Comentarios sobre el nuevo régimen de la capacidad jurídica en el Código Civil | Jhoel Chipana

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  • Опубликовано: 1 ноя 2024

Комментарии • 14

  • @juancarlosorellanapalomino8529
    @juancarlosorellanapalomino8529 5 месяцев назад

    Muy buen análisis, excelente Maestro.

  • @luciag.a8968
    @luciag.a8968 2 года назад +1

    muy bueno y ni que decir de la pose del abogado

  • @antliebhearth482
    @antliebhearth482 2 года назад

    En qué artículo está el apoyo con representación?

  • @anajanethpantojafigueroa6167
    @anajanethpantojafigueroa6167 4 года назад +2

    INTERESANTE ANALISIS, ESTO ES SIMILIAR A MI PAIS.

  • @JSLIMBOBILIARIA
    @JSLIMBOBILIARIA 4 года назад

    El D.L: al cual hace referencia el Dr. Chipana Catalan es el D.L. 1384, no el D.L. 1358, al parecer existe una confusion con el Art. 1358 que tambien hace mencion en sus comentarios.

  • @javieramadoaparicio9622
    @javieramadoaparicio9622 3 года назад

    Dr en el caso de una persona con discapacidad intelectual que no puede expresar su voluntad y no tiene discernimiento de la realidad para poder nombrar a un apoyo con representación tiene que recurrir a la instancia judicial si o si?

  • @renatoruizpastor7735
    @renatoruizpastor7735 4 года назад

    En ninguna parte del Decreto Legislativo 1384 que Reconoce la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, se señala que las personas con discapacidad sin "discernimiento" o mejor dicho - en términos propios de dicho decreto - sin manifestación de voluntad, pueden celebrar por sí solas contratos. Deben hacerlo, sino tuvieran discernimiento, a través de sus apoyos. Así lo señala expresamente el nuevo articulo 42 del Código Civil.

    • @panazt1
      @panazt1 3 года назад +1

      ¿Cómo puedes apoyar a una persona que tiene cero discernimiento? Es de locos pensar eso, no se puede apoyar donde no hay nada.

  • @roboanvallejos4614
    @roboanvallejos4614 2 года назад

    muy bbueno

  • @waltertrujillo1109
    @waltertrujillo1109 3 года назад

    LEY 1688 CODIGO CIVIL EXplicar a un inquilino con 13años y meses en q situacion esta.

  • @robertlitano6203
    @robertlitano6203 4 года назад

    muy buen análisis, el cual estoy de acuerdo. mi única duda es el D.L.1358 o el 1384?