Saludos y gracias por cpmpartir .soy de el salvador c.a y estoy pagando algo similar estoy soltero y yo e cuidado y mantenido la casa pagando impuestos energie Electrical agua internet y mzntenimiento y me han demandando 2 hermanos. Que ellos tienen casa y nunca me han ayudsfo para nada en los gastos Hicieron aceptacion de herencis y hoy me quieren sacar. Y yo cuide de mi made también..
Hola Doctora, una consulta, en caso de fallezca un cotitular matrimonial de un inmueble, (50 y 50 cada uno) ¿conviene un Tracto Abreviado y cesion gratuita a su unico hijo, o hacer la sucesión completa?
buen dia, mi madre heredo una cuarta parte de una propiedad y estamos viviendo alli, se presentaron el resto de los herederos y quieren vender, y estamos deacuerdo pero con la condicion de permanecer en la vivienda en tanto no se venda, y no estan deacuerdo. Como se procede? Gracias!
Buenas noches perdón por la molestia. Como se puede sacar a un hermano de un inmueble que solo posee boleto de compra-venta y este se adjudica como único propietario negango ingreso al resto de los hnos.
Buenos días. Entiendo que el boleto de compraventa estaba firmado por sus padres. Por lo cual, hay que hacer la sucesión y además un proceso judicial por la escrituración. Adicionalmente al hermano que ocupa, se le inicia otro juicio reclamando los alquileres, hasta que en la sucesión se pueda hacer la partición y ahí bien o forzar la venta por subasta judicial o conciliar ante el juez para ponerla en venta de manera privada. Hasta el momento que su hermano ocupe y se venda la propiedad, éste deberá abonarles alquileres. Cualquier otra duda pueda escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una entrevista. Saludos cordiales
Dra, buenos días Mi consulta es la siguiente, cómo se calcula al día de hoy el canon locativo (argentina octubre 2023) en caso de devengar el costo hasta su posterior venta? Esto se puede acordar en dolares? Ya que si se devenga el canon y el acuerdo es en pesos, a lo largo del tiempo una de las partes termina perdiendo frente a la actual inflación Muchas gracias
Buenos días Gustavo. El canon se determina con una tasación inmobiliaria. La parte proporcional que a Ud. le corresponde de ese alquiler, puede ser pactado en dólares mediante la celebración de un acuerdo con el otro propietario. Pero si la otra parte no está de acuerdo en que sea en dólares, los alquileres que se devenguen hasta la venta, se deben actualizar desde el comienzo de cada período mensual y hasta su efectivo pago (es decir hasta la venta) utilizando la tasa de interés que estipulan los juzgados, y ahí dependerá de la jurisdicción donde esté ubicado el inmueble, ya que en Pcia de Buenos Aires se utiliza una tasa distinta a la utilizada en Capital Federal. Saludos.
Buen día Doctora... Quisiera saber si ud puede ayudarnos Somos 7 herderos Y uno vive en la casa paga impuestos y servicios porque no quiere dejar la casa.... es obvio que pague...pero nos dijeron q el debería por ley pagarnos un alquiler... nosotros de buena fe lo dejamos que viva hasta qué se venda la propiedad... pero ahora no qiiere arreglar ningun deterioro de la casa, nos exije a nosotros porq también somos herederos. Otra pregunta...El puede hacernos alguna mala acción para quedarse con la casa? Nos hemos enterado q está haciendo algún tipo de papeles...no sabemos más q eso.... el es diabetico y tiene un pancreas q funciona un 30% ....de lo que siempre hace mención para que le dejemos la casa. Olvidaba comentarle que tenemos realizada la declaratoria de herderos... Gracias de antemano su respuesta.
Buenas tardes María. Es correcto que corresponde que le abonen el proporcional del alquiler. En relación a la segunda pregunta, quizás su hermano inició por su cuenta la sucesión y está avanzando sin estar presentados Uds. Le sugiero tener una consulta con nuestro Estudio a fin de averiguar la existencia de la sucesión y de asesorarla de manera integral. Nuestro WhatsApp solo para mensajes es 115-849-3131. Saludos
Buenas tardes, una vez hecha la sucesión, como se resuelve la venta de las propiedades si uno de los herederos no quiere vender, sin tener que llegar al remate donde todos salimos perdiendo.
Buenas tardes. Primero habría que hacer una propuesta de partición en la sucesión, pero si hay un solo bien y uno de los herederos se niega a vender, una vez inscripto a nombre de todos los herederos, lamentablemente hay que recurrir a la acción de división de condominio, llevando la propiedad a subasta publica. Saludos cordiales
BUENAS TARDES DRA. Somos 7 hermanos , nuestros padres fallecieron y nos quedaron dos popiedades como herencia, de las cuales, una propiedad queremos adjudicarsela a una de nuestras hermanas... todos estamos de acuerdo . Pero no sabemos si es posible y como se hace el tramite?...... Por otro lado.... en la vivienda que queremos vender, vive un hermano soltero y no quiere firmar para la venta, hace 2 años que vive en el inmueble sin pagar un alquiler por mutuo acuerdo... pero los demas si queremos vender. Tenemos la declaratoria de herederos unicamente.... que otro tramite se realiza para vender la otra propiedad ? Gracias de antemano Dra---- saludos!
Buenas tardes. Respecto de la primer consulta debe hacerse un acuerdo particionario entre todos los herederos y homologarlo judicialmente. Luego, la hermana beneficiaria de esa propiedad, debe solicitar la inscripción del bien a su favor. En relación a su segunda consulta, debe solicitarse la inscripción de ese otro inmueble y si el hermano que habita se niega vender, habrá que iniciar un proceso que se denomina "División de condominio". En este proceso, se lleva el inmueble a una venta forzosa mediante subasta judicial. Saludos cordiales.
Mi madre vive hace más de veinte años al fondo de la propiedad de sus padres (mis abuelos), ellos fallecieron y dejaron de palabra, la mitad del terreno a ella y su hermana que quedó viviendo delante, en la casa de mis abuelos. Ahora mi tia quiere iniciar la sucesión y vender y mi madre no. Que sucede en este caso?
Buen día. En ese caso también hay que iniciar la sucesión, y luego de obtener la declaratoria de herederos, la hermana que desee vender puede iniciar un juicio de división de condominio. No obstante, habría que ver otros temas en relación a sus comentarios. Para cualquier otra consulta, puede contactarse por mensaje a nuestro WhatsApp al 115-849-3131. Saludos cordiales.-
Buenos días Liliana. El Juzgado libra la cédula del traslado de la demanda, pero quién notifica es el Oficial de Justicia, quién depende de la oficina de notificaciones de la jurisdicción en la cual tramitan los juicios. Los plazos son inciertos pero por lo general aproximadamente pueden demorar un mes. A veces puede ser menos. Saludos cordiales.-
Buenos tardes Dr.me encanta como explica los casos... le tengo una consulta somos 3 hermanos tenemos una propiedad de la cual uno de ellos lo esta ocupando casi el 80 porciento con su negocio y el 20porciento lo ocupo yo ya es que una parte que construí cuando mis padres estaban vivos y lo habite con ellos.... ellos ya fallecieron en un accidente ya hicimos la sucesión intestada y aqui viene el problema el heredero e inquilino que ocupa con su negocio no esta cumpliendo con el compromiso de contrato de alquiler... es mas yo tengo que presionar por ese contrato ya que el hizo y sigue haciendo uso del local.... pregunto... cual seria me derecho que yo tendría que aplicar ...gracias por su atención..
Buenas tardes. Muchas gracias por su comentario. Lo que habría que hacer es un juicio en el mismo juzgado donde tramitó la sucesión de sus padres a fin que se determine el canon locativo. Es decir, el precio del alquiler que su hermano debe pagarles a ud. y al otro hermano. Pero tenga en cuenta que Ud. percibirá menos que el hermano que no usa el inmueble, ya que como Ud. también usa una parte, le corresponde pagar por ese uso. Entonces los dos le deben dinero al hermano que no usa el bien. Y entre Ud. y el hermano del local, deben compensar, quedando un saldo a favor suyo, ya que ud. ocupa un porción menor. Saludos cordiales.
User....te cuento...... Nosotros le prestamos a nuestro hno , que viva en la casa... herencia de todos... la casa se está deteriorando... No quiere arreglar nada...nos exige a nosotros que paguemos el deterioro q el mismo provoca en la casa y ya anda buscando la manera legal de quedarse con todo... Tiene su propio negocio, nunca quiso comprarse una casa, no tiene esposa e hijos..vive muy bien económicamente . Viaja pasea y nosotros ahí luchando para poder comer cada día... Eso esta mal también o no?
hola, mi suegro falleció hace dos meses y en su casa vivió solo por mas de 20 años y ahora apareció su hermana con la madre de mi suegro diciendo que le pertenece con un papel de compra venta viejisimo. Mi suegro tiene boletas de los servicios que pagaba. Ese papel tiene validez? Nos puede hacer algun tipo de denuncia?
Christian en primer lugar la usucapión entre familiares no correspondería, pero si una compensación por los impuestos pago. Por otro lado hay que ver la documentación que tienen la hermana y madre de su suegro para poder ver si es valida. En este momento el Estudio se encuentra cerrado con motivo de la feria judicial, pero puede escribirnos en Febrero a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una consulta con la Dra. Carnevale para que lo asesore. Saludos cordiales
hola mi novia es adoptiva fallecio el padre que firmo no ase la madre y le hace pagar los comestibles como ase los servicios wlla pode que se le de una casa ya que la heredera mujer y sra tiene dos propiedades que se puede hacer
Qué pasa si la sucesión está hecha y entre 2 hermanos no nos ponemos de acuerdo con respecto a la ocupación, uso y división de la casa. Es una cas con 2 dormitorios, living comedor, cocina, 1 baño, 1 lavadero, un patio adelante y otro patio más chico atrás
Buenos días. En este caso hay que tratar de llegar a un acuerdo en la sucesión. Pero para ello, no deben estar ambos herederos representados por el mismo abogado. Se efectúa una propuesta por escrito en la sucesión y puede resolverse en una audiencia. Si de ese modo, tampoco se arriba aun acuerdo, habrá que iniciar un acción judicial posterior; por ejemplo de división de condominio. Ello, dependiendo del caso en concreto. Para evaluar su caso, y asesorarla de manera integral y puntual, puede escribirnos a nuestro WhatsApp y coordinamos una entrevista con la Dra. Carnevale. Saludos cordiales.
hola queria consultar ,mi esposo es un heredero el menor de 5 hermanos y edifico con el permiso de mi suegra arriba de la casa de mi suegra ,pero ahora el hermano mayor reclama que esa es su parte ,que podemos hacer ,mi suegra esta viva y edificamos con su consentimiento ya que somos los que convivimos en el mismo terreno !!
Buenas tardes Johanna. Entiendo que su suegro falleció. Por lo que primero, habría que evaluar si se realizó la sucesión y si existió allí un acuerdo particionario con otros bienes. Si no se realizó ningún acuerdo, ese 50% de su suegro, los cinco hermanos heredan todos por partes iguales el todo. Es decir, que ninguno es dueño de una parte determina del inmueble. Por ello, un hermano no puede reclamar la parte de arriba o la de abajo o un patio, etc. Lo que si podría reclamar ahora es un canon (alquiler por esa parte si es que la sucesión de su suegro se realizó). Luego, cuando su suegra ya no esté puede reclamar la división del condominio. Por ultimo, si su suegra prestó conformidad con la construcción, podría hacer un testamento donde beneficia a su marido por la porción que la ley le permite. De esa manera su marido tendría una porción mayor sobre el inmueble para luego poder negociar con sus hermanos, una vez que su suegra haya fallecido. Saludos cordiales
Hola doc , una pregunta , en el caso de dos herederos quienes no hicieron sucesion , uno queda en la vivienda por mas de 30 años, el otro heredero simplemente lo dejo de buena fe vivir alli , puede luego de ese tiempo pedir que se abra sucesion ?. Que acciones puede tomar el heredero que quedo en la vivienda ? Quien tiene mas posibilidades?
Buen día Angelica. Si, desde ya que cualquiera de los dos herederos puede pedir la apertura del sucesorio. El heredero que quedó viviendo en la casa puede reclamarle al otro, la mitad de lo abonado por impuestos; pero no por los servicios. Cualquier otra inquietud puede comunicarse a nuestra WhatsApp 11-5849-3131 y coordinamos una entrevista. Saludos
Buenos días Franco. En ese caso, los restantes herederos le podrían iniciar un juicio con el objeto de determinar el monto del alquiler. Dictada la sentencia favorable al resto de los herederos, se le puede embargar parte del sueldo, o trabar embargo sobre su parte de la propiedad o bien se lo puede inhibir. Saludos
En ese caso, los restantes herederos deberán compensar económicamente la parte de los gastos de mantenimiento que el otro efectuó. Pero de ninguna manera; al que ha vivido allí; lo hace ser dueño exclusivo.
buenas noches doctora,queria consultarle sobre mi caso en particular si es que me puede aconsejar, mi padre fallecio y quedó la casa que el hizo con mis hermanos y mi madre viviendo en ella, arriba del garage hizo otra casa la cual le faltaba terminar la insalacion de la lu , del agua y una mezada de cocina, mi hermano necesitaba un lugar para vivir con su familia y mi padre lo dejo vivir ahi , mi hermano coloco lo que faltaba y mi padre por esa razon le cobraba un alquiler minimo hasta que esa deuda se saldara, la cuestio que como dije mi padre fallecio y mi madre no cuenta con una entrada economica y mi hermano le sigue pagando por esa casa muy poca plata, mi madre tiene cancer y el resto de hermanos queremos pedirle que se valla para alquilar esa casa y que mi madre tenga esa plata, pero el dice que no le podemos decir nada por que el termino lo que faltaba, obvio no se compara lo que puso con lo que vale la casa y con los 3 años que vive ahi pagando apenas 20 mil pesos por una casa que tranquilamente vale un alquiler unos 70 mil o mas, que puedo hacer? mi madre y el resto de hermanos estamos de acuerdo en que el se retire o que se haga una casa al fondo con su plata y que desocupe esa casa para que la alquilemos, muchas gracias si es que lee esto!
Pablo buenos días. Son varias las acciones que se deben hacer. Puede contactarse con nuestro WhatsApp 115-849-3131 en nuestro horario de atención, para coordinar una consulta con la Dra. Carnevale a fin que lo asesore. Saludos cordiales.
Lo correcto es q arreglen el precio del alquiler ya q segun donde este ubicado el costo hoy 3/set/23 oscila entre los 150.000 a 200.000. No le pidan q se construya al fondo xq si lo hace la unica propietaria sera tu madre y cuando fallezca de todos los hermanos se dividira
CONSULTA: Que pasa si la mayoria quieren continuar con un negocio que era del propietario, hasta que se haga la división, pero al mismo tiempo hay una minoria que no quieren y esa minoria no vivien ni habitaron nunca la vivienda. Otra. El derecho de posesión vale algo ante la presentación de un titulo independientemente que justamente esa mayoria vivio toda su vida en esa vivienda? Gracias
Buen día. En relación a su consulta por el negocio familiar, él mismo puede ser continuado por los herederos que así lo deseen hasta que se haga la partición, compensándose luego con el resto de los herederos. Ello, sin perjuicio de quién ocupe la vivienda, ya que no tiene nada que ver con el negocio. En cuanto a su segunda consulta, si bien no logro comprenderla, creo que Ud. se refiere a que si el hecho de haber ocupado una vivienda vale mas que un titulo de propiedad que tiene otra persona sobre ese inmueble. Si esa es su consulta, habrá que discutirlo en tribunales. En principio el titulo de propiedad vale mas, pero hay que analizar la cantidad de años que los ocupantes, residieron en el inmueble y si lo hicieron a titulo de dueños. Para un mayor asesoramiento puede comunicarse a nuestro WhatsApp 11-5849-3131. Saludos.
La declaratoria de herederos sólo resuelve sobre quiénes son las personas que van a suceder al fallecido (causante). Cuando hay bienes, se debe solicitar luego de la declaratoria, la inscripción de la misma en relación a esos bienes. Una vez que los mismos están inscriptos en el o los Registros de la Propiedad respectivos, esos herederos pasan a ser condóminos y no copropietarios cómo ud. consulta. El condómino es dueño de una parte indivisa pero en relación a un todo. Es decír, sobre una parte que no puede determinarse específicamente. Ejemplo todos son dueños por igual del baño, la cocina, etc. En cambio, el copropietario es el dueño de una parte determinada y además de partes comunes. Ejemplo: en un consorcio (edificio) dónde hay partes comunes a todos (ascensores, pasillos, etc) también hay dueños de espacios determinados (departamentos). Estos son los que la ley los denomina Copropietarios. En cambio si un departamento tiene más de un dueño, ellos serán condóminos de ese bien. Espero haber podido aclarar su duda. Muchas gracias por su consulta. Quedamos a disposición. Saludos.
Lic ami mi cuñado ya me quito el agua puso candado en la sisterna y me quito la luz el me vendio ase mas de 20 años y yo x confiada no hice q me firmara un papel y tambien asi le vendio a otra hermana q ya fallecio y el se fue ase como 13 años y dejo ami hermana y ya regreso ase mas de un año y se quiere quedar con mi casa y mi hermana acaba de fallecer el 17 de febrero y ya empeso a quererme sacar pero mi hermana me dejo como heredera en su testamento y el esta diciendome q me va a sacar y q van adecir q mi hermana ya no estaba bn y ban a inpugnar el testamento y ya me voltio a todos mis sobrinos 😢
Yo no me explico como un hombre si se puede ir con su amante y abandonar asu esposa q dependia de el xq ya era adulta y x todos los años q le dio y no valoro y q estuviera fuera de su casa durante mas de 13 años y ahora vuelve ase mas de un año como si nada xq ya vio enferma ami hermana y empezar a decir q es su terreno y querese quedar con el y asta con mi casa y ahi si no ahi leyes para el jombre q se va y regresa no fuera la mujer xq ahi si es abandono de hogar y asta los hijos pierde q injusticia 😢x eso ya uno no cree en las leyes 😡
Cecilia buenas tardes. Habría que evaluar toda la documentación con la que Ud. cuente de la venta y del testamento. Si lo desea, puede comunicarse con nuestro WhatsApp 115-849-3131 y concertar una entrevista a fin de asesorarla. Saludos cordiales.
Hola! Muy bueno su canal! Le hago una consulta de una situación un poco compleja... Murio mi abuelo..nadie hizo la sucesión (5 hijos) y hay un terreno,donde vivia el,y ahora vivo yo hace mas de 20 años (mi madre fallecio).. mis tios murieron 4 y quedo 1 solo vivo.. en total,somos 14 primos herederls (nietos del titular del inmueble) y un solo heredero directo vivo.. a nadie le interesa el terreno,nadie lo cuido nunca mas que yo,incluso se iba a embargar x la deuda de impuestos a la municipalidad y yo pague todo el monto solo,ahora el unico heredero directo quiere que me vaya y le entregué mi casa,puedo iniciar un juico de usucapión para hacer la escritura a mi nombre? El mi tio dueño de la parte que correspondia a mi padre y mis tios fallecidos? O yo y mis primos somos herederos legítimos? Repito,no hay hasta el momento ninguna sucesión iniciada x nadie..
Buenas tardes Sebastián. Muchas gracias por sus cometarios. El caso que plantea es complejo y difícil de responder en este espacio breve. Son varias la cuestión a tener en cuenta, sobre todo desde cuando Ud. entró en el terreno y con que causa. No obstante, nuestro derecho es reacio a habilitar una usucapión entre familiares, puesto que para ello, el instituto mas idóneo sería la sucesión. Si lo desea puede escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131 en el horario de atención para coordinar una entrevista. Saludos cordiales.
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 muchas gracias! Una última consulta antes de llamarlos.. si hay varios herederos,y uno solo inicia la sucesión,pero los demás no.. que sucede? Esa persona pasa a ser dueña de su parte? O dueña de la casa? Muchas gracias de antemano
@@sebastianvanacordeon4542 Cuando un solo heredero inicia la sucesión tiene la obligación de informar/denunciar ante el Juez, quienes son el resto de los herederos y citarlos. Puede ser que se desconozca su paradero y por ello se libran oficios de informes y también es que se publican edictos. Ahora bien, si nadie se presenta se dicta la declaratoria de herederos sólo en favor del que la inició. Y pasa a ser heredero del todo y no de una parte. No obstante, puede suceder que con posterioridad el resto de los herederos o alguno se presente. Saludos cordiales
para mi es peor tengo sucesion d emi padre hecha soy inquilina estoy en la calle Sucesion de padre y madre tengo el 65 % el total y lo ocuparon los hijos de mi madre que aun vive la internaron le hicieron innsania y piden administrar su parte esto ya hace dos años. mi hermanastra que ya le saqo otro inmueble a mis padres y otros adultos mas un menor tomo esa casa que me pertenece por declaratoria de herederos ya finalizada en la parte de mi padre compartido con mi madre la herencia de padre y yo estoy en la calle no puedo alquilar mas-realmente estoy buscando tutoriales porque los abogados no saben que hacer dicen que la presentacion en sucesion no sirve ...nose creo que hay que hacerla
@@emilse1970 Buenos días. Resulta difícil comprender el caso con su explicación, como para poder darle una alguna respuesta por aquí. Si Ud. lo desea puede contactarse con nuestro WhatsApp para coordinar una consulta directamente con la Dra. Carnevale. Saludos cordiales.
Buenos días. La situación es similar. El resto de los herederos le pueden reclamar al nieto/sobrino ocupante, el pago de un alquiler e incluso solicitar el desalojo del mismo. Saludos
Buen día Joel. No existe un plazo para iniciar la sucesión, pero una vez iniciada la misma, el resto de los herederos tienen un plazo de 10 años (que se cuentan desde que se abre la sucesión) para poder aceptarla. Si no lo hacen, se considera que renunciaron a la herencia. Saludos cordiales.
Muy bueno sus videos ❤
Saludos y gracias por cpmpartir .soy de el salvador c.a y estoy pagando algo similar estoy soltero y yo e cuidado y mantenido la casa pagando impuestos energie Electrical agua internet y mzntenimiento y me han demandando 2 hermanos. Que ellos tienen casa y nunca me han ayudsfo para nada en los gastos
Hicieron aceptacion de herencis y hoy me quieren sacar. Y yo cuide de mi made también..
Hola Doctora, una consulta, en caso de fallezca un cotitular matrimonial de un inmueble, (50 y 50 cada uno) ¿conviene un Tracto Abreviado y cesion gratuita a su unico hijo, o hacer la sucesión completa?
buen dia, mi madre heredo una cuarta parte de una propiedad y estamos viviendo alli, se presentaron el resto de los herederos y quieren vender, y estamos deacuerdo pero con la condicion de permanecer en la vivienda en tanto no se venda, y no estan deacuerdo. Como se procede? Gracias!
Buenas noches perdón por la molestia. Como se puede sacar a un hermano de un inmueble que solo posee boleto de compra-venta y este se adjudica como único propietario negango ingreso al resto de los hnos.
Buenos días. Entiendo que el boleto de compraventa estaba firmado por sus padres. Por lo cual, hay que hacer la sucesión y además un proceso judicial por la escrituración. Adicionalmente al hermano que ocupa, se le inicia otro juicio reclamando los alquileres, hasta que en la sucesión se pueda hacer la partición y ahí bien o forzar la venta por subasta judicial o conciliar ante el juez para ponerla en venta de manera privada. Hasta el momento que su hermano ocupe y se venda la propiedad, éste deberá abonarles alquileres. Cualquier otra duda pueda escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una entrevista. Saludos cordiales
Dra, buenos días
Mi consulta es la siguiente, cómo se calcula al día de hoy el canon locativo (argentina octubre 2023) en caso de devengar el costo hasta su posterior venta?
Esto se puede acordar en dolares?
Ya que si se devenga el canon y el acuerdo es en pesos, a lo largo del tiempo una de las partes termina perdiendo frente a la actual inflación
Muchas gracias
Buenos días Gustavo. El canon se determina con una tasación inmobiliaria. La parte proporcional que a Ud. le corresponde de ese alquiler, puede ser pactado en dólares mediante la celebración de un acuerdo con el otro propietario. Pero si la otra parte no está de acuerdo en que sea en dólares, los alquileres que se devenguen hasta la venta, se deben actualizar desde el comienzo de cada período mensual y hasta su efectivo pago (es decir hasta la venta) utilizando la tasa de interés que estipulan los juzgados, y ahí dependerá de la jurisdicción donde esté ubicado el inmueble, ya que en Pcia de Buenos Aires se utiliza una tasa distinta a la utilizada en Capital Federal. Saludos.
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 Estimados, muchas gracias
Buen día Doctora...
Quisiera saber si ud puede ayudarnos
Somos 7 herderos
Y uno vive en la casa paga impuestos y servicios porque no quiere dejar la casa.... es obvio que pague...pero nos dijeron q el debería por ley pagarnos un alquiler... nosotros de buena fe lo dejamos que viva hasta qué se venda la propiedad... pero ahora no qiiere arreglar ningun deterioro de la casa, nos exije a nosotros porq también somos herederos.
Otra pregunta...El puede hacernos alguna mala acción para quedarse con la casa?
Nos hemos enterado q está haciendo algún tipo de papeles...no sabemos más q eso.... el es diabetico y tiene un pancreas q funciona un 30% ....de lo que siempre hace mención para que le dejemos la casa.
Olvidaba comentarle que tenemos realizada la declaratoria de herderos...
Gracias de antemano su respuesta.
Buenas tardes María. Es correcto que corresponde que le abonen el proporcional del alquiler. En relación a la segunda pregunta, quizás su hermano inició por su cuenta la sucesión y está avanzando sin estar presentados Uds. Le sugiero tener una consulta con nuestro Estudio a fin de averiguar la existencia de la sucesión y de asesorarla de manera integral. Nuestro WhatsApp solo para mensajes es 115-849-3131. Saludos
Buenas tardes, una vez hecha la sucesión, como se resuelve la venta de las propiedades si uno de los herederos no quiere vender, sin tener que llegar al remate donde todos salimos perdiendo.
Buenas tardes. Primero habría que hacer una propuesta de partición en la sucesión, pero si hay un solo bien y uno de los herederos se niega a vender, una vez inscripto a nombre de todos los herederos, lamentablemente hay que recurrir a la acción de división de condominio, llevando la propiedad a subasta publica. Saludos cordiales
BUENAS TARDES DRA.
Somos 7 hermanos , nuestros padres fallecieron y nos quedaron dos popiedades como herencia, de las cuales, una propiedad queremos adjudicarsela a una de nuestras hermanas... todos estamos de acuerdo . Pero no sabemos si es posible y como se hace el tramite?......
Por otro lado.... en la vivienda que queremos vender, vive un hermano soltero y no quiere firmar para la venta, hace 2 años que vive en el inmueble sin pagar un alquiler por mutuo acuerdo... pero los demas si
queremos vender.
Tenemos la declaratoria de herederos unicamente.... que otro tramite se realiza para vender la otra propiedad ?
Gracias de antemano
Dra---- saludos!
Buenas tardes. Respecto de la primer consulta debe hacerse un acuerdo particionario entre todos los herederos y homologarlo judicialmente. Luego, la hermana beneficiaria de esa propiedad, debe solicitar la inscripción del bien a su favor.
En relación a su segunda consulta, debe solicitarse la inscripción de ese otro inmueble y si el hermano que habita se niega vender, habrá que iniciar un proceso que se denomina "División de condominio". En este proceso, se lleva el inmueble a una venta forzosa mediante subasta judicial. Saludos cordiales.
Mi madre vive hace más de veinte años al fondo de la propiedad de sus padres (mis abuelos), ellos fallecieron y dejaron de palabra, la mitad del terreno a ella y su hermana que quedó viviendo delante, en la casa de mis abuelos. Ahora mi tia quiere iniciar la sucesión y vender y mi madre no. Que sucede en este caso?
Buen día. En ese caso también hay que iniciar la sucesión, y luego de obtener la declaratoria de herederos, la hermana que desee vender puede iniciar un juicio de división de condominio. No obstante, habría que ver otros temas en relación a sus comentarios. Para cualquier otra consulta, puede contactarse por mensaje a nuestro WhatsApp al 115-849-3131. Saludos cordiales.-
Cuánto tiempo tarda el juzgado para notificar a mí hermano que inicie demanda por usufructo y susecion?
Buenos días Liliana. El Juzgado libra la cédula del traslado de la demanda, pero quién notifica es el Oficial de Justicia, quién depende de la oficina de notificaciones de la jurisdicción en la cual tramitan los juicios. Los plazos son inciertos pero por lo general aproximadamente pueden demorar un mes. A veces puede ser menos. Saludos cordiales.-
Buenos tardes Dr.me encanta como explica los casos... le tengo una consulta somos 3 hermanos tenemos una propiedad de la cual uno de ellos lo esta ocupando casi el 80 porciento con su negocio y el 20porciento lo ocupo yo ya es que una parte que construí cuando mis padres estaban vivos y lo habite con ellos.... ellos ya fallecieron en un accidente ya hicimos la sucesión intestada y aqui viene el problema el heredero e inquilino que ocupa con su negocio no esta cumpliendo con el compromiso de contrato de alquiler... es mas yo tengo que presionar por ese contrato ya que el hizo y sigue haciendo uso del local.... pregunto... cual seria me derecho que yo tendría que aplicar ...gracias por su atención..
Buenas tardes. Muchas gracias por su comentario. Lo que habría que hacer es un juicio en el mismo juzgado donde tramitó la sucesión de sus padres a fin que se determine el canon locativo. Es decir, el precio del alquiler que su hermano debe pagarles a ud. y al otro hermano. Pero tenga en cuenta que Ud. percibirá menos que el hermano que no usa el inmueble, ya que como Ud. también usa una parte, le corresponde pagar por ese uso. Entonces los dos le deben dinero al hermano que no usa el bien. Y entre Ud. y el hermano del local, deben compensar, quedando un saldo a favor suyo, ya que ud. ocupa un porción menor. Saludos cordiales.
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 Muy agradecida por darme su tiempo y constestar me mensaje .... Que Dios la bendiga,,
Como le vas a cobrar alquiler a tu hermano eso es de egoista es tu hermano eso no se ase .la gente ve plata y pierden la razón.
User....te cuento......
Nosotros le prestamos a nuestro hno , que viva en la casa... herencia de todos...
la casa se está deteriorando...
No quiere arreglar nada...nos exige a nosotros que paguemos el deterioro q el mismo provoca en la casa y ya anda buscando la manera legal de quedarse con todo...
Tiene su propio negocio, nunca quiso comprarse una casa, no tiene esposa e hijos..vive muy bien económicamente . Viaja pasea y nosotros ahí luchando para poder comer cada día...
Eso esta mal también o no?
hola, mi suegro falleció hace dos meses y en su casa vivió solo por mas de 20 años y ahora apareció su hermana con la madre de mi suegro diciendo que le pertenece con un papel de compra venta viejisimo. Mi suegro tiene boletas de los servicios que pagaba. Ese papel tiene validez? Nos puede hacer algun tipo de denuncia?
Christian en primer lugar la usucapión entre familiares no correspondería, pero si una compensación por los impuestos pago. Por otro lado hay que ver la documentación que tienen la hermana y madre de su suegro para poder ver si es valida. En este momento el Estudio se encuentra cerrado con motivo de la feria judicial, pero puede escribirnos en Febrero a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una consulta con la Dra. Carnevale para que lo asesore. Saludos cordiales
hola mi novia es adoptiva fallecio el padre que firmo no ase la madre y le hace pagar los comestibles como ase los servicios wlla pode que se le de una casa ya que la heredera mujer y sra tiene dos propiedades que se puede hacer
Buen día. No llegamos a comprender muy bien su consulta, no obstante le pregunto, la situación que Ud. plantea es de Argentina?
Qué pasa si la sucesión está hecha y entre 2 hermanos no nos ponemos de acuerdo con respecto a la ocupación, uso y división de la casa.
Es una cas con 2 dormitorios, living comedor, cocina, 1 baño, 1 lavadero, un patio adelante y otro patio más chico atrás
Buenos días. En este caso hay que tratar de llegar a un acuerdo en la sucesión. Pero para ello, no deben estar ambos herederos representados por el mismo abogado. Se efectúa una propuesta por escrito en la sucesión y puede resolverse en una audiencia. Si de ese modo, tampoco se arriba aun acuerdo, habrá que iniciar un acción judicial posterior; por ejemplo de división de condominio. Ello, dependiendo del caso en concreto. Para evaluar su caso, y asesorarla de manera integral y puntual, puede escribirnos a nuestro WhatsApp y coordinamos una entrevista con la Dra. Carnevale. Saludos cordiales.
Hola buen día necesito hacer una sucesion @@carnevaleasoc.estudiojurid4507
hola queria consultar ,mi esposo es un heredero el menor de 5 hermanos y edifico con el permiso de mi suegra arriba de la casa de mi suegra ,pero ahora el hermano mayor reclama que esa es su parte ,que podemos hacer ,mi suegra esta viva y edificamos con su consentimiento ya que somos los que convivimos en el mismo terreno !!
Buenas tardes Johanna. Entiendo que su suegro falleció. Por lo que primero, habría que evaluar si se realizó la sucesión y si existió allí un acuerdo particionario con otros bienes. Si no se realizó ningún acuerdo, ese 50% de su suegro, los cinco hermanos heredan todos por partes iguales el todo. Es decir, que ninguno es dueño de una parte determina del inmueble. Por ello, un hermano no puede reclamar la parte de arriba o la de abajo o un patio, etc. Lo que si podría reclamar ahora es un canon (alquiler por esa parte si es que la sucesión de su suegro se realizó). Luego, cuando su suegra ya no esté puede reclamar la división del condominio. Por ultimo, si su suegra prestó conformidad con la construcción, podría hacer un testamento donde beneficia a su marido por la porción que la ley le permite. De esa manera su marido tendría una porción mayor sobre el inmueble para luego poder negociar con sus hermanos, una vez que su suegra haya fallecido. Saludos cordiales
Hola doc , una pregunta , en el caso de dos herederos quienes no hicieron sucesion , uno queda en la vivienda por mas de 30 años, el otro heredero simplemente lo dejo de buena fe vivir alli , puede luego de ese tiempo pedir que se abra sucesion ?. Que acciones puede tomar el heredero que quedo en la vivienda ? Quien tiene mas posibilidades?
Buen día Angelica. Si, desde ya que cualquiera de los dos herederos puede pedir la apertura del sucesorio. El heredero que quedó viviendo en la casa puede reclamarle al otro, la mitad de lo abonado por impuestos; pero no por los servicios.
Cualquier otra inquietud puede comunicarse a nuestra WhatsApp 11-5849-3131 y coordinamos una entrevista. Saludos
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 gracias ,muy buenos los vídeos !
Hola buen día necesito de su ayuda por una sucesion gracias un teléfono
Buenas tardes. Puede escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131. Saludos cordiales
Hola que pasaría el copropietario que vive en la vivienda se niega a pagar el alquiler al resto de los herederos?
Buenos días Franco. En ese caso, los restantes herederos le podrían iniciar un juicio con el objeto de determinar el monto del alquiler. Dictada la sentencia favorable al resto de los herederos, se le puede embargar parte del sueldo, o trabar embargo sobre su parte de la propiedad o bien se lo puede inhibir. Saludos
Y si el heredero que esta viviendo en el imbueble es el unico que paga los impuestos y mantiene la casa ya hace 40 años, que pasaria?
En ese caso, los restantes herederos deberán compensar económicamente la parte de los gastos de mantenimiento que el otro efectuó. Pero de ninguna manera; al que ha vivido allí; lo hace ser dueño exclusivo.
Debe pagar igual el canon de alquiler o decidir q se venda y se reparta entre el resto de los hermanos o q compre las partes de sus hermanos
Si yo soy nieto vivo ase 27 años desde que naci
buenas noches doctora,queria consultarle sobre mi caso en particular si es que me puede aconsejar, mi padre fallecio y quedó la casa que el hizo con mis hermanos y mi madre viviendo en ella, arriba del garage hizo otra casa la cual le faltaba terminar la insalacion de la lu , del agua y una mezada de cocina, mi hermano necesitaba un lugar para vivir con su familia y mi padre lo dejo vivir ahi , mi hermano coloco lo que faltaba y mi padre por esa razon le cobraba un alquiler minimo hasta que esa deuda se saldara, la cuestio que como dije mi padre fallecio y mi madre no cuenta con una entrada economica y mi hermano le sigue pagando por esa casa muy poca plata, mi madre tiene cancer y el resto de hermanos queremos pedirle que se valla para alquilar esa casa y que mi madre tenga esa plata, pero el dice que no le podemos decir nada por que el termino lo que faltaba, obvio no se compara lo que puso con lo que vale la casa y con los 3 años que vive ahi pagando apenas 20 mil pesos por una casa que tranquilamente vale un alquiler unos 70 mil o mas, que puedo hacer? mi madre y el resto de hermanos estamos de acuerdo en que el se retire o que se haga una casa al fondo con su plata y que desocupe esa casa para que la alquilemos, muchas gracias si es que lee esto!
Pablo buenos días. Son varias las acciones que se deben hacer. Puede contactarse con nuestro WhatsApp 115-849-3131 en nuestro horario de atención, para coordinar una consulta con la Dra. Carnevale a fin que lo asesore. Saludos cordiales.
Lo correcto es q arreglen el precio del alquiler ya q segun donde este ubicado el costo hoy 3/set/23 oscila entre los 150.000 a 200.000. No le pidan q se construya al fondo xq si lo hace la unica propietaria sera tu madre y cuando fallezca de todos los hermanos se dividira
@@alejandrobarbacil859 muchisimas gracias
Pero hay leyes que tienen que preverlo y hacer justicia
Si Emilce, por supuesto. Es lo que explicamos en el video. Saludos cordiales.
CONSULTA: Que pasa si la mayoria quieren continuar con un negocio que era del propietario, hasta que se haga la división, pero al mismo tiempo hay una minoria que no quieren y esa minoria no vivien ni habitaron nunca la vivienda. Otra. El derecho de posesión vale algo ante la presentación de un titulo independientemente que justamente esa mayoria vivio toda su vida en esa vivienda?
Gracias
Buen día. En relación a su consulta por el negocio familiar, él mismo puede ser continuado por los herederos que así lo deseen hasta que se haga la partición, compensándose luego con el resto de los herederos. Ello, sin perjuicio de quién ocupe la vivienda, ya que no tiene nada que ver con el negocio. En cuanto a su segunda consulta, si bien no logro comprenderla, creo que Ud. se refiere a que si el hecho de haber ocupado una vivienda vale mas que un titulo de propiedad que tiene otra persona sobre ese inmueble. Si esa es su consulta, habrá que discutirlo en tribunales. En principio el titulo de propiedad vale mas, pero hay que analizar la cantidad de años que los ocupantes, residieron en el inmueble y si lo hicieron a titulo de dueños. Para un mayor asesoramiento puede comunicarse a nuestro WhatsApp 11-5849-3131. Saludos.
Dra buen día, una duda que tengo,,puede porfavor aclararme?, es haber declarado herederos o copropietarios ? es diferente?,,le agradezco,,,
La declaratoria de herederos sólo resuelve sobre quiénes son las personas que van a suceder al fallecido (causante). Cuando hay bienes, se debe solicitar luego de la declaratoria, la inscripción de la misma en relación a esos bienes. Una vez que los mismos están inscriptos en el o los Registros de la Propiedad respectivos, esos herederos pasan a ser condóminos y no copropietarios cómo ud. consulta. El condómino es dueño de una parte indivisa pero en relación a un todo. Es decír, sobre una parte que no puede determinarse específicamente. Ejemplo todos son dueños por igual del baño, la cocina, etc. En cambio, el copropietario es el dueño de una parte determinada y además de partes comunes. Ejemplo: en un consorcio (edificio) dónde hay partes comunes a todos (ascensores, pasillos, etc) también hay dueños de espacios determinados (departamentos). Estos son los que la ley los denomina Copropietarios. En cambio si un departamento tiene más de un dueño, ellos serán condóminos de ese bien. Espero haber podido aclarar su duda. Muchas gracias por su consulta. Quedamos a disposición. Saludos.
Yiso todo eso mi papa y toda via no se iso la sucecion
Buenos días como la puedo contactar porfa
Buenos días. Puede escribirnos al WhatsApp del Estudio 115-849-3131. Saludos cordiales
Hola, necesitamos um abogado(a)
Puede comunicarse a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una consulta con la Dra. Carnevale. Saludos cordiales.
Lic ami mi cuñado ya me quito el agua puso candado en la sisterna y me quito la luz el me vendio ase mas de 20 años y yo x confiada no hice q me firmara un papel y tambien asi le vendio a otra hermana q ya fallecio y el se fue ase como 13 años y dejo ami hermana y ya regreso ase mas de un año y se quiere quedar con mi casa y mi hermana acaba de fallecer el 17 de febrero y ya empeso a quererme sacar pero mi hermana me dejo como heredera en su testamento y el esta diciendome q me va a sacar y q van adecir q mi hermana ya no estaba bn y ban a inpugnar el testamento y ya me voltio a todos mis sobrinos 😢
Yo no me explico como un hombre si se puede ir con su amante y abandonar asu esposa q dependia de el xq ya era adulta y x todos los años q le dio y no valoro y q estuviera fuera de su casa durante mas de 13 años y ahora vuelve ase mas de un año como si nada xq ya vio enferma ami hermana y empezar a decir q es su terreno y querese quedar con el y asta con mi casa y ahi si no ahi leyes para el jombre q se va y regresa no fuera la mujer xq ahi si es abandono de hogar y asta los hijos pierde q injusticia 😢x eso ya uno no cree en las leyes 😡
Cecilia buenas tardes. Habría que evaluar toda la documentación con la que Ud. cuente de la venta y del testamento. Si lo desea, puede comunicarse con nuestro WhatsApp 115-849-3131 y concertar una entrevista a fin de asesorarla. Saludos cordiales.
Hola! Muy bueno su canal! Le hago una consulta de una situación un poco compleja...
Murio mi abuelo..nadie hizo la sucesión (5 hijos) y hay un terreno,donde vivia el,y ahora vivo yo hace mas de 20 años (mi madre fallecio).. mis tios murieron 4 y quedo 1 solo vivo.. en total,somos 14 primos herederls (nietos del titular del inmueble) y un solo heredero directo vivo.. a nadie le interesa el terreno,nadie lo cuido nunca mas que yo,incluso se iba a embargar x la deuda de impuestos a la municipalidad y yo pague todo el monto solo,ahora el unico heredero directo quiere que me vaya y le entregué mi casa,puedo iniciar un juico de usucapión para hacer la escritura a mi nombre? El mi tio dueño de la parte que correspondia a mi padre y mis tios fallecidos? O yo y mis primos somos herederos legítimos? Repito,no hay hasta el momento ninguna sucesión iniciada x nadie..
Buenas tardes Sebastián. Muchas gracias por sus cometarios.
El caso que plantea es complejo y difícil de responder en este espacio breve. Son varias la cuestión a tener en cuenta, sobre todo desde cuando Ud. entró en el terreno y con que causa. No obstante, nuestro derecho es reacio a habilitar una usucapión entre familiares, puesto que para ello, el instituto mas idóneo sería la sucesión. Si lo desea puede escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131 en el horario de atención para coordinar una entrevista. Saludos cordiales.
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 muchas gracias! Una última consulta antes de llamarlos.. si hay varios herederos,y uno solo inicia la sucesión,pero los demás no.. que sucede? Esa persona pasa a ser dueña de su parte? O dueña de la casa? Muchas gracias de antemano
@@sebastianvanacordeon4542 Cuando un solo heredero inicia la sucesión tiene la obligación de informar/denunciar ante el Juez, quienes son el resto de los herederos y citarlos. Puede ser que se desconozca su paradero y por ello se libran oficios de informes y también es que se publican edictos. Ahora bien, si nadie se presenta se dicta la declaratoria de herederos sólo en favor del que la inició. Y pasa a ser heredero del todo y no de una parte. No obstante, puede suceder que con posterioridad el resto de los herederos o alguno se presente. Saludos cordiales
para mi es peor tengo sucesion d emi padre hecha soy inquilina estoy en la calle Sucesion de padre y madre tengo el 65 % el total y lo ocuparon los hijos de mi madre que aun vive la internaron le hicieron innsania y piden administrar su parte esto ya hace dos años. mi hermanastra que ya le saqo otro inmueble a mis padres y otros adultos mas un menor tomo esa casa que me pertenece por declaratoria de herederos ya finalizada en la parte de mi padre compartido con mi madre la herencia de padre y yo estoy en la calle no puedo alquilar mas-realmente estoy buscando tutoriales porque los abogados no saben que hacer dicen que la presentacion en sucesion no sirve ...nose creo que hay que hacerla
en este caso no es heredera ella aun pues mi madre esta viva y ella va por parte de madre solamente yo soy unica hija
@@emilse1970 Buenos días. Resulta difícil comprender el caso con su explicación, como para poder darle una alguna respuesta por aquí. Si Ud. lo desea puede contactarse con nuestro WhatsApp para coordinar una consulta directamente con la Dra. Carnevale. Saludos cordiales.
muchas gracias @@carnevaleasoc.estudiojurid4507
que pasa si la casa la ocupa el HIJO del HIJO del heredero?
Buenos días. La situación es similar. El resto de los herederos le pueden reclamar al nieto/sobrino ocupante, el pago de un alquiler e incluso solicitar el desalojo del mismo. Saludos
@@carnevaleasoc.estudiojurid4507 muchas gracias! Podría ponerme en contacto con usted ?
@@habrelataz puede escribirnos a nuestro WhatsApp 115-849-3131 y coordinamos una entrevista con la Dra. Carnevale. Saludos
NO ALUCINES MUCHO
Pongase un microfono No se entiende lo que habla
Existe un plazo, para iniciar el juicio sucesorio despues del fallecimiento de los padres.
Buen día Joel. No existe un plazo para iniciar la sucesión, pero una vez iniciada la misma, el resto de los herederos tienen un plazo de 10 años (que se cuentan desde que se abre la sucesión) para poder aceptarla. Si no lo hacen, se considera que renunciaron a la herencia. Saludos cordiales.