Formación de mandos | Marco Normativo de la Actuación Policial
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- Опубликовано: 21 авг 2024
- 1.1 Fundamento Constitucional de la seguridad pública. Art. 21 Constitucional
1.2 Concepto de seguridad pública. Art. 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
1.3 Obligaciones de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública. Art. 40, 41 y 88 de la L.G.S.N.S.P.
1.4 Relación jurídica entre las Instituciones policiales y sus integrantes. Art. 123 apartado B de la Constitución
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"Por una cultura de la Justicia y la Seguridad Jurídica"
Dr. excelente información, muy explícita y un honor ser su alumna en el CEST (guardia) gracias por sus enseñanzas.
Que gran Formador! 👏
muy bien Lic así mero es
excelente video, lastima que muchos policias no quieren capacitarse teniendo herramientas y medios de busqueda gratuitos. el conocimiento es gratutito y de todos
Muy interesante y didáctico. Gracias, doctor. ojalá pueda seguir tocando estos temas.
Aún así, con este último punto lic.
Dónde comenta que ya no pueden ingresar al servicio los dados de baja o por alguna indisciplina
Aquí en Cd. Juárez siempre ha sido así , desde que tengo conocimiento entran los conocidos compadres, amigos, influyentismo y hasta con dinero vuelven a entrar
Si hicieran una auditoría de eso
Se quedarían sin policias.
Gran video 😃
Gracias por el curso me ayuda mucho ahora para estudiar y comprender mejor la guia legal siga con mas videos porfavor
Un saludo cordial
muy bien Lic.
Dr. Excelente exposición ,una pregunta si te despiden por control de confianza y te inconformas con un juicio de amparo ,y vences en el juicio de amparo ,hay la posibilidad de que ingreses nuevamente a una institución policial?
tiene mucha razón Lic. lo que dise
MUY BUEN VIDEO.
También entra la rural y la privada que no un policía solo es que hace funciones de seguridad pública una privada hace esas funciones ?
Ok
Doctor una parte creo que se equivocó en el párrafo del artículo 😁
donde puedo conseguir el diplomado
muy buena explicación pero yo no estoy de acuerdo con lo que respecta a las policías auxiliares, se contradice que con le ested explica, policía es un servidor publico con tres niveles de gobierno, que goza de una remuneración del erario publico y por lo tanto debe y esta obligado a servir a la sociedad, pero el auxiliar es un gusano de troya que entra como cusaem, auxiliar, u otros nombres y que son pequeñas células de personal que indebidamente se llaman "policías" y hasta traen charolas pero que son técnicamente mercenarios que prestan servicios al mejor postor, que encontra de la ley usurpan funciones al pintar sus vehículos llamándolos patrullas, usan uniformes similares o mejores que la verdadera policía, utilizan armamento de uso exclusivo de las fuerzas armadas, y hasta traen una charola oxidada con la que hasta la policía federal les da la "atención" para traer armas fuera de sus demarcaciones