Por favor si puede hacer un ejemplo llenando el formulario de Servicios Profesionales (Si factura con IVA Cero)... .(.En este caso se hace o no la declaración de impuesto a la Renta )
Si en este año te cambiaron de clase de contribuyente de rimpe negocio popular a regimen general debes pagar los $ 60,00 igualmemte. Y si eres profesional y tambien tienes servicios diversos o sea 2 actividades como seria el registro se dividiria los valores?
hola @MyMonely, a partir del 2024 según lo establece el art. 97.4 de la Ley del régimen Tributario Interno existen ciertas actividades excluyentes a régimen RIMPE una de ellas es Servicios Profesionales estará excluido de dicho régimen aun cuando registre o ejerza otras actividades no excluidas. Y aquellos contribuyentes que durante el año 2023 se encuentren adheridos a RIMPE Negocio Popular con actividades en régimen General, deben declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por actividad económica, en el caso de que en RIMPE que no superen los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, le sugerimos verificar el artículo (…) anterior al artículo 11 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el que menciona los montos máximos de rebaja conforme a las siguientes reglas: Para personas naturales sin cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por siete (7). Para personas naturales con cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponde, según el número de sus cargas familiares, Para personas naturales con o a carga de personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por veinte (20). Le invitamos a descargar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional Además, le recomendamos revisar la información relacionada a su consulta en los boletines de prensa 001 y 004 por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/boletines-2024
Si pertenece al Rimpe Negocio Popular solo tiene que realizar una declaración anual que seria en el año 2025 por Impuesto a la renta, puede facturar de manera eléctrica teniendo previamente firma electrónica o si no puede emitir notas de ventas autorizadas de manera física.
¿Cuales serían las actividades económicas que pertenecen a Rimpe Negocio Popular de acuerdo al nuevo reglamento tributario? O ¿En qué parte se puede revisar estas actividades económicas?
hola @Salmo3-3, las actividades excluyentes de régimen RIMPE, se encuentran en el art. 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la normativa la puede verificar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional Se comparte enlace de información de régimen RIMPE: www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Estimada contribuyente su sugerencia es muy importante, ya que sirve para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios del SRI, nos encontramos en constantes mejoras, es muy grato recibir este tipo de recomendaciones. Le sugerimos verificar por medio de los siguientes enlaces los pasos para la elaboración y envío de la declaración y la guía de llenado del formulario de Impuesto a la Renta: ruclips.net/video/E7GnfhA8Tes/видео.html www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/55428073-d439-4d4b-9d91-388b3306c424/Gu%c3%ada%20para%20el%20llenado%20del%20Formulario%20Impuesto%20a%20la%20Renta%20personas%20naturales.pdf
Hola. Si soy una persona que va a trabajar bajo el concepto de "prestación de servicios", a qué régimen debería adherirme? Y cuánto sería el valor a pagar por mes o por año?
Estimado contribuyente, le recordamos que conforme a lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la actividad económica de servicios profesionales es una actividad excluyente del RIMPE. Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional Si se trata de cualquier actividad económica de prestación de servicios que no se encuentre catalogada como una actividad económica excluyente, podrá acogerse al RIMPE. En el caso de que tenga ingresos en un rango de 0 a 20.000 USD sería considerado como negocio popular, y si los ingresos se encuentran en un rango de 20.000 a 300.000 USD, sería considerado como RIMPE emprendedor. Para poder conocer un detalle de las obligaciones tributarias asignadas para cada cada tipo de régimen y la tarifa de impuesto a la renta, le recomendamos visitar el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
hola @cristhianvaca, régimen general puede utilizar rebaja de gastos personales, de acuerdo al detalle del art.34 Reglamento a la ley del Régimen tributario Interno. Le invitamos a revisar el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/declaracion-impuesto-a-la-renta-2023#r%C3%A9gimen
Tenia el rise y lo cancele y para volver activar ya no pude y me activaron con Regimen General y solo gano el sueldo Básico como deberia cancelar al Sri
Estimado contribuyente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 221 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, las inclusiones al RIMPE corresponderán únicamente a nuevos sujetos inscritos en el RUC. Por lo tanto, como contribuyente, deberá cumplir con las obligaciones tributarias asignadas en su documento del RUC bajo el régimen general. Le sugerimos ingresar al portal transaccional SRI en Línea con su usuario y clave en la opción RUC/ Certificados /RUC para que pueda descargar este documento. Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Buenas tarde si hago presentación de SERVICIO profesional y gano solo 5 mil año tendría q declarar?porq no me sale ningún aviso como obligaciones en el Sri Y cuando podria pedir las devolución del impuesto q me retienen el 10%?
Estimada contribuyente, la obligación de presentar la declaración de Impuesto a la Renta, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, nace cuando sus ingresos gravados y exentos superan la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta para personas naturales. Sin embargo, si usted necesita realizar el proceso de devolución de Impuesto a la Renta, tendrá que presentar la declaración. Los requisitos y formatos los encuentra en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/solicitud-de-devolucion-de-pago-en-exceso-y-reclamo-de-pago-indebido
hola @keiroskevintaya4133, la actividad que usted indica, forma parte de las actividades excluyentes a régimen RIMPE, en concordancia con el art. 97.4 de la Ley del Régimen Tributario Interno. Por lo tanto, el régimen al cual usted se encontraría adherido es General. Le invitamos a verificar el siguiente enlace con la normativa la puede encontrar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
hola @pabloaizaga9750, si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Es una explicación demasiado técnica. Deberían hacer estos videos con criterio de comunicación para el ciudadano. La chica anterior lo hizo mucho mejor, pero no encuentro esos videos.
Estimado contribuyente, agradecemos su comunicación, lo cual nos permitirá continuar brindando un servicio de excelencia a la ciudadanía, con base en las normas legales y procedimientos establecidos.
Hola, en el 2021 suspendí mi RIMPE, y en este mes del 2024 lo activé nuevamente pero el regimen aparece como General. ¿Cuál es el trámite para cambiar de regimen General a RIMPE? Gracias por su respuesta
Estimado contribuyente, conforme a lo dispuesto en el artículo 219 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, si el reinicio de actividades se produce en un ejercicio distinto a aquel en que se suspendió el RUC, no podrá pertenecer nuevamente al régimen RIMPE y pertenecerá al régimen que le corresponda de conformidad con su actividad económica desde el momento de la reactivación. Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Hola que buena son sus clase uno aprende mucho disculpe a mi me salen declaraciones de IVA de octubre del 2022 a octubre del 2024 y me sale que cada mes tengo que pagar 30 dolares por cada mes como puedo hacer para que no me cobren multa
Estimada contribuyente, le recordamos que la presentación de declaraciones de manera tardía con valores en cero, por norma, genera una sanción pecuniaria. Podrá verificar la cuantía correspondiente en el Instructivo de Sanciones Pecuniarias por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/calculadora-tributaria
@@SRIECUADORinforma muchísimas gracias pero lo que no entiendo es porque si yo tengo mi ruc desde el 2017 y solo declare un año porq trabajaba bajo prestación de servicio los años posteriores no me sale que tengo que pagar solo me sale que tengo que declarar desde agosto del 2022 a agosto del 2023
Por favor me puede ayudar si tengo que hacer la declaración de impuesto a la renta si no supera la facción básica sus ingresos son de 282,44 y sus gastos 1971,64
hola @anitacoyago4650, si usted se encontraba en régimen general y no supera sus ingresos la fracción básica desgravada con tarifa 0% de impuesto a la renta de personas naturales no tiene la obligación de presentar la declaración de Impuesto a la Renta, sin embargo, si se encontraba adherido al RIMPE tiene la obligación de presentar su declaración de Impuesto a la Renta conforme a su condición, que puede ser Negocio popular o Emprendedor, le compartimos el siguiente enlace sobre el RIMPE: www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Cerre mi rimpe ya que no necesitaba , pero ahora por requisito de un empleo me piden que debo tener rimpe vuelvo a reabrir y ahora me pone en regimen general y gano el sueldo $600 que hago ?
Estimado contribuyente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 219 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, si el reinicio de actividades se realiza en el mismo año, se mantendrá dentro del RIMPE. Por el contrario, si el reinicio de actividades se produce en un año distinto a aquel en que se suspendió el RUC, no podrá pertenecer nuevamente al régimen RIMPE y pertenecerá al régimen que le corresponde de conformidad con su actividad económica desde el momento de la reactivación. . Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
hola @user-sm6kv4iw6i, la obligación de presentar la declaración de IR, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, nace cuando sus ingresos gravados y exentos superan la fracción básica desgravada del IR para personas naturales. En concordancia con el Art. 42 de la LRTI, Art. 82 del RLRTI y numeral 8 de la Circular 003 del año 2019. La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Estimado contribuyente, le recordamos que los servidores policiales trabajan bajo relación de dependencia; por ende, el cálculo del impuesto a la renta se dará bajo el régimen general, de acuerdo con lo indicado en el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Le recomendamos verificar la base legal anteriormente citada e información general relacionada al Impuesto a la Renta por medio de los siguientes enlaces: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional www.sri.gob.ec/impuesto-renta
claro y conciso gracias, esperemos todos los años haya información actualizada
Por favor podrían hacer más videos con otros ejemplos que incluyan ejercicio profesional, rendimientos financieros, utilidades, etc, gracias
Por favor si puede hacer un ejemplo llenando el formulario de Servicios Profesionales (Si factura con IVA Cero)... .(.En este caso se hace o no la declaración de impuesto a la Renta )
Lo mismo quiero saber
Si en este año te cambiaron de clase de contribuyente de rimpe negocio popular a regimen general debes pagar los $ 60,00 igualmemte. Y si eres profesional y tambien tienes servicios diversos o sea 2 actividades como seria el registro se dividiria los valores?
hola @MyMonely, a partir del 2024 según lo establece el art. 97.4 de la Ley del régimen Tributario Interno existen ciertas actividades excluyentes a régimen RIMPE una de ellas es Servicios Profesionales estará excluido de dicho régimen aun cuando registre o ejerza otras actividades no excluidas. Y aquellos contribuyentes que durante el año 2023 se encuentren adheridos a RIMPE Negocio Popular con actividades en régimen General, deben declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por actividad económica, en el caso de que en RIMPE que no superen los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
¿Qué sucede si el valor de gastos personales es mayor al valor de la canasta básica de 2023 multiplicada por 7 (en el ejemplo dio $5.352,97?
Estimado contribuyente, le sugerimos verificar el artículo (…) anterior al artículo 11 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el que menciona los montos máximos de rebaja conforme a las siguientes reglas:
Para personas naturales sin cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por siete (7).
Para personas naturales con cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponde, según el número de sus cargas familiares,
Para personas naturales con o a carga de personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por veinte (20).
Le invitamos a descargar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Además, le recomendamos revisar la información relacionada a su consulta en los boletines de prensa 001 y 004 por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/boletines-2024
Soy tendero y ahora a empezado a pedir rimpe, y no sé cómo facturar o como declarar al SRI , ya que en mi tienda no vendo mucho ayúdame por favor
Si pertenece al Rimpe Negocio Popular solo tiene que realizar una declaración anual que seria en el año 2025 por Impuesto a la renta, puede facturar de manera eléctrica teniendo previamente firma electrónica o si no puede emitir notas de ventas autorizadas de manera física.
¿Cuales serían las actividades económicas que pertenecen a Rimpe Negocio Popular de acuerdo al nuevo reglamento tributario? O ¿En qué parte se puede revisar estas actividades económicas?
hola @Salmo3-3, las actividades excluyentes de régimen RIMPE, se encuentran en el art. 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la normativa la puede verificar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Se comparte enlace de información de régimen RIMPE:
www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Seria muy útil un video con ejemplo de Régimen General, de independiente (en mi caso yo soy artesana y mis ventas son con iva 0%) 💖
Estimada contribuyente su sugerencia es muy importante, ya que sirve para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios del SRI, nos encontramos en constantes mejoras, es muy grato recibir este tipo de recomendaciones.
Le sugerimos verificar por medio de los siguientes enlaces los pasos para la elaboración y envío de la declaración y la guía de llenado del formulario de Impuesto a la Renta:
ruclips.net/video/E7GnfhA8Tes/видео.html
www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/55428073-d439-4d4b-9d91-388b3306c424/Gu%c3%ada%20para%20el%20llenado%20del%20Formulario%20Impuesto%20a%20la%20Renta%20personas%20naturales.pdf
Hola. Si soy una persona que va a trabajar bajo el concepto de "prestación de servicios", a qué régimen debería adherirme? Y cuánto sería el valor a pagar por mes o por año?
Estimado contribuyente, le recordamos que conforme a lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la actividad económica de servicios profesionales es una actividad excluyente del RIMPE.
Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Si se trata de cualquier actividad económica de prestación de servicios que no se encuentre catalogada como una actividad económica excluyente, podrá acogerse al RIMPE. En el caso de que tenga ingresos en un rango de 0 a 20.000 USD sería considerado como negocio popular, y si los ingresos se encuentran en un rango de 20.000 a 300.000 USD, sería considerado como RIMPE emprendedor.
Para poder conocer un detalle de las obligaciones tributarias asignadas para cada cada tipo de régimen y la tarifa de impuesto a la renta, le recomendamos visitar el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Y si es régimen general no puede aplicar rebaja de gastos personales
hola @cristhianvaca, régimen general puede utilizar rebaja de gastos personales, de acuerdo al detalle del art.34 Reglamento a la ley del Régimen tributario Interno. Le invitamos a revisar el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/declaracion-impuesto-a-la-renta-2023#r%C3%A9gimen
Tenia el rise y lo cancele y para volver activar ya no pude y me activaron con Regimen General y solo gano el sueldo Básico como deberia cancelar al Sri
Estimado contribuyente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 221 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, las inclusiones al RIMPE corresponderán únicamente a nuevos sujetos inscritos en el RUC.
Por lo tanto, como contribuyente, deberá cumplir con las obligaciones tributarias asignadas en su documento del RUC bajo el régimen general.
Le sugerimos ingresar al portal transaccional SRI en Línea con su usuario y clave en la opción RUC/ Certificados /RUC para que pueda descargar este documento.
Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Buenas tarde si hago presentación de SERVICIO profesional y gano solo 5 mil año tendría q declarar?porq no me sale ningún aviso como obligaciones en el Sri Y cuando podria pedir las devolución del impuesto q me retienen el 10%?
Estimada contribuyente, la obligación de presentar la declaración de Impuesto a la Renta, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, nace cuando sus ingresos gravados y exentos superan la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta para personas naturales.
Sin embargo, si usted necesita realizar el proceso de devolución de Impuesto a la Renta, tendrá que presentar la declaración.
Los requisitos y formatos los encuentra en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/solicitud-de-devolucion-de-pago-en-exceso-y-reclamo-de-pago-indebido
Hola, una consulta, actualmente facturas con el 15% por tus servicios a la empresa a la que trabajas?
si soy NP y distribuyo GLP a domicilio a que régimen pertenezco?
de antemano muy agradecido
hola @keiroskevintaya4133, la actividad que usted indica, forma parte de las actividades excluyentes a régimen RIMPE, en concordancia con el art. 97.4 de la Ley del Régimen Tributario Interno.
Por lo tanto, el régimen al cual usted se encontraría adherido es General.
Le invitamos a verificar el siguiente enlace con la
normativa la puede encontrar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Y para el régimen agropecuaria
y en el caso de que tengo un Régimen General pero a la vez si hago actividades de RIMPE? Cómo sería el cálculo de impuesto a la renta?
hola @pabloaizaga9750, si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Es una explicación demasiado técnica. Deberían hacer estos videos con criterio de comunicación para el ciudadano. La chica anterior lo hizo mucho mejor, pero no encuentro esos videos.
Estimado contribuyente, agradecemos su comunicación, lo cual nos permitirá continuar brindando un servicio de excelencia a la ciudadanía, con base en las normas legales y procedimientos establecidos.
Hola, en el 2021 suspendí mi RIMPE, y en este mes del 2024 lo activé nuevamente pero el regimen aparece como General. ¿Cuál es el trámite para cambiar de regimen General a RIMPE? Gracias por su respuesta
Estimado contribuyente, conforme a lo dispuesto en el artículo 219 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, si el reinicio de actividades se produce en un ejercicio distinto a aquel en que se suspendió el RUC, no podrá pertenecer nuevamente al régimen RIMPE y pertenecerá al régimen que le corresponda de conformidad con su actividad económica desde el momento de la reactivación.
Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Hola que buena son sus clase uno aprende mucho disculpe a mi me salen declaraciones de IVA de octubre del 2022 a octubre del 2024 y me sale que cada mes tengo que pagar 30 dolares por cada mes como puedo hacer para que no me cobren multa
Estimada contribuyente, le recordamos que la presentación de declaraciones de manera tardía con valores en cero, por norma, genera una sanción pecuniaria.
Podrá verificar la cuantía correspondiente en el Instructivo de Sanciones Pecuniarias por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/calculadora-tributaria
@@SRIECUADORinforma muchísimas gracias pero lo que no entiendo es porque si yo tengo mi ruc desde el 2017 y solo declare un año porq trabajaba bajo prestación de servicio los años posteriores no me sale que tengo que pagar solo me sale que tengo que declarar desde agosto del 2022 a agosto del 2023
Por favor me puede ayudar si tengo que hacer la declaración de impuesto a la renta si no supera la facción básica sus ingresos son de 282,44 y sus gastos 1971,64
hola @anitacoyago4650, si usted se encontraba en régimen general y no supera sus ingresos la fracción básica desgravada con tarifa 0% de impuesto a la renta de personas naturales no tiene la obligación de presentar la declaración de Impuesto a la Renta, sin embargo, si se encontraba adherido al RIMPE tiene la obligación de presentar su declaración de Impuesto a la Renta conforme a su condición, que puede ser Negocio popular o Emprendedor, le compartimos el siguiente enlace sobre el RIMPE: www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Cerre mi rimpe ya que no necesitaba , pero ahora por requisito de un empleo me piden que debo tener rimpe vuelvo a reabrir y ahora me pone en regimen general y gano el sueldo $600 que hago ?
Estimado contribuyente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 219 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, si el reinicio de actividades se realiza en el mismo año, se mantendrá dentro del RIMPE. Por el contrario, si el reinicio de actividades se produce en un año distinto a aquel en que se suspendió el RUC, no podrá pertenecer nuevamente al régimen RIMPE y pertenecerá al régimen que le corresponde de conformidad con su actividad económica desde el momento de la reactivación. .
Le invitamos a verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Si es persona Natural Régimen General factura IVA 0% y no supera la base. Debe hacer la Declaración del Impuesto a la Renta?
hola @user-sm6kv4iw6i,
la obligación de presentar la declaración de IR, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, nace cuando sus ingresos gravados y exentos superan la fracción básica desgravada del IR para personas naturales. En concordancia con el Art. 42 de la LRTI, Art. 82 del RLRTI y numeral 8 de la Circular 003 del año 2019.
La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Den un curso sobre Los impuestos
hola @MegaJona1989, le invitamos verificar los cursos disponibles en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/quiero-capacitarme
En q grupo estaría un policía?
Estimado contribuyente, le recordamos que los servidores policiales trabajan bajo relación de dependencia; por ende, el cálculo del impuesto a la renta se dará bajo el régimen general, de acuerdo con lo indicado en el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Le recomendamos verificar la base legal anteriormente citada e información general relacionada al Impuesto a la Renta por medio de los siguientes enlaces:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
www.sri.gob.ec/impuesto-renta
@@SRIECUADORinforma gracias
Por favor suban ejemplo como va en el sistema del sri