Una practica recomendación para buscar jurisprudencia, es ingresar digitando en algún buscador: "indice temático" en cada una de las Cortes que inicia desde la A a la Z, y da el titulo de lo que desea buscar, y le arroja un listado completo por años.
doctor Daniel, le agradezco compartir sus conocimientos por esta plataforma, me ha ayudado a afianzar los conocimientos. usted es un grande, saludos desde la guajira.
Una precision Dr. Los dos años es para presumir ,no solo la UMH sino tambien la sociedad Patrimonial. Tambien se puede probar la existencia de la Sociedad Patrimonial inferior a 2 años, ya q los 2 años no es requisito para la existencia de la socirdad Patrimonial sino q es una presuncion q traslada la carga de la prueba al demandado.
Una practica recomendación para buscar jurisprudencia, es ingresar digitando en algún buscador: "indice temático" en cada una de las Cortes que inicia desde la A a la Z, y da el titulo de lo que desea buscar, y le arroja un listado completo por años.
doctor Daniel, le agradezco compartir sus conocimientos por esta plataforma, me ha ayudado a afianzar los conocimientos. usted es un grande, saludos desde la guajira.
saludos Karim!
Le entendi mejor a usted doctor, Daniel que; a mi prodesor presencial de la universidd !
Me encanta tu catedra y tu forma de explicar doc. Soy Especialista en Derecho de Familia, tu servidora en Bogotá para lo que se te ofrezca.
Me encantan tus comentarios escuetos y tu critica tan precisa hacia el legislador.
felicitaciones dr, muy buena catedra para recordar ciertos temas, saludos desde la costa colombiana
Dr que buena vocación para enseñar, gracias por aportar sus conocimientos
Gracias por comentar
Una precision Dr. Los dos años es para presumir ,no solo la UMH sino tambien la sociedad Patrimonial. Tambien se puede probar la existencia de la Sociedad Patrimonial inferior a 2 años, ya q los 2 años no es requisito para la existencia de la socirdad Patrimonial sino q es una presuncion q traslada la carga de la prueba al demandado.
Muchas gracias, que sentencias pueden sustentar dicha informacion. Y teoria. Por lo que mi profesor de familia maneja la teoria de los 2 años.
El titulo dice divorcio y nada de ello.