....Yo no veo diferencia entre Pericia oficial o de Parte, o Contrainforme Psicológico...Con esta acción, quiebra, sesga, o discrimina, la mejor Pericia Psicológica....no necesariamente la Pericia oficial es la mejor....Lo que interesa, es una Pericia que conlleve al esclarecimiento de lo factico...y corroborre y contribuya, al caso...con otros elementos periféricos.
.... Cuando uno discrepa o realiza un Contrainforme Psicológico,..no discrepa al evaluado....sino , al perito oficial, que evaluó al peritado...y no es necesario tener al evaluado, ...sino , uno discrepa a la Pericia...en este caso concreto, desde la Entrevista Única..C. Gesell... hasta la conclusión. ..Esto, es analizar y discrepar la Pericia Psicológica...En otras palabras...el documento se analiza y refuta. .
.... Existen Pericia de parte ... Informe Psicológico, pero, en este caso, siempre que siga el Protocolo de Pericia Psicológica del M.P. _ 2016....No es Pericia oficial... pero no deja de ser una Pericia Psicológica, sujeto también, a ser, cuestionado o discrepado.
...Este caso de Pericia Psicológica... El ponente debe ser un psicólogo forense o un perito en psicología forense.... sería lo mas idóneo, adecuado...no un abogado....
...Las Pericias Oficiales...o de Parte...ambos son Pericias... siempre y cuando, tengan al peritado, de manera física....el hecho que Fiscalía...le de el nombre de Pericia oficial...no impide ser una Pericia Psicológica... Ambos se someteran a un debate pericial.
...La credibilidad o eficacia de una Pericia Psicológica...no lo puede valorar o merituar......un abogado... tanto fiscal o juez... que también, son abogados.
...El ponente...da más énfasis...si es Pericia oficial...o no..e indica que así lo indica, el CPP. Pero no analiza el contenido o fondo de la Pericia...
..Si la Pericia Psicológica oficial....es discrepado...y presenta, groso errores, en su elaboración, cómo casi siempre sucede.....se considerará...la mejor pericia... aún siendo Pericia de parte.
...Es absurdo, esa , afirmación, que hace la participante... Sabemos que el termino Afectación Psicológica...es un término Juridico... falso...el Dañó Psíquico...si es un termino Juridico... Pero, sino eres psicólogo, cómo un abogado puede llegar hacer una conclusión??.... Tampoco, siendo abogado, puedes elaborar una Pericia Psicológica, a fu de determinar si padece daño Psíquico...La verdad que es una alienación académica... Claro que se puede medir...o cuantificar el Daño Psíquico, que no es más, que el Estrés Postraumático....La cuestión es medir el dañó... pero este daño...no es romper una mesa, una silla...Sino, el daño, psicológico: emocional, conductual, cognitiva, fisiológico.. etc.......Un abogado, con o sin investidura....es ignorante en materia psicológica...por más que lean unos libros....no señores, son años de experticia...por eso es Perito.
...No se necesita ..ser psicólogo forense...para emitir una Pericia Psicológica....basta ser un perito...un experto en Psicológica forense...No digo, psicólogo forense...hablo de psicología.
....Yo no veo diferencia entre Pericia oficial o de Parte, o Contrainforme Psicológico...Con esta acción, quiebra, sesga, o discrimina, la mejor Pericia Psicológica....no necesariamente la Pericia oficial es la mejor....Lo que interesa, es una Pericia que conlleve al esclarecimiento de lo factico...y corroborre y contribuya, al caso...con otros elementos periféricos.
.... Cuando uno discrepa o realiza un Contrainforme Psicológico,..no discrepa al evaluado....sino , al perito oficial, que evaluó al peritado...y no es necesario tener al evaluado, ...sino , uno discrepa a la Pericia...en este caso concreto, desde la Entrevista Única..C. Gesell... hasta la conclusión. ..Esto, es analizar y discrepar la Pericia Psicológica...En otras palabras...el documento se analiza y refuta. .
Excelente
Muchas gracias :)
.... Existen Pericia de parte ... Informe Psicológico, pero, en este caso, siempre que siga el Protocolo de Pericia Psicológica del M.P. _ 2016....No es Pericia oficial... pero no deja de ser una Pericia Psicológica, sujeto también, a ser, cuestionado o discrepado.
...Este caso de Pericia Psicológica... El ponente debe ser un psicólogo forense o un perito en psicología forense.... sería lo mas idóneo, adecuado...no un abogado....
...Las Pericias Oficiales...o de Parte...ambos son Pericias... siempre y cuando, tengan al peritado, de manera física....el hecho que Fiscalía...le de el nombre de Pericia oficial...no impide ser una Pericia Psicológica... Ambos se someteran a un debate pericial.
...La credibilidad o eficacia de una Pericia Psicológica...no lo puede valorar o merituar......un abogado... tanto fiscal o juez... que también, son abogados.
...El ponente...da más énfasis...si es Pericia oficial...o no..e indica que así lo indica, el CPP. Pero no analiza el contenido o fondo de la Pericia...
..Si la Pericia Psicológica oficial....es discrepado...y presenta, groso errores, en su elaboración, cómo casi siempre sucede.....se considerará...la mejor pericia... aún siendo Pericia de parte.
...Es absurdo, esa , afirmación, que hace la participante... Sabemos que el termino Afectación Psicológica...es un término Juridico... falso...el Dañó Psíquico...si es un termino Juridico... Pero, sino eres psicólogo, cómo un abogado puede llegar hacer una conclusión??.... Tampoco, siendo abogado, puedes elaborar una Pericia Psicológica, a fu de determinar si padece daño Psíquico...La verdad que es una alienación académica... Claro que se puede medir...o cuantificar el Daño Psíquico, que no es más, que el Estrés Postraumático....La cuestión es medir el dañó... pero este daño...no es romper una mesa, una silla...Sino, el daño, psicológico: emocional, conductual, cognitiva, fisiológico.. etc.......Un abogado, con o sin investidura....es ignorante en materia psicológica...por más que lean unos libros....no señores, son años de experticia...por eso es Perito.
...No se necesita ..ser psicólogo forense...para emitir una Pericia Psicológica....basta ser un perito...un experto en Psicológica forense...No digo, psicólogo forense...hablo de psicología.