Muchas gracias por el comentario, es muy agradable leer este tipo de comentarios, traemos el contenido con mucho gusto y con el animo de ayudar a los colegas o quien tenga el conocimiento para realizar estos tramites!
Saludos colega, el material es muy bueno, excelente trabajo; quiero contribuir en puntualizar que el método el cual se ilustra perfectamente en este video aplica 100% únicamente para personas naturales que no estén obligadas a llevar libros de contabilidad y además no hayan superado 45.000 UVT en ingresos durante el año fiscal que se va a declarar, ya que en caso contrario deberán tener presente el diligenciamiento y si supera los topes la presentación previa del formato 2517. Nuevamente gracias por su contenido, muy bien elaborado 👍👍👍👍👍
Saludos colega que gran aporte, es una de las razones principales por las que hago este tipo de contenido para que nos apoyemos como comunidad con este tipo de datos tan importantes! Muchas gracias
@@fosisimoMuchas gracias por el material es Excelente. Seria genial un tutorial con renta para obligados a llevar contabilidad y las diferencias que hay entre un obligado y un no obligado. Gracias Mil
Qué gran video. La plantilla está espectacular y para personas como yo que es la primera vez que declaro y no tengo más que el sueldo para declarar es más que suficiente. Muchas gracias Fosisimo
Profesor Fosisimo, gracias, información muy detallada en cada paso y muy instructivo, fácil de seguir. Le agradezco su tiempo y compartirlo con todos sus suscriptores.
Doctor Jose Alfonso, muchas gracias por tomarse el tiempo de realizar un video tan útil, muy bien explicado. Me sirve mucho ya que tengo que declarar renta año gravable 2023. Al respecto tengo una inquietud relacionada con el tema de ganancias ocasionales: compre una casa en el año 1998 por $4000.000 y la vendí en 2023 por $40.000.000, el avalúo catastral de 2023 fue $35.791.000; el avalúo catastral en 2022 fue $34.312.000 (año que no declaré renta porque no superé topes), en 2021 el avalúo catastral fue $20.337.000 (de ese año me toco declarar renta). ¿Cual valor de avalúo catastral debo utilizar en la casilla o renglon 113 del formulario 210 como "Costo por ganancias ocasionales". Esto a fin de calcular el impuesto de ganancias ocasionales. ¿es cierto que no puedo sumar los costos por mejoras realizadas (muchos años atrás), al avalúo a utilizar en el cálculo de las ganancias ocasionales?. Muchas gracias.
Hola buen dia, el valor de las mejoras hechas a tu propiedad si las puedes incluir, solo que tienes que hacerlo en una plantilla que te formula desde el año que la compraste hasta el presente año, si tienes duda es mejor que acudas a un profecional, soy contadora y te podria ayudar con mucho gusto.😊
Oye sería increíble si pudieras hacer un vídeo con una explicación más específica para independiente sin vínculo de trabajo... Muchas gracias por el video👏
Saludos colega, muchas gracias por este tutorial esta muy completo y convierte términos contables es términos mas fáciles de entender, gracias por la info,
útil y aplicable. es un aporte valioso. una sugerencia respetuosa: para algunas personas, el ruido de fondo (así sea musical), resulta distractor. no agrega valor a este contenido técnico y preciso. a algunos podría no importarles pero a muchos otros sí. mejor, permitir que todos puedan concentrarse
Gracias hermano, me sirvió demasiado tu video, el más completo y actualizado y claro que he visto hasta ahora. Solo me he quedado con una duda particular, yo el año pasado tenía una deuda del icetex por 82millones pero se saldó este año porque se condonó por la beca Pilo Paga, debo declarar el año pasado que tenía esa deuda? y si es así en qué apartado, y el siguiente año la condonación cómo se diligenciaría? un ingreso no constitutivo de renta? ando perdido en esa parte :c. Si alguien sabe sería de gran ayuda.
Tengo entendido que ese tipo de ingresos por parte del icetex si o si se deben declarar y se lleva primero como ingreso y después se coloca en ingreso no constitutivo de renta. Para saber si debes declarar sobre ese monto mira bien la información exógena
@@melisabautista1752 Gracias sí, aparece en la información exógena, pero como deuda es decir, todavía no es ingreso, para mí es una deuda en el 2023, lo desembolsaron a penas en el 2024 entonces ya aplicaría como ingreso es en mi próxima declaración, me quedó claro, en ese orden de ideas entonces este año sería una deuda en el apartado de patrimonio?
Con mucho gusto! Correcto la deuda al patrimonio, cuando se condone la deuda en ese año se declara como ingresos no laborales y el resto como dicen los compañeros
Excelente información, muchas gracias por compartir el conocimiento. Si el profesional independiente presto el servicio a la empresa y en su cuenta de cobro como tal no relaciona nada de si se tomaria o no costos, y la empresa le aplico el 10% de honorarios. Se puede dilugenciar en rentas de trabajo?
Hola. Agradezco, muy clara la información y explicación. Tengo una dificultad, es que no me dejar firmar con firma electrónica, me sale error, que expiró o debo renovarla, cómo lo debo hacer, por favor ???
Me parece que este video es muy útil y explica muy bien cada uno de los apartes de la Declaración de Renta. Tengo una pregunta que me gustaría me ayudara a resolver. Si le hago un fideicomiso civil a un bien inmueble sigo declarando el 100% ??
Excelente video, pero tengo una duda las cesantias que fueron consignadas al empleado como las declaro?, ya que estas cesantias las utilice para remodelar mi apartamento
Muy bien video. Si una persona quiere descontarse a su cónyuge como dependiente económico, podrá hacerlo aún si ese cónyugue recibió indemnización por perdida total de un vehículo que estaba a su nombre?
50:53 Solo vengo a precisar que para las rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria en las cuales procedan costos y gastos deducibles, la ley fija un porcentaje de deducción estimada del 60% de los ingresos brutos. P.D. Muy buen vídeo, felicitaciones y saludos colega.
Saludos Colega, muchas gracias por el aporte, tenga en cuenta que se habla de una "presunción de costos" es decir que no hay soportes de eso, lo cual puede jugar en contra si un fiscalizador no quiere reconocerlos
@@fosisimo así es, estimado. Hay que tener soportes de los costos, solo hacía referencia al porcentaje exacto del tope al que se refiere el artículo 336-1.
Me parece una plantilla muy completa, tengo dudas en la casilla 41 y 42 al diligenciar la información en la DIAN el formulario me arroja otros valores diferentes a la plantilla Muchas gracias...
Hola Fosisimo, gracias por el video, estuvo muy claro. Sin embargo, tengo una duda respecto a la planTilla: ¿El cálculo del renglón 41 - Rentas exentas y deducciones imputables (Limitadas) debería incluir el renglón 37 - Total rentas exentas? Me parece que, como está configurado, no se está considerando el renglón 35 - Aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC. Solo el renglón 36 - Otras rentas exentas. Saludos!
EXCELENTE explicacion, intento firmar y collocar el codigo , y me dice que hay un error, la fContraseña de la firma electrónica es la misma del Ingreso a MUISCA DIAN ?
Gracias colega por compartir sus conocimientos. Podria aclarar una duda. Si la persona es pensionada y tiene saldo a favor todos los años debo calcular anticipo de renta suponiendo un impuesto de renta?
Excelente presentaación!!, de gran ayuda. Me gustaría poder solicitar apoyo con la siguiente consulta. Tengo un caso de un pago por concepto de bonificación de retiro que no es base para liquidación de salarios, ni prestaciones sociales; en este caso, no estoy segura ¿cómo debo aplicarlo en la declaración? , considero que debería ser un ingreso no constitutivo de renta pero por ser un único pago, estuve investigando que se debe liquidar el 25% exento sin exceder el 40% de la Renta Liquida. Agradeceria sus comentarios sonbre este tratamiento en la declaración para persona natural !
Después de horas de búsqueda es la información más útil que encontré. Te lo argradezco mucho. Te ganaste un suscriptor
Explicas super bien el mejor video q he visto de declaración de Renta 🎉
Excelente video estoy retomando algunas cosas y me quedo super claro mil gracias
De los mejores y más didácticos videos que haya visto, felicitaciones!!!
Evidente conocimiento y preparacion del tema, felicitaciones Jose Alfonso
Muchas gracias por el comentario, es muy agradable leer este tipo de comentarios, traemos el contenido con mucho gusto y con el animo de ayudar a los colegas o quien tenga el conocimiento para realizar estos tramites!
Gracias, excelente aporte... Es perfecto para que cualquier persona pueda simular un poco su situación tributaria y presupuestarse.
Exactamente! con mucho gusto
Muy buen tutorial. Agradezco por la disposición que tienen en dar un poco de su conocimiento.
Es con el mayor de los gustos!
Fue de muy buena ayuda el video, bastante completo, Muchas gracias por la explicacion!!
Este era el tutorial que necesitaba, mil gracias
Con todo gusto!!
Saludos colega, el material es muy bueno, excelente trabajo; quiero contribuir en puntualizar que el método el cual se ilustra perfectamente en este video aplica 100% únicamente para personas naturales que no estén obligadas a llevar libros de contabilidad y además no hayan superado 45.000 UVT en ingresos durante el año fiscal que se va a declarar, ya que en caso contrario deberán tener presente el diligenciamiento y si supera los topes la presentación previa del formato 2517. Nuevamente gracias por su contenido, muy bien elaborado 👍👍👍👍👍
Saludos colega que gran aporte, es una de las razones principales por las que hago este tipo de contenido para que nos apoyemos como comunidad con este tipo de datos tan importantes! Muchas gracias
@@fosisimoMuchas gracias por el material es Excelente. Seria genial un tutorial con renta para obligados a llevar contabilidad y las diferencias que hay entre un obligado y un no obligado. Gracias Mil
Muchas gracias, muy pedagógico y profesional su trabajo.
Muchas gracias por su comentario!!
Excelente explicación clara, sencilla y completa fácil de entender. Bendiciones.
felicitaciones, excelente explicación, mas clara imposible, Dios te bendiga
Muchas gracias!! Dios le bendiga tambien y gracias por el apoyo
Qué gran video. La plantilla está espectacular y para personas como yo que es la primera vez que declaro y no tengo más que el sueldo para declarar es más que suficiente. Muchas gracias Fosisimo
Muchas Gracias por tu video. Excelente explicación y contenido. Mil bendiciones y saludos desde Bogotá
ERES EL MEJOR TE APOYO AL 100 X 1000
Mil gracias Yadira!! :)
¡Excelente tutorial! Muchas gracias por compartir tanto conocimiento.
Muchas gracias por esta explicación, fue de gran utilidad.
Con muchisimo gusto!!
Excelente, justo lo que estaba buscando, está muy claro todo el tema.
Con muchisimo gusto!!
Profesor Fosisimo, gracias, información muy detallada en cada paso y muy instructivo, fácil de seguir. Le agradezco su tiempo y compartirlo con todos sus suscriptores.
Muchas gracias por su comentario! es con el mayor de los gustos
Excelente exposición, muchas gracias
Es con todo el gusto! gracias a usted por apoyar el canal!
Muchas gracias por tomarte el tiempo. Dios te bendiga por el conocimiento que compartes
Lo hacemos con todo el gusto! para aportar a la comunidad
Genial tu tutorial y las plantillas, las utilice, hice y presente mi declaracion de manera facil, muy practico. Gracias me sirvio muchisimo.
Muchas gracias por tu explicación y compartir tu conocimiento
Con todo el gusto!
Gracias colega. Aclaraste dudas
Información muy detallada. Muchas gracias.
Es con mucho gusto!!
Amo tus videos, aprendo bastante
Muchas gracias por tu información, muy valiosa.
Buenas noches, gracias por compartir esta valiosa información
Con muchisimo gusto!!
Doctor Jose Alfonso, muchas gracias por tomarse el tiempo de realizar un video tan útil, muy bien explicado. Me sirve mucho ya que tengo que declarar renta año gravable 2023. Al respecto tengo una inquietud relacionada con el tema de ganancias ocasionales: compre una casa en el año 1998 por $4000.000 y la vendí en 2023 por $40.000.000, el avalúo catastral de 2023 fue $35.791.000; el avalúo catastral en 2022 fue $34.312.000 (año que no declaré renta porque no superé topes), en 2021 el avalúo catastral fue $20.337.000 (de ese año me toco declarar renta). ¿Cual valor de avalúo catastral debo utilizar en la casilla o renglon 113 del formulario 210 como "Costo por ganancias ocasionales". Esto a fin de calcular el impuesto de ganancias ocasionales. ¿es cierto que no puedo sumar los costos por mejoras realizadas (muchos años atrás), al avalúo a utilizar en el cálculo de las ganancias ocasionales?. Muchas gracias.
Hola buen dia, el valor de las mejoras hechas a tu propiedad si las puedes incluir, solo que tienes que hacerlo en una plantilla que te formula desde el año que la compraste hasta el presente año, si tienes duda es mejor que acudas a un profecional, soy contadora y te podria ayudar con mucho gusto.😊
Excelente explicación, muchas gracias por la información y el material. Nuevo suscritor, para seguir aprendiendo.
Muchas gracias, aprendí bastante en este vídeo 😊😊
Que bueno saber que fue de ayuda! con todo el gusto y un abrazo!
Excelente tutorial,muchas gracias
Muchas gracias ;)
Muchas gracias, muy clara la explicación 🙂
Con muchisimo gusto!!
Excelente tutorial, sirve para conocer un poco más a detalle sobre como se realiza
Oye sería increíble si pudieras hacer un vídeo con una explicación más específica para independiente sin vínculo de trabajo... Muchas gracias por el video👏
Saludos, lo tenemos dedicado solo a ese tema, comparto enlace: ruclips.net/video/aki2RhXjNtA/видео.html
Saludos colega, muchas gracias por este tutorial esta muy completo y convierte términos contables es términos mas fáciles de entender, gracias por la info,
útil y aplicable. es un aporte valioso. una sugerencia respetuosa: para algunas personas, el ruido de fondo (así sea musical), resulta distractor. no agrega valor a este contenido técnico y preciso. a algunos podría no importarles pero a muchos otros sí. mejor, permitir que todos puedan concentrarse
El mejor Fosisimo!!!
Mil gracias
MUY BUENO¡ MIL GRACIAS
Muchas Gracias Colega
Bendiciones
Con mucho gusto, gracias a usted por los aportes a las demás personas que comentan
excelente 4xplicacion super
Que bueno saber que fue de ayuda! con todo el gusto y un abrazo!
Excelente material y explicación del tema, muchas gracias.
Muchas gracias, infinitas bendiciones.🙏🙏🙏
Con todo gusto mi amigo!
Gracias, aprendí muchísimo
Excelente explicación felicitaciones muchos éxitos saludos desde Bogotá
Con muchisimo gusto!! Un saludo desde el Quindio!
Muchas gracias @fosisimo por compartir su conocimiento. Bendiciones.
es con el mayor de los gustos!
Excelente video, gracias. Lo único es que el beneficio del !% esta limitado a 240 UVT.
Hey muchas gracias por el dato!! me encanta la participación de los colegas es de mucha ayuda
Muchas gracias.
Con mucho gusto
FOSISIMO el número uno, siempre al día, excelente 👍
Mil gracias mi jefazo! dedicado a ud
Muy bueno el tumoral,fue de gran ayuda mil gracias
Con mucho gusto!!
Gracias, muy buena capacitación y explicación 👌🏼👏🏻🙏🏻🙏🏻
Con mucho gusto! :D
Fosisimo excelente el tutorial
Excelente!! Gracias por compartir
Con todo el gusto
Gracias hermano, me sirvió demasiado tu video, el más completo y actualizado y claro que he visto hasta ahora.
Solo me he quedado con una duda particular, yo el año pasado tenía una deuda del icetex por 82millones pero se saldó este año porque se condonó por la beca Pilo Paga, debo declarar el año pasado que tenía esa deuda? y si es así en qué apartado, y el siguiente año la condonación cómo se diligenciaría? un ingreso no constitutivo de renta? ando perdido en esa parte :c.
Si alguien sabe sería de gran ayuda.
Si se debe declarar ya que el año gravable es el 2023 , se pone en el apartado de pasivos
Tengo entendido que ese tipo de ingresos por parte del icetex si o si se deben declarar y se lleva primero como ingreso y después se coloca en ingreso no constitutivo de renta. Para saber si debes declarar sobre ese monto mira bien la información exógena
@@melisabautista1752 Gracias sí, aparece en la información exógena, pero como deuda es decir, todavía no es ingreso, para mí es una deuda en el 2023, lo desembolsaron a penas en el 2024 entonces ya aplicaría como ingreso es en mi próxima declaración, me quedó claro, en ese orden de ideas entonces este año sería una deuda en el apartado de patrimonio?
Con mucho gusto! Correcto la deuda al patrimonio, cuando se condone la deuda en ese año se declara como ingresos no laborales y el resto como dicen los compañeros
Gracias mucha ayuda, me sirvio de muccha utilidad.... como le hago unas pregunta... muchas gracias
Con todo el gusto, si desea una asesoria personalizada (con costo) un correo a josealfonsomedinayepes@gmail.com nos ponemos en contacto
Excelente explicación compañero, gracias
Excelente contenido ,gracias
Con mucho gusto!
Me gustaría que hicieras también de régimen simple de tribulación
Iva bimestral iva cuatrimestral
Impuesto al consumo
Etc
Saludos, si son videos pendientes, esperamos tenerlos pronto en el canal!
muchas gracias muy buena su informacion
Con muchisimo gusto!!
Tambien dan asesoría de planeación tributaria?
Excelente, muchas gracias
Excelente video y Util
Excelente, gracias
Gracias FOSISIMO, que gran ayuda.
Con todo el gusto
buen tutorial gracias.
EXCELENTE AYUDA MUCHAS GRACIAS
Con todo gusto!!
excelente tutorial
Muchas gracias :3
Gracias🙏
Con mucho gusto!!
Gracias gracias gracias
Excelente información, muchas gracias por compartir el conocimiento. Si el profesional independiente presto el servicio a la empresa y en su cuenta de cobro como tal no relaciona nada de si se tomaria o no costos, y la empresa le aplico el 10% de honorarios. Se puede dilugenciar en rentas de trabajo?
Excelente y muy bien explicado. Muchas gracias.
Excelente información
Muchas Gracias Excelente video !!!!
Con todo el gusto
Hola. Agradezco, muy clara la información y explicación. Tengo una dificultad, es que no me dejar firmar con firma electrónica, me sale error, que expiró o debo renovarla, cómo lo debo hacer, por favor ???
Saludos, solo dele antes de ingresar olvide mi contraseña, recuperela y listo
Me parece que este video es muy útil y explica muy bien cada uno de los apartes de la Declaración de Renta. Tengo una pregunta que me gustaría me ayudara a resolver. Si le hago un fideicomiso civil a un bien inmueble sigo declarando el 100% ??
Excelente video, pero tengo una duda las cesantias que fueron consignadas al empleado como las declaro?, ya que estas cesantias las utilice para remodelar mi apartamento
Excelente exposición donde puedo descargar el borrador y el Excel q utilizaste en el tutorial esto para hacer mi declaración
Con mucho gusto, en la descripcion del video esta el enlace
Que buena explicación. Muchas gracias
Es con mucho gusto!!
Muy bien video. Si una persona quiere descontarse a su cónyuge como dependiente económico, podrá hacerlo aún si ese cónyugue recibió indemnización por perdida total de un vehículo que estaba a su nombre?
Bien muchacho 🎉
Muchas gracias :3
50:53 Solo vengo a precisar que para las rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria en las cuales procedan costos y gastos deducibles, la ley fija un porcentaje de deducción estimada del 60% de los ingresos brutos.
P.D. Muy buen vídeo, felicitaciones y saludos colega.
Saludos Colega, muchas gracias por el aporte, tenga en cuenta que se habla de una "presunción de costos" es decir que no hay soportes de eso, lo cual puede jugar en contra si un fiscalizador no quiere reconocerlos
@@fosisimo así es, estimado. Hay que tener soportes de los costos, solo hacía referencia al porcentaje exacto del tope al que se refiere el artículo 336-1.
Muchas gracias, muy clara la información
Con mucho gusto!!
Bue día es posible recibir clases?
Hola buenas noches gracias por su explicación pero como entramos a la informacionexogena de la dian.
En la parte principal de la plataforma aparece la opción
La retención en la fuente laboral también se puede colocar en la casilla 132?
Muchas Gracias. Me gustaría conocer su plantilla excel para colectar los datos antes de presentar la Declaración del 2023. Excelente tutorial.
Con mucho gusto, la puede descargar completamente gratis en la descripción del video
Buenas Tardes; gracias... por toda la ilustracion. Tengo una duda como se deben declarar el pago de la poliza de seguros estudiantiles
Me parece una plantilla muy completa, tengo dudas en la casilla 41 y 42 al diligenciar la información en la DIAN el formulario me arroja otros valores diferentes a la plantilla Muchas gracias...
Hola Fosisimo, gracias por el video, estuvo muy claro. Sin embargo, tengo una duda respecto a la planTilla:
¿El cálculo del renglón 41 - Rentas exentas y deducciones imputables (Limitadas) debería incluir el renglón 37 - Total rentas exentas? Me parece que, como está configurado, no se está considerando el renglón 35 - Aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC. Solo el renglón 36 - Otras rentas exentas.
Saludos!
Buenas tardes profesor. cómo se declara la nuda propiedad y el usufructo?
Saludos!! solo afecta a los ingresos, es decir el bien se declara a nombre de quien esté pero los ingresos a nombre de quien los recibe
EXCELENTE explicacion, intento firmar y collocar el codigo , y me dice que hay un error, la fContraseña de la firma electrónica es la misma del Ingreso a MUISCA DIAN ?
Saludos, solo dele olvide mi contraseña, restablezcala y listo
Gracias colega por compartir sus conocimientos. Podria aclarar una duda. Si la persona es pensionada y tiene saldo a favor todos los años debo calcular anticipo de renta suponiendo un impuesto de renta?
Hola
En cuanto a la renta presuntiva siempre va a ser cero?
Por el momento si, siempre va a quedar en 0% dado a que han habido cambios pero puede que más adelante esto cambie. ;)
Exactamente lo que dice la compañera!!
HOLA BUENAS TARDES , LA CESANTIAS ACUMULADAS EN EL FONDO TAMBIEN VAN AL PATRIMONIO ?
Excelente presentaación!!, de gran ayuda. Me gustaría poder solicitar apoyo con la siguiente consulta. Tengo un caso de un pago por concepto de bonificación de retiro que no es base para liquidación de salarios, ni prestaciones sociales; en este caso, no estoy segura ¿cómo debo aplicarlo en la declaración? , considero que debería ser un ingreso no constitutivo de renta pero por ser un único pago, estuve investigando que se debe liquidar el 25% exento sin exceder el 40% de la Renta Liquida. Agradeceria sus comentarios sonbre este tratamiento en la declaración para persona natural !
gracias. como recupero la clave de firma electronica
En el nuevo formulario 210 solo muestra la cedula de ingresos laborarles las otras cedulas no.
Saludos, si las muestra
una persona que realiza actividad de mensajero por donde se declara que formulario debe utilizar
Buenas colega. Formulario 210 cédula de trabajo
Exactamente como dice el colega, gracias!!
Muchas gracias por la informacion
Es con mucho gusto