Litisconsorcios en el Código General del Proceso
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- Опубликовано: 21 окт 2024
- En esta sesión se explican las características básicas de los litisconsortes necesarios, cuasinecesarios y facultativos en el CGP.
Creador de Contenido
Manuel Alejandro Gallo Buriticá
Mgtr. en derecho Procesal
Bibliografía
Parra Quijano, J.(2014) Los Terceros en el Proceso Civil. Séptima edición. Bogotá, Colombia.
López Blanco, H. Las Partes en el Código General del Proceso:
letrujil.files...
Nulidad por indebida integración del litisconsorcio necesario: procesal.uexte...
Producción
Erick Santiago Gallo Buriticá
/ ericksantiago.gallobur...
Vine por cobre y encontré oro... No entendía este tema en dos semanas y vos lo explicas sin tanta dogmática, muchas gracias por la explicación. Bendiciones.
Gracias Saru, que bueno que lo encontrara útil
Muchas Gracias profe, espero ganar ese parcial maluco, pero con todos los videos que me he visto de usted espero pasarlo.
Excelente Dr. muchísimas gracias, no sabes todoo lo que me has ayudado a entender este tema. Lo explicas más que perfecto!! Me suscribí a tu canal y lo recomendaré 🩷
Gracias Paula por tu comentario. También me encuentras por tiktok @manuelgallob14 inicié esta semana por allá
Este canal esta salvando mi existencia, GRACIAS
Jajajaja Lisseth, que bueno que te este sirviendo el contenido
Super profe que ya te habías adelantado y tengas estos videos; no dejes de subirlos :)
Gracias por tu comentario Erika. Claro que si, vienen más
excelente explicación, clara y precisa para cada caso con ejemplos muy prácticos, muy bien profe. gracias por compartir su conocimiento
muchas gracias Juan, me alegro que lo encontraras útil.
excelente que bueno que todos los profes explicaran así
Gracias Maria, un abrazo
Excelente explicación, muchas gracias.
Excelente explicación. Me encantó que usaras ejemplos e imagenes divertidas. Espero que sigas haciendo más videos. 😄
Gracias Key 😎👍
Excelente explicación, clara y concisa, aún que que no me crea me salvó de una serie de preguntas respecto a este tema en clase en la universidad, muchas gracias maestro!!
Gracias Alfredo por el comentario y que bueno que le sirviera
Todo esto que explicas tambien aplica en argentina? Sabes eso? Porque estoy estudiando procesal I en una carrera a distancia y la verdad que no entiendo nada. Soy de Bs As Argentina
Excelente, estaba un poco confundida, me quedo muy claro para mi examen de mañana, excelentes videos.
Daniela espero te vaya muy bien en el examen, gracias por tu comentario.
Gracias dr.por su excelente explicación del tema y compartir sus conocimientos. Mi pregunta es: el juez debe citar a uno de los DEMANDANTES, para integrar el litis consorcio necesario, ésta parte demandante , al citarlo y comparecer debe ir con un poder o solo con su comparecencia el juez lo vincula.
Ahora que pasaría en el caso que el juez lo cita y nunca comparece. Gracias.
GRACIAS A TI ENTIENDO ESTOS TEMAS.
Que bueno que te sean útiles los videos Yuli, un abrazo.
Muchísimas gracias por la explicación.
Que bueno que lo encontraras de
utilidad.
Profe, si revisamos algunas sentencias en los procesos de restitución de inmueble arrendado menciona es el litisconsorcio necesario y no el cuasi, ¿depende del caso?
En el caso colombiano las obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento para vivienda urbana son solidarias, por mandato de la ley 820 del 2003 (art 7) por lo que no se podría hablar de Litisconsorte Necesario, sino Cuasinecesario.
No puedo hacer comentarios sobre una sentencia sin conocer su contenido.Si compartes el extracto en donde aparece lo que refieres seria conveniente.
Buenas noches, cual es el termino que tiene el demandante en un proceso declarativo cuando el juez integra el litisconsorcio necesario producto del recurso de reposición interpuesto por el demandado y le impone la carga de aportar el certificado de existencia de la persona jurídica y a partir de lo consignado en ese documento indique los datos de direcciones.
GRACIAS PROFE. VOY A PASAR PROCESAL
Muy buena explicación, gracias.
Gracias por el mensaje 👌
¿Lo mejor del video? No sé si fueron los memes que sirven como el ejemplo entendible por excelencia o ver el "Le It Be" de los Beatles de fondo jashaj
Ok no, lo mejor es la maravillosa explicación a un tema que en lo personal era complejísimo, ¡muchas gracias!
Jajajaj gracias jorge Luis por el comentario. Y discazo el Let it be 👍
Excelente explicación. Muy claro para transmitir los conceptos. Muchas gracias!
Gracias por el comentario Claudia
Muuuchas gracias excelente ponencia
@@beatrizsolizmichaga3786 me alegra que la encontraras útil
buena explicación, gracias
WOW!! Porque no fuiste mí profe 😳 Que manera de explicar tan eficiente
Gracias Stefa, me alegra que el video te fuera útil. Un abrazo.
Súper buena esta explicación, me aclaro todo.
Gracias por el comentario Juan 😎👍
Excelente, gracias !!
Gracias por el comentario Felipe
excelente explicación y muy buenas herramientas para la sustentación.
Gracias Sebastian
excelente explicación.
Gracias Carolayn, q bueno q te fuera útil
hola. buenas explicación. gracias
Excelente explicación ....
Muchas Gracias Jose
Ya me suscribí. Muy buen video.
Muchas gracias Lina. Bienvenida.
Excelente profe.. gran explicación, muy clara.. 👍
Muchas gracias.
muchas gracias, esto me sirvió para pasar un parcial. ya tienes un nuevo sub
Me alegra que pasaras Michael. Que bien!!
Excelente explicación, me sirvió mucho
Gracias Juliana
Gracias!! Me ayudaste mucho, nueva seguidora
Que bueno Juli. Bienvenida !!
*Los memes hacen que quiera volver a ver el video. Denle créditos al editor.* 🤣
Muy bien explicado...
Excelente video. Siga así 👍👍👍
Gracias Andrés 👌🔝
Magnífico
Gracias!!!
Un ejemplo de litisconsorcio facultativo impropio. Porfavor
Se da cuando no hay una conexión, sino solamente una afinidad. Ejemplo: el propietarios de un bien acumula su pretensión reivindicatoria contra varios poseedores (que no son poseedores conjuntos )
Esa clasificación la hace Hernando Devis Echandía para efectos doctrinales, pero en la práctica no hay diferencia.
estudias o trabajas? que buena explicacion
jajaja Gracias Andrea, que bueno que te pareciera útil
Excelente..
Amé la explicación
Me alegra que la encontraras útil.
El mejor 😉😉
Gracias Camila
EXCELENTE!
Muchas Gracias
BUENISIMOOOOOOOO
Gracias Santiago
@@ManuelGallo es increible como en mis clases (virtuales por pandemia de covid) de derecho procesal, en las que demoró aprox 3 semanas hablando de los litisconsortes no le entendi nada. Ahora veo este video, recomendado por un compañero y lo entiendo en sus escasos 9 min. simplemente el maestro si que importa.
@@santiagocollazos4009 me alegra que encontraras de utilidad el video. Los comentarios motivan a seguir con este trabajo.
Excelente explicación, muchísimas gracias
Gracias por el comentario Linda Patricia 👍
El mejor 😉😉
Excelente explicación
Gracias por tu comentario Luis