hola buenas tu información es muy buena mi pregunta es : si el usuario deseo terminar el contrato uniforme de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica ,aseo, alumbrado publico suspender definitivamente el servicio . la empresa se lo niega si es así que puede hacer el usuario. agradezco su respuesta
Se habla de contrato.entre suscriptor.y empresa Pero nunca he visto.ningun contrato Ni.he leído uno.estos son empresas únicas no hay elección del suscriptor
La Ley 142 de 1994 definió el contrato de condiciones uniformes como: “un contrato uniforme, consensual, en virtud del cual una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo a estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados” Como quiera que es uniforme, es decir, se regulan de la misma forma varias relaciones jurídicas con diferentes usuarios no determinados, estos contratos se conocen, firman y/o aceptan al momento de la solicitud inicial de la prestación del servicio, no obstante, se pueden consultar en los canales de atención y comunicación de la empresa (página web, oficinas, etc.) para su respectiva revisión.
Muy bueno. Muchas gracias😊
Muy buen video ,me ayudo bastante a comprender
hola buenas tu información es muy buena mi pregunta es : si el usuario deseo terminar el contrato uniforme de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica ,aseo, alumbrado publico suspender definitivamente el servicio . la empresa se lo niega si es así que puede hacer el usuario. agradezco su respuesta
Una pregunta si al frente de mi propiedad hay una fuga de agua y escaban toca pagarle ala empresa la reparación
Buen video
Gracias por esos videos
Inicio hablando sobre gas, energía, agua y residuos y al final se saltó la ley y el artículo que rige y los entes del control para los residuos.
gracias me ayudaron mucho con mi tarea :D
Ya solamente .No cobran lo real.sino que cada vez los servicios llegan más caros Robandonos y desangrando al pobre usuario
denle like xd(que buen video)
Aet 143
🤞
Se habla de contrato.entre suscriptor.y empresa
Pero nunca he visto.ningun contrato
Ni.he leído uno.estos son empresas únicas no hay elección del suscriptor
La Ley 142 de 1994 definió el contrato de condiciones uniformes como: “un contrato uniforme, consensual, en virtud del cual una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo a estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados”
Como quiera que es uniforme, es decir, se regulan de la misma forma varias relaciones jurídicas con diferentes usuarios no determinados, estos contratos se conocen, firman y/o aceptan al momento de la solicitud inicial de la prestación del servicio, no obstante, se pueden consultar en los canales de atención y comunicación de la empresa (página web, oficinas, etc.) para su respectiva revisión.
bestia jajajaajjajaja
Aburrido