MOTIVO DE LIBERTAD POR VENCIMIENTO DE TÉRMINOS. Sentencia C-390/14 y Ley 1760 de 2015.

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  • Опубликовано: 13 сен 2024
  • Ultimo pronunciamiento de la Corte Constitucional, sentencia C-390 de 2014, en relación con la expresión "audiencia de acusación", del numeral 5 del art. 317 de la Ley 906 de 2004, se declara su exequibilidad condicionada y diferida para el 20 de julio de 2015. El legislador debe determinar exactamente cual es el alcance del texto legal, la medida de aseguramiento privativa de la libertad es la excepción, no se puede anticipar una pena, es violatorio del principio de inocencia.

Комментарии • 46

  • @johnpaulorestreponino4793
    @johnpaulorestreponino4793 3 года назад

    doctor buenos días la pregunta es se recibe un caso por un delito sexual ,puesta en incapacidad de resistir hechos ocurridos el 27 de julio de 2008 imputaron cargos en diciembre de 2019 ya se encuentra aportas de la preparatoria pero yo analizando el articulo 175 de la ley 906 en su parágrafo dice que delitos de competencia de los jueces penales del circuito la fiscalia dispone de 5 años para imputar ,pero veo que ese termino en este caso pereció, pero el juez de control de garantías dejo imputar, estando ya en preparatoria que se puede hacer o si podía imputar
    que falla tuvo la defensa ,como se puede subsanar si se puede

  • @matangomendez9918
    @matangomendez9918 2 года назад

    Doctor si yo por ejemplo estoy sindicado aporte de armas y homicidio pero pasaron los 60 días y el abogado no me informó pero la Fiscalía después de imputación de cargos pasados 83 días ase el suscrito de acusación para 12 meses la fecha de audiencia de acusación que se puede a ser hai

  • @marthabenavides1689
    @marthabenavides1689 3 года назад

    Hola buenas mi caso es que fueron caturados 22mayo 2020 ese dia les hicieron la imputacion de cargos esperando un preacuerdo y esta es la hora que no han hecho nada ahora el fiscal hace 1 mes le dio covi esta imcapsitado ahy se puede aceder a este termino gracias

  • @nelsonbismarckrestrepojaim3477
    @nelsonbismarckrestrepojaim3477 8 лет назад +1

    Buenas noches doctor, excelente su exposición, Doctor tengo un caso similar en estos momentos, mi cliente fue capturado el 21 de NOV de 2015. detenido intramural, procesados 11 personas. el E ACUS presentado el 18 de marzo 2016, hasta el momento no se ha podido celebrar la F ACU ante Jz Conocimiento, por causas externas al Juez, pero si por falla en Admon de Justicia respecto de las remisiones, que no llego a tiempo la remision, como son de otro municipio, no los trasladaron a tiempo, se ha re-programado varias veces, las dos ultimas citaciones la fiscalía no se presento, ni ha presentado justificación, la audiencia de F ACUS se programo para el 23/12/2016. ¡

  • @nelsonbismarckrestrepojaim3477
    @nelsonbismarckrestrepojaim3477 8 лет назад +2

    Con lo anterior expuesto, se dan los presupuestos procesales para pedir libertad por vencimiento de términos. GRacias por su atención.

  • @alejandrasilva1151
    @alejandrasilva1151 3 года назад

    Buenas tardes, son días calendario??

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  3 года назад +1

      Si. Corridos. Exacto.👌

    • @alejandrasilva1151
      @alejandrasilva1151 3 года назад

      @@EscobarJimenezMiguelJose buenas tardes Doctor, una condena de 18 meses puede ser excarcelable, se hizo un preacuerdo?

  • @TheDanielarevalo
    @TheDanielarevalo 8 лет назад +2

    excelente video, gracias por compartir su conocimiento

  • @andersonsanchez698
    @andersonsanchez698 9 лет назад +1

    buenos días doctor es q tengo una pregunta para ver si se puede solicitar vencimiento de términos después de un año y 4meses ya q no me an resulto nada

  • @EscobarJimenezMiguelJose
    @EscobarJimenezMiguelJose  7 лет назад +1

    Gracias por la sugerencia, estoy tratando de mejorar

    • @jhomairamoreno3129
      @jhomairamoreno3129 6 лет назад

      buenos días, es legal el concepto que la defensa es una sola unidad y si una pide aplazamiento arrastra a los otros.

  • @johnorozcorivas8552
    @johnorozcorivas8552 8 лет назад

    Muchas gracias Doctor por esta exposicion creae e gusto que usted halla notado lo referente al art 29 de la Costitucion Nacional de alli nacio la idea de la corte de relllenar este vacio sobre todo la palabra SIN DILACIONES, eso lo es todo para medio rellenar como decimos aca en la costa los vacios de este sistema PENAL APLAZATORIO.

  • @purpuraspktral3352
    @purpuraspktral3352 6 лет назад

    Buenas, el escrito de acusasion debe presentarse a los 60 días calendario o dias habiles? y si en ese tiempo aun no se ha llamado a audiencia de formulación de acusación cabe también ese vencimiento?

  • @alejandraperezlopez6463
    @alejandraperezlopez6463 6 лет назад

    hola, quisiera saber si el vencimiento de términos se da por un conflicto de competencia que se interpuso y por eso se pasaron los 60 días de la acusación, desde el punto de vista de la victima, que jurisprudencia me serviría para oponerme?

  • @absaryherrera9185
    @absaryherrera9185 3 года назад

    Buenas noches Doctor quisiera ne explicara en un delito de Receptación si llegasen a conceder libertad por vencimiento de terminos, se entiende q el proceso penal continua hasta el juicio oral podría ser condenado a prisión o hay algún salvavidas para evitar volver a la carcel. AGRADEZCO GUIA ESTIMADO DOCTOR.

  • @cristianjavierpereirapulid3678
    @cristianjavierpereirapulid3678 9 лет назад

    Buenas Tardes procede la libertad por vencimiento de terminos en delitos sexuales contra menores de 14 años, aplicando el numeral 5 de la ley 1760 de 2015 ? Que diferencia hay entre beneficios administrativos y judiciales y EL DERECHO A LA LIBERTAD.

  • @absaryherrera9185
    @absaryherrera9185 4 года назад

    Doctor buenos días, lo admiro, tengo una pregunta en mi caso fue detenido por delito de receptación, se presento escrito acusación 19 de diciembre del 2019 y aun no se ha hecho audiencia preparatoria el abogado q defiende al denunciante aplazó y el fiscal también? Se puede iniciar audiencia vencimiento termino.

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  4 года назад

      Art. 317, numeral 5, pasados 120 días , contados a partir de la presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio. Así entonces, desde el 19 de diciembre de 2019 cuentan los 120 días. Pero quítale los dias de vagancia judicial de diciembre a enero 2020. Igualmente quítale los días de interrupción de términos por la pandemia (ver la resolución del consejo superior de la judicatura) y allí haces las cuentas. No cuentan los aplazamientos del fiscal ni el denunciante. Creería que tienes derecho a hoy 13 de septiembre. Usted también puede pedir por derecho a su defensa material , independiente de la defensa técnica. Okey saludos👌

    • @absaryherrera9185
      @absaryherrera9185 4 года назад +1

      Gracias Doctor que honor bendiciones.

  • @albertovillegasgonzalez8547
    @albertovillegasgonzalez8547 4 года назад

    Dr muchas gracias por tan importante enseñanza, me asalta una pregunta, cuando un procesado esta condenado por homicidio y esta en otro juicio por homicidio también y pide libertad por vencimiento de términos que sucede, donde queda el derecho de las victimas?

  • @jotamagno
    @jotamagno 9 лет назад

    Doctor tengo una inquietud respecto a los 120 días, no soy abogado, mi duda es : los 120 dias son hábiles o días calendario? Muchas gracias, atento a sus comentarios.

    •  8 лет назад

      +Edwin Espinosa son días hábiles, la norma habla de forma ininterrumpida.

  • @silvioandresgongora1501
    @silvioandresgongora1501 3 года назад

    Buenas tardes doctor tengo una duda con vencimiento de terminos me puede brindar su numero telefonico gracias?

  • @karenandreabalcazarmontes8520
    @karenandreabalcazarmontes8520 7 лет назад

    buenas tardes Doctor, tengo un caso espero me colabore, mi esposo esta detenido ya lleva 79 días, a el lo capturaron el 26 de febrero procesados 2 personas mas y les hicieron la audiencia el 28 de febrero, ese día la fiscal leyó la acusación y el no acepto los cargos, desde ese día esta detenido en el distrito de policía sin saber investigaciones y tampoco se sabe la próxima audiencia , en este caso que se podría hacer? en que momento podría pedir la libertad por vencimiento de términos?? espero su colaboración Doctor, muchas gracias

  • @luisballesteros8970
    @luisballesteros8970 9 лет назад +1

    Doc. Excelente.-

  • @alexgallardo6818
    @alexgallardo6818 4 года назад

    Desde el momento de la formulación de imputación empieza a correr 90 días y no 60

  • @rodrigofigueroaflores371
    @rodrigofigueroaflores371 6 лет назад

    en mexicano se podría implementar esta solicitud?

  • @ianandrusjf6397
    @ianandrusjf6397 6 лет назад

    Hola buenaa noches
    Espero que me aclare unos puntos mi tio tiene hoy dos meses de estar en la carcel de ternera por homicidio y no sabe nada sobre ese preacuerdo y lo mandaron a firmar sin explicarle y que consecuencias tiene a romper papeles ya que pide peticion dr vencimientos de terminoa

  • @noracecilia7248
    @noracecilia7248 4 года назад

    Por favor , me explica que es el preacuerdo ?

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  4 года назад

      Sucintamente es negociar una pena por un delito cometido y tratar que obtenga un mayor beneficio reduciendo la pena a imponer. Es negociar.

  • @andersondelgado7754
    @andersondelgado7754 6 лет назад

    Buen exposición.
    Abogado, soy estudiante y todavía no tengo claro lo referente al vencimiento de termino, ¿si después de la libertad por esta causal, el defensor solicita la preclusión o es al albedrío del Fiscal pedir la audiencia para esta terminacion del proceso?.
    Gracias por los videos.

  • @claudiahenao7331
    @claudiahenao7331 6 лет назад

    hola muy buen video, tengo un caso con fines academicos que trata sobre este tema, no se si ud podria verlo y colaborarme aclarandome algo en especifico. muchas gracias.

  • @johnpaulorestreponino4793
    @johnpaulorestreponino4793 8 лет назад

    Doctor buenas tardes soy abogado penalista y tengo un caso, y a todos los abogados penalistas que le he preguntado, me han dicho que no se puede solicitar audiencia por vencimientos de términos después de haberse firmado un pre acuerdo, y ese pre acuerdo se suscribió, ante el juzgado el día 11-02-2015, y no se ha realizado la audiencia de acusación hasta la fecha, han sido aplazadas, por dos motivos 1) pq a mi a prohijado le iban a dar un nuevo numero de radicacion porque el era el único que estaba pre acordando, 2) y en otra oportunidad porque el inpec no lo trajo, y esta ultima que por escrutinios, y hasta ahora no le han dado fecha de acusación donde se va a legalizar el pre acuerdo, usted con su conocimiento cree que es viable que se pida el vencimiento de términos, porque segun los otros abogados penalistas e inclusive el suscrito no se ve viable este procedimiento y si es viable, como lo puedo hacer doctor,
    muchas gracias

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  8 лет назад +1

      +john paulo restrepo niño DOCTOR: consultando la ley 906 de 2004, le puedo responder lo siguiente: Según el articulo 317, el numeral 3, reformado por la 1760 de 2015, advierte que procede la libertad como consecuencia de las clausulas del acuerdo cuando haya sido aceptado por el juez de conocimiento. el numeral 5, señala que es procedente la libertad si transcurridos los 120 días desde la presentación del escrito de acusación, no se ha iniciado el juicio oral. Por otro lado, el articulo 354, sobre reglas comunes, dice que si la índole de los acuerdos permite la rápida adopción de la sentencia, se citara a audiencia para su proferimiento en la cual brevemente el F y el imputado podrán hacer las manifestaciones que crean conveniente, de acuerdo con lo reglado en el código. Por ultimo, el articulo 350, dice que obtenido el preacuerdo, el F lo presenta como escrito de acusación. Y el 351, aprobados los preacuerdos por el juez, procede a convocar la audiencia para sentencia. De acuerdo con lo anterior, la LÓGICA INDICA, que no es procedente la petición de audiencia por vencimiento de términos, puesto que no hay ninguna causal en el 317, por ningún lado lo consagra, es decir, no dice que si firmado el preacuerdo no se ha realizado la audiencia de acusación (para aprobar o improbar), procede la petición de libertad. Lo que si esta claro, es que firmado el preacuerdo el fiscal lo presenta como escrito de acusación (350), pero no hay termino alguno que le exija al juez de conocimiento fijar la fecha para aprobarlo o rechazarlo, MAS BIEN, lo que indica el 351, es que una vez aprobado por el juez lo que hace es citar para dictar la sentencia, pero tampoco le fija tiempo, una media luz ofrece es el 354, cuando afirma que " si la índole de los acuerdos permite la rápida adopción de la sentencia, se citara para su proferimiento", fíjese que el código no da términos para ello, lo único que si sabemos como defensores, es que al negociar la pena, según el delito, sabemos a ciencia cierta, si prospera una libertad de la causal 3 del articulo 317, ES DECIR, SEGUN EL TIPO DE NEGOCIACIÓN A QUE LLEGUE Y ME LO APRUEBEN. De esta manera, espero haberle dado alguna ayuda a su pregunta. Una feliz noche y exitos. Gracias por preguntar, me puso a pensar y revisar la ley.

    • @johnpaulorestreponino4793
      @johnpaulorestreponino4793 8 лет назад

      +Escobar Jimenez Miguel Jose
      muchas gracias doctor

    • @johnpaulorestreponino4793
      @johnpaulorestreponino4793 3 года назад

      @@EscobarJimenezMiguelJose gracias doctor no había visto su respuesta me había retirado del penal por un tiempo agradezco su informacion muy academica

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  3 года назад

      Colega : No es viable solicitar libertad por vencimientos de términos..La lógica determina que el preacuerdo suspende el vencimiento de los términos. Incluso, de no prosperar el preacuerdo, no se podría contabilizar tampoco. Así unánime son los colegas al pensar que no procede por ahora. Que estés bien.

  • @vicalvfm390
    @vicalvfm390 7 лет назад

    Doctor un saludo cordial y afectuoso reconocimiento por su labor. Pero el fin de mi escrito en esta ocasión es formular una sugerencia con respecto a la presentación y exposición de su cátedra, por lo tanto aclaro de antemano que lo hago con el mayor de los respetos y con el afán de ayudar a superar esta falencia con esta crítica constructiva. Examinando con detenimiento el vídeo y me di cuenta que sumerse trata de manejar su proyección hacia la cámara y es lo correcto pero en el proceso de leer el contenido del tablero y el dirigirse al foco de la cámara hace unas micro pausas muy visibles que interrumpen el contenido auditivo del tema, dejando al televidente confundido cómo es mi casó. Mi sugerencia es optar por manejar mejor el espacio y posicionamiento de la cámara conrespeto al tablero con el fin de manejar una postura más cómoda para eventualmente facilitar la exposición.
    Lo felicito por su maravillosa labor, un afectuoso y cálido abrazo de parte de mi equipo de litigio y mil bendiciones.

  • @alexandredjful
    @alexandredjful 9 лет назад

    Doctor, cordial saludo puedo solicitar libertad por vencimiento amparado en esa sentencia de la corte pasado la fecha 20 de Julio de 2015 ..el caso es que una persona esta con escrito de acusación del 13 de Junio de 2014 sin resolver la fecha para audiencia de acusación hasta la fecha gracias por su atención...

    • @EscobarJimenezMiguelJose
      @EscobarJimenezMiguelJose  9 лет назад

      FRANCISCO ALEXANDER CADENA MURIEL son 60 días si no se ha presentado el escrito de acusacion y 120 desde que se presento sin que se haya dado inicio a la audiencia de juicio oral, tu caso no esta en ninguno de los dos, pues me dices que esta con escrito de acusacion del 13 de junio, quiere decir que no se da el primero, tal vez el segundo, si contados 4 meses no se ha iniciado el juicio oral, es decir para el 13 de octubre, allí si pediría su libertad. No invocar la C 390, pues la ley 1790 le cumplio a la corte. Chao.

    • @alexandredjful
      @alexandredjful 9 лет назад

      Gracias Doctor

    • @jamiltonmartinezlemos8263
      @jamiltonmartinezlemos8263 9 лет назад

      Alexander, saludos en el caso de tu consulta si el escrito de acusación es de junio de 2014 y a la fecha no se ha iniciado el juicio oral, si es procedente la solicitud de Libertad por vencimiento de términos, en aplicación a la ley 1760 de 2015. Articulo 317 CPP numeral 5.