Profe excelente.. una duda si un contribuyente es asalariado y al mismo tiempo también tiene rentas no laborales.. también puede aplicar el doble beneficio por un solo dependiente?
Muchísimas gracias por la explicación. Tengo una consulta, si una persona tiene un contrato por prestación de servicios (le pagan honorarios) pero no tiene costos y deducciones, es decir se lleva en la casilla 32. también aplica el doble beneficio por dependiente económico?
Va en la casilla 32 pero no aplica el doble beneficio, puesto que la norma menciona la excepción para aplicar al doble beneficio, cuando esos ingresos del contribuyente vienen de una relación laboral legal y reglamentaría. De acuerdo con el Consejo de Estado, esa "relación laboral legal y reglamentaría" son los empleados públicos nombrados a través de un acto administrativo.
Profe usted es el mejor!! que buena explicacion.
Hola, muchas 🫂
Profe excelente.. una duda si un contribuyente es asalariado y al mismo tiempo también tiene rentas no laborales.. también puede aplicar el doble beneficio por un solo dependiente?
Hola, si Pero solo para los ingresos por salario
Muchísimas gracias por la explicación. Tengo una consulta, si una persona tiene un contrato por prestación de servicios (le pagan honorarios) pero no tiene costos y deducciones, es decir se lleva en la casilla 32. también aplica el doble beneficio por dependiente económico?
Va en la casilla 32 pero no aplica el doble beneficio, puesto que la norma menciona la excepción para aplicar al doble beneficio, cuando esos ingresos del contribuyente vienen de una relación laboral legal y reglamentaría.
De acuerdo con el Consejo de Estado, esa "relación laboral legal y reglamentaría" son los empleados públicos nombrados a través de un acto administrativo.
Tal como lo describió Kamilo.