @diegoHernanGuevara 11 месяцев назад +1

      @@paolagaleano6106 Ojo: los "anticipos" son solo eso, "anticipos". El verdadero "impuesto" solo se calcula y consolida en diciembre 31 con las normas que estén vigenrtes en dicho momento.