CLASE DE PROCESAL CIVIL ESPECIAL - JURAMENTO ESTIMATORIO, ANEXO Y MEDIDAS CAUTELARES - 24 SEP

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  • Опубликовано: 24 янв 2025

Комментарии • 10

  • @edwinalexanderllanosfranco586
    @edwinalexanderllanosfranco586 2 года назад +8

    Profesor, su estudiante que habla en el minuto 11:33 tiene toda la razón al decirle que se paga es a la Rama Judicial, porque el artículo 13 de la ley 1743 de 2014 modificó ese inciso y determinó que ese monto se le pagará al Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial o quien haga sus veces, es decir, ya no es a la contraparte.

  • @lesliejohanapedrozavalenci7859
    @lesliejohanapedrozavalenci7859 2 года назад +2

    Gracias por enseñarme , que uno no estudia por que no quiere , que cantidad de conocimiento el que compartes .. Gracias !!! Excelente profesor . Me encantan tus explicaciones. 🙏📚

  • @mariahenao8144
    @mariahenao8144 7 месяцев назад

    Nunca se deja de aprender.

  • @nestorhenao9821
    @nestorhenao9821 9 месяцев назад

    Excelente 👌

  • @federicoforero8744
    @federicoforero8744 3 месяца назад

    Si se cita como precedente de revision en sede de tutela seria conveniente relacionar los hechos del primer caso y cotejarlos con los segundo caso para concluir que la tegla juridica del primer caso es aplicable al segundo caso, pues los hechos guardan semejanza.

  • @gustavolarazambrano5291
    @gustavolarazambrano5291 Год назад +1

    Profe en mi CGP anotado por OSCAR EDUARDO HENAO CARRASQUILLA en su septima edicion, dice en ese articulo 206 inciso 4° modificado por ley 1774 de 2013, art 13. ".........se condenará a quien hizo el juramento estimatorio a pagar al Consejo Superior de la judicatura. direccion ejecutiva de administracion judicial. es decir el estudiante que hizo la pregunta y el profesor que le dijo, tienen la razon. su codigo está desactualizado.

  • @andrespaternina7046
    @andrespaternina7046 3 года назад

    Profesor Daniel,
    Admirable su labor como profesor, su humildad al exponer su valioso conocimiento; he de felicitarlo por lo afable que resulta su exposición.
    Quería molestarlo preguntándole por el archivo PDF (o cualquiera que sea el medio) mediante el cual está tratando o exponiendo el CGP.
    Gracias profesor, un abrazo
    Desde la ciudad de Bogotá D.C.

    • @williammunoz8849
      @williammunoz8849 2 года назад +2

      Gracias Doctor.! Usted es tan bueno! Que debería enseñarle a mis profesores de la universidad libre.

  • @gabrielmendez3186
    @gabrielmendez3186 2 года назад

    El 10% de sanción es sobre el exceso, decir, en el ejemplo, el exceso son 50 millones y el 10% del exceso son 5 millones.