Dr. Colmenares me queda una duda se debe jurar, en el juramento estimatorio, los daños EXTRAPATRIMONIALES??? Si NO se deben incluir en el juramento y se incluyen los daños extra patrimoniales se puede admitir la demanda?
Los daños extra patrimoniales no se pueden ejecutar a través del juramento estimatorio, por qué no se puede dar un valor pecuriario objetivo. Quien establece suma dineraria de los daños extra patrimoniales es el juez a través de los techos jurisprudenciales.
Muchas gracias por estos importantes vídeos que contribuyen al aprendizaje. excelente el audio. favor continuar con este maravilloso trabajo.
Gracias Doctor, de mucha ayuda para mi preparatorio de privado dos..
Excelente ponencia por parte del Doctor Marcos Quiroz, aclaré muchos conceptos. Muchas gracias.
Dr. Colmenares me queda una duda se debe jurar, en el juramento estimatorio, los daños EXTRAPATRIMONIALES??? Si NO se deben incluir en el juramento y se incluyen los daños extra patrimoniales se puede admitir la demanda?
Los daños extra patrimoniales no se pueden ejecutar a través del juramento estimatorio, por qué no se puede dar un valor pecuriario objetivo.
Quien establece suma dineraria de los daños extra patrimoniales es el juez a través de los techos jurisprudenciales.
Solo daño patrimonial