Ley 39/2015 - Procedimiento Administrativo 4a Parte - Computo de plazos registros electrónicos
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- Опубликовано: 2 ноя 2021
- Procedimiento Administrativo 4a Parte - Computo de plazos registros electrónicos.
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Propongo un monumento a Paco en cada municipio español 👏🏻👏🏻👏🏻🏆🥇
Día 157 viendo a diario videos de Paco Barbie y agradeciendo infinitamente su labor. Para los que preparamos la oposición desde el extranjero es nuestra a bendición 🙏
Diario estelar, año 157 después de la caída de la asociación intergaláctica... XD
Un honor Marius, echar una mano :):)
Un saludo.
Ayer mismo pensé lo raro que se me va a hacer no escuchar su voz prácticamente TODO EL DIA 🤣🤣🤣🤣🤦🏻♀️🤦🏻♀️🤦🏻♀️🤷🏻♀️🤷🏻♀️🤷🏻♀️.
Paco, GRACIAS siempre😘❤️
Puedes volver siempre que quieras, Encarna. Pero por gusto, no por necesidad. :):)
Explicas fenomenal y eres súper majo. Lo tienes todo. Gracias Paco.
Ver todos los anuncios por más de 20 segundos cada uno es lo mínimo que podemos hacer por tanto. Muchísimas gracias Paco Barbié por tus maravillosos vídeos.
Ay Paco no sabes cómo me alegra cuando recibo una notificación de que has subido un vídeo nuevo!!! Gracias por este vídeo de plazos que a todos nos cuesta aplicar. Un abrazo!!!
No hay de qué. :):)
Un gusto saber que te ayudan los vídeos.
Paco, tienes un don para explicar de forma sencilla y que podamos entenderlo tod@s. Gracias por Compartir tus conocimientos. Realizas una gran labor. 🙂
Buenos días,, es una gran ayuda, todos los videos son gloria,Una gracias, así da gusto levantarse,, haces que la recta final sea más amena, gracias
Muchísimas gracias, Nati :):)
Si,, en la página principal donde estas todos sus videos
Creo que no eres consciente de cuanto nos ayudas. Mil gracias Paco!!!
De nada. :):)
Eres un crack!!😊
Qué maravilloso eres Paco gracias ❤
Graciasssssss 👏🏼👏🏼👏🏼 magistral como siempre Paco.
Paco ere muy bueno dejando claro las cosas. Dale duro y ayuda a todo el que puedas.
Gracias siempre
Que maravilla por Dios!! Que crack . Eres un profesor de 10
Muchísimas gracias!!! Todo genial explicado, da gusto escucharte.
Muy bien explicado.Gracias.p
IDOLO! gracias Paco por tu excelente explicacion
Muchas gracias Paco!
Entendido Paco! Y por supuesto dejando pasar los anuncio y así descanso😊.
Gracias gracias gracias!!!!
Paco, muchas gracias por esa aclaración que sabe a Gloria¡¡ Pero que buen profesional eres, por favor. Mil gracias...
Muchísimas gracias. Pilar. :):)
Mil gracias por tus vídeos. Me parecía imposible hasta que he conocido tus vídeos! Enhorabuena por tu trabajo
Muchísimas gracias, Maria. :):)
Paco como siempre maravilloso!!!! Es saber que mandas un video y me alegras el día!!!!, muchas gracias
Jajaja gracias a ti, Pilar :):)
Sin palabras, qué gran explicación y tan importante en tanto poco tiempo de vídeo. Es fantástico. Eres un profe que enseña de verdad y las cosas claras, claras, sin rodeos....eres un verdadero crack. Un abrazo
Muchísimas gracias, Jose.
Con estos comentarios es todo mucho más sencillo.
Un abrazo. :):)
Me paece un vídeo brutal...por fin he entendido lo de los plazos...q hombre...q bien lo explicas too Pacosss😘😘😘😷
Jajajaja, muchas gracias. :):)
Hola Paco, muchas gracias por los videos que has compartido del la ley 39, me han ayudado muchísimo. Por favor no tardes mucho en sacar el resto de la ley, tenemos ya mismo la oposición. Muchas gracias
Gracias por existir Paco de mi alma!!! Propongo un brindis y un Encuentro luego del examen!! Abrazo!!
Yo también lo he pensado. Una quedada!..."Los chicos, chicas y chiques de Paco"🤭
Jajajaja, sería interesante. :):)
¡¡¡¡¡Me encantan tus camisetas!!!! Pero qué buen gusto tienes!!!!
Muchas gracias, Sandra. :):)
Qué bueno! No había caído en ese detalle si te hacían esa pregunta! Mil gracias!!
Mil de nada, Carmen. :):)
Hace poco que he descubierto tus vídeos explicativos para los opositores y me parecen buenísimos. Creo que explicas muy bien y eso hace que la materia sea más asequible. Muchas gracias por tu ayuda.
Paco MILES DE GRACIAS por tu TRABAJO. Para mi eres el mejor profesor de oposiciones que he conocido. Hace dos años casi que estoy estudiando para el examen de la AGE de la semana que viene y ahora viendo tus vídeos se me han aclarado montones de cosas que hace tiempo que llevaba mirándome!! Me siento mucho más segura de cara al examen y diciendo: Por fin!! Tachando cosas que doy por entendidas y pasando página hacia delante. Me gusta mucho tu forma de explicar, pausada, concreta, 😀clara, con ejemplos y con posibles preguntas de examen. También agradezco un poco de simpatía porque al final el tema de las oposiciones y el de funcionariado hacen que parezca cosa de robots (roboses...)JAJAJAJAJAJ. Demasiado seriedad para una cosa que ya de por sí es lenta de digerir... Venga que espero aprobar, ya falta POCOOOOO!!! Gracias a ti, gracias a otros profes, gracias a mi academia en Tenerife, gracias a mi cuñado por imprimirme las fotocopias, gracias a los test, gracias a mi chico por animarme y apoyarme y gracias a mi constancia y dedicación. ÁNIMO TAMBIÉN COMPAÑEROS!!!
De no gustarme nada esta ley a empezar a cogerle el gustillo gracias a la forma de explicarla. Muchas gracias 🤗🤩!!
¡Claro que me ha gustado! Vídeos así, breves, concisos son una joya. Paco, mil gracias por seguir acompañándonos en estos días previos al examen.
No hay de qué, Sonia.
Se hace con todo el cariño. :):)
Mil gracias, Paco!!!!
A ti. :):)
Mil Gracias ! Que poco nos quedaaaa!!!!
Muchísima suerte.:):)
Eres un grande Paco, me estoy preparando unas oposiciones y tus vídeos me ayudaron bastante, sobre todo con el Tema 11 de dicha oposición.
Lo dejas clarísimo Paco. Una vez gracias por dedicar tu tiempo en estos momentos tan importantes.
No hay de qué María José. Un placer echar una mano.
Mucha suerte. :):)
GRACIAS.
Gracias 😌
Muchas gracias Paco. Me encanta como explicas!!!! 😘
Maravilloso!! 👏👏👏
Gracias!! :):)
menuda joya de vídeo, corto pero super aclaratorio,
Mil gracias de nuevo por tu ayuda
:):)
Que arte tienes y tu forma de comunicar es brutal!!!! Muchas gracias de nuevo.
Muchísimas gracias. :):)
Como siempre genial 👍👍👍
Mis felicitaciones. Muy claro!
Vídeo al detalle de algo tan importante que parece fácil pero muchas veces me da lugar a confusion. ¡Genial Paco!
Muchas gracias, Sheila. :):)
Tengo la sensación de que si paso el examen del Sábado será GRACIAS A TI.
De eso nada, Isa. El esfuerzo, el tiempo, la dedicación y el mérito es todo tuyo. Y no cabe otra forma de verlo.
Mucha suerte. :):)
Pues sí Paco, lo conseguimos! .. Ahora me tengo q enfrentar al segundo. Seguro que me vuelvo a ver tus videos más de una vez. Gracias por tu dedicación
Vamos!!! Mucha fuerza. :):)
Gracias Paco! Esa preguntaba también me causaba mucha confusión! Que fácil parece todo cuando lo explicas tú! :)
No hay de qué, Eva. :):)
Un placer.
Gracias Paco, eres y explicas increiblemente bien y ameno. Saludos cordiales😊
Por mas supuestos prácticos :)
Gracias, Gracias, clarisimo ha quedado.
Gracias mil veces
Muchas gracias, Paco!!!
Lo hice hace unas semanas y me lié con esa pregunta. Perfect 😀
No hay de qué, Carlos. :):)
Ostin Paco, bueniiiiiisimo, buenosimo, menos mal que lo has explicado porque si me lo hubieran puesto me hubiera vuelto locaaa, gracias
Muchas gracias!!!!
Estos temas que parecen simples tiene mucha miga. Me alegro que te sirva de ayuda. :):)
Un saludo.
Paco, estoy repasando la Constitución por videos, pero nadie llega al nivel de explicación y claridad que tú nos ofreces. Espero que te animes en algún momento a darnos lecciones sobre la CE. Gracias por todo.
Lo haré, pero no sé cuándo. Ganas tengo. :):)
Muchas gracias. :):)
Explicas muy bien.
Vamos a por otro video Paco se ha quedado corto
Grande Paco.
Gracias
:):)
Hola, son estupendos tus vídeos. Estoy interesado en saber si vas a subir más vídeos sobre la ley 39. Muchas gracias.
Tengo una duda...los plazos que hay por ejemplo en las actuaciones complementarias, audiencia del interesado, subsanación, pruebas etcétera... también cuentan el plazo a partir del día siguiente?
Gracias de nuevo! No por ser corto este vídeo es menos importante!👌💯🥇
Muchísimas gracias, Esperanza. :):)
Muy bien explicado! Me ha quedado muy claro,gracias por tu explicación.
Paco, te quiero!
Jajajaja. Me too. :):)
Gracias
😉😉😉😉 gracias Paco.......
:):)
Podrías hacer también supuestos prácticos
Muy buena explicación 👏👏 podías hacer algún video específico de plazos...resulta difícil en algunos procedimientos tener claro el día de inicio o fin del cómputo del plazo (dies a Quo y dies as quem) con algunos ejemplos....como prescripción de sanciones u otros procedimientos..mil gracias!!
¡¡¡MA-RA-VI-LLO-SO!!!
Clarísimo Paco! Muchas gracias!!😉
De nada. :):)
No acabo de ver la solución. El artículo 30.3 establece que los plazos del procedimiento se computarán a partir del dìa siguiente al de la notificación, (es decir, establece como premisa que se haya practicado la notificación y como consecuencia que se computará a partir del día siguiente el plazo que sea) pero es que en el caso, nos preguntan cómo computar precisamente el plazo en que ha de entenderse rechazada la notificación, que no puede ser a partir del dìa siguiente a la práctica de la notificación que no ha existido, sino que ese cómputo de los 10 días naturales es desde el día que señala el 42.2 segundo párrafo, es decir, el de la puesta a disposición. La forma de computar los plazos del 30.3 (desde el día siguiente a la notificación) entrará en juego una vez se entienda practicada la notificación (el día del acceso), no veo cómo pueda aplicarse esa norma que parte del presupuesto de que la notificación se ha practicado, para resolver una cuestión sobre en qué día ha de entenderse rechazada la notificación. No encuentro cuál es la norma que se aplica al supuesto para concluir que la fecha es el 05 de octubre del 18: esta norma resultará de una combinación de lo dispuesto en el 42.2 segundo párrafo y lo previsto en el 30.3, y por las razones expuestas, no veo cómo conformar esa norma. Yo no he logrado escribir una norma que teniendo en cuenta el supuesto de hecho, y las dos disposiciones (artículos 30.3 y 42.2 segundo párrafo) pueda establecer como consecuencia que el plazo finaliza el 05 de octubre. Si alguien es capaz de escribir la norma genérica, en la que se contemple un supuesto de hecho abstracto y una consecuencia jurídica que sea similar a la solución que se dice correcta, agradecería que la hiciese constar en los comentarios. Se trataría de explicitar la norma que el profesor extrae de la combinación de las dos disposiciones.
Ah, otra cosa. Y que dia se entendera rechaza y notificada si no accedes al contenido? Tambien el dia 4 de octubre verdad?
Y si la pregunta fuera, que dia termina el plazo para acceder a la notificacion? Seria el dia 4 de octubre verdad? Mil gracias por todo. Nos ayudas muchisimo. El 2 de diciembre tenemos examen ope Diputacion Bizkaia.
En éste supuesto hubiese puesto como posible respuesta el 4 de octubre de 2018 😃😃😃 además de la correcta que es el 5 de octubre.
En breve te llama el Tribunal para preparar oposiciones. Esa maldad es muy necesaria. :):)
En los exámenes oficiales nos dejan llevar calendario?
Una duda q me surge! Como voy a tener en mi cabeza los calendarios de cualquier año en modo flash en el exámen, q no puedes ni pensar d los nervios!?😮😅
Eternamente agradecida por tus masterclass, eres único en tu especie!!😊
Gracias, gracias y gracias!!!
:):)
Paco, ¿subirás pronto las fases? No sabes lo que estoy esperando ese vídeo. Muchísimas gracias por tu tiempo, no paro de ver tus vídeos.
Hola Marta,
Si, esta semana subo el video. Tenía muchas pendientes que requerían ponerse al día.
Un saludo. :):)
No encuentro la Ley 4/2021 de 16 de Abril, nos la explicarías por favor😫🙏🙏💓 Muchísimas gracias
Clarooo clarisimo, pero me surge una duda en el vencimiento de un plazo en registro electrónico, si vence un día que es fiesta local o regional, pasa el vencimiento al siguiente hábil? O como no es festivo nacional, el plazo vence ese día festivo local o regional? Gracias
Al ser una cuestión, no de presentar, si no de acceder y encima de días naturales, da igual todo.
Hola paco q tal estás ❤️😘😘
Muchas gracias Paco! Una cosa porque específicas que es una notificación? En el caso de que sea una solicitud que entra en un registro se cuentan los plazos a partir del día siguiente también, no??. Un saludo.
Al ser una resolución que te NOTIFICAN en el buzón electrónico, lo cuento como notificación.
Las solicitudes empiezan a computar desde el día que entran en el registro competente para su tramitación.
Un saludo. :):)
Hola Paco, has subido algun video del titulo IV y V de ley 39/2015?
Todavía no, pero llegarán. :):)
Buenas tardes, soy Soledad, quería preguntarte si ca e sábado, domingo o festivo no se pasaría al siguiente día hábil? No habría que esperar al lunes ?
Buenas tardes Soledad,
si son días naturales y vamos por registro electrónico, no.
Un saludo. :):)
@@PacoBarbie muchas gracias por la contestación. Ya no se me olvida. Naturales vía telematica, hábiles el resto. Muchas gracias.
Una pregunta para Paco o para quien la quiera responder. Plazo 1 año, día de notificación 29 de febrero ¿cuándo finaliza el plazo?
El último día del mes de febrero del año siguiente.
"Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes"
"Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate" Art 30.4 de ley 39.
El primer párrafo dice día en que comienza el computo, que en el ejemplo a tenor del segundo párrafo sería el 1 de abril ¿entonces? ¿no es un poco contradictorio? Faltaría especificar en el artículo "...último día del mes anterior"
Paco mil gracias por todo tu trabajo.... eres un gran maestro !!!!! Por cierto, una pregunta ... en este mismo supuesto, Cuando se entendería recibida la notificación... el día 26? que es cuando el interesado accede al registro? o el día 24, que cuando tienen a disposición la notificación ....
Se entiende recibida cuando se accede a ella. :):)
@@PacoBarbie Paco gracias x responder, pero según veo ahora mismo en la Ley Art. 43.3 se entendería recibida la notificación, no cuando el interesado accede a ella, SINO con la puesta a disposición (y claro son dos hechos distintos). Adjunto Art: "Se entenderá cumplida la obligación a la que se refiere el artículo 40.4 con la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante o en la dirección electrónica habilitada única". Entonces sería con la puesta a DISPOSICIÓN .... NO?
Buenas tardes Paco, gracias por todo lo que nos enseñas. He estado leyendo muchísimos comentarios pero no he llegado a encontrar mi duda, por qué dices: " pasamos de sábados domingos y festivos" y después si se cuentan?Yo del viernes había pasado a contar el lunes ¿?¿?
Porque son 10 días naturales, por eso da igual que caigan sábados, domingos o festivos. Ya que si fueran hábiles no se contarían.
Imagino que después de 6 meses ya habrás resuelto tu duda, pero por si acaso :)
Un a pregunta Paco🤔, si el día 4 jueves que finaliza el plazo, fuese sábado, domingo o festivo, se entendería rechazada la notificación el lunes?
Saludos!!!
Buenos días Antonio, al ser días naturales y así marcado por Ley. Cuando finaliza el plazo, finaliza de verdad. :):)
@@PacoBarbie buenos días Paco, muchas gracias, yo creía que de acuerdo con el párrafo del artículo 30.5 que dice: cuando el último día del plazo sea inhábil , se entenderá prorrogado al primer día hábil.
Pensaba que por este párrafo debía entenderse rechazada el primer día hábil
Pero Paco, entonces si cuentan los sábados, domingos y festivos? Un saludo, adoro tus vídeos.
En este caso si, al ser días naturales.
Si fuese un plazo con días hábiles no habría que contarlos.
Un saludo y gracias :):)
Yeah!
Paco en qué/cuáles videos tienes los tests?
Creo que no he colgado ningún test completo. Algunas preguntas para explicar ciertos artículos.
Esa pregunta es de un examen oficial del INAP
@@PacoBarbie Ah, bien. Pensaba haber visto, será una equivación pues .
@@pam.v1551 en los vídeo anteriores de la 39 si que hay algunas incrustadas en las explicaciones y las soluciones en la descripción.
@@PacoBarbie Ok,
Paco, veo que en la pantalla principal, hay un icono de DONACIONES, puedes explicar como funciona, gracias.
Yo no lo veo
@@mariadelpilarvelascoandreo1762 acabo de verlo en la pantalla principal donde tiene la lista de vídeos, creo que puedes donar por paypal o con tarjeta de crédito. Se lo merece de sobra una aportación.
Jajajajaja....yo kiero fumar lo mismo que tú....🙉
Sí, está en su canal dentro de la pestaña MÁS INFORMACIÓN.
La voluntad y sin ninguna obligación (faltaría más)
Desde el ordenador está en el pantalla principal y desde el móvil en la pestaña de 'Mas información'
Gracias :):)
Paco, como siempre GRACIAS, lo había entendido mal y lo estaba estudiando mal. De todos modos.. Me surge una duda que seguramente es muy tonta, pero... ¿Cómo diablos sabemos (si NO nos lo dicen en el examen) cuántos días tiene cada mes? Quiero decir... ¿cómo saber en el examen que septiembre del 2018 tiene 30 días y no 31? Yo ahí me habría bloqueado, creo... Seré muy tonta, jeje, pero esas cosas me bloquean...
Cuenta los meses con los nudillos de la mano. Mira un vídeo de esto.
Es lo que yo uso y no falla. :):)
@@PacoBarbie anda!! qué tonta!! Gracias, no se me había ocurrido. Qué majo! Gracias Paco, de corazón 🌷
♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥
No puedes serrrr!!! Gracias por su tiempo. El resto se puede pagar, tu tiempo no!!
Lo que se puede pagar, es barato.
Jajajaja. Muchísimas gracias. :):)