Lo primero decir que el video es una maravilla de explicación, se entiende todo perfectamente. El único pero que le pongo, sería que en los ejercicios debería haber alguno con IT por enfermedad común o accidente no Laboral y otro ejercicio con el supuesto de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Con esos dos supuestos ya sería el tutorial perfecto para realizar una nómina. Saludos y a seguir.
Buenos días, a la hora de incluir las pagas extra en la base de cotización, ¿se aplica el mismo criterio que si son de devengo semestral? es decir, paga extra*2/12. En la mayoría de los casos no habrá diferencia porque son de igual importe. No obstante, últimamente me está surgiendo la duda de si se debe cotizar en el periodo de devengo o siempre entre los 12 meses del año como parece que indican las normas de cotización al ser un concepto de devengo superior al mes. Imaginemos una persona con pagas extra semestrales que sólo trabaja el mes de febrero de x año, parecería raro que tuviese que cotizar por la paga extra de diciembre si no va a percibir ni un € de ella.
Hola, primero me gustaría agradecerte por el video y por las explicaciones. lo segundo me gustaría saber como hacer la nomina de un trabajador autónomo societario, si pudiera hacer un video explicando. gracias
Hola, buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: si el 1/10/2024 he cumplido 12 años de antigüedad, lo que corresponde a un cuarto trienio y 100€ más en los elementos variables a partir de esa fecha, ¿he de incluir el trienio desde esa fecha en el prorrateo de las pagas extras en la nomina de febrero, o solo seria para el prorrateo de la paga de diciembre? Gracias
Muchas gracias por tus vídeos. Están realmente bien. Creo que tienes un error en la BCHE estructurales el tipo del trabajador es 4,70% y tienes 4,80%. Será un error de céntimos solamente. Gracias de nuevo, me encanta tu contenido.
Buenas tardes, en este caso lo dice el enunciado , pero teniendo que confeccionar una nomina desde cero, no se como calcular el tipo de retencion de irpf...puedes explicar como calcularlo dependiendo de su situación familiar, descendientes a cargo, etc porfavor?
Hola Hugo 👍🏻 buen vídeo. Yo quería plantearte una cosa que aún no he encontrado respuesta por ahí.😅 Si una persona trabaja 30 horas semanales cobrando 1700 euros brutos, ósea 20400 euros en bruto al año (no hace la renta). Pero le ofrecen hacer 35 horas.. por tanto 23mil al año (estaría obligado a la renta) ¿sale a cuenta hacer esas 5 horas más a la semana? .. porque a lo mejor la diferencia al declarar entre una situación y otra , casi uno se queda igual trabajando 30 horas que 35 en este caso no? O hay algo que desconozco? Esq parece que trabajar más horas sale peor 🤷🏻♂️ Gracias
Hacer o no hacer la renta no es lo mismo que pagar o no pagar impuestos. No hacerla es simplemente aceptar que lo que te han retenido durante todo el año es correcto.
Eso es fácil: haz un simulacro de renta con el sueldo de 35 h. Yo no tengo obligación pero siempre la hago por si me sale a devolver, y casi siempre me devuelven. Nuestros políticos son basura: no te dicen que la hagas por si te han cobrado de más; te dicen que no tienes obligación de hacerla y así si te tienen que devolver, como tú no lo pides, no te devuelven nada. Ya te digo yo no tengo obligación y llevo varios años recibiendo devoluciones porque si la hago me sale a devolver.
Multiplicar por 2: porque hay dos pagas extraordinarias al año. Dividir entre 12: Esto se hace para distribuir el total de las pagas extraordinarias a lo largo de los 12 meses del año.
Buenos días , me encantó la explicación y tu Excel, pero hay un error y es que para el calculo del IRPF no has tenido en cuenta el prorrateo de las pagas extras no es sobre 1785 sino sobre los 2082,50€. salvo error por mi parte veo que no te diste cuenta de ese detalle, saludos.
Según el enunciado las pagas extra no se cobran prorrateadas si no en junio y diciembre por eso no se tienen en cuenta en la retención de irpf de ese mes.
Muy muy clara la información. Muchas gracias
Lo primero decir que el video es una maravilla de explicación, se entiende todo perfectamente. El único pero que le pongo, sería que en los ejercicios debería haber alguno con IT por enfermedad común o accidente no Laboral y otro ejercicio con el supuesto de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Con esos dos supuestos ya sería el tutorial perfecto para realizar una nómina. Saludos y a seguir.
Gracias. Acabo de hacer uno para baja por enfermedad común: ruclips.net/video/fpqCcxEdsXo/видео.html
Excelente vídeo, gracias
Muy bien explicado
Gracias!
Buenos días, a la hora de incluir las pagas extra en la base de cotización, ¿se aplica el mismo criterio que si son de devengo semestral? es decir, paga extra*2/12. En la mayoría de los casos no habrá diferencia porque son de igual importe. No obstante, últimamente me está surgiendo la duda de si se debe cotizar en el periodo de devengo o siempre entre los 12 meses del año como parece que indican las normas de cotización al ser un concepto de devengo superior al mes. Imaginemos una persona con pagas extra semestrales que sólo trabaja el mes de febrero de x año, parecería raro que tuviese que cotizar por la paga extra de diciembre si no va a percibir ni un € de ella.
Hola, primero me gustaría agradecerte por el video y por las explicaciones. lo segundo me gustaría saber como hacer la nomina de un trabajador autónomo societario, si pudiera hacer un video explicando. gracias
Gracias, lo tendré en cuenta. Un saludo
Hola, buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: si el 1/10/2024 he cumplido 12 años de antigüedad, lo que corresponde a un cuarto trienio y 100€ más en los elementos variables a partir de esa fecha, ¿he de incluir el trienio desde esa fecha en el prorrateo de las pagas extras en la nomina de febrero, o solo seria para el prorrateo de la paga de diciembre? Gracias
excelente
Gracias
Muchas gracias por tus vídeos. Están realmente bien. Creo que tienes un error en la BCHE estructurales el tipo del trabajador es 4,70% y tienes 4,80%. Será un error de céntimos solamente. Gracias de nuevo, me encanta tu contenido.
Cierto, gracias por avisar.
Buenas tardes, en este caso lo dice el enunciado , pero teniendo que confeccionar una nomina desde cero, no se como calcular el tipo de retencion de irpf...puedes explicar como calcularlo dependiendo de su situación familiar, descendientes a cargo, etc porfavor?
Hola aqui tengo otro video para hacer ese calculo ruclips.net/video/FpeEoOGVREM/видео.html
hola, puedes subir ejemplo con días de descanso y con el salario por día, no por mes.
Ok, intentaré hacer uno actualizado cuanto antes. Mientras tanto tienes este: ruclips.net/video/jq7kLk1afII/видео.html
Hola Hugo 👍🏻 buen vídeo.
Yo quería plantearte una cosa que aún no he encontrado respuesta por ahí.😅
Si una persona trabaja 30 horas semanales cobrando 1700 euros brutos, ósea 20400 euros en bruto al año (no hace la renta). Pero le ofrecen hacer 35 horas.. por tanto 23mil al año (estaría obligado a la renta) ¿sale a cuenta hacer esas 5 horas más a la semana? .. porque a lo mejor la diferencia al declarar entre una situación y otra , casi uno se queda igual trabajando 30 horas que 35 en este caso no? O hay algo que desconozco? Esq parece que trabajar más horas sale peor 🤷🏻♂️
Gracias
Hacer o no hacer la renta no es lo mismo que pagar o no pagar impuestos. No hacerla es simplemente aceptar que lo que te han retenido durante todo el año es correcto.
Eso es fácil: haz un simulacro de renta con el sueldo de 35 h. Yo no tengo obligación pero siempre la hago por si me sale a devolver, y casi siempre me devuelven. Nuestros políticos son basura: no te dicen que la hagas por si te han cobrado de más; te dicen que no tienes obligación de hacerla y así si te tienen que devolver, como tú no lo pides, no te devuelven nada. Ya te digo yo no tengo obligación y llevo varios años recibiendo devoluciones porque si la hago me sale a devolver.
Por que multiplicas por 2 y divides para 12, acaso es por el mes de julio y diciembre.
Multiplicar por 2: porque hay dos pagas extraordinarias al año.
Dividir entre 12: Esto se hace para distribuir el total de las pagas extraordinarias a lo largo de los 12 meses del año.
Los porcentajes de cotización de las horas extraordinarias no deberían ser 4,70% y 23,60%
Buenos días , me encantó la explicación y tu Excel, pero hay un error y es que para el calculo del IRPF no has tenido en cuenta el prorrateo de las pagas extras no es sobre 1785 sino sobre los 2082,50€. salvo error por mi parte veo que no te diste cuenta de ese detalle, saludos.
Según el enunciado las pagas extra no se cobran prorrateadas si no en junio y diciembre por eso no se tienen en cuenta en la retención de irpf de ese mes.
Muy bien explicado