Abogado Sergio Santoyo
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Комментарии

  • @jairogeraldino3284
    @jairogeraldino3284 Месяц назад

    Donde puedo poner una accion popular?

  • @DavidSanchez-js8cj
    @DavidSanchez-js8cj 3 месяца назад

    Una lastima que no se haya seguido subiendo contenido. Excelente video

  • @rocerojas2869
    @rocerojas2869 5 месяцев назад

    En cuanto tiempo el juez resuelve el recurso, cuando es presentado por escrito

  • @kamiloRodriguez-rp5zb
    @kamiloRodriguez-rp5zb 10 месяцев назад

    Doctor Sergio buenas noches

  • @user-zn4vv2os7y
    @user-zn4vv2os7y Год назад

    Doctor Sergio, permítame hacerle una pregunta. Si en un proceso verbal sumario, la contraparte no dio contestación a la demanda y el juez profirió sentencia sin convocar a la audiencia del 392, podría configurarse la causal 6 del artículo 133 por considerarse que se omitió la oportunidad para alegar de conclusión de la parte demandada?

  • @PabloRojas-ug7ev
    @PabloRojas-ug7ev Год назад

    Doctor, excelente enseñanza

  • @rafaelantonioyepesc.5671
    @rafaelantonioyepesc.5671 Год назад

    Gracias dr. Por su enseñanza por el tema, mi.pregunta es cuáles serían las razones para solicitar que se revoque, se, adicione, se modifique o se complemente el auto, es decir cuando seria para adicionar, modificar o complementar .gracias.

  • @felipeortiz2267
    @felipeortiz2267 Год назад

    Gracias por existir ❤

  • @mariajosesanabriavelez7617
    @mariajosesanabriavelez7617 Год назад

    y puedo presentar a un magistrado en escritos separados , sin subsidiaridad , solo por separado uno de suplica y por otra parte uno de reposicion ? no habria problema ?

  • @belisariomaciasesparza2069
    @belisariomaciasesparza2069 Год назад

    Muchas gracias, Profe Sergio Santoyo, muy buenas explicaciones.

  • @mp7154
    @mp7154 Год назад

    FALSO parte del video : a) El recurso de súplica podrá interponerse directamente o en subsidio de la reposición. Cuando se acceda total o parcialmente a la reposición interpuesta por una de las partes, la otra podrá interponer recurso de súplica contra el nuevo auto, si fuere susceptible de este último recurso;

  • @mp7154
    @mp7154 Год назад

    buen dia dr, si el juez notifica al empleador - empresa, al correo de notificaciones judiciales de la empresa, y el empleador alega que no se notifico al contradictorio pues es la oficina de recursos humanos ,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,es correcto que el empleador alegue esa situacion? ,,,,,,,,,,o debe haber notificacion interna en la empresa a la oficina de recursos humanos,? sabes alguna norma o jurisprudencia ?

  • @Cuervoblanco123
    @Cuervoblanco123 Год назад

    Para que país es esto amigos????

  • @alejandropalomeque7728
    @alejandropalomeque7728 Год назад

    Para no abogados que es ?

  • @olgaruizreyes2476
    @olgaruizreyes2476 Год назад

    Muy buena explicación.

  • @darwinvargasvargas
    @darwinvargasvargas Год назад

    el proceso monitorio, parte fundamental para probar deudas cuando no existe documento alguno que infiera esta, podemos observar que en muchas partes de mundo en las legislaciones es utilizado estos procesos, en Colombia es utilizado el proceso PURO pero LIMITADO en la cuantía, (para obligaciones de mínima cuantía que van hasta 40 smlmv). Una herramienta fundamental para el acreedor poder demandar estas deudas en dinero, cuando no se tiene la prueba fehaciente como una letra, cheque o pagare, al ser de minina cuantía esto permite que las personas que no tengan la posibilidad de contratar un abogado para instaurar la demanda, la pueden hacer sin la existencia de este.

  • @juancarloslopez9862
    @juancarloslopez9862 Год назад

    Gracias profe Sergio por este material tan valioso: veo que no del todo está perdido al no tener un título valor para el cobro de una deuda, me queda como aprendizaje que para eso tenemos el Proceso Monitorio. Cómo, también saber que para iniciar el proceso monitorio no se requiere la presencia de un abogado, así mismo en este proceso no está contemplado la intervención de terceros.

  • @pedrocruz2429
    @pedrocruz2429 Год назад

    Dr Sergio muy buena explicación sobre el tema proceso monitorio…Muchas Gracias.

  • @olgaruizreyes2476
    @olgaruizreyes2476 Год назад

    Gracias Dr Santoyo, por la explicación relacionada con el proceso monitorio, cómo herramienta novedosa en Colombia, entendiendo como la forma más eficaz de solucionar controversias cuando un acreedor no dispone de un título ejecutivo. Entendiendo que en Colombia tiene las características de puro y limitado, con una obligación en dinero

  • @juanmanuelhigueraa.5751
    @juanmanuelhigueraa.5751 Год назад

    Entendido lo que es el proceso monitorio, cuándo procede y su objetivo. Considero que es una buena opción jurídica para los acreedores que no disponen de documento que pruebe la existencia de la obligación a su favor. Siendo un proceso limitado, me parece que además de permitir la exigibilidad de obligaciones de dinero de naturaleza contractual pero de mínima cuantía, sí es útil para que las personas que no manejan las formalidades comerciales, puedan acudir a la administración de justicia para buscar solución a los conflictos que se susciten con sus deudores. Habrá que leer las sentencias mencionadas para terminar de asimilar lo expresado por la Corte Constitucional al respecto. Mil gracias.

  • @joseivanrivera6921
    @joseivanrivera6921 Год назад

    excelente

  • @carlosdaza8448
    @carlosdaza8448 Год назад

    Excelente video! La explicacion muy clara y todo bien especificado con sus ejemplos. De admirar. Graciasss

  • @FONSECALAWFIRM
    @FONSECALAWFIRM Год назад

    La H. Corte Constitucional cambió su postura mediante auto 241 de 2015 M.P. Dra. M. Calle << 17. No obstante, la Sala Plena considera que la decisión debe ser distinta, por cuanto quien la presentó fue un ciudadano colombiano, y la ciudadanía es la única condición necesaria y suficiente para ejercer el derecho a interponer acciones públicas de inconstitucionalidad en la Constitución colombiana (CP arts 40, 241-5 y 242). Esta postura es diferente de la que hasta la fecha ha sido posición dominante en la jurisprudencia. La Sala Plena de la Corte Constitucional considera sin embargo que hay razones suficientes y poderosas para cambiarla, y para sostener de ahora en adelante que en el grupo de titulares legitimados para instaurar acciones públicas de inconstitucionalidad, se encuentran todos los ciudadanos colombianos, sin excepción. La Corte pasa a exponer los argumentos en los cuales se funda esta modificación de la línea” >>

  • @mauriciodavila2357
    @mauriciodavila2357 Год назад

    si doc, mi familia poco emprendedora no vé que uno debe ser es testarudo, y el tema del voz a voz es importante es el mecanismo en que ellos más confían,r

  • @isaacviana9034
    @isaacviana9034 Год назад

    Como se sabe cuando es competente la corte consitutcional y cuando lo es el consejo de estado ?

  • @olgaluciaruizreyes8441
    @olgaluciaruizreyes8441 Год назад

    Mil gracias Dr Santoyo, muy clara la explicación.

  • @valentinaoliveros3791
    @valentinaoliveros3791 Год назад

    Me parece super interesante que nos comparta sus conocimientos 😀😀 nos son de gran ayuda

  • @angelpc7090
    @angelpc7090 2 года назад

    Apreciado y estimado Dr. Muchas Gracias...excelente explicación...muchas bendiciones.

  • @anygroegavlis8080
    @anygroegavlis8080 2 года назад

    Muchas gracias, soy parte demandante y me queda todo mucho más claro, realmente con su explicación ofreces seguridad .. por ende, mucha tranquilidad.. muchísimas gracias 🙏

  • @jesusduarte5894
    @jesusduarte5894 2 года назад

    Buenas tardes doctor, Un letra de cambio, donde el acreedor cometió un error al llenarla sirve de prueba en proceso monitorio?

  • @vivianaestrada8018
    @vivianaestrada8018 2 года назад

    Y sentencia de única instancia?

  • @elpacificador2205
    @elpacificador2205 2 года назад

    Excelente tema!!! Muchas gracias por compartir!!!

  • @jairgm1881
    @jairgm1881 2 года назад

    Super!

  • @omarquintanaquintero3683
    @omarquintanaquintero3683 2 года назад

    Magistral, este video. Muchas gracias doc.

  • @thekingtipster6372
    @thekingtipster6372 2 года назад

    ¿Es necesario solicitar la conciliación antes de presentar demanda de exoneración de alimentos?

  • @yuryximenaduquecarmona8873
    @yuryximenaduquecarmona8873 2 года назад

    Muy claro 🌟

  • @germaneduardoperezperez1066
    @germaneduardoperezperez1066 2 года назад

    Muchas gracias Dr. SERGIO, excelente explicación por parte de un excelente profesional del derecho.

  • @omarquintanaquintero3683
    @omarquintanaquintero3683 2 года назад

    Dr. hubiera dejado la parte de la conciliación.

  • @omarquintanaquintero3683
    @omarquintanaquintero3683 2 года назад

    La obligación plasmada en un documento, debe ser clara, expresa y exigible, incluso un video, muchas gracias Dr Sergio.

  • @julioandrescasallaspedroza7271
    @julioandrescasallaspedroza7271 2 года назад

    Excelente Dr., porque no volvió a hacer videos para RUclips ?

  • @nataliapena3204
    @nataliapena3204 3 года назад

    Buenos días. A usted se le puede contactar para realuzar consulta específica

  • @jakelinegonzalez1646
    @jakelinegonzalez1646 3 года назад

    Doctor Sergio, muchas gracias por compartir este importante seminario.

  • @julioandrescasallaspedroza7271
    @julioandrescasallaspedroza7271 3 года назад

    excelente profesor ! , lastima que por la pandemia no lo conocí presencialmente, pero todas sus clases son de mucho aprendizaje !

  • @franciscojaviercasilimasgr2322
    @franciscojaviercasilimasgr2322 3 года назад

    Tan solo me queda una duda Doctor cual es el termino de caducidad o prescripción para poder iniciar el Proceso Monitorio ?

  • @dollyalexandraangaritacont1148
    @dollyalexandraangaritacont1148 3 года назад

    Exelente video doctor Sergio muchas gracias por su catedra !

  • @ingrialfara7702
    @ingrialfara7702 3 года назад

    Miguel Osvaldo Velasquez

  • @ingrialfara7702
    @ingrialfara7702 3 года назад

    Miguel Velasquez

  • @andreacarvajal5382
    @andreacarvajal5382 3 года назад

    Excelente descripción respecto al proceso ejecutivo primera parte. gracias DOCTOR SERGIO SANTOYO por compartir sus conocimientos y experiencias.

  • @santiagovaronlopez1459
    @santiagovaronlopez1459 3 года назад

    Excelente video, gracias por brindarnos la facilidad de aprender por medio de esta plataforma y tenerlo así a la mano por si tenemos que refrescar el tema 👏🏼

  • @santiagovaronlopez1459
    @santiagovaronlopez1459 3 года назад

    Excelente video, gracias por brindarnos la facilidad de aprender por medio de esta plataforma y tenerlo así a la mano por si tenemos que refrescar el tema 👏🏼